BOLETÍN OFICIAL Nº 7 ANEXO – 17/01/20

CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN PEDRO DE JUJUY

ORDENANZA IMPOSITIVA MUNICIPAL Nº 1.245/2.019.-

PRESUPUESTO GENRAL DE GASTOS Y CALCULO DE RECURESOS DE LA ADMINISTRACION MUNICIPAL PARA EL EJERCICIO 2020.-

ARTICULO 1º.- Fíjase en la suma de pesos mil doscientos setenta y nueve millones setecientos noventa mil trescientos quince con 95/100 ($1.279.790.315,95) el total de las Erogaciones del Presupuesto General de Gastos de la Administración Municipal para el Ejercicio 2020 con destino a las siguientes finalidades que se indican a continuación y que se detallas analíticamente en planillas anexas que forman parte integrante de la presente ordenanza.

 

  Objeto del Gasto Totales Erogaciones Corrientes Totales  Erogaciones de Capital
Finalidad y Función Totales Finalidad y Función  
Administración Gral. 1.129.275.906,81 1.125.148.865,33 4.127.041,48
Seguridad 0,00 0,00 0,00
Salud 3.499.759,53 3.499.759,53 0,00
Bienestar Social 31.862.096,41 14.381.762,87 17.480.333,54
Cultura y Educación 9.478.199,96 8.438.319,50 1.039.880,46
Desarrollo de la Economía 104.710.910,54 0,00 104.710.910,54
Deuda Pública 963.442,70 963.442,70 0,00
TOTALES 1.279.790.315,95 1.152.432.149,93 127.358.166,02

 

ARTICULO 2º.- Estímase en la suma de pesos mil doscientos un millones seiscientos veintiún mil doscientos once con 89/100 ($1.201.621.211,89) el Cálculo de los Recursos destinados a atender las Erogaciones que se refiere el Art.1, de acuerdo con la distribución que se indica a continuación y el detalle que figura en planillas anexas que forman parte integrante de la presente ordenanza.

 

CONCEPTO MONTO
Recursos Tributarios 1.130.009.591,21
Recursos No Tributarios 24.669.198,75
Transferencias Corrientes 1.914.370,90
Recursos de Capital 45.028.051,03
TOTAL 1.201.621.211,89

 

ARTICULO 3º.-Como consecuencia de lo establecido en los Artículos anteriores, estimase el siguiente Balance Financiero Preventivo.

 

CONCEPTO MONTO
EROGACIONES 1.279.790.315,95
RECURSOS 1.201.621.211,89
NECESIDAD DE FINANCIAMIENTO 78.169.104,07

 

ARTICULO 4º.- Fíjase en la suma de pesos ciento diecisiete millones trescientos veinte mil noventa y seis con 47/100 ($117.320.096,47) el importe correspondiente a las Erogaciones para atender la Amortización  de la Deuda, de acuerdo con el detalle que figura en la Planilla Anexa que forman parte integrante de la presente ordenanza.

ARTICULO 5º.- Estímase en la suma de pesos ciento noventa y cinco millones cuatrocientos ochenta y nueve mil doscientos con 53/100 ($195.489200,53) el Financiamiento de la Administración Pública Municipal.

FUENTES FINANCIERAS 195.489.200,53
EROG.P/ATENDER LA AMORTIZ. DE LA DEUDA 117.320.096,47
FINANCIAMIENTO NETO 78.169.104,07

 

ARTICULO 6º.- Como consecuencia de lo establecido en los Artículos 4º y 5º de la presente Ordenanza estímase en la suma de pesos setenta y ocho millones ciento sesenta y nueve mil ciento cuatro con 07/100 ($78.169.104,07), el Financiamiento Neto de la Administración Pública Municipal.

ARTICULO 7º.- Fíjase en mil veinte (1020), el número de cargos de la Planta de Personal Permanente que se detalla en Planilla Nº 9, en tres (3) el número de Cargos de Coordinadores, en noventa y cinco (95) el número de Cargos  de la Planta de Personal Contratado y en mil ciento noventa y seis (1.196) el número de cargos de la planta de Personal Jornalizado,  todos del Departamento Ejecutivo y Concejo Deliberante.

ARTICULO 8º.- Fíjase en  setenta y tres (73) el número de cargos del Personal Superior Fuera de Escala del Departamento Ejecutivo Municipal y del Juzgado Municipal de Faltas que se detallan en Planilla Nº 9 y en veinticuatro (24) el número de Cargos de la Planta de Personal Superior Fuera de Escala  del Concejo Deliberante (Planilla Nº 9). Las remuneraciones de todos ellos se establecen en la escala que se consigna en la planilla Nº8 anexa a esta ordenanza.

La mencionada Escala Salarial no contempla las asignaciones familiares que correspondieren, ni bonificación por antigüedad.

La bonificación por antigüedad se liquidará a razón del 2% del importe que resultare de multiplicar la Asignación de la Categoría 1 del Escalafón  Municipal vigente, por el coeficiente correspondiente por cada año de antigüedad.

La Escala Salarial se incrementará en forma automática en iguales porcentajes a los que establezca el Gobierno Provincial para el Personal de Escalafón General de Planta Permanente Provincial.

ARTICULO 9º.- El Poder Ejecutivo podrá disponer las reestructuraciones y modificaciones que considere necesarias,  con la única limitación de no alterar el total de las erogaciones fijadas en los artículos 1º y 4º.  Respecto de la Planta de Personal se podrán transferir cargos con la sola limitación de no modificar los totales fijados en el artículo 7º.

ARTICULO 10º.- Establécese un adicional no remunerativo y no bonificable de hasta un 60 % sobre el sueldo neto a cobrar del empleado de planta permanente y/o jornalizado que se le asigne la función de mayor carga horaria en cada una de sus jornadas  de trabajo. El presente adicional podrá ser suspendido o revocado a criterio de las autoridades superiores.

ARTICULO 11º.- Establécese un adicional no remunerativo y no bonificable de hasta un 60 % sobre el sueldo neto a cobrar del empleado que desempeñe tareas de supervisión y/o encargado de trabajos de mayor responsabilidad.

ARTICULO 12º.- El poder ejecutivo municipal queda facultado en el presente ejercicio para:

  1. a) Introducir ampliaciones, debidamente fundadas, en los créditos presupuestarios aprobados por la presente Ordenanza y establecer su distribución, en la medida que los incrementos sean financiados con fondos provenientes de recursos extraordinarios o no previstos en la presente.
  2. b) Cubrir los cargos y asignar adicionales previstos en la presente ordenanza.

ARTICULO 13º.- Créase el Plan Municipal “Un Trabajo por mi Ciudad 2020” de promoción laboral, por el cual se promoverá la incorporación de hasta 200 ciudadanos, que acrediten no tener recursos económicos suficientes.

Los beneficiarios realizarán tareas que se le asignen dentro del municipio tendiente a mejorar el funcionamiento de los servicios públicos de que se prestan a través del municipio.

El emolumento del personal del Plan Municipal “Un trabajo por mi Ciudad 2020” será de hasta pesos quince mil con 00/100 ($15.000,00) sin ninguna retención ni descuento y sin derecho a percibir asignaciones familiares.

El tiempo de duración del plan municipal será de doce meses, es decir que finaliza el 31/12/2020.

Por decreto municipal se reglamentará lo atinente a las tareas a realizar y régimen disciplinario.

ARTICULO 14º.- Créase el “Plan Municipal de Empleo para la Implementación del Sistema de Estacionamiento Tarifado” dependiente del Departamento Ejecutivo Municipal, por el cual se promoverá la incorporación de hasta cincuenta (50) ciudadanos, que acrediten no tener recursos económicos suficientes.

Los beneficiarios realizarán las tareas en forma exclusiva de venta de tarjetas horarias para el estacionamiento tarifado establecido por el Decreto Nº114-IM-2016 con acuerdo del Concejo Deliberante.

El emolumento del personal del “Plan Municipal de Empleo para la Implementación del Sistema de Estacionamiento Tarifado” será de hasta pesos cuatro mil con 00/100 ($4.000,00) sin ninguna retención ni descuento y sin derecho a percibir asignaciones familiares.

El tiempo de duración del plan municipal será de doce meses, es decir que finaliza el 31/12/2020.

Por decreto municipal se reglamentará lo atinente al régimen disciplinario y la mecánica de implementación del sistema.

ARTICULO 15º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos, dese al Registro y Digesto Municipal, publíquese en el Boletín Oficial, dese a publicidad y cumplido archívese.-

 

Cristian Aguirre Revoux

Presidente

 

CORRESPONDE AL EXPTE. Nº 0250-SH-19 Y 0562-CD-2019

DESPACHO DE INTENDENCIA, 4 DE DICIEMBRE DE 2019.-

Téngase por promulgada el PRESUPUESTO GENERAL DE GASTOS Y CÁLCULO DE RECURSOS DE LA ADMINISTRACION MUNICIPAL PARA EL EJERCICIO 2020, regístrese, comuníquese al Concejo Deliberante, remítase copia autenticada al Boletín Municipal, al Boletín Oficial. Pase a conocimiento de las Secretarias Municipales de Gobierno, de Hacienda, de Desarrollo Humano, de Obras y Servicios Públicos y Medio Ambiente, Dirección de Rentas, Contaduría. Pase a conocimiento a la Procuración Municipal. Dese al Registro Municipal y al Digesto. Cumplido, archívese.-

 

Dr. Julio Cesar Bravo

Intendente