BOLETÍN OFICIAL Nº 28 ANEXO – 09/03/20
DECRETO N° 083-G-2020.-
CIUDAD PERICO, 08 ENE 2020.-
La nota presentada por el Sr. Defensor Público Penal del Ministerio Publico de la Defensa Penal Dr. Pablo Guillermo Lozano.-
CONSIDERANDO:
Que, mediante la misma pone en conocimiento de esta Municipalidad que la agente GLORIA ESPERANZA TAQUICHIRI, DNI N° 26.278.132, presta servicios en el Mencionado Ministerio, dando cumplimiento con las tareas asignadas y en los horarios establecidos.-
Que, en tal sentido solicita la continuidad de la Adscripción en los términos del Decreto N° 561/2019.-
Que, el pedido del Sr. Defensor Oficial se fundamente, en la necesidad de contar con personal capacitado para cumplir funciones en dicha institución oficial, reuniendo la mencionada agente las condiciones requeridas.-
Que, es competencia del Sr. Intendente disponer cambios y adscripciones de lugares de trabajo de personal dependiente de esta Administración Municipal, ante pedidos efectuados por Instituciones Publicas Oficiales que prestan servicios a la comunidad de Perico.
Que, habiéndose advertido que, en la anterior gestión municipal, el otorgamiento de adscripciones de personal municipal a diferentes instituciones públicas y privadas fue indiscriminada y muchas veces injustificada, es decisión de esta autoridad limitar las mismas a pedidos efectuados exclusivamente por Instituciones Publicas Oficiales que invoquen una real necesidad y por un tiempo determinado que no podrá exceder de un año calendario.-
Por Ello:
EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD DE PERICO, en uso de sus atribuciones:
DECRETA;
ARTÍCULO 1°: Dispónese, la adscripción de la agente municipal GLORIA ESPERANZA TAQUICHIRI, DNI N° 26.278.132, Legajo N° 32.778 al Ministerio Publico de la Defensa Penal-Poder Judicial de la Pcia. de Jujuy-Defensoría de Ciudad Perico, en virtud de las razones expuestas en los considerandos del presente Decreto.
ARTÍCULO 2°: El presente decreto tendrá vigencia a partir del día de la fecha, y hasta el día 31 de Diciembre del presente año.-
ARTÍCULO 3°: Por Dirección de Recursos Humanos deberá efectivizarse lo dispuesto por el presente decreto; notificando al agente municipal mediante medio administrativo pertinente.
ARTICULO 4°: Regístrese, Comuníquese a Dirección de Recursos Humanos, publíquese sintéticamente en el Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy cumplido Archívese.-
Lic. Luciano Demarco
Intendente









