BOLETÍN OFICIAL Nº 26 – 04/03/20

RESOLUCION Nº 045-SCA/2020.-

REF. EXPTE. Nº 1101-397-A-2019-SCA.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 28 FEB. 2020.-

EL SECRETARIO DE CALIDAD AMBIENTAL

RESUELVE:

ARTICULO 1º.- Otorgar Factibilidad Ambiental al Proyecto “ECOPARQUE LA CIÉNAGA”, sito en el frente Sur del Dique La Ciénaga, Departamento El Carmen, Provincia de Jujuy, por los motivos expuestos en el exordio.-

ARTÍCULO 2°.- La presente Resolución agota la vía administrativa. La parte resolutiva de la misma deberá ser publicada a cargo del proponente, por una (1 ) vez en el Boletín Oficial de la Provincia (Art. 28 Dec. 5980/06) en el plazo de 5 días hábiles a partir de la recepción de la misma, remitiendo el comprobante de dicha publicación a esta Secretaría.

ARTÍCULO 3°.- El incumplimiento de lo dispuesto en el Artículo 2º  dejará sin efecto lo establecido en el Artículo 1º.-

ARTÍCULO 4°.- La Secretaría de Calidad Ambiental se reserva el derecho de solicitar los monitoreos y/o informes y de realizar las inspecciones que considere necesarias en el ejercicio de su poder de policía ambiental durante el desarrollo de la obra.-

ARTÍCULO 5°.-Se exceptúa a la Agencia de Desarrollo Sostenible de Los Diques del cobro de la tasa retributiva por los servicios de evaluación, de acuerdo a lo estipulado por el Artículo 2º del DR 9067/07.-

ARTÍCULO 6°.- Las disposiciones de la presente Resolución no eximen a la Administrada, por la producción de alguna contingencia y/o por la responsabilidad administrativa, penal y/o civil por cualquier daño o perjuicios que las actividades inherentes a la obra pudieran ocasionar al medio ambiente y/o a la vida, salud e integridad física de la población en general.-

ARTÍCULO 7°.El incumplimiento de lo establecido en la presente Resolución, dará lugar a que esta Secretaría aplique los procedimientos legales correspondientes estipulados en el Decreto Reglamentario Nº 5606/02 “De las infracciones y sanciones” de la Ley Provincial Nº 5063.-

 

Ing. Pablo Bergese

Secretario de Calidad Ambiental