BOLETÍN OFICIAL Nº 54 – 11/05/16

DIRECCION PROVINCIAL DE RENTAS

RESOLUCION GENERAL Nº 1434/16.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 09 MAY. 2016.-

VISTO:

Las disposiciones del Código Fiscal vigente Ley Nº 5791/2013, lo establecido en la Resolución General N° 1369/2014, y;

CONSIDERANDO:

Que, es facultad de esta Dirección Provincial dictar normas obligatorias en cuanto a la forma y modo en que deben cumplirse los deberes formales;

Que, el Artículo 2 de la Resolución General 1369 habilita la implementación a partir del 03 de Setiembre de 2014 de un mecanismo vía web con Clave Fiscal otorgada por el fisco provincial para la presentación de las declaraciones juradas por parte de los contribuyentes locales del Impuesto sobre los Ingresos Brutos que utilizan el aplicativo domiciliario SiDeJu (Sistema de Declaración Jurada), cuya modalidad es optativa;

Que, al contar con la aplicación denominada “Ingresos Brutos- Presentación DDJJ”, entre los servicios web en línea habilitados para todos los contribuyentes locales que presentan las declaraciones juradas del Impuesto sobre los Ingresos Brutos mediante la utilización del Aplicativo Domiciliario SiDeJu (Sistema de Declaración Jurada), resulta ventajoso utilizar las tecnologías informáticas existentes en la Dirección;

Que, es objetivo de la Dirección el descentralizar y facilitar los servicios al contribuyente con la generalización del uso de medios electrónicos;

Que, resulta necesario y oportuno emitir el acto administrativo que torne obligatoria la presentación de las Declaraciones Juradas vía web de los contribuyentes que utilizan el Aplicativo Domiciliario SiDeJu (Sistema de Declaración Jurada), ya que de este modo se facilitará el cumplimiento de las obligaciones fiscales por parte de los contribuyentes y/o responsables, y se logrará una transmisión y procesamiento de datos más eficiente;

Que, por ello y en uso de las facultades conferidas por el Artículo 10 del Código Fiscal vigente Ley N° 5791/2013.

EL DIRECTOR PROVINCIAL DE RENTAS

RESUELVE

ARTÍCULO 1º: Establecer  que, a partir del anticipo 6/2016 cuyo vencimiento opera en el mes de Julio de 2016, incluso las rectificativas de periodos anteriores, los contribuyentes locales del Impuesto sobre los Ingresos Brutos que utilizan el Aplicativo Domiciliario SiDeJu (Sistema de Declaración Jurada), deberán presentar sus declaraciones juradas a través de la utilización obligatoria de la clave fiscal, accediendo para ello a la página web de la Dirección Provincial de Rentas www.rentasjujuy.gob.ar Aplicación “Ingresos Brutos-Presentación DDJJ”; conforme al procedimiento previsto en la Resolución General N° 1369/2014.

ARTÍCULO 2º: Quedan excluidos de la obligación dispuesta en el artículo anterior los contribuyentes que revistan la condición de Monotributistas Sociales que podrán continuar con presentación de declaraciones juradas en forma manual; y aquellos que estén obligados o hayan optado por la presentación de las declaraciones juradas mediante Sistema DIU ISIB (Declaración Impositiva Unificada-Impuesto Sobre los Ingresos Brutos).

ARTÍCULO 3°: Comuníquese a Secretaría de Ingresos Públicos, Tribunal de Cuentas, Contaduría General de la Provincia. Publíquese en el Boletín Oficial por el término de ley. Tomen razón Subdirección, Departamentos, Divisiones, Secciones, Delegaciones y Receptorías Fiscales. Cumplido archívese.-

 

CPN Daniel Alfredo Alemán

Director

 

11 MAY. S/C.-