BOLETÍN OFICIAL Nº 21 – 21/02/07

Icon_PDF_6GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE JUJUY

MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA Y PLANIFICACION

SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS PUBLICOS Y OTRAS CONCESIONES (SUSEPU)

R E S O L U C I O N    Nº      054     – SUSEPU.

SAN SALVADOR DE JUJUY, 15-02-07

Cde. Expte. Nº 0600-0030/2003.-

VISTO:

El Expediente de referencia caratulado: “DECRETO ACUERDO Nº 5850-H-2002, RENEGOCIACIÓN DE CONTRATO E.J.E. S.A.”; y

CONSIDERANDO:

Que, por Resolución Nº 052-SUSEPU-2007 el Directorio de la Superintendencia de Servicios Públicos y otras Concesiones – SUSEPU., estableció la fecha y lugar de realización de la AUDIENCIA PUBLICA permitiendo –con carácter excepcional- la inscripción de todos aquellos ciudadanos y organizaciones sociales que hasta el día 16 de Enero de 2007 no lo hicieron para participar de la indicada Audiencia, debiendo cumplimentar los requisitos que fueran fijados por la Resolución Nº 671-SUSEPU-2006.

Que, si bien de la Resolución mencionada en último término surge claramente el lugar en el cual debe realizarse las inscripciones, con la finalidad de evitar planteos dilatorios obstructivos, es que en virtud de lo establecido en el Artículo 106 de la Ley Procesal Administrativa, surge necesario aclarar que las inscripciones a las que se hacen referencia en la Resolución Nº 052-SUSEPU-2007 deberán efectuarse en los días y horarios indicados en los Artículos 3º y 4º de la mencionada Resolución en la Oficina Administrativa Habilitada en la Sede de la SUSEPU, sita calle Alvear Nº 1243 de la Ciudad de San Salvador de Jujuy, Provincia de Jujuy.

Por ello;

EL DIRECTORIO DE LA SUSEPU.

RESUELVE:

ARTICULO 1°.- Aclarar que la inscripción a que se refieren los Artículos 3º y 4º de la Resolución Nº 052-SUSEPU-2007, se deben realizar en la Oficina Administrativa Habilitada en Sede de la SUSEPU., sita en calle Alvear Nº 1243 de la Ciudad de San Salvador de Jujuy, Provincia de Jujuy.-

ARTICULO 2º.- Desde amplia difusión de lo dispuesto en la presente Resolución mediante su publicación en el Boletín Oficial, diarios de circulación de la Provincia, así como su emisión en radios locales.-

ARTICULO 3º.- Pasar a conocimiento de la Gerencia del Usuario, Dptos. Control de Tarifas, Calidad de Servicio, Legal, Técnico, Usuario y Agua. Remitir copia a: Legislatura de la Provincia de Jujuy, Ministerio de Infraestructura y Planificación, Ministerio de Producción y Medio Ambiente. Cumplido archívese.-

 

Ing. HECTOR RODRIGUEZ FRANCILE

PRESIDENTE- SUSEPU

21 FEB. LIQ. Nº 57200 $ 8,70.-