BOLETÍN OFICIAL Nº 40 – 11/04/07
EXPTE. N° 600-257/2005.
SAN SALVADOR DE JUJUY, 14 FEB. 2006.
EL SECRETARIO DE INFRAESTRUCTURA
RESUELVE:
ARTICULO 1°: Modificar el articulo 2º de la Resolución Nº 190-P.I/05, el que quedará redactado de la siguiente forma:
“ARTICULO 2º.- El gasto emergente se computará a:
EJERCICIO VIGENTE:
JURISDICCION O MINISTERIO DE PRODUCCION, INFR. Y M. AMBIENTE
U DE O. 1 MINISTERIO
FINALIDAD 7 DESARROLLO DE LA ECONOMIA
FUNCION 3 ENERGIA UY COMBUSTIBLE
2 EROGACIONES DE CAPITAL
INVERSION REAL
8 TRABAJO PUBLICO
1 TRABAJOS PUBLICOS- CON RENTAS GENERALES
4 COMBUSTIBLE Y ENERGIA- LEY Nº 23.966
Provisión Energía Eléctrica a diferentes
Lotes Fiscales – Dptos. Varios…………………………………..$ 144.546,62 + IVA”
Ing. LUIS H. COSENTINI
Secretario de Infraestructura