BOLETÍN OFICIAL Nº 145 ANEXO – 20/12/19

MUNICIPALIDAD DE PERICO

DECRETO Nº 1446/2.019.-

PERICO, 09 DIC. 2019.-

Visto:

La nota presentada por los profesionales que desempeñan tareas en la Municipalidad de Perico, el decreto 572/2019, el artículo 6º de la Ordenanza 1358/2019, Ordenanza 1357/2019, ordenanza 1353/2019,ley nº 4.413,Ley nº 5.682.-

Considerando:

Que es necesario  la incorporación al personal de planta permanente al los profesional que se menciona.

Que los adicionales  remunerados a los agentes en cuestión se corresponden con lo establecido por las leyes vigentes ley nº 4.413 de 1988 y ley modificatoria  nº 5.682 de 2011, y los mismos no adquieren condición legal para excluirlos de la planta permanente.

Que la Municipalidad de Perico no discrimina a sus empleados por religión, filiación partidaria, u otro condicionamiento previsto en la normativa vigente.

Que existen los cargos y partidas presupuestarias en la ordenanza 1357/2019 “Presupuesto General de Gastos y Calculo y Recursos “.

Que el artículo primero de la ley 4.413 establece el régimen salarial para los PROFESIONALES CON TITULO UNIVERSITARIO que presten servicios en estado.

Que el artículo quinto de la ley  4.413 establece que la categoría de ingreso corresponde la categoría en el tramo inferior del nomenclador: A-1; B-1; c-1.

Que no significa carga financiera adicional para el municipio, en virtud de que el personal a ingresar a planta permanente cumple a la fecha tareas, en diferentes áreas de esta Municipalidad, y adquiere la categoría A-1, tramo inferior del nomenclador.

Que, el decreto 572/2019  es puesto en vigencia por el artículo sexto de la ordenanza 1.358/2019, y además estipula el pase a Planta Permanente de los Agentes Profesionales que cumplen con la antigüedad como agentes municipales.

Que a los fines de evitar juicios a futuro por discriminación laboral, es necesario proceder a acceder lo solicitado por los agentes profesionales municipales.

Que, el art. 6º de la ordenanza 1358/2019, faculta al Poder Ejecutivo Municipal a designar e incorporar a aquellos agentes que consideren vulnerados sus derechos de pasar a planta permanente,

Que, el agente mencionado efectuó la solicitud formal por ante la Dirección de Recursos Humanos, solicitando su incorporación a la misma, tal cual lo establecido por la ordenanza 1358/2019.-

Por ello,

EL SR. INTENDENTE DE CIUDAD PERICO

DECRETA:

Artículo 1º: Designase en el cargo Categoría A-1, Agrupamiento profesional Ley 4413, de la Planta de Personal  Permanente de la Municipalidad de Perico a partir de la fecha del presente Decreto al  agente  Profesional  que se detallan a continuación: 1.- Hueda Cotolini, José Osvaldo CUIL 20-14.374.266-1 Leg. 33025.-

Artículo 2º: Lo dispuesto en la presente comuníquese a la Secretaria de Hacienda, Dirección de Recursos Humanos, Oficina de Liquidación de Sueldos y Jornales. Toma de conocimiento del Concejo Deliberante, Publíquese. Cumplido. Archívese.-

 

Rolando P. Ficoseco

Intendente.-