BOLETÍN OFICIAL Nº 133 – 22/11/19

RESOLUCION GENERAL Nº 1546-DPR/2.019.-

San Salvador de Jujuy, 22 de Noviembre de 2.019

VISTO:

La Resolución General Nº 1.518/2.018, y;

CONSIDERANDO:

Que, de acuerdo a lo previsto por la Resolución General Nº 1.518/2.018, el anticipo 10º del período fiscal 2.019 del Impuesto sobre los Ingresos Brutos contribuyentes del régimen local cuyos vencimientos operan los días 19, 20, 21, 22 y 25 de noviembre de 2.019, inclusive, según la terminación del dígito verificador de su número de CUIT.

Que, debido a inconvenientes técnicos del sistema D.I.U., durante los días 21 y 22 no estuvo regularmente disponible para los usuarios para la presentación y pago de las Declaraciones Juradas del Impuesto sobre los Ingresos Brutos, motivo por el cual resulta necesario extender las fechas estipuladas para la presentación y pago correspondientes a tal anticipo.

Que, por ello en uso de las facultades previstas por el Artículo 10 del Código Fiscal vigente Ley Nº 5.791/2.013 y modificatorias;

EL DIRECTOR PROVINCIAL DE RENTAS

RESUELVE:

Artículo 1º: Considerar en término la presentación de las declaraciones juradas y el pago de los contribuyentes locales del Impuesto sobre los Ingresos Brutos correspondientes al anticipo 10º del período fiscal 2.019, siempre que se efectúen hasta el 27 de noviembre de 2.019.-

Artículo 2º: Comuníquese al Ministerio de Hacienda y Finanzas, Secretaría de Ingresos Públicos y Tribunal de Cuentas. Publíquese en el Boletín Oficial por el término de Ley. Tomen razón Departamentos, Delegaciones, Divisiones, Secciones y Receptorías Fiscales. Cumplido, archívese.-

 

Cr. Martín Esteban Rodríguez

Director