BOLETÍN OFICIAL Nº 147 ANEXO – 27/12/19
MUNICIPALIDAD DE SAN SALVADOR DE JUJUY
EXPEDIENTE N° 16 –15289-2019-1.-
DECRETO N° 2936.19.041.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 12 DIC. 2019.-
VISTO:
El Proyecto de Ordenanza N° 7382/2019, sancionado por el Concejo Deliberante de la Ciudad de San Salvador de Jujuy en Sesión Ordinaria N° 13/2019, realizada el día 28 de Noviembre de 2019, mediante el cual se dispone adherir a la Municipalidad de San Salvador de Jujuy, a la Ley Nacional N° 27.501 que incorpora el “Acoso Callejero” como modalidad de violencia hacia la mujer; y
CONSIDERANDO:
Que, tomado conocimiento el señor Secretario de Desarrollo Humano, el mismo estima conveniente el dictado del pertinente dispositivo legal de promulgación;
Por ello y conforme lo establece el Artículo 55° Inciso 4) de la Carta Orgánica Municipal,
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN SALVADOR DE JUJUY
DECRETA:
ARTICULO 1°.- Promúlguese la Ordenanza N° 7382/2019, Proyecto sancionado por el Concejo Deliberante de la Ciudad de San Salvador de Jujuy en Sesión Ordinaria N° 13/2019, celebrada el día 28 de Noviembre de 2019, mediante la cual se dispone adherir a la Municipalidad de San Salvador de Jujuy, a la Ley Nacional N° 27.501 que incorpora el “Acoso Callejero” como modalidad de violencia hacia la mujer.-
ARTICULO 2°.- El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Desarrollo Humano JOSE LUIS SANCHEZ, conforme lo establece el Artículo 1° del Decreto Acuerdo N° 176-I-94.-
ARTICULO 3°.- Comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial Municipal y pase a conocimiento y demás fines a la Dirección General de Desarrollo Familiar, Coordinación General de Comunicación y demás Secretaría que conforman el Departamento Ejecutivo; remitiéndose copia del presente dispositivo legal al Concejo Deliberante.-
Arq. Raúl E. Jorge
Intendente