BOLETÍN OFICIAL Nº 142 – 22/12/06

Icon_PDF_6TRIBUNAL DE CUENTAS DE LA PROVINCIA –JUJUY-

RESOLUCION Nº 3775 –TP-(RG)-2006-12-21

SAN SALVADOR DE JUJUY, 12 de Diciembre de 2006.-

VISTO:

La Resolución Nº 1593-R/G – 1996, y

CONSIDERANDO:

Que, por la citada resolución este Tribunal reglamento mediante Anexos, y en forma taxativa, los antecedentes requeridos por la normativa vigente para  cada tipo de tramite, a los fines de intervención previa.

Que resulta necesario establecer en relación al ingreso de los Profesionales Universitarios a la Administración Publica, el requisito de la Matriculación obligatoria, verificada por el Organismo competente.

Que tal documentación se requerirá en oportunidad de tramitarse designaciones en el Sector Publico y Contrataciones, sea de locación de obra o de servicios.

Que atento a ello se requerirá la presentación de constancia de Matriculación emitida por el Colegio o consejo correspondiente a la incumbencia profesional, en los casos que corresponda, en tanto la función del cargo así lo exija.

Por ello:

EL TRIBUNAL DE CUENTAS DE LA PROVINCIA

EN ACUERDO PLENARIO

RESUELVE:

ARTICULO1º.-Agregar al Anexo I puntos 1.1.1.,1.1.2.1.,1.1.2.2.,1.1.3.1,1.1.3.2. de la Resolución Nº 1593 – R/G- 1996, el siguiente Inciso: “Constancia de Matriculación emitida por el Colegio o Consejo correspondiente a la incumbencia profesional (cuando correspondiere)”.-

ARTICULO 2º.- La presente disposición regirá a partir del 1º de Enero de 2007.-

ARTICULO 3º.- Notifiquese a la Federación de Profesionales Universitaria de Jujuy y Dpto. Toma de Razón, Dése amplia difusión y Publiquese.-

 

DRA. NORA MILLONE JUNCOS

VOCAL

TRIBUNAL DE CUENTAS

22 DIC.  LIQ. Nº 57049  $ 8,70