BOLETÍN OFICIAL Nº 128 – 08/11/19

RESOLUCION Nº 12567-E/2019.-

EXPTE. Nº 1050-300-18.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 18 JUN. 2019.-

LA MINISTRA DE EDUCACION

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Rectificase parcialmente el Artículo 30° del Anexo Único de la Resolución N° 8687-E-18 de fecha 19 de Marzo de 2018, el cual quedará de la siguiente manera:

ARTICULO 30°.- Las Instituciones a las que se hubiere otorgado subvención y/o ayuda extraordinaria o se les hubiere asignado cargos con anterioridad al Decreto N° 6000-E-18 podrán percibir la subvención durante el año 2018 condicionada al cumplimiento de la presente resolución hasta el día 31 de diciembre de 2018 y sujeta a disponibilidad presupuestaria, caso contrario será de aplicación lo dispuesto en el Artículo 18′ del Decreto N° 6000-E-18.”‘

ARTÍCULO 2°.- Notifíquese con copia certificada por Jefatura de Despacho del Ministerio de Educación, los términos del presente resolutivo.-

 

Isolda Calsina

Ministra de  Educación