BOLETÍN OFICIAL Nº 33 – 20/03/20
San Salvador de Jujuy, 13 marzo de 2020.-
VISTO:
LA DECLARACION DE PANDEMIA DE LA ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA SALUD SOBRE EL BROTE DE COVID-19 (CORONAVIRUS), IMPORTANDO UN ESTADO DE EMERGENCIA DE LA SALUD PUBLICA INTERNACIONAL, Y DECRETO N°696-S-20 DE FECHA 12 DE MARZO DE 2020, y:
CONSIDERANDO:
Que, en virtud de la Declaración de Estado de Emergencia de la Salud Pública Internacional de la Organización Mundial de la Salud y el Decreto emitido por el Sr. Gobernador de la Provincia de Jujuy, Decreto N° 696-S-20 de fecha 12 de marzo de 2020, en orden a la situación mundial existente vinculadas al CORONAVIRUS, al estado de máxima alerta en el que se encuentra nuestro país, y a efectos de dar cumplimiento a la normativa antes citada;
Por ello,
EL FISCAL DE ESTADO DE LA PROVINCIA
RESUELVE
ARTÍCULO 1°.- Suspender por el plazo de 60 días, la realización de elecciones y Actos Asamblearios de todas las entidades con asiento en la Provincia de Jujuy, así como también las convocatorias a elecciones y todo acto tendiente a las mismas, por las razones expuestas en el exordio.-
ARTÍCULO 2°.- Las Comisiones Directivas, Juntas Electorales y/o Comisiones Reorganizadoras cuyo mandato fenezca en el periodo establecido en el Articulo N° 1 de la presente Resolución, mantendrán por dicho plazo, las facultades y responsabilidades establecidas en sus estatutos y/o resoluciones emitidas por esta Fiscalía de Estado, por las razones expuestas en el exordio.-
ARTÍCULO 3°.- Ordenasé desde el día lunes 16 de marzo hasta el domingo 22 de marzo de 2020, la suspensión de todos los plazos para la presentación de documentación ante el Departamento de Personas Jurídicas, conforme a lo establecido en el Artículo 5° del Decreto N° 696-S-2020 de fecha 12 de marzo de 2020.-
ARTÍCULO 4°.- Notificar, Archivar en el Departamento de Personas Jurídicas de ésta Fiscalía de Estado.-
Dr. Mariano Gabriel Miranda
Fiscal de Estado