BOLETÍN OFICIAL Nº 28 ANEXO – 09/03/20
DECRETO N° 269-G-2020.-
CIUDAD PERICO, 21 FEB. 2020.-
VISTO:
La Nota N 19/10/18. de 1 foja; la Nota de fecha 13/12/18 de 1 foja; y la Nota de fecha 23/09/19 de 2 fojas; todas ellas presentadas por el Sr. Concejal Walter Rolando Cardozo;
CONSIDERANDO:
Que la solicitud cursada, carece de fundamentos fácticos, y por cuanto refiere a montos que aduce ser de ejercicios ya vencidos hace tiempo, correspondientes a presupuestos ya ejecutados y cerrados, sin haber sido reclamados en tiempo y forma, ejercicios que ya se han cerrado y han sido objeto de tratamiento por parte del Tribunal de Cuentas y demás organismos de control, sin haber recibido a la fecha, observaciones respecto a lo que se reclama.
Que, en el ejercicio de las atribuciones conferidas por el art. 67 (inc. 23 y cc). 68 (inc, 6 y 17 y cc,) de la Carta Orgánica de Perico, corresponde;
EL SR. INTENDENTE DEL MUNICIPIO DE PERICO
DECRETA:
ARTICULO 1: No hacer lugar a las solicitudes de fecha efectuadas por el Concejal Walter Rolando Cardozo, DNI 22 424 423, cursadas mediante Nota W 19/10(18, de 1 foja: la Nota de fecha 13/12/18 de 1 foja; y la Nota de fecha 23/09/19 de 2 fojas; por los fundamentos esgrimidos en el exordio.
ARTICULO 2: Notifíquese a la peticionante, regístrese, comuníquese a quien corresponda, publíquese y archívese.-
Lic. Luciano Demarco
Intendente