BOLETÍN OFICIAL Nº 142 – 22/12/06
TRIBUNAL DE CUENTAS DE LA PROVINCIA –JUJUY-
RESOLUCION Nº 3775 –TP-(RG)-2006-12-21
SAN SALVADOR DE JUJUY, 12 de Diciembre de 2006.-
VISTO:
La Resolución Nº 1593-R/G – 1996, y
CONSIDERANDO:
Que, por la citada resolución este Tribunal reglamento mediante Anexos, y en forma taxativa, los antecedentes requeridos por la normativa vigente para cada tipo de tramite, a los fines de intervención previa.
Que resulta necesario establecer en relación al ingreso de los Profesionales Universitarios a la Administración Publica, el requisito de la Matriculación obligatoria, verificada por el Organismo competente.
Que tal documentación se requerirá en oportunidad de tramitarse designaciones en el Sector Publico y Contrataciones, sea de locación de obra o de servicios.
Que atento a ello se requerirá la presentación de constancia de Matriculación emitida por el Colegio o consejo correspondiente a la incumbencia profesional, en los casos que corresponda, en tanto la función del cargo así lo exija.
Por ello:
EL TRIBUNAL DE CUENTAS DE LA PROVINCIA
EN ACUERDO PLENARIO
RESUELVE:
ARTICULO1º.-Agregar al Anexo I puntos 1.1.1.,1.1.2.1.,1.1.2.2.,1.1.3.1,1.1.3.2. de la Resolución Nº 1593 – R/G- 1996, el siguiente Inciso: “Constancia de Matriculación emitida por el Colegio o Consejo correspondiente a la incumbencia profesional (cuando correspondiere)”.-
ARTICULO 2º.- La presente disposición regirá a partir del 1º de Enero de 2007.-
ARTICULO 3º.- Notifiquese a la Federación de Profesionales Universitaria de Jujuy y Dpto. Toma de Razón, Dése amplia difusión y Publiquese.-
DRA. NORA MILLONE JUNCOS
VOCAL
TRIBUNAL DE CUENTAS
22 DIC. LIQ. Nº 57049 $ 8,70