BOLETÍN OFICIAL Nº 147 ANEXO – 27/12/19

MUNICIPALIDAD DE SAN SALVADOR DE JUJUY

EXPEDIENTE  N°   16 – 15295 – 2019 – 1.-

DECRETO N° 2865.19.007.-

San Salvador de Jujuy,  09  DIC.  2019.-

VISTO:

El Proyecto de Ordenanza N° 7369/2019, sancionada por el Concejo Deliberante de la Ciudad de San Salvador de Jujuy, en Sesión Ordinaria N° 13/2019 de fecha 28 de noviembre de 2019, mediante el cual se establece nuevos incentivos fiscales, para todas aquellas personas físicas domiciliadas o con residencia en el país, personas jurídicas constituidas o habilitadas para operar en todo el territorio de la Nación y la empresas extranjeras con domicilio legal en el país, tengan o realicen nuevas inversiones o ampliaciones de las ya existentes en el Ejido de la Municipalidad de San Salvador de Jujuy, en todas aquellas actividades vinculadas al Turismo; y

CONSIDERANDO:

Que, tomado conocimiento la Secretaría de Hacienda, la misma expresa que no existe objeción a dicha normativa, por lo cual estima conveniente el dictado del pertinente dispositivo legal de promulgación;

Por ello y conforme lo establece el Artículo 55° Inciso 4) de la Carta Orgánica Municipal;

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN SALVADOR DE JUJUY

DECRETA:

ARTICULO 1°.- Promúlguese la Ordenanza N° 7369/2019, Proyecto sancionado por el Concejo Deliberante de la Ciudad de San Salvador de Jujuy, en Sesión Ordinaria N° 13/2019 de fecha 28 de noviembre de 2019, mediante la cual se establece nuevos incentivos fiscales, para todas aquellas personas físicas domiciliadas o con residencia en el país, personas jurídicas constituidas o habilitadas para operar en todo el territorio de la Nación y la empresas extranjeras con domicilio legal en el país, tengan o realicen nuevas inversiones o ampliaciones de las ya existentes en el Ejido de la Municipalidad de San Salvador de Jujuy, en todas aquellas actividades vinculadas al Turismo.-

ARTICULO 2°.- El presente Decreto será refrendado por la Srta. Secretaria de Hacienda Lic. AGUSTINA MARIA APAZA, conforme lo establece el Artículo 1° del Decreto Acuerdo N° 176-I-94.-

ARTICULO 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y pase a conocimiento y demás fines a la Dirección General de Rentas, y a las Secretarías que conforman el Departamento Ejecutivo Municipal. Asimismo comuníquese al Concejo Deliberante de la Ciudad de San Salvador de Jujuy.-

 

Arq. Raúl E. Jorge

Intendente