BOLETÍN OFICIAL Nº 143 ANEXO – 16/12/19

MUNICIPALIDAD DE PERICO

CONCEJO DELIBERANTE

ORDENANZA Nº 1.337/2.019.-

Ref.: “Establecer la obligatoriedad de colocar carteles en Protección al Consumidor según Ley 24.240 y los números telefónicos para su reclamo”. Expte. Nº 9.525/19. Inic. Por Cjal. Federico Manente.-

VISTO:

El ART. 130 del reglamento Interno del Concejo Deliberante de Perico.-

CONSIDERANDO:

Que, en los últimos diez años se ha consolidado en nuestro país una inequitativa economía de mercado que ha desprotegido a los usuarios y consumidores frente a los avasallamientos cotidianos a los que son sometidos por las empresas de bienes y servicios.

Que, la ley defensa del consumidor establece como principio la publicidad, ante ello es imperiosa la necesidad de que nuestros vecinos sepan que cuentan con el mecanismo administrativo de defensa del consumidor por cualquier situación que pueda ocasionarse.-

Que, los últimos acontecimientos sucedidos en comercios de ciudad Perico amerita a realizar una campaña para publicitar la dependencia y otorgar un número de contacto para que pueda efectivizarse las denuncia de los consumidores;

Por todo ello, y las facultades conferidas por la legislación vigente:

EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE PERICO

ORDENA:

ARTICULO 1°: Establece la obligatoriedad de exhibir carteles informativos en lugares visibles de los locales comerciales, oficinas, establecimientos públicos o privados en el ámbito de Ejido Municipal.-

ARTICULO 2°: La cartelería contendrá la siguiente leyenda :”SEÑOR CONSUMIDOR O USUARIO USTED TIENE A DISPOSICION LA LEY DE DEFENSA DEL CONSUMIDOR (LEY 24.240) POR CUALQUIER DUDA O RECLAMO COMUNIQUESE A LOS NUMEROS (0388)4237659-4263711, MUCHAS GRACIAS.-

ARTICULO 3°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, publíquese en el Boletín Oficial. Dese amplia difusión. Cumplido, archívese.-

Sala de Sesiones, 29 de Agosto de 2019.-

 

Carlos Néstor Caliva

Presidente