BOLETÍN OFICIAL Nº 4 ANEXO – 10/01/20

CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE SAN SALVADOR DE JUJUY

EXPTE. Nº 493-X-2019 c/Agdo. N° 774-X-2019.-

EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE

SAN SALVADOR DE JUJUY SANCIONA LA SIGUIENTE

ORDENANZA Nº 7402/2019.-

ARTICULO 1°.- Establécese  que,  a  partir del 01  de Enero de 2020,  el cuadro tarifario  del Sistema de Transporte Público Colectivo de Pasajeros de la Ciudad de San Salvador de Jujuy se actualizará de manera cuatrimestral.

Dicha actualización tarifaria tendrá lugar los meses de Abril, Agosto y Diciembre de cada año.

En el marco de inicio de la vigencia de la presente Ordenanza, la primera actualización se realizará en el mes de Enero de 2020.-

ARTICULO 2°.-A los fines previstos en el Artículo anterior, se establece que el porcentaje de variación de la tarifa se determinará en base a la siguiente fórmula de redeterminación:

K=(C/KM)-100

 

C/KM= B+X1 MO(A)+X2C(A)+X3DR(A)+X4IIB(A)+X5RI(A)

                      MO(B)      C(B)      DR(B)       IIB(B)      RI(B)     

 

DE DONDE:

K: Coeficiente porcentual de ajuste.

C/KM: COSTO + BENEFICIO (NETO DE IVA) del km del momento del Ajuste (A)

B: BENEFICIO EMPRESARIAL= 8,62%

X1: INCIDENCIA PORCENTUAL DEL MONOMIO MANO DE OBRA (MO), determinada en la Estructura de Costos más Beneficios Base = 46,56

MO(A): Parámetro de Referencia adoptado del Monomio MO, con valor al momento del Ajuste (A).

MO(B): Parámetro de Referencia adoptado del Monomio MO, con valor al momento base.

X2: INCIDENCIA PORCENTUAL DEL MONOMIO COMBUSTIBLE (C), determinada en la Estructura de Costos más Beneficios Base = 14,15

C(A): Parámetro de Referencia adoptado del Monomio COMBUSTIBLE, con valor al momento del Ajuste (A).

C(B): Parámetro de Referencia adoptado del Monomio COMBUSTIBLE, con valor al momento base.

X3: INCIDENCIA PORCENTUAL DEL MONOMIO DEPRECIACION DE PARQUE AUTOMOTOR (RODADOS) (DR), determinada en la Estructura de Costos más Beneficios Base = 5,62

DR(A): Parámetro de Referencia adoptado del Monomio DEPRECIACION DE PARQUE AUTOMOTOR (RODADOS), con valor al momento del Ajuste (A).

DR(B): Parámetro de Referencia adoptado del Monomio DEPRECIACION DE PARQUE AUTOMOTOR (RODADOS), con valor al momento base.

X4: INCIDENCIA PORCENTUAL DEL MONOMIO IMPUESTO A LOS INGRESOS BRUTOS (IIB), determinada en la Estructura de Costos más Beneficios Base =5,20

IIB(A): Parámetro de Referencia adoptado del Monomio IMPUESTO A LOS INGRESOS BRUTOS, con valor al momento del Ajuste (A).

IIB(B): Parámetro de Referencia adoptado del Monomio IMPUESTO A LOS INGRESOS BRUTOS, con valor al momento base.

X5: INCIDENCIA PORCENTUAL DEL MONOMIO RESTO DE ITEMS (RI), determinado en la Estructura de Costos más Beneficios Base = 19,85

RI(A): Parámetro de Referencia adoptado del Monomio RESTO DE ITEMS, con valor al momento del Ajuste (A).

RI(B): Parámetro de Referencia adoptado del Monomio RESTO DE ITEMS, con valor al momento base.

ARTICULO 3°.-A los fines previstos en la presente Ordenanza, se establecen las siguientes definiciones:

a-“Estructura de Costos más Beneficios Base”: la estructura de costos más beneficios proyectada al 30 de junio de 2019, y que figura como anexo I de la presente ordenanza;

b-“Momento base”: se considera “momento base” la fecha en la cual se realizó el último ajuste de la tarifa del Sistema de Transporte Público Colectivo de Pasajeros de la Ciudad de San Salvador de Jujuy.

ARTICULO 4°.- El  Departamento  Ejecutivo  Municipal procederá a verificar el  valor de los         parámetros establecidos en Artículo anterior, y autorizará la aplicación del porcentaje de variación de la tarifa en los plazos establecidos en el Artículo 1° de la presente Ordenanza. A tales fines, los componentes de cada monomio de la fórmula polinómica establecida en el Artículo 2° son los indicados en la “Estructura de Costos más Beneficios Base”.

A tales fines, se establecen los siguientes parámetros de referencia de cada monomio de la fórmula polinómica establecida en el Artículo 3°:

MONOMIO MANO DE OBRA (MO): Sueldo básico de conductor, según Convenio Colectivo 460/73 o el que lo reemplazare en el futuro.

MONOMIO COMBUSTIBLES (C): Valor del litro de gas-oil en boca de estación de servicio de YPF y al público consumidor, neto de IVA.

MONOMIO DEPRECIACION DE PARQUE AUTOMOTOR (RODADOS) (DR): Valor del chasis más carrocería neto de IVA, s/Promedio Parque Automotor del conjunto de las Empresas.

MONOMIO IMPUESTO A LOS INGRESOS BRUTOS (IIB): Valor total de Canasta de Impuestos, calculados según estructura de Costos más Beneficios Base.

MONOMIO RESTO DE ITEMS: Se actualiza por el Índice de Precios Mayoristas INDEC.

ARTICULO 5°.- Se autoriza al Departamento Ejecutivo Municipal a reducir hasta un quince           (15%) el valor del porcentaje de variación de la tarifa que se determine en virtud de aplicar la ecuación prevista en el Artículo 2° de la presente Ordenanza, siempre y cuando existan razones debidamente fundadas de orden público, oportunidad, mérito y/o conveniencia, que puedan afectar prestación del servicio.-

ARTICULO 6°.-Sin perjuicio de lo dispuesto en el Artículo 4° de la presente ordenanza, en el caso de que la incidencia porcentual en la estructura de ingresos de los subsidios que reciba el Sistema de Transporte Público Colectivo de Pasajeros de la Ciudad de San Salvador de Jujuy se incremente, se autoriza al Departamento Ejecutivo Municipal a reducir de manera proporcional el Porcentaje de Variación de la Tarifa resultante de aplicar la ecuación prevista en el Artículo 2° de la presente Ordenanza, por decreto debidamente fundado.-

ARTICULO 7°.-DE LA COMPENSACIÓN DEL BOLETO ESTUDIANTIL GRATUITO Y UNIVERSAL (BEGU):

La compensación para el Sistema de Transporte Público Colectivo de Pasajeros por el Boleto Estudiantil Gratuito y Universal que abonará la Municipalidad de San Salvador de Jujuy a las Empresas de Trasporte podrá ser incrementada hasta un porcentaje igual al del porcentaje de variación de la tarifa determinada en virtud de la aplicación del Artículo 2° de la presente Ordenanza, con las salvedades de los Artículos 4° y 5°.

ARTICULO 8°.-              Autorícese al Departamento Ejecutivo Municipal a suscribir con entidades provinciales y nacionales los convenios que resulten necesarios para garantizar la estructura tarifaria vigente, en caso de reducción y/o modificación de los subsidios que recibe actualmente el Sistema de Transporte Público Colectivo de Pasajeros de la Ciudad de San Salvador de Jujuy.-

ARTICULO 9°.-              La metodología de actualización tarifaria prevista por la presente Ordenanza tendrá vigencia hasta el 31 de diciembre de 2021, pudiendo ser prorrogada por hasta dos (2) años más, por Decreto del Departamento Ejecutivo Municipal. –

ARTICULO 10°.-Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Cumplido, archívese.-

 

SALA DE SESIONES, Jueves 05 de Diciembre de 2019.-

 

Dr. Jorge Lisandro Aguiar

Presidente

Concejo Deliberante de la Ciudad de S.S. de Jujuy

 

ANEXO I 

ESTRUCTURA DE COSTO MAS BENEFICIO BASE

 

N° DE

ORD.

RUBROS PROMEDIO AL 30/06/2019
1 COMBUSTIBLES 14,15
2 ACEITES Y LUBRICANTES 1,96
3 NEUMÁTICOS 2,75
4 LAVADOS Y ENGRASE 2,98
5 DEPREACIÓN PARQUE AUTOMOTOR 5,62
6 REPARACIÓN, REP. Y ACC. RODADOS 3,14
7 SEGUROS VEHÍCULOS – RODADOS 0,62
8 MAQ., HERRAMIENTAS Y M. Y ÚTILES 0,22
  v    DEPRECIACIONES  
  v    MANTENIMIENTO  
9 EDIFICIOS Y PLAYAS 0,16
  v    DEPRECIACIONES  
  v    MANTENIMIENTO  
10 CONTROL VEHICULAR 0,09
11 EVALUACIÓN PSICOFÍSICA 0,18
12 PATENTES 0,22
13 LICENCIA PARA CONDUCIR 0,08
14 UNIFORMES Y EQUIPOS 0,54
15 SALARIOS Y CARGAS SOCIALES 46,56
16 DEPREACIÓN VEHÍCULOS APOYO 0,07
17 MANTENIMIENTO S.U.B.E. 1,57
18 GASTOS GENERALES 3,51
19                                                               SUB – TOTAL (1)      $ 84,42
20 INTERES CAPITAL PROPIO INVERTIDO 1,76
21                                                               SUB – TOTAL (2)      $ 86,18
22 BENEFICIO EMPRESARIAL 8,62
23                                       SUB – TOTAL COSTOS S/IMP.       $ 94,80
24 IMPUESTOS A LOS INGRESOS BRUTOS 5,20
25 COSTO TOTAL DEL KM SIN IVA AL 30/06/19                  $ 100,00

 

Dr. Jorge Lisandro Aguiar

Presidente

Concejo Deliberante de la Ciudad de S.S. de Jujuy