BOLETÍN OFICIAL Nº 33 – 20/03/20
RESOLUCION N° 209-ISPTyV/2020.-
EXPTE. 600-182/20.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 17 MAR. 2020.-
VISTO:
El Decreto N° 696-S-20, las recomendaciones de la Organización Mundial de la Salud, en concordancia con las medidas establecidas por el Gobierno Nacional:
CONSIDERANDO:
Que, el Decreto N° 696-S-20 declaro la Emergencia Sanitaria y Epidemiológica por COVID19.
Que, dicho Decreto crea en su art. 2° el Comité Operativo de Emergencias, como organismos facultado para establecer el “Plan General de Previsión, Prevención y Promoción” y además resoluciones relacionadas a la pandemia COVID19.
Que, a los fines de disminuir los riesgos de propagación del COVID19 el Gobernador de la Provincia dispuso la paralización de la Administración Publica Provincial por el periodo que va desde el 18 hasta el 25 de Marzo de 2020.
Que, resulta necesario arbitrar medidas que garanticen el funcionamiento de aquellas áreas que prestan servicios esenciales.
Por ello;
EL SR. MINISTRO DE INFRAESTRUCTURA,
SERVICIOS PÚBLICOS, TIERRA Y VIVIENDA
RESUELVE:
ARTICULO 1°.- Dispóngase que la Dirección Provincial de Vialidad y la Dirección Provincial de Recursos Hídricos deberán, por el periodo que va del 18 al 25 de Marzo de 2020, disponer de un servicio de guardias pasivas de 24 horas, ante casos de emergencias viales y/o hídricas.
ARTICULO 2°.- Instrúyase a la Empresa Agua Potable de Jujuy S.E. a disponer, por el periodo que va del 18 al 25 de Marzo de 2020, de un sistema de guardias con funcionamiento similar al de los días domingos y/o feriados.
ARTICULO 3°.- Regístrese. Comuníquese a la Dirección Provincial de Vialidad, Dirección Provincial de Recursos Hídricos y Agua Potable de Jujuy S.E. Cumplido, archívese.
Ing. Carlos Gerardo Stanic
Ministro de Infraestructura, Servicios Públicos,
Tierra y Vivienda