BOLETÍN OFICIAL Nº 145 ANEXO – 20/12/19
MUNICIPALIDAD DE SAN SALVADOR DE JUJUY
DECRETO N° 2835.19.040.-
EXPEDIENTE N° 16-15526-2019-1.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 06 DIC. 2019.-
VISTO:
El Proyecto de Ordenanza N° 7403/2019 sancionado por el Concejo Deliberante de la Ciudad de San Salvador de Jujuy en Sesión Extraordinaria N° 01/2019, celebrada el día 05 de diciembre de 2019, mediante el cual se establece el Cuadro Tarifario para el Servicio de Taxis Compartidos y de Radio Llamada; y
CONSIDERANDO:
Que, tomado conocimiento el Señor Secretario de Servicios Públicos Municipal de la citada Ordenanza, el mismo expresa que no existe objeción a dicha normativa, por lo cual estima conveniente el dictado del pertinente dispositivo legal de promulgación;
Por ello y conforme lo reglamentado en el artículo 55° Punto 4) de la Carta Orgánica Municipal;
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE SAN SALVADOR DE JUJUY
DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- Promúlgase la Ordenanza N° 7403/2019, sancionada por el Concejo Deliberante de la Ciudad de San Salvador de Jujuy en Sesión Extraordinaria N° 01/2019, celebrada el día 05 de diciembre de 2019, mediante el cual se establece el Cuadro Tarifario para el Servicio de Taxis Compartidos y de Radio Llamada.-
ARTICULO 2°.- El Presente Decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Servicios Públicos, Dn. GUILLERMO F. MARENCO, conforme lo establece el Art. 1° del Decreto Acuerdo N° 176-I-94.-
ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial Municipal y pase a conocimiento y demás fines a la Secretaría de Servicios Públicos, Dirección General de Tránsito y Transporte, Coordinación General de Comunicación, como así también a las distintas Secretarías que conforman el Departamento Ejecutivo, remitiéndose copia del presente dispositivo legal al Concejo Deliberante.-
Arq. Raúl E. Jorge
Intendente