BOLETÍN OFICIAL Nº 28 ANEXO – 09/03/20

MUNICIPALIDAD DE PERICO

DECRETO N° 091-H-2020.-

CIUDAD PERICO, 10 ENE. 2020.-

VISTO:

El total desorden administrativo heredado de la gestión saliente.

CONSIDERANDO:

Que, tal situación obstaculiza toda posibilidad de adquirir un conocimiento claro, preciso y concreto respecto des convenios, contratos y compromisos asumidos con anterioridad por la Municipalidad.

Que, mucha de la documentación vinculada a tales convenios, contratos y compromisos, no se encuentra o ha sido ocultada deliberadamente.

Que, la Secretaria de Hacienda informa que actualmente desde el Área Liquidaciones se efectúan descuentos mensuales en los haberes percibidos por los empleados municipales, en virtud de servicios financieros, comerciales, ópticos contactológicos, etc.; prestados por diferentes firmas comerciales, y en base a autorización concedida por este Municipio.

Por Ello:

EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD DE PERICO, en uso de sus atribuciones:

DECRETA;

ARTÍCULO 1°: Déjese sin efecto a partir de la fecha del presente decreto, todo Convenio Comercial, suscripto por la Municipalidad de Perico, en virtud de cual se haya autorizado o comprometido al descuento mensual de los salarios a percibir por los empleados municipales, en, virtud de los servicios prestados a estos por las diferentes firmas comerciales con quienes se hayan suscripto los mismos.

ARTICULO 2°: Dispóngase que por Secretaria de Hacienda (Área Liquidaciones) deberá remitirse a Jefatura de Gabinete en el plazo de 48 horas, copia de Convenios Comerciales Suscriptos por el Municipio, así como un informe claro y detallado de los saldos pendientes de liquidar y retener al día de la fecha.

ARTICULO 3°: Autorizase al Departamento Legales de la Municipalidad, a notificar a las firmas comerciales la decisión adoptada en el artículo primero del presente decreto.

ARTÍCULO 4°: El presente decreto será refrendado por la Sra. Jefa de Gabinete, la Sra. Secretaria de Hacienda y por la Sra. Secretaria de Gobierno.

ARTÍCULO 5°: Déjese sin efecto todo otro acto administrativo que contradiga el presente.

ARTÍCULO 6°: Regístrese, dese conocimiento a la Secretaria de o Hacienda, y a Asesoría Legal a sus efectos. Publíquese en el Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy. Cumplido archívese. –

 

Lic. Luciano Demarco

Intendente