BOLETÍN OFICIAL Nº 4 ANEXO – 10/01/20

CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE SAN SALVADOR DE JUJUY

EXPTE. Nº 810-X-2019 c/Agdos. N° 14462/2019, N° 771-X-2019, y  N° 812-X-2019.-

 

 EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE

SAN SALVADOR DE JUJUY SANCIONA LA SIGUIENTE

ordenanza Nº 7404/2019.-

ARTICULO 1°. –                                            Autorícese   al   Departamento   Ejecutivo  Municipal   a   hacer    uso    de    lo  dispuesto en el Artículo 15° de la  Ordenanza  Municipal  N° 6308/12  y  en  el Artículo 9°  del Contrato de Concesión del Servicio de Higiene Urbana, prorrogando por única vez la Concesión del Servicio de Higiene Urbana a la Empresa  de  Limpieza Urbana S.A. – LIMSA, por el período de tres (3) años.-

ARTICULO 2°. –Establécese que, a partir del 01 de enero de 2020, la Tarifa correspondiente  al Servicio  Público  Esencial  de  Higiene  Urbana  que  se  aplicará  en  la  zona concesionada  de  acuerdo  con  la  Licitación  Pública   N°   02/2012   se    actualizará    de   manera cuatrimestral.

Dicha actualización tarifaria tendrá lugar los meses de abril, agosto y diciembre de cada año.

En el marco de inicio de la vigencia de la  presente  ordenanza, la  primera actualización se realizará en el mes de Enero de 2020.-

ARTICULO 3°. –   A los fines previstos en el artículo anterior, se establece que el porcentaje  de variación   de   la   tarifa   se   determinará  en  base a la  siguiente fórmula de redeterminación:

K = (C/KM)-100

 

C/KM = B+X1 MO(A)+X2IIB(A)+X3C(A)+X4OCO(A)+X5N(A)+X6GG(A)+X7RI(A)

                         MO(B)       IIB(B)       C(B)       OCO(B)      N(B)       GG(B)       RI(B)

                 

DE DONDE:

K: Coeficiente porcentual de ajuste.

C/KM: COSTO + BENEFICIO (NETO DE IVA) del km del momento del Ajuste (A)

B: BENEFICIO EMPRESARIAL= 7,5.

X1: INCIDENCIA PORCENTUAL DEL MONOMIO MANO DE OBRA (MO), determinada en la Estructura de Costos más Beneficios Base = 53,2946.

MO(A): Parámetro de Referencia adoptado del Monomio MO, con valor al momento del Ajuste (A).

MO(B): Parámetro de Referencia adoptado del Monomio MO, con valor al momento base.

X2: INCIDENCIA PORCENTUAL DEL MONOMIO IMPUESTOS A  LOS INGRESOS BRUTOS (IIB), determinada en la Estructura de Costos más Beneficios Base =17,5001.

IIB(A): Parámetro   de   Referencia   adoptado    del   Monomio  IMPUESTO  A  LOS  INGRESOS BRUTOS, con valor al momento del Ajuste (A).

IIB(B): Parámetro  de  Referencia   adoptado   del   Monomio   IMPUESTO   A   LOS   INGRESOS BRUTOS, con valor al momento base.

X3: INCIDENCIA PORCENTUAL DEL MONOMIO COMBUSTIBLES (C),   determinada   en   la Estructura de Costos más Beneficios Base = 6,4239.

C(A): Parámetro de Referencia adoptado del Monomio COMBUSTIBLE, con valor al momento del Ajuste (A).

C(B): Parámetro de Referencia adoptado   del   Monomio   COMBUSTIBLE, con valor al momento base.

X4: INCIDENCIA PORCENTUAL DEL  MONOMIO  OTROS  COSTOS  OPERATIVOS (OCO), determinada en la Estructura de Costos más Beneficios Base =3,2249.

OCO(A): Parámetro de Referencia adoptado del Monomio OTROS  COSTOS  OPERATIVOS, con valor al momento del Ajuste (A).

OCO(B): Parámetro de Referencia adoptado del  Monomio  OTROS COSTOS OPERATIVOS, con valor al momento base.

X5: INCIDENCIA  PORCENTUAL   DEL   MONOMIO   NEUMATICOS (N),  determinada  en  la Estructura de Costos más Beneficios Base =2,3960.

N(A): Parámetro de Referencia adoptado del  Monomio  NEUMATICOS, con valor al momento del Ajuste (A).

N(B): Parámetro de  Referencia  adoptado  del  Monomio  NEUMATICOS, con  valor  al  momento base.

X6: INCIDENCIA PORCENTUAL DEL MONOMIO  GASTOS  GENERALES (GG), determinada en la Estructura de Costos más Beneficios Base = 2,1694.

GG(A): Parámetro  de  Referencia  adoptado  del  Monomio GASTOS GENERALES, con  valor  al momento del Ajuste (A).

GG(B): Parámetro  de  Referencia  adoptado  del  Monomio  GASTOS  GENERALES, con valor al momento base.

X7: INCIDENCIA PORCENTUAL DEL MONOMIO RESTO DE ITEMS (RI),  determinada  en  la Estructura de Costos más Beneficios Base =7,4922.

RI(A): Parámetro de Referencia adoptado del Monomio MO, con valor al momento del Ajuste (A).

RI(B): Parámetro de Referencia adoptado del Monomio MO, con valor al momento base.-

ARTICULO 4°. –A  los  fines previstos  en  la  presente  ordenanza, se establecen las siguientes definiciones:

a-“Estructura de Costos más Beneficios Base”: la estructura de costos más beneficios proyectada al 31 de diciembre de 2018, y que figura como anexo I de la presente ordenanza;

b-“Momento base: se considera “momento base” la fecha en la cual se realizó el último ajuste la Tarifa del Servicio Público Esencial de Higiene Urbana correspondiente a la zona concesionada de acuerdo con la Licitación Pública N° 02/2012.

A los resultados de aplicación de la formula en el mes de enero de 2020, deberá deducirse los incrementos oportunamente otorgados durante el año 2019.-

ARTICULO 5°. –             El Departamento Ejecutivo Municipal procederá a verificar el valor de los parámetros  establecidos  en  artículo  anterior,  y  autorizará  la  aplicación del porcentaje  de  variación   de  la  tarifa en  los  plazos  establecidos en  el  artículo  2°  de  la  presente Ordenanza.

A tales fines, se  establecen  los  siguientes  parámetros  de  referencia  de cada

monomio de la fórmula polinómica establecida en el artículo 3°:

MONOMIO MANO DE OBRA (MO): Sueldo básico de Conductor de 1° Categoría de la Rama del Servicio de Recolección de Residuos, según Convenio Colectivo 40/89 o el que lo reemplazare en el futuro.

MONOMIO IMPUESTO A LOS INGRESOS BRUTOS (IIB): Valor total de Ingresos Brutos, Canon de Concesion e Incobrables, según Estructura de Costos más Beneficios Base.

 

MONOMIO COMBUSTIBLES (C): Valor del litro del litro de gas-oil en boca de estación de servicio de YPF y al público consumidor, neto de IVA.

MONOMIO OTROS COSTOS OPERATIVOS (OCO): Se actualiza por el Índice de Precios Mayoristas INDEC.

MONOMIO NEUMATICOS (N): Precio de cubierta de vehículo compactador de residuos, neto de IVA.

MONOMIO GASTOS GENERALES (GG): Valor equivalente al 3% de los Costos Operativos indicados en Estructura de Costos más Beneficios Base.

MONOMIO RESTO DE ITEMS (RI): Se actualiza por el Índice de Precios Mayoristas INDEC.-

ARTICULO 6°. –                                Se autoriza al Departamento Ejecutivo  Municipal a  reducir  hasta  un  quince (15%) el valor del  porcentaje de variación  de  la  tarifa que  se  determine  en virtud de aplicar la ecuación prevista en el artículo 3° de  la  presente  Ordenanza, siempre  y cuando existan razones debidamente fundadas de orden público, oportunidad, mérito y/o   conveniencia, que puedan afectar prestación del servicio.-

ARTICULO 7°. –                                La metodología de actualización tarifaria prevista  por  la  presente  ordenanza tendrá  vigencia  hasta el 31  de  diciembre de 2021, pudiendo  ser  prorrogada por hasta dos (2) años más, por Decreto del Departamento Ejecutivo Municipal. –

ARTICULO 8°. –Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Cumplido, archívese.

 

 

SALA DE SESIONES, Jueves 5 de Diciembre de 2019.-

 

Dr. Jorge Lisandro Aguiar

Presidente

Concejo Deliberante de la Ciudad de S.S. de Jujuy

 

ANEXO 1

ESTRUCTURA DE COSTOS MAS BENEFICIOS BASE

 

CONCEPTO ESTRUCTURA DE COSTOS PROYECTADA AL 31/12/2018 % INCIDENC.
1 – COMBUSTIBLE 1.197.928,38 6,4239
2 – ACEITES Y LUBRICANTES – ENGRASE 73.320,75 0,3932
3 – NEUMATICOS 455.804,93 2,3960
4 – PERSONAL (SUELDOS Y CARGA SOCIAL)

 

9.938.834,77 53,2946
5 – SEGURIDAD Y MEDICINA LABORAL 26.193,33 0,1405
6 – DEPRECIACION BIENES DE USO 379.081,16 2,0325
7 – REPUESTOS Y ACCESORIOS – SERV. TERC. 217.154,10 1,1545
8 – SEGUROS 98.305,44 0,5300
9 – PATENTE – CONTROL TECNICO VEH. 21.125,58 0,1133
10 – OTROS COSTOS OPERATIVOS 601.377,30 3,2249
11 – UNIFORMES (INDUMENTARIA) – ELEM. SEGUR. 190.102,35 1,0194
12 – ELEMENTOS DE BARRIDO Y LIMPIEZA 294.622,41 1,5799
13 – GASTOS GENERALES (ADM. Y COM.) 404.545,55 2,1694
14 – SUB-TOTAL                                                                             $ 13.889.395,79  
15 – INTERES DEL CAPITAL PROPIO INV. (4%) 98.498,15 0,5175
16 – SUB-TOTAL                                                                             $ 13.985.893,94  
17 – BENEFICIO EMPRESARIAL 1.398.589,39 7,5000
18 – SUB-TOTAL ANTES DE IMPUESTOS                                 $ 15.384.483,33 82,4999
19 – IMPUESTOS; IB; INCOB; CANON:  
–       INGRESOS BRUTOS (3,5) 652.695,05  
–       CANON (10%) 3.263.395,25     1.864.785,86 17,5001
–       INCOBRABLES (4%) 745.914,34  
20 – COSTOS MAS BENEFICIO MENSUAL (NETO DE IVA)   $ 18.647.858,58 100,00
21 – IVA (21%)                                                                                 $ 3.916.050,30 _____________
22 – COSTO MENSUAL PROYECTADO AL 31/12/2018 (CANON 10%) (CON IVA) 22.563.908,88 ____________

 

 

Dr. Jorge Lisandro Aguiar

Presidente

Concejo Deliberante de la Ciudad de S.S. de Jujuy