BOLETÍN OFICIAL Nº 32 – 18/03/20
SAN SALVADOR DE JUJUY, 17 DE MARZO DE 2020.-
VISTO:
El Decreto Acuerdo N° 696-S-2020; y,
CONSIDERANDO:
Que, ante la propagación acelerada a nivel mundial del COVID-19 (coronavirus), resulta de vital importancia ampliar las medidas de prevención, protección y profilaxis;
Que, en consecuencia, se insta a todas las Comunidades y Cultos Religiosos a suspender todo evento hasta el 31 de marzo del corriente, el sustento es evitar la concurrencia masiva en pos de evitar la propagación del COVID-19 (coronavirus);
Que, las medidas excepcionales sumado a las ya adoptadas con anterioridad, tienen como objetivo el cuidado de la salud de cada feligrés colaborando con la salud de la ciudadanía en general y la defensa de la salud pública, por la que vela hoy, el Gobierno de la Provincia de Jujuy;
Por ello, en ejercicio de las facultades otorgadas por Decreto – Acuerdo N° 696-S-20;
EL COMITÉ OPERATIVO DE EMERGENCIA
RESUELVE:
ARTICULO 1°.- Recomendar a las Comunidades y Cultos registrados en la Provincia de Jujuy la suspensión de todo evento, celebración litúrgica, acto o reunión que se realice en templos, iglesias o cualquier lugar cerrado, desde el 18 de marzo del 2020 hasta el 31 de marzo del 2020, prorrogables por el plazo necesario, salvo disposición en contrario.-
ARTICULO 2°.- Instrúyase a la Dirección Provincial de Culto dependiente del Ministerio de Gobierno y Justicia, a los efectos de proceder a la notificación de la presente resolución.-
ARTICULO 3°.- Regístrese. Tome razón Fiscalía de Estado. Pase al Boletín Oficial para su publicación en forma integral, y a la Secretaría de Comunicación y Gobierno Abierto para amplia difusión. Siga sucesivamente a los Ministerios de Gobierno y Justicia; Hacienda y Finanzas; Desarrollo Económico y Producción; Infraestructura, Servicios Públicos, Tierra y Vivienda; Desarrollo Humano; Educación; Trabajo y Empleo; Cultura y Turismo; Ambiente y Seguridad. Cumplido vuelva al Ministerio de Salud para demás efectos.-
Dr. Omar Alberto Gutiérrez
Director COE