BOLETÍN OFICIAL Nº 24 – 28/02/20
RESOLUCION GENERAL Nº 1.555/2.020
San Salvador de Jujuy, 28 de Febrero de 2.020.-
VISTO:
Las disposiciones del Código Fiscal Ley N° 5.791/2.013 y modificatorias, las Resoluciones Generales Nº 1.341/2.014, 1.550/2.019, 1.553/2.020, y;
CONSIDERANDO:
Que, debido a los feriados de los días 24 y 25 de Febrero del corriente, por razones de administración tributaria, y dada la gran concurrencia de contribuyentes con la finalidad de cumplir con el pago del tributo y poder acceder a las bonificaciones, resulta oportuno extender la fecha estipulada para el pago del Impuesto Inmobiliario, ampliando el plazo para acogerse al beneficio por pago anticipado en el período fiscal 2.020.
Que, por ello, en uso de las facultades previstas por el Artículo 10 del Código Fiscal vigente Ley Nº 5.791/2.013 y modificatorias;
LA SUBDIRECTORA PROVINCIAL DE RENTAS
RESUELVE:
Artículo 1º: Considerar en término el pago del primer y segundo anticipo del Impuesto Inmobiliario hasta el día 20/03/2.020.
Artículo 2º: Considerar que hasta la fecha establecida en el Artículo 1º de la presente norma, se encuentra habilitado el pago anticipado con la bonificación del veinte por ciento (20%) de descuento.
Artículo 3º: Comuníquese al Ministerio de Hacienda y Finanzas, Secretaria de Ingresos Públicos, y Tribunal de Cuentas. Publíquese en el Boletín Oficial por el término de Ley. Tomen razón Departamentos, Delegaciones, Divisiones, Secciones y Receptorías Fiscales. Cumplido, archívese.-
Dra. Analía Correa
Sub-Directora.-