BOLETÍN OFICIAL Nº 56 – 18/05/07
EXPTE. Nº 0757-1010/05.
SAN SALVADOR DE JUJUY, 04 MAY. 2007.
LA SECRETARIA DE DERECHOS HUMANOS
RESUELVE:
ARTICULO 1º: Declarar improcedente y contrario a derecho el requerimiento de pronto despacho incoado por la COMUNIDAD INDIGENA TILKARA WILLKIPHUJO – DEPARTAMENTO TILCARA, por las razones expuestas en el exordio.
DRA. MARIA ELIZABETH EISENBERG
Secretaria de Derechos Humanos