BOLETÍN OFICIAL Nº 144 – 18/12/19
SAN SALVADOR DE JUJUY, 14 NOV. 2019.
VISTO:
La presentación del Proyecto Ejecutivo correspondiente a la Licitación Publica Nacional e Internacional N°01/2019, por parte de la UT Adjudicataria formada por Jujuy Energía Minera Sociedad del Estado (JEMSE) y JUMI S.R. L. Y
CONSIDERANDO:
Que según lo establecido en el Pliego de Bases y Condiciones Art. 37 “Derechos del Adjudicatario”, se prevé el pago del Anticipo Financiero para acopio de materiales;
Que, la empresa adjudicataria de la Licitación Publica Nacional e Internacional N° 01/2019 según resolución N° 016-2019-EAZF, solicito el correspondiente Anticipo Financiero;
Por las razones expuestas y en uso de las atribuciones que le fueran conferidas el
PRESIDENTE DEL ENTE DE ADMINISTRACION DE ZONAS FRANCAS:
RESUELVE:
ARTICULO 1º.- Aprobar la solicitud de ANTICIPO FINANCIERO correspondiente a la Construcción de las Zonas Francas de Jujuy, previo cumplimiento de los actos administrativos y legales correspondiente.
ARTÍCULO 2º.-El Ente de Administración de Zonas Francas no es solicitante ni administrador del Anticipo Financiero aludido en Artículo 1°, por lo que la presente Resolución adquiere la condición de mero acto administrativo y deslinda toda responsabilidad del mismo en el uso de los recursos económicos correspondientes.-
ARTÍCULO 3º.- Publíquese en el Boletín Oficial y comuníquese a las partes interesadas, cumplido archívese.-
Martín Luque
Presidente