BOLETÍN OFICIAL Nº 146 – 23/12/19

RESOLUCION Nº 487- SCA/2019.-

EXPTE. 1101 – 299 -M – 2018/1101 – 213 – M- 2019.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 2019.-

VISTO:

El Expediente N° 1101-299-M-2018 caratulado “Solicitud de Factibilidad Ambiental Proyecto Barrio Cerrado- Lozano”, y el Expediente N° 1101-213-M-2019 caratulado “Solicitud Factibilidad del Estudio de Impacto Ambiental Loteo Padrón A-98570- Lozano, Jujuy”, iniciados por Martiarena, Luis Humberto.

La Ley Provincial N° 5063 “General del Medio Ambiente” y sus Decretos Reglamentarios N° 5980/06 “Evaluación de Impacto Ambiental y Normas Técnicas de Calidad Ambiental para la Proyección de la Atmosfera, de las Aguas y del Suelo”, modificado por N° 9067/07, N° 5606/02 “De las Infracciones y Sanciones”, la Ley N° 6114 Impositiva de la Provincia de Jujuy, la Ley N° 5875 Orgánica del Poder Ejecutivo y el Decreto N° 8020-A-2018; y

CONSIDERANDO:

Que, en fecha 8 de octubre de 2018, mediante Resolución N° 391/18-SCA se otorgó la Pre-Factibilidad Ambiental, bajo el Expte. Administrativo N° 1101-299-M-2018 al Proyecto de obra denominado “Barrio Cerrado-Mensura y División para afectar el régimen de propiedad Horizontal Especial Padrón A-98570” incluyendo al mismo en el procedimiento de Evaluación de Impacto Ambiental, de conformidad con las disposiciones de los Decretos Reglamentarios N° 5980/06 y 9067/07 de la Ley N° 5063, solicitando la presentación de un Estudio de Impacto Ambiental Simplificado, de acuerdo a lo establecido en el Anexo II del D.R. N° 5980/06.-

Que, a tal efecto el Sr. Luis Humberto Martiarena presento mediante Nota externa N° 623/2019 un Estudio de Impacto Ambiental Simplificado (EsIAS) para el proyecto “Barrio Cerrado – Mensura y División para afectar el régimen de propiedad Horizontal Especial Padrón A-98570”, los que dieron inicio al Expte. Administrativo N° 1101-213-M-2019 donde a partir de este, continuaron las actuaciones del proyecto.-

Que, el proyecto consiste en tareas de mesura y fraccionamiento en campo y gabinete, materialización del diseño de la urbanización en terreno delimitando los accesos, calles y lotes en cuestión. Para luego iniciar la apertura de calles, ejecución de la red de agua potable, energía eléctrica y alumbrado público. El terreno se encuentra desmalezado y no presenta hondonadas ni grandes desniveles que requieran movimiento del suelo para urbanizar.-

Que, el área técnica de esta secretaria evaluó la documentación presentada, surgiendo requisitos establecidos en el Decreto N° 5980/06 en lo referente a los contenidos mínimos de un Estudio de Impacto Ambiental, los que fueron cursados al proponente mediante nota N° 456/19-SCA, dando esta respuesta satisfactoria a dicha solicitud mediante nota externa N° 1333/19 con la información adicional para complementar el EslAS.-

Que, el Sr. Luis Humberto Martiarena realizo las publicaciones en el Boletín Oficial los días 20, 22 y 25 de noviembre y en dos diarios locales de la Provincia los días 19, 21, 22 y 25 de noviembre de 2019, acorde lo establecido por el Decreto N° 9067/07 en su artículo 3°, y no se han recibido observaciones al Proyecto por parte de la Comunidad.

Que, por todo lo expuesto y en cumplimiento de la normativa vigente, corresponde otorgar la Factibilidad Ambiental solicitada.-

Que, además, la Ley N° 6114 y el artículo 2° del D.R. N° 9067/07 establece parámetros para la determinación de los montos en concepto de tasa retributiva por el servicio de Evaluación de Estudio de Impacto Ambiental y las excepciones del pago de la mencionada tasa.-

Por ello,

LA SECRETARIA DE CALIDAD AMBIENTAL

RESUELVE

ARTICULO 1º: Otorgar Factibilidad Ambiental al Proyecto “Barrio Cerrado-Mensura y División para afectar el régimen de Propiedad Horizontal Especial Padrón A-98570”, cito en la Localidad de Lozano, Dpto. Dr. Manuel Belgrano, propuesto por el Sr. Luis Humberto Martiarena, para la etapa constructiva y operativa, por los motivos expuestos en el exordio.-

ARTICULO 2º: La presente Resolución agota la vía administrativa. La parte resolutiva de la misma deberá ser publicada a cargo del proponente, por una (1) vez en el Boletín Oficial de la Provincia (Art. 28 D. R N° 5980/06) en el plazo de 5 días hábiles a partir de la recepción de la misma, remitiendo el comprobante de dicha publicación a esta Secretaria.-

ARTICULO 3º: El incumplimiento de lo dispuesto en el Articulo N° 2, dejara sin efecto lo establecido en el Articulo N° 1.-

ARTICULO 4º: La Secretaria de Calidad Ambiental se reserva el derecho de solicitar los monitoreos y/o informes y de realizar las inspecciones que considere necesarias en el ejercicio de su poder de policía ambiental durante el desarrollo de la obra.

ARTICULO 5º: Fíjese como tasa retributiva por el servicio de Evaluación de Impacto Ambiental, el monto equivalente 225 (doscientos veinticinco) litros de nafta especial sin plomo de conformidad a lo dispuesto por la Ley N° 6114 “Impositiva de la Provincia de Jujuy”. Dicha suma será abonada en Tesorería del Ministerio de Ambiente e ingresada como partida diferenciada a la Cuenta Corriente N° 3200-09410076568, denominada Secretaria de Calidad Ambiental, Banco Macro SA, San Salvador de Jujuy.-

ARTICULO 6º: Las disposiciones de la presente Resolución no eximen a la Administrada por la producción de alguna contingencia y/o por la responsabilidad administrativa, penal y/o civil por cualquier daño o perjuicio que las actividades inherentes a la obra pudieran ocasionar al medio ambiente y/o a la vida, salud e integridad física de la población en general.-

ARTÍCULO 7º: El incumplimiento de lo establecido en la Presente Resolución, dará lugar a que esta Secretaria aplique los procedimientos legales correspondientes estipulados en el Decreto Reglamentario de la Ley Provincial N° 5063.-

ARTICULO 8º: Firmado, regístrese por Despacho de esta Secretaria. Notifíquese al Sr. Luis Humberto Martiarena, a la Dirección de Evaluación Ambiental y Fiscalización y a la Dirección General de Administración del Ministerio de Ambiente, a sus efectos. Cumplido, archívese.-

 

Ing. Pablo Bergese

Secretario de Calidad Ambiental

23 DIC. LIQ. Nº 19922 $205,00.-