BOLETÍN OFICIAL Nº 11 ANEXO – 27/01/20

CONCEJO DELIBERANTE YALA.-

ORDENANZA Nº 167/2020.-

Domicilio de la Municipalidad de Yala

VISTO:

La Ley Nº 5881 de creación de la Municipalidad de Yala;.

CONSIDERANDO:

Que la Municipalidad Yala es una modificación de la persona jurídica de publica de la anterior Comisión Municipal de Yala;

Que continúa en el ejercicio de sus derechos y obligaciones, además de mantener el número de CUIT;

Que a los fines de tener mayor seguridad jurídica, se fija y se le otorga publicidad erga omnes al domicilio legal de la Municipalidad de Yala; por ello:

EL CONCEJO DELIBERANTE DE

YALA SANCIONA COMO ORDENANZA:

ARTÍCULO 1º.- Establecer el domicilio legal de la Municipalidad de Yala en Ruta Nacional Nº 9 intersección con Ruta Provincial Nº 4, San Pablo.

ARTÍCULO 2º.- La totalidad de las Ordenanzas sancionadas por el Concejo Comunal de Yala mantienen plena vigencia en los términos del artículo 104 Ley 4466, salvo que fueran derogadas por otra Ordenanza posterior. –

ARTÍCULO 3º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo.-

 

San Pablo, sala de sesiones, a los 23 días del mes de enero de 2020.-

 

Santiago Bejarano

Presidente