BOLETÍN OFICIAL Nº 145 ANEXO – 20/12/19

MUNICIPALIDAD DE PERICO

DECRETO Nº 1445/2.019.-

PERICO, 09 DIC. 2019.-

Visto:

La nota presentada por los profesionales que desempeñan tareas en la Municipalidad de Perico, el decreto 572/2019, el artículo 6º de la Ordenanza 1358/2019,  Ordenanza 1357/2019, ordenanza 1353/2019,ley nº 4.413,Ley nº 5.682

Considerando:

Que es necesario la incorporación al personal de planta permanente a los profesionales que se mencionan.

Que los adicionales remunerados a los agentes en cuestión se corresponden con lo establecido por las leyes vigentes ley nº 4.413 de 1988 y ley modificatoria  nº 5.682 de 2011, y los mismos no adquieren condición legal para excluirlos de la planta permanente.

Que la Municipalidad de Perico no discrimina a sus empleados por religión, filiación partidaria, u otro condicionamiento previsto en la normativa vigente.

Que existen los cargos y partidas presupuestarias en la ordenanza 1357/2019 “Presupuesto General de Gastos y Calculo y Recursos”.-

Que el artículo primero  de la ley 4.413 establece el régimen salarial para los PROFESIONALES CON TITULO UNIVERSITARIO que presten servicios en estado.-

Que el artículo quinto de la ley  4.413 establece que la categoría de ingreso corresponde la categoría en el tramo inferior del nomenclador: A-1; B-1; c-1.

Que no significa carga financiera adicional para el municipio, en virtud de que el personal a ingresar a planta permanente cumple a la fecha tareas, en diferentes áreas de esta Municipalidad, y adquiere la categoría A-1, tramo inferior del nomenclador.-

Que, el decreto 572/2019  es puesto en vigencia por el artículo sexto de la ordenanza 1.358/2019, y además estipula el pase a Planta Permanente de los Agentes Profesionales que cumplen con la antigüedad como agentes municipales.

Que a los fines de evitar juicios a futuro por discriminación laboral, es necesario proceder a acceder lo solicitado por los agentes profesionales municipales.

Que, el art. 6º de la ordenanza 1358/2019, faculta al Poder Ejecutivo Municipal a designar e incorporar a aquellos agentes que consideren vulnerados sus derechos de pasar a planta permanente,

Que, los agentes mencionados efectuaron solicitud formal por ante la Dirección de Recursos Humanos, solicitando su incorporación a la misma, tal cual lo establecido por la ordenanza 1358/2019.-

Por ello,

EL SR. INTENDENTE DE CIUDAD PERICO

DECRETA:

Artículo 1º: Designasen el cargo Categoría A-1, Agrupamiento profesional Ley 4413, de la Planta de Personal  Permanente de la Municipalidad de Perico a partir de la fecha del presente Decreto a los agentes  Profesionales que se detallan a continuación:

1.- Cisneros, Andrés Javier- CUIL 20-25.377.730-4 Leg. 32611.-

2.- Garzón, Marcelo Fernando- CUIL 24-24.437.219-4 Leg. 33388.-

3.- Pintor, Carlos Enrique- CUIL 20-25.165.474-4 Leg. 33053.-

Artículo 2º: Lo dispuesto en la presente comuníquese a la Secretaria de Hacienda, Dirección de Recursos Humanos, Oficina de Liquidación de Sueldos y Jornales. Toma de conocimiento del Concejo Deliberante, Publíquese. Cumplido. Archívese.-

 

Rolando P. Ficoseco

Intendente.-