BOLETÍN OFICIAL Nº 28 ANEXO – 09/03/20

MUNICIPALIDAD DE PERICO

DECRETO N° 127-G-2020.-

CIUDAD PERICO, 24 ENE. 2020.-

VISTO Y CONSIDERANDO:

Que se encuentra próximo el inicio del ciclo lectivo 2020.

Que el estado de los edificios destinados al funcionamiento de los Centros de Desarrollo Integral con jurisdicción en nuestra ciudad pone en riesgo la integridad física de los niños que recurren a los mismos.

Que desde el día 10 de Diciembre del 2019 el Municipio viene efectuando obras de mantenimiento en dichos edificios, a fin de que queden en condiciones para el inicio de las clases.

Que las inscripciones se llevarán a cabo durante los días 27 de Enero al 31 de Enero inclusive.

Que, mediante nota de fecha 21 de Enero de 2020, le Responsable del Área Municipal de Coordinación de los Centros de Desarrollo Integral de ciudad Perico, propone el cobro de un monto mínimo para la inscripción que será destinado a la compra de elementos de limpieza, gastos administrativos y, de resultar factible, continuar con las obras de mejora edilicia.

La necesidad de dictar una normativa que establezca los montos que deberán abonar los interesados en concepto de bono contribución.

Que, a más de ello, es obligatoria la contratación de un seguro de vida que brinde la debida cobertura para los niños.

Por Ello:

EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD DE PERICO, en uso de sus atribuciones:

DECRETA;

ARTÍCULO 1°: Fíjese los siguientes importes a abonarse, por única vez y por cada niño, para la inscripción al Ciclo Lectivo 2020 en los Centros de Desarrollo Integral “San Roque”, “Divino Niño” y “La Posta”:

$700 en concepto de bono contribución.

$230 en concepto de seguro de vida.

Lo recaudado deberá ser rendido por la Responsable del Área Municipal de Coordinación de los Centros de Desarrollo Integral de ciudad Perico en la Dirección de Rentas Municipales.

ARTÍCULO 2°: Deróguese todo decreto y otra normativa que se anteponga a lo establecido en el presente.

ARTÍCULO 3°: El presente decreto será refrendado por la Jefa de Gabinete, Dra. Andrea Fabiana Bocca, y la Secretaria de Gobierno, Prof. Angélica Evangelina Reston.-

ARTÍCULO 4°: Regístrese, comuníquese al Concejo Deliberante a sus efectos, publíquese en el Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy. Cumplido archívese.-

 

Lic. Luciano Demarco

Intendente