BOLETÍN OFICIAL Nº 28 ANEXO – 09/03/20

MUNICIPALIDAD DE PERICO

DECRETO N° 216-G-2020.-

CIUDAD PERICO, 13 FEB. 2020.-

VISTO:

El Escudo de la Municipalidad de Perico.

CONSIDERANDO:

Que, con motivo del reciente cambio de gestión, sé< avecinar vientos de renovación en nuestra querida ciudad Perico.

Que, mediante Decreto 005-G-2019, este Departamento Ejecutivo dispuso la adopción de LOGOTIPOS, ISOTIPOS, ESLOGAN APLICACIONES a exhibirse en la distinta papelería, cartelería, vehículos sitios Web, etc., de la Municipalidad de Perico.

Que, en tal orientación se hace necesario también revalorizar e Histórico Escudo Municipal, considerando a tal efecto todos los elementos del tradicional escudo.

Que, en tal sentido se hace necesario rediseñarlo a fin de incorporarlo junto al Isologotipo a los procesos de modernización de la comunicación y gestión pública Municipal que viene llevando adelante este Departamento Ejecutivo.

Por ello, en uso de las atribuciones que le son propias:

EL SR. INTENDENTE DEL MUNICIPIO DE PERICO

DECRETA:

ARTICULO 1: Dispónese la Revalorización del Escudo Histórico Municipal y en tal sentido adóptese como nuevo ESCUDO HISTORICO de la. Municipalidad de Perico, al que obra adjunto en el ANEXO I del presente decreto.

ARTICULO 2: Dispónese que el nuevo ESCUDO MUNICIPAL que figura en el Anexo I del presente decreto, será exhibido en la distinta papelería del Municipio, cartelería, vehiculó oficiales, sitios Web oficiales, eventos en todo propaganda o publicidad audiovisual procedente de la Municipalidad con destino a los medios de comunicación.

ARTÍCULO 3: Autorizase a la Dirección de Comunicación a arbitrar las medidas necesarias a los efectos del cumplimiento del artículo 1° y 2° de Presente Decreto, así como a gestionar la respectiva inscripción del nueve ESCUDO MUNICIPAL por ante el INPI (Instituto Nacional de la Propiedad Industrial).

ARTÍCULO 4: El presente decreto tendrá vigencia desde el día d la fecha y eh consecuencia queda sin efecto todo decreto que se oponga a lo dispuesto por este acto, quedando prohibido a partir del día de la fecha el uso de cualquier otro ESCUDO MUNICIPAL  que no siga el diseño contenido en el Anexo I del presente decreto.

ARTICULO 5: Regístrese, comuníquese, publíquese y oportunamente archívese.-

 

Lic. Luciano Demarco

Intendente