BOLETÍN OFICIAL Nº 42 – 16/04/07
GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE JUJUY
DIRECCION PROVINCIAL DE RENTAS
SAN SALVADOR DE JUJUY, 10 de Abril de 2007.
RESOLUCION GENERAL Nº 1175
VISTO
La Resolución General 1.169, y
CONSIDERANDO
Que, la Dirección Nacional de la Propiedad Automotor, ha suministrado tablas con nuevas valuaciones de vehículos automotores con valores 2006;
Que dichas tablas no contienen los valores de los vehículos especiales, colectivos carrozados, transporte pesado, maquinarias agrícolas, etc.,
Que es necesario mantener las tablas de La Caja, para los casos que no están contemplados por la DNRPA, ya sea por modelo o por característica.
Que el Código Fiscal en su articulo 10 inciso 1 faculta a la Dirección Provincial de Rentas a dictar normas con carácter general para la determinación de los tributos a su cargo, y específicamente el artículo 171 a la aprobación de tablas para la referencia de la Base Imponible del Impuesto de Sellos;
Que es necesario adecuar los valores fiscales que se aplican la determinación de las bases imponibles del Impuesto de Sellos, en lo referente a los automotores, sus transferencias y constitución de Derechos Reales;
Por ello;
LA DIRECTORA PROVINCIAL DE RENTAS
RESUELVE:
ARTICULO 1º: Aprobar y aplicar a partir del dieciséis de abril de dos mil siete, las tablas de valuación de automotores y /o rodados en general, emitida por la Dirección Nacional del Registro Automotor, como valor de referencia para la Base Imponible del Impuesto de Sellos, cuyos anexos forman parte integrante de la presente, excluidos los casos contemplados en el artículo siguiente.
ARTICULO 2º. Aprobar y aplicar a partir del dieciséis de abril de dos mil siete, las tablas de valuación de vehículos especiales, colectivos carrozados, transporte pesado, maquinarias agrícolas etc., emitida por La Caja S.A., como valor de referencia para la Base Imponible del Impuesto de Sellos, cuyos anexos forman parte integrante de la presente
ARTICULO 3º. Notificar la presente a los Registros Secciónales de la Dirección Nacional del Registro Automotor, con asiento en la Provincia de Jujuy.
ARTICULO 4º Aprobar, el Sistema Informático denominado Sistema de Sellos y Tasas Retributivas 2.0 – SIAT, que se aplicara únicamente en la sede central de la Dirección Provincial de Rentas y en las Delegaciones y Receptorias, que en su área de incidencia existan Registros Seccionales del Registro Nacional de la Propiedad Automotor.
ARTICULO 5º : El Departamento Informático, suministrara la los Registros Secciónales con asiento en la Provincia de Jujuy, soporte magnético de las tablas que por la presente se aprueban, y ajustará los procedimientos informáticos respectivos.
ARTICULO 6º. Comuníquese a Secretaria de Ingresos Públicos, Tribunal de Cuentas, Contaduría de la Provincia. Publíquese en el Boletín Oficial por el término de Ley. Tomen razón, Departamentos, Registros de Automotores. Cumplido, archívese.-
Cra. María Teresa Agostini
Directora Provincial de Rentas
16 Abril – S/C