BOLETÍN OFICIAL Nº 147 ANEXO – 27/12/19

MUNICIPALIDAD DE SAN SALVADOR DE JUJUY

EXPEDIENTE N° 16 –15288-/2019-1.-

DECRETO  N° 2937.19.041.-

SAN SALVADOR DE JUJUY,  12  DIC.  2019

VISTO:

El Proyecto de Ordenanza N° 7381/2019, sancionado por el Concejo Deliberante de la Ciudad de San Salvador de Jujuy en Sesión Ordinaria N° 13/2019, celebrada el día 28 de Noviembre del año 2019, mediante el cual se Deroga la Ordenanza Municipal Nº 3625/2002; y

CONSIDERANDO:

Que, tomado conocimiento el Señor Secretario de Desarrollo Humano Municipal, el mismo expresa que no existe objeción a dicha normativa, por lo cual estima conveniente el dictado del pertinente dispositivo legal de promulgación;

Por ello y conforme  lo reglamentado en el Artículo 55° Punto 4) de la Carta Orgánica Municipal;

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN SALVADOR DE JUJUY

DECRETA:  

ARTICULO 1°.- Promúlgase la Ordenanza N° 7381/2019, Proyecto sancionado por el Concejo Deliberante de la Ciudad de San Salvador de Jujuy en Sesión Ordinaria N° 13/2018, celebrada el día 28 de Noviembre del año 2019, mediante la cual se Deroga la Ordenanza Municipal Nº 3625/2002.-

ARTICULO 2°.- El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Desarrollo Humano JOSE LUIS SANCHEZ, conforme lo establece el Artículo 1° del Decreto Acuerdo N° 176-I-94.-

ARTICULO 3°.- Comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial Municipal y pase a conocimiento y demás fines a la Dirección General de Desarrollo Familiar; Coordinación General de Comunicación, como así también a las Secretarías que conforman el Departamento Ejecutivo; remitiéndose copia del presente dispositivo legal al Concejo Deliberante.-

 

Arq. Raúl E. Jorge

Intendente