BOLETÍN OFICIAL Nº 145 ANEXO – 20/12/19
MINICIPALIDAD DE SAN SALVADOR DE JUJUY
EXPEDIENTE N° 16-14887-/2019-1.-
DECRETO N° 2809.19.040.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 05 DIC. 2019.-
VISTO:
El Proyecto de Ordenanza N° 7356/2019, sancionado por el Concejo Deliberante de la Ciudad de San Salvador de Jujuy en Sesión Ordinaria N° 12/2019, celebrada el día 21 de Noviembre del año 2019, mediante el cual se prohíbe en el ámbito de la Ciudad de San Salvador de Jujuy, la emisión de sonidos mayores a 55 db (decibeles) en motovehículos y vehículos de cualquier porte dentro del ejido municipal; y
CONSIDERANDO:
Que, tomado conocimiento el Señor Secretario de Servicios Públicos Municipal de la citada Ordenanza, el mismo expresa que no existe objeción a dicha normativa, por lo cual estima conveniente el dictado del pertinente dispositivo legal de promulgación;
Por ello y conforme lo reglamentado en el Artículo 55° Punto 4) de la Carta Orgánica Municipal;
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN SALVADOR DE JUJUY
DECRETA:
ARTICULO 1°.- Promúlgase la Ordenanza N° 7356/2019, Proyecto sancionado por el Concejo Deliberante de la Ciudad de San Salvador de Jujuy en Sesión Ordinaria N° 12/2019, celebrada el día 21 de Noviembre del año 2019, mediante la cual se prohíbe en el ámbito de la Ciudad de San Salvador de Jujuy, la emisión de sonidos mayores a 55 db (decibeles) en motovehículos y vehículos de cualquier porte dentro del ejido municipal.-
ARTICULO 2°.- El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Servicios Públicos Sr. GUILLERMO F. MARENCO, conforme lo establece el Artículo 1° del Decreto Acuerdo N° 176-I-94.-
ARTICULO 3°.- Comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial Municipal y pase a conocimiento y demás fines a la Dirección de Tránsito y Transporte, Juzgado Administrativo de Faltas, Coordinación General de Comunicación y Secretarías que conforman el Departamento Ejecutivo; remitiéndose copia del presente dispositivo legal al Concejo Deliberante.-
Arq. Raúl E. Jorge
Intendente