BOLETÍN OFICIAL Nº 143 ANEXO – 16/12/19

MUNICIPALIDAD DE PERICO

CONCEJO DELIBERANTE         

ORDENANZA Nº 1.349/2019.-

Ref.: “Créase el Programa para la reducción de la utilización de sorbetes por parte de los comercios que operen dentro del ejido urbano”. Expte. Nº 9.581/19. Inic. Por el Cjal. Federico Manente.

VISTO:

El Art. 70 inc. 2de la Carta Orgánica de Ciudad Perico  y el Art. 130 del reglamento Interno del Concejo Deliberante de Perico.

CONSIDERANDO:

Que, la Ciudad de Perico es uno de los lugares de mayor consumo en la provincia de Jujuy de utensilios de plásticos por nuestro incremento comercial de los últimos años y si como sabemos en la composición de los elementos plásticos que habitualmente manipulamos se encuentran metales pesados que devienen tóxicos para el cuerpo humano (hígado, el riñón, el sistema nervioso y el cerebro, siendo cancerígenos en algunos casos). Por ejemplo el “bisfenol A”, sustancia química industrial que se usa para fabricar determinados plásticos y resinas (por caso, utensilios de plástico, contenedores para comida, tapas de botellas, pastas dentales, soportes digitales, etc.) y que no pocas investigaciones científicas han demostrado que la sustancia presente en los envases puede penetrar en los alimentos o en las bebidas. Asimismo que la exposición al bisfenol A es preocupante debido a los posibles efectos que puede causar en el cerebro, la conducta y la próstata de fetos, bebés y niños. Existen otras investigaciones que sugieren un posible vínculo entre el bisfenol A y el aumento de la presión arterial y se relaciona con casos de infertilidad femenina.

Que, por otro lado, la producción de material plástico genera demanda de recursos NO RENOVABLES y que debido a su tamaño y peso, muy pocos sorbetes llegan a reciclarse y la mayoría termina, antes o después, en la playa y el mar. Así, el aumento de la producción global de plásticos y la ausencia o mal manejo de sus residuos se vinculan directamente con la cantidad de plástico que termina en el mar. Se estima que mundialmente se arrojan 7.000.000 de toneladas de plástico al mar cada año y las proyecciones indican que, de seguirse la tendencia, para el 2050 el océano va a tener mayor volumen de plástico que de peces, contaminación que tendrá un impacto muy grave en los organismos vivientes, en la cadena alimentaria y en la salud humana.

Que, la temática del plástico es considerada una problemática global y muy compleja de abordar, por lo que se debe propender a disminuir su producción y consumo, promover su reemplazo por materiales biodegradables y manejar adecuadamente sus residuos, optando por la reutilización y reciclaje.

Que, debe destacarse que los plásticos tradicionales tardan entre 100 y 500 años en degradarse, llegando algunos hasta los 1000 años, frente a los 3 a 6 meses que tardan los nuevos productos en biodegradarse.

Que, ésta iniciativa que pretende convertirse en Ordenanza municipal tiene como fin prohibir de manera progresiva el uso de sorbetes, vasos y cucharas plásticas, para ayudar a proteger el Medio Ambiente.

Por todo ello:

EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE CIUDAD PERICO

ORDENA:

ARTICULO 1: Créase el Programa para la reducción de la utilización de sorbetes de plásticos o similares por parte de comercios que operen dentro del ejido urbano de la ciudad de Perico el que entrará en vigencia a los sesenta (60) días de promulgada la presente.

ARTICULO 2: Créase el Sistema de reducción del uso de sorbetes de plásticos o similares por parte de comercios que operen dentro del ejido urbano de la ciudad. El Departamento Ejecutivo Municipal, e implementadas por los comercios, que lleven a la ejecución de actos concretos para reducir los sorbetes plásticos, que son utilizados en la actividad comercial.

ARTÍCULO 3: Desde la vigencia de la presente Ordenanza quedará prohibido en todo el ejido municipal, la utilización, entrega y expendio de sorbetes plásticos.

ARTÍCULO 4: Exceptuase la aplicación de la siguiente norma abarca los utensilios para uso terapéutico y los productos que traigan sorbetes o utensilios de fábrica.

ARTICULO 5: El Departamento Ejecutivo Municipal difundirá campañas de educación, alternativas al consumo de los utensilios de plásticos y concientización ambiental

ARTICULO 6: Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Registres, publíquese. Cumplido, archívese.-

Sala de Sesiones, 12 de Noviembre de 2019.-

 

Carlos Néstor Caliva

Presidente