BOLETÍN OFICIAL Nº 31 – 15/03/17

RESOLUCIÓN N° 24-SOTyV/2017.-

EXPTE. Nº 516-892/15.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 9 FEB. 2017.-

EL SECRETARIO DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL Y VIVIENDA

RESUELVE:

ARTICULO 1°.-Apruebase el Plano de Mensura de Fracción y Loteo del inmueble ubicado en Alto Comedero Bº Primavera, Departamento Dr. Manuel Belgrano, identificado como Padrón A-88904, Circunscripción 1, Sección 20, Parcela 1153, Matrícula A-65191, de propiedad del Estado Provincial.‑

ARTICULO 2°.-La aprobación del presente fraccionamiento es al solo efecto de su registración en la Dirección Provincial de Inmuebles, bajo la completa responsabilidad técnica del profesional actuante.‑

ARTICULO 3°.-Deberá dar cumplimiento a lo manifestado por la Dirección Provincial de Recursos Hídricos en fs. 42, esto es “prolongar la defensa marginal, correspondiente a la Manzana AP2, de piedra embolsada de dos cuerpos de gaviones en forma escalonada con colchonetas de cuatro metros de ancho y 30 cm. de espesor”.‑

ARTICULO 4°.- Por el Departamento Registro Inmobiliario, la Dirección Provincial de Inmuebles tomara razón de los espacios destinados para uso público que surgen del Plano que por este acto se aprueba, según exigencias de la Ley 2903/72, y atento a lo establecido en el ARTICULO 1553 del CÓDIGO CIVIL Y COMERCIAL DE LA NACIÓN (Ley 26.994).‑

 

Ing. Carlos Humberto García

Secretario de Ordenamiento Territorial y Vivienda