BOLETÍN OFICIAL Nº 147 ANEXO – 27/12/19

MUNICIPALIDAD DE SAN SALVADOR DE JUJUY

EXPEDIENTE N° 16 –15289-2019-1.-

DECRETO  N° 2936.19.041.-

SAN SALVADOR DE JUJUY,  12  DIC.  2019.-

VISTO:

El Proyecto de Ordenanza N° 7382/2019, sancionado por el Concejo Deliberante de la Ciudad de San Salvador de Jujuy en Sesión Ordinaria N° 13/2019, realizada el día 28 de Noviembre de 2019, mediante el cual se dispone adherir a la Municipalidad de San Salvador de Jujuy, a la Ley Nacional N° 27.501 que incorpora el “Acoso Callejero” como modalidad de violencia hacia la mujer; y

CONSIDERANDO:

Que, tomado conocimiento el señor Secretario de Desarrollo Humano, el mismo estima conveniente el dictado del pertinente dispositivo legal de promulgación;

Por ello y conforme lo establece el Artículo 55° Inciso 4) de la Carta Orgánica Municipal,

EL INTENDENTE MUNICIPAL  DE SAN SALVADOR DE JUJUY

DECRETA:

ARTICULO 1°.- Promúlguese la Ordenanza N° 7382/2019, Proyecto sancionado por el Concejo Deliberante de la Ciudad de San Salvador de Jujuy en Sesión Ordinaria N° 13/2019, celebrada el día 28 de Noviembre de 2019, mediante la cual se dispone adherir a la Municipalidad de San Salvador de Jujuy, a la Ley Nacional N° 27.501 que incorpora el “Acoso Callejero” como modalidad de violencia hacia la mujer.-

ARTICULO 2°.- El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Desarrollo Humano JOSE LUIS SANCHEZ, conforme lo establece el Artículo 1° del Decreto Acuerdo N° 176-I-94.-

ARTICULO 3°.- Comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial Municipal y pase a conocimiento y demás fines a la Dirección General de Desarrollo Familiar, Coordinación General de Comunicación y demás Secretaría que conforman el Departamento Ejecutivo; remitiéndose copia del presente dispositivo legal al Concejo Deliberante.-

 

Arq. Raúl E. Jorge

Intendente