BOLETÍN OFICIAL Nº 118 ANEXO – 16/10/19

Gobierno Municipal de Palpalá

Decreto Nro. 0573/19

Ciudad de Palpalá, 17 de Mayo de 2.019.-

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE PALPALA

DECRETA

ARTICULO 1º.- APRUEBASE la ADENDA que forma parte del presente instrumento y que, como ajuste al “Contrato para la Prestación de Espacios Publicitarios y de Difusión de Actos del Gobierno Municipal” aprobado mediante Decreto Nro. 432/19 (Expediente Nro. 658-S-19), se suscribiera entre esta Municipalidad y la Empresa “RIO GRANDE Producciones” representada por el Sr. RODRIGUEZ Dardo -DNI 11.708.192- para establecer la modificación a Pesos Tres Mil con 00/100 ($ 3.000,00) el importe mensual a percibir durante el Periodo 01 de Marzo al 31 de Diciembre 2019, por los servicios contratados de publicación rodante de actividades solicitadas.

ARTICULO 2º.- PRODUZCASE en el Decreto Nro. 432/19 la interpretación efectiva que resulte de la aplicación de la Adenda aprobada en lo anterior:

ARTICULO 3º.- Salvo la modificación efectuada, RATIFICASE en su totalidad el Decreto Nro. 432/19 dictado para la aprobación del acto contractual modificado en lo que respecta a Pagos mensuales y periodo de vigencia del contrato aprobado.

 

Dr. PABLO F. PALOMARES

Intendente Municipal

 

Gobierno Municipal de Palpalá

Decreto Nro. 0574/19

Ciudad de Palpalá, 17 de Mayo de 2.019.-

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE PALPALA

DECRETA

ARTICULO 1º.- APRUEBASE la ADENDA que forma parte del presente instrumento y que, como complemento al “Contrato para la Prestación de Espacios Publicitarios y de Difusión de Actos del Gobierno Municipal” aprobado mediante Decreto Nro. 433/19 (Expediente Nro. 659-S-19), se suscribiera entre esta Municipalidad y la Empresa “RIO GRANDE Producciones” representada por el Sr. RODRIGUEZ Dardo -DNI 11.708.192- para establecer la modificación a Pesos Cuatro Mil con 00/100 ($ 4.000,00) el importe mensual a percibir durante el Periodo 01 de Marzo al 31 de Diciembre 2019, por los servicios contratados de publicación de banner, spot y las coberturas periodísticas.

ARTICULO 2º.- PRODUZCASE en el Decreto Nro. 433/19 los ajustes que deriven de la aplicación de la Adenda aprobada en lo anterior:

ARTICULO 3º.- Salvo la modificación efectuada, RATIFICASE en su totalidad el Decreto Nro. 433/19 dictado para la aprobación del acto contractual ahora modificado parcialmente.

 

Dr. PABLO F. PALOMARES

Intendente Municipal

 

Gobierno Municipal de Palpalá

Decreto Nro. 0575/19

Ciudad de Palpalá, 20 de Mayo de 2.019.-

EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD DE PALPALA

DECRETA

ARTÍCULO 1º.- APRUEBASE el Proyecto “INTERCAMBIO CULTURAL Y DEPORTIVO PALPALA – EL CARMEN – 2019” que fuera elevado por la Dirección de Personal – Secretaría de Hacienda y Recursos Tributarios de esta Municipalidad de Palpalá – que tiene como fin la confraternización con otros municipios en el marco de las Olimpiadas Municipales, en un todo de acuerdo a antecedentes obrantes en el Expediente Nº 295-D-19.

ARTÍCULO 2º.- AUTORIZASE a la Dirección de Personal – Secretaría de Hacienda y Recursos Tributarios de esta Municipalidad, la ejecución del Proyecto “INTERCAMBIO CULTURAL Y DEPORTIVO PALPALA – EL CARMEN – 2019”, que se adjunta al presente instrumento y que forma parte del Expediente en mención.

ARTÍCULO 3º.- PREVEASE por Secretaría de Hacienda y Recursos Tributarios el acompañamiento presupuestario necesario para el cumplimiento de los propósitos y objetivos planteados como inversión social del Proyecto de Aprobación anterior.

 

Dr. PABLO F. PALOMARES

Intendente Municipal

 

Gobierno Municipal de Palpalá

Decreto Nro. 0576/19

Ciudad de Palpalá, 21 de Mayo de 2.019.-

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE PALPALA

DECRETA

ARTICULO 1°.- APRUEBASE para ejecución en fecha 26 MAYO 2019 y por cuestiones de oportuna concreción, la realización del Proyecto “Concurso del Pan Casero y Mateada Familiar” que, de acuerdo a los términos del Decreto Nro. 514/19 de correspondiente aprobación, planeaba ser efectivo el 02 JUNIO 2019, todo de acuerdo a cuestiones programáticas de Secretaría de Gobierno.

ARTICULO 2°.- De acuerdo a lo resuelto anteriormente y solo en lo que refiere a la nueva fecha de realización, MODIFICASE el Decreto Nro. 514/19 manteniéndose en él, todo el fundamento y propósito presentados en el Expediente Nro. 245-D-19.-

 

Dr. PABLO F. PALOMARES

Intendente Municipal

 

Gobierno Municipal de Palpalá

Decreto Nro. 0577/19

Ciudad de Palpalá, 21 de Mayo de 2.019.-

EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD DE PALPALA

DECRETA

ARTÍCULO 1°.- CONVALIDASE la Rendición de Gastos obrante en el Expte. Nro. 215-S-19 que, por la suma de Pesos CUATRO MIL con 00/100 ($ 4.000,00), comprende compromisos asumidos por quien en su momento era el Jefe de Gestión y Promoción Cultural – el Sr. SANCHEZ DURAN CRISTIAN, en relación a los gastos realizados de Producción de espectáculos Teatrales y Musical de Analia Verónica Nadal.

ARTÍCULO 2º.- RECONOCESE como Gastos de responsabilidad Municipal lo asumido por quien en su momento era el Jefe de Gestión y Promoción Cultural – el Sr. SANCHEZ DURAN CRISTIAN, que efectuara por pago de provisión a los gastos de Producción de espectáculos Teatrales y Musical de Analia Verónica Nadal (función obra “Abrazando el Cañaveral”- Noche d Museos), todo de acuerdo a la factura Nº C 0001-00000107- emitida el 20 de Diciembre del 2.018- que obran como parte del Expediente N° 215-S-19.

ARTICULO 3º.- AUTORIZASE a Contaduría Municipal -Secretaría de Hacienda y Recursos Tributarios- a disponer la emisión de un Libramiento de Pago por la suma de Pesos CUATRO MIL con 00/100 ($ 4.000,00-), a favor del Sr. SANCHEZ DURAN CRISTIAN – quien en su momento era era el Jefe de Gestión y Promoción Cultural, en concepto de Rendición de Cuenta, según lo aprobado en el artículo anterior.

ARTICULO 4º.- La erogación que demande el cumplimiento de lo establecido en el Artículo anterior, se afectará en su totalidad a la Partida siguiente: TRANSF. P/FINANC. EROG. CORRIENTES CON RENTAS GENERALES (P.P.O.C.E.A.N.C.P. – OTRAS TRANSFERENCIAS) $ 4.000,00 – del Presupuesto de Gastos Generales y Cálculos en vigencia.

 

Dr. PABLO F. PALOMARES

Intendente Municipal

 

Gobierno Municipal de Palpalá

Decreto Nro. 0578/19

Ciudad de Palpalá, 21 de Mayo de 2.019.-

EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD DE PALPALA

DECRETA

ARTICULO 1º.- CONVALIDASE el CONTRATO DE LOCACION DE OBRA que forma parte del Expediente Nro. 311-D-19 y que, fuera suscripto el 29 de Marzo del año 2019 con vigencia del 01 al 30 de Abril de 2019, entre la Sra. GARCIA DEBORA KARINA -DNI Nro. 24.399.118-y la MUNICIPALIDAD DE PALPALA para desempeñar las tareas relacionadas a la gimnasia rítmica, bajo la supervisión de la Dirección de Deportes – Secretaria de Gobierno, durante el mes de ABRIL de 2.019, además deberá cumplir con lo establecido según Régimen AFIP – DGI Resolución General 3419 y Concordantes.

ARTICULO 2º.- APRUEBASE la Certificación de Servicios correspondiente al mes de ABRIL que forma parte de la presente documentación y que, se extendiera por autoridad competente a los propósitos de dar cumplimiento a lo dispuesto en la Cláusula Tercera del Acto contractual convalidado por aplicación del Artículo precedente.

ARTICULO 3º.- AUTORIZASE a Contaduría Municipal -Secretaría de Hacienda y Recursos Tributarios- a disponer de la emisión del Libramiento de Pago de Pesos Siete Mil con 00/100 ($ 7.000,00.-) a favor de la Sra. GARCIA DEBORA KARINA -DNI Nro. 24.399.118-, en concepto de cancelación de Factura C-00002-00000002 de fecha 06 de Mayo de 2019 extendida por el cumplimiento de prestación de servicios en un todo de acuerdo al Contrato suscripto entre partes, de convalidación en el artículo anterior.

ARTICULO 4º.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto, se atenderá con afectación a la Partida del Presupuesto General de Gastos de Cálculos y Recursos vigentes.

 

Dr. PABLO F. PALOMARES

Intendente Municipal

 

Gobierno Municipal de Palpalá

Decreto Nro. 0579/19

Ciudad de Palpalá, 21 de Mayo de 2.019.-

EL INTENDENTE DEL GOBIERNO MUNICIPAL DE PALPALA

DECRETA

ARTÍCULO 1º.- CONVALIDASE el Contrato de Locación de Obra, que obra en el Expediente Nº 398-M-19, suscripto el 30 de Octubre del 2018, con vigencia del 01 al 30 de Noviembre del 2018, entre la MUNICIPALIDAD DE PALPALA y Mariano Teruel – CUIT. Nº 20-31463687-3- para la utilización de una Máquina Pala Cargadora, Marca IRON, Modelo XCMGXT 864, que durante el mes de Noviembre 2018, cumpliera trabajos de grillar, carga de áridos, movimientos de tierra y otras tareas que requiera la Municipalidad, pactándose para ello el reconocimiento de Pesos Novecientos Cincuenta con 00/100 ($ 950,00) por horas trabajadas de vehículo y chofer.

ARTICULO 2º.- CONVALIDASE la Afectación de Combustible que, en base a lo determinado en Cláusula Séptima del Contrato Convalidado, en el período de – Noviembre 2018 (Fs. 14): Litros de Gas-Oil – SETECIENTOS TREINTA Y OCHO con 93/100 (738,93); Importe Pesos Veintisiete Mil Seiscientos Setenta y Uno con 76/100 ($ 27.671,76) según se registra se suministrara al vehículo de referencia precedente, NO registrándose otro gasto de mantenimiento.

ARTICULO 3º.- APRUEBASE la Certificación de Servicios que la Secretaría de Seguridad y Servicios Urbanos Municipal, emitió a razón del cumplimiento correspondiente al mes de Noviembre 2018 (Fs. 3): Ciento Veintiún Horas con treinta minutos (121:30 Hs.) de afectación vehicular que de acuerdo a las pautas contractuales convalidadas en lo inicial acreditan la suma Pesos Ciento Quince Mil Cuatrocientos Veinticinco con 00/100 ($ 115.425,00.-) a favor de Mariano Teruel CUIT. Nº 20-31463687-3-.

ARTICULO 4º.- AUTORIZASE a Contaduría Municipal -Secretaría de Hacienda y Recursos Tributarios- a disponer de la emisión de un Libramiento de Pago por la suma de Pesos Ciento Quince Mil Cuatrocientos Veinticinco con 00/100 ($ 115.425,00.-) a favor de Mariano Teruel – CUIT Nº 20-31463687-3 – en concepto de Cancelación de la Facturas Nro. B-0002-00000218 de fecha 01 de Marzo del 2019, extendida de acuerdo a la Certificación de Servicios aprobada en el Artículo anterior.

ARTICULO 5º.-AFECTESE la erogación que resulte del cumplimiento de lo establecido en todo lo precedente, a la partida correspondiente del Presupuesto General de Gastos y Cálculos de Recursos del ejercicio vigente.

 

Dr. PABLO F. PALOMARES

Intendente Municipal

 

Gobierno Municipal de Palpalá

Decreto Nro. 0580/19

Ciudad de Palpalá, 21 de Mayo de 2.019.-

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE PALPALA

DECRETA

ARTÍCULO 1º.- APRUEBASE todos los términos que componen el Acuerdo de Pago suscripto 14 de Mayo del 2019 entre la Municipalidad de Palpalá y la Empresa TELECOM ARGENTINA S. A. – CUIT N° 30-63945373-8 representada por la Sra. MIRIAM JULIA HERRERA -DNI N° 17.153.840, que anexo al presente Decreto, y formando parte del Expte. N° 324-D-19, donde acuerdan la forma de Pago por la Empresa la suma Total y única comprensiva de todo concepto de Pesos DOSCIENTOS CUARENTA MIL CON 00/100 ($ 240.000,00), por habilitación por única vez correspondiente al Capital, interés, recargo, costos, gastos, honorarios u otro importe con relación a las estructuras portantes de antenas y la suma de pesos NOVECIENTOS CUARENTA Y TRES MIL CUARENTA Y TRES CON 00/100 ($ 943.047,00) en concepto de tasa por inspección hasta el periodo fiscal 2.019 inclusive.

ARTÍCULO 2º.- La suma total será abonada por todo concepto de pesos UN MILLON CIENTO OCHENTA Y SIETE MIL CUARENTA Y SIETE CON 00/100 ($ 1.187.047,00). el pago se efectuará mediante transferencia Bancaria “Banco Macro”, a la cuenta de la Municipalidad. Una vez acreditado dicho importe la Municipalidad se compromete a emitir un certificado de libre deuda a nombre de la Empresa TELECOM ARGENTINA S. A., por tasa de Inspección y la tasa de habilitación.

 

Dr. PABLO F. PALOMARES

Intendente Municipal

 

Gobierno Municipal de Palpalá

Decreto Nro. 0581/19

Ciudad de Palpalá, 22 de Mayo de 2.019.-

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE PALPALÁ

DECRETA

ARTICULO 1º:  Establécese Ad Referéndum del Concejo Deliberante Municipal, el Régimen Especial del Plan de Regularización de Obras Particulares en el ámbito del Departamento de la Municipalidad de Palpalá, conforme al procedimiento que se establece en el presente acto.-

ALCANCES

ARTICULO 2º: Los propietarios de Inmuebles, destinados exclusivamente a vivienda unifamiliar de uso exclusivo, excluyendo las viviendas multifamiliar o vivienda de alquiler, que cuenten con construcciones y/o ampliaciones edilicias no declaradas ante la Jefatura de Obras Particulares, perteneciente a la Dirección de Rentas de la Municipalidad de Pálpala, podrán presentar ante esta repartición los planos de dichas obras, por el termino establecido en el Artículo 5 del presente instrumento, abonando los derechos de construcción (relevamiento), determinados en la Ordenanza Impositiva Anual Vigente Nº 1269/18, con los descuentos previstos en el artículo 8º del presente.-

CONDICIONES

ARTICULO 3º: Los interesados en adherir al Plan de Regulación de Obras Particulares deberán acreditar ser titular domínales de la parcela en donde se encuentra construida la obra, o bien ser adquirientes del inmueble por boleto de compraventa con firmas de las partes (vendedor y comprador) debidamente certificadas ante escribano o autoridad pública o bien encontrarse sellado. En el caso de existir más de una transmisión por boleto de compraventa, el solicitante deberá presentar la totalidad de los instrumentos con los cuales acredite la posesión actual del inmueble.

REGULACION DE TRÁMITE

ARTICULO 4º: Los expedientes que aún se encuentren en trámite y que se hubieren iniciado de conformidad con las prescripciones de las Ordenanzas vigentes, podrán optar por continuar la regulación de la obra atreves del trámite normal previsto o bien decidir de manera expresa readecuar la presentación a las prescripciones del Plan de regulación de Obras Particulares. Dicha opción deberá ser ejercida en forma expresa dentro de los 30 días corridos luego del registro del presente acto, vencido tal termino, se considerará en forma automática, que el contribuyente ha optado por continuar con la tramitación de acuerdo a las prescripciones de la Ordenanza Impositiva Anual (Nº1269/18).

VIGENCIA

ARTICULO 5°: El plan de regularización de obras particulares tendrá una vigencia de 180 días corridos a partir de la fecha de registro del acto. Vencido el plazo mencionado, el mismo podrá ser prorrogado por un periodo de noventa (90) días, dependiendo de las solicitudes de los ciudadanos beneficiarios de la presente. Tal prorroga deberá ser instrumentada mediante Resolución de la Dirección de Rentas de la Municipalidad de Palpalá.

TRAMITACION

ARTICULO 6°: Serán contemplados dentro del plan de regulación aquellas presentaciones que ingresen para su visado, tengan o no acta de constatación previa al registro del presente y dentro del plazo establecido en el Artículo 5º.-

PLAZOS

ARTÍCULO 7º: Los solicitantes que se acojan al beneficio de plan de regularización de obras particulares, deberán concluir el trámite dentro del plazo perentorio de 30 días corridos a partir de la presentación de plano y documentación pertinente para su visado. Vencido dicho plazo, caducaran los beneficios establecidos por el presente, debiendo abonar la totalidad de los derechos de construcción mas los recargos correspondientes, conforme lo disponga la Dirección de Rentas de la Municipalidad de Pálpala de acuerdo a lo estipulado en la ordenanza Nº 1269/18.-

FORMAS DE PAGO

ARTICULO 8º: El pago de los importes contemplados en el presente plan de regulación, se deberán abonar según las siguientes modalidades.

  1. a) Al contado: se aplicará una reducción 50% del capital y la quita del 100% de intereses mediante el pago de una sola cuota en efectivo, cheque personal (no de terceros), tarjeta de crédito, débito automático o descuento por planilla para el personal municipal, en un plazo máximo de 15 días al momento de acogerse al plan.
  2. b) Pago en 3 cuotas: se aplicará una reducción del 30% del capital determinado y una quita de intereses del 100%, asimismo el contribuyente deberá ajustarse a las siguientes condiciones:
  3. Abonar la 1º cuota al momento de acogerse al plan.
  4. Las cuotas serán iguales consecutivos sin interés de financiación.
  5. c) Pago en 6 cuotas: se aplicará una reducción del 20% y una quita de intereses del 100%. Asimismo, el contribuyente deberá ajustarse a las mismas condiciones establecidas en el inciso anterior.
  6. d) El departamento Ejecutivo podrá flexibilizar estas condiciones, ampliando los plazos de pago hasta doce cuotas cuando las condiciones económicas del contribuyente evaluadas por el área de competencia dependiente de la secretaría de Gobierno Municipal lo justifiquen mediante un informe fundado por un facultativo a cargo.-.

CANCELACION ANTICIPADAS DE CUOTAS

ARTÍCULO 9º: El solicitante podrá cancelar la totalidad de los montos que correspondan antes de que operen los respectivos vencimientos del plan de financiamiento del Artículo 8º con un descuento del 10% sobre el saldo a pagar.

CADUCIDAD DE LOS PLANES DE PAGO

ARTÍCULO 10º: Además de la causal establecida en el artículo 7º, los planes de pago caducaran de pleno derecho y sin necesidad de interpelación alguna en los siguientes supuestos:

  1. La modalidad al contado, antes falta de pago al vencimiento del plazo previsto (15 días).
  2. La modalidad de pago en cuotas, ante la falta de pago total o parcial de dos (2) cuotas consecutivas, a la fecha de vencimiento de la segunda de ellas.
  3. Ante la mora en el pago de la última cuota del plan acordado, a los treinta (30) días corridos desde la fecha de su vencimiento.

La caducidad ocasionará la perdida automática de los beneficios obtenidos en el marco del presente régimen y se hará exigible la totalidad de la deuda, la que será recalculada con los intereses y actualizaciones normales de pago. Cualquier pago que se efectúe después de operada la caducidad carecerá de efectos respecto del presente régimen y quedara sujeto a imputación por parte de la administración sin derecho a repetición por parte del contribuyente y/o responsable.

ARTÍCULO 11º.- Los beneficios a que se refiere el presente Decreto se aplicará con la sola presentación del Contribuyente en la Dirección de Rentas de la Municipalidad, y no podrán gozar de descuentos acumulativos, debiendo optar por los beneficios de este Decreto o el que correspondiere por Ordenanzas Especiales si en caso existieren.-

ARTÍCULO 12º.- En todo aquello no previsto por en este Decreto, serán de aplicación las normas del Código Tributario, sus modificatorias y Ordenanza Impositiva vigente.

 

Dr. PABLO F. PALOMARES

Intendente Municipal

 

Gobierno Municipal de Palpalá

Decreto Nro. 0582/19

Ciudad de Palpalá, 22 de Mayo de 2.019.-

EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD DE PALPALA

DECRETA

ARTÍCULO 1°.- APRUEBASE el Proyecto MOVIMIENTO CULTURAL URBANO (M.C.U) “LA FEST”; que desde el Departamento de Juventud – tiene como objetivo realizar la “1er Fest participativa de Danzas Urbanas”, a los fines de potenciar el movimiento cultural urbano en donde se realizaran muestras coreográficas grupales e individuales, competencias de B-Boys y capacitaciones, el cual se llevará a cabo los días 25 y 26 de Mayo del 2.019 en las instalaciones del Estadio Olímpico en los horarios de 10 a 13 Hs en el horario de la mañana y de 18 a 21 Hs., según lo obrado en el Expediente N° 312-D-19.

ARTÍCULO 2°.- TENGASE a la Dirección de Desarrollo Humano y Social – Área Juventud como organismos de aplicación, con el acompañamiento para la realización de las distintas actividades a la Dirección de Transito – Dirección de Seguridad Ciudadana – Departamento de Salud, de lo aprobado en el Art. 1º.-

ARTÍCULO 3°.- PREVEASE por la Secretaria de Hacienda y Recursos Tributarios el acompañamiento presupuestario necesario que, como inversión social, se tenga por necesario para el cumplimiento del propósitos y objetivos planteados en el Proyecto de aprobación en el articulo anterior 1º.

 

Dr. PABLO F. PALOMARES

Intendente Municipal

 

Gobierno Municipal de Palpalá

Decreto Nro. 0583/19

Ciudad de Palpalá, 22 de Mayo de 2.019.-

EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD DE PALPALA

DECRETA

ARTÍCULO 1°.- APRUEBASE en todos sus términos el Proyecto Valorizar los Símbolos Patrios “COLOCACION DE BANDERAS EN EL ACCESO SUR”; con motivo de conmemorarse el 209° Aniversario de la “Revolución de Mayo” y del “Primer Gobierno Patrio”, creemos que desde el estado podemos promover valores cívicos al izar y enarbolar estas banderas, como una muestra de respeto a la Patria, el que se llevara a cabo el día 25 de Mayo del 2.019 a Hs. 8:00, realizando la solemne ceremonia de bendición y arriado de las mismas en los mástiles ubicados en las Aguas Danzantes, según lo obrado en el Expediente N° 320-D-19.

ARTÍCULO 2°.- PREVEASE por la Secretaria de Hacienda y Recursos Tributarios el acompañamiento presupuestario necesario que, como inversión social, se tenga por necesario para el cumplimiento del propósitos y objetivos planteados en el Proyecto de aprobación en el artículo anterior 1º.-

 

Dr. PABLO F. PALOMARES

Intendente Municipal

 

Gobierno Municipal de Palpalá

Decreto Nro. 0584/19

Ciudad de Palpalá, 22 de Mayo de 2.019.-

EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD DE PALPALA

DECRETA

ARTÍCULO 1º.- CONVALIDASE el Contrato de Locación de Obra, celebrado el 04 de Enero del 2.019, entre la MUNICIPALIDAD DE PALPALA y TRANSPORTE “ROMI” – Carga y Servicios Grales. – de Romina Andrea Gutiérrez – CUIT 27-41901827-4, con domicilio en Calle Viltípico Nº 227 Barrio San Pedrito de la Ciudad de San Salvador de Jujuy, por la Contratación de un Camión marca IVECO, modelo 150 E20N, Dominio BOA-458, – durante el mes de Enero del año 2.019, cumplimientos de servicios relativos a obras publicas según se indica en el mismo acto y donde se asienta además, el reconocimiento de Pesos Trescientos Veinte con 00/100 ($ 320,00) por hora trabajo de vehículo.

ARTÍCULO 2º.- CONVALIDASE la afectación de Ochocientos (800,00) Litros de Combustible (Gas-Oil)- equivalente a la suma de Pesos Treinta Mil Setecientos Doce con 00/100 ($ 30.712,00) que durante el mes de Enero 2.019 con cargo a esta Municipalidad y de acuerdo a lo determinado en la Cláusula Octava del Contrato Convalidado, se suministrara al vehículo de referencia precedente no registrándose otro gasto por su utilización.

ARTÍCULO 3°.- AUTORIZASE a Secretaria de Hacienda y Recursos Tributarios – Contaduría Municipal la emisión del Libramiento de Pago por la suma de Pesos Sesenta y Tres Mil Cuarenta con 00/100 ($ 63.040,00) correspondiente al mes de Enero 2.019, a favor de TRANSPORTE “ROMI” – Carga y Servicios Grales. – de Romina Andrea Gutiérrez – CUIT 27-41901827-4, en concepto de Cancelación de Factura C Nº 0001-00000078 de fecha 29 de Marzo extendida para el pago de HORAS Ciento Noventa y Siete horas (Hs. 197:00), trabajadas para la Municipalidad de Palpalá, en el marco del Contrato de Locación de Obra, en un todo de acuerdo procedimientos registrados en el Expte. Nº 287-T-19.

ARTÍCULO 4º.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto, se atenderá con cargo a las Partidas del Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos del ejercicio correspondiente.-

 

Dr. PABLO F. PALOMARES

Intendente Municipal

 

Gobierno Municipal de Palpalá

Decreto Nro. 0585/19

Ciudad de Palpalá, 22 de Mayo de 2.019.-

EL INTENDENTE DEL GOBIERNO MUNICIPAL DE PALPALA

DECRETA

ARTICULO 1º.- CONVALIDASE el Contrato de Locación de Obra, celebrado el 27 de Diciembre del 2.018, con vigencia a partir del 02 al 31 de Enero del 2.019, entre la MUNICIPALIDAD DE PALPALA y la firma TRANSPORTE “ROMI” – Carga y Servicios Gral. – de Romina Andrea Gutiérrez – CUIT 27-41901827-4, por la Contratación de un camión marca FORD, modelo CARGO 1722, dominio FJZ-714-afectado a tareas relacionadas a obras y servicios públicos con reconocimiento de pesos TRESCIENTOS VEINTE CON 00/100 ($ 320,00) por hora de trabajo vehicular, para ser utilizada en los trabajos de recolección de residuos y otras tareas que requiera la Municipalidad, durante el mes de ENERO del año 2.019, con reconocimiento de la suma de pesos OCHENTA MIL OCHOCIENTOS con 00/100 ($ 80.800,00).

ARTICULO 2º.- Como continuidad de las acciones que implican el cumplimiento de las pautas contractuales de referencia, APRUEBASE la CERTIFICACION DE SERVICIOS que la Secretaria de Seguridad y Servicios Urbanos de esta Municipalidad, emitiera por el mes de ENERO del año 2.019y del cual, como tiempo de afectación del servicio comprometido, resulta reconocida la cantidad de Horas Doscientas Cincuenta y Dos horas con treinta minutos (252:30) incluyendo en ello la provisión de Ochocientos Treinta (830,00) Litros Gas Oil – equivalente a la suma de pesos Treinta y Un Mil Ochocientos Setenta y Cuatro con 80/100($ 31.874,80), todo de acuerdo a lo determinado en la Cláusula Octava del Contrato Convalidado.

ARTICULO 3º.-  AUTORIZASE a Contaduría Municipal – Secretaria de Hacienda y Recursos Tributarios, a disponer de la emisión de un Libramiento de Pago por la suma de pesos OCHENTA MIL OCHOCIENTOS con 00/100 ($ 80.800,00), a favor de la firma TRANSPORTE “ROMI” – Carga y Servicios Gral. – de Romina Andrea Gutiérrez – CUIT 27-41901827-4, en concepto de cancelación de las Facturas Nº C 0001-0000076 – emitida el 29 de Marzo del 2.019- que se extendieran en base a la Certificación de Servicio aprobada en lo anterior.

ARTICULO 4º La erogación que demande el cumplimiento de lo cumplido de lo dispuesto, se atenderá con cargo a las Partidas del Presupuesto Generales de Gastos y Cálculos de Recursos del ejercicio correspondiente.-

 

Dr. PABLO F. PALOMARES

Intendente Municipal

 

Gobierno Municipal de Palpalá

Decreto Nro. 0586/19

Ciudad de Palpalá, 22 de Mayo de 2.019.-

EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD DE PALPALA

DECRETA

ARTICULO 1º.- CONVALIDASE el CONTRATO DE LOCACION DE OBRA que forma parte del Expediente Nº 310-D-19, con vigencia del 01 al 30 de Abril de 2019, entre el Dr. GUTIERREZ VALLADARES SERGIO DARIO ISAAC -CUIT. 20-22370370-5- y la MUNICIPALIDAD DE PALPALÁ, para las tareas de suministro de asistencia Odontológica preventiva, curativa y correctiva en general a la comunidad en el Departamento Odontología del Centro de Integración Comunitaria del Barrio Canal de Beagle, bajo la supervisión de la Dirección de Desarrollo Humano y Social – Secretaria de Gobierno, durante el mes de ABRIL de 2019, todo en conformidad a las disposiciones de la Nota de Dirección de Personal Nº 262DP/19 de esta Municipalidad de Palpalá.

ARTICULO 2º.- APRUEBASE la Certificación de Servicios correspondiente al mes de ABRIL y que forma parte de la presente documentación y, que se extendiera por autoridad competente a los propósitos de dar cumplimiento a lo dispuesto en la Cláusula Tercera del Acto contractual convalidado por aplicación del Artículo precedente.

ARTICULO 3º.- AUTORIZASE a Secretaría de Hacienda -Contaduría Municipal- a efectuar la emisión del correspondiente Libramiento de Pago por la suma de PESOS DOCE MIL CON 00/100 ($ 12.000,00) a favor del Dr. GUTIERREZ VALLADARES SERGIO DARIO ISAAC-CUIT. 20-22370370-5-, en concepto de Cancelación de la Factura Nº C-00002-00000004 extendida el 03 de Mayo de 2019, por el cumplimiento de las disposiciones contractuales contenidas en la convalidación efectuada en el Artículo 1º) y en un todo de acuerdo a las actuaciones obrantes en el Expediente Nº 310-D-19.

ARTICULO 4º.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto, se atenderá con afectación a la Partida pertinente del Presupuesto General de Gastos y Cálculos de Recursos en vigencia.

 

Dr. PABLO F. PALOMARES

Intendente Municipal

 

Gobierno Municipal de Palpalá

Decreto Nro. 0587/19

Ciudad de Palpalá, 22 de Mayo de 2.019.-

EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD DE PALPALA

DECRETA

ARTICULO 1º.- CONVALIDASE el CONTRATO DE LOCACION DE OBRA que forma parte del Expediente Nro. 309-D-19 y que, fuera suscripto el 28 de Febrero del año 2019 con vigencia del 01 al 31 de Marzo de 2019, entre la Sra. MEALLA SANDRA LILIANA -DNI Nro. 33.690.400- y la MUNICIPALIDAD DE PALPALA para desempeñar las tareas relacionadas a la gimnasia rítmica, bajo la supervisión de la Dirección de Deportes – Secretaria de Gobierno, durante el mes de MARZO de 2.019, además deberá cumplir con lo establecido según Régimen AFIP – DGI Resolución General 3419 y Concordantes.

ARTICULO 2°.- APRUEBASE la Certificación de Servicios correspondiente al mes de MARZO y que forma parte de la presente documentación y que, se extendiera por autoridad competente a los propósitos de dar cumplimiento a lo dispuesto en la Cláusula Tercera del Acto contractual convalidado por aplicación del Artículo precedente.

ARTICULO 3º.- AUTORIZASE a Contaduría Municipal -Secretaría de Hacienda y Recursos Tributarios- a disponer de la emisión del Libramiento de Pago de Pesos Ocho Mil con 00/100 ($ 8.000,00.-) a favor de la Sra. MEALLA SANDRA LILIANA -DNI Nro. 33.690.400-, en concepto de cancelación de Factura C-00002-00000001 de fecha 08 de Mayo de 2019 extendida por el cumplimiento de prestación de servicios en un todo de acuerdo al Contrato suscripto entre partes, de convalidación en el artículo anterior.

ARTICULO 4º.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto, se atenderá con afectación a la Partida del Presupuesto General de Gastos de Cálculos y Recursos vigentes.

 

Dr. PABLO F. PALOMARES

Intendente Municipal

 

Gobierno Municipal de Palpalá

Decreto Nro. 0588/18

Ciudad de Palpalá, 22 de Mayo de 2.018.-

EL INTENDENTE DEL GOBIERNO MUNICIPAL DE PALPALA

DECRETA

ARTÍCULO 1º.- CONVALIDASE el Contrato de Locación de Obra, que obra en el Expediente Nº 374-M-19, suscripto el 28 de Septiembre del 2018, con vigencia del 01 al 31 de Octubre del 2018, entre la MUNICIPALIDAD DE PALPALA y Mariano Teruel – CUIT. Nº 20-31463687-3- para la utilización de una Máquina Pala Cargadora, Marca IRON, Modelo XCMGXT 864, que durante el mes de Octubre del 2018, cumpliera trabajos de grillar, carga de áridos, movimientos de tierra y otras tareas que requiera la Municipalidad, pactándose para ello el reconocimiento de Pesos Novecientos Cincuenta con 00/100 ($ 950,00) por horas trabajadas de vehículo y chofer.

ARTICULO 2°.- CONVALIDASE la Afectación de Combustible que, en base a lo determinado en Cláusula Séptima del Contrato Convalidado, en el período de – Octubre del 2018 (Fs. 13): Litros de Gas-Oil – SEICIENTOS SIETE con 30/100 (607,30); Importe Pesos veintidós Mil Noventa y Tres con 65/100 ($ 22.093,65) según se registra se suministrara al vehículo de referencia precedente, NO registrándose otro gasto de mantenimiento.

ARTICULO 3º.- APRUEBASE la Certificación de Servicios que la Secretaría de Seguridad y Servicios Urbanos Municipal, emitió a razón del cumplimiento correspondiente al mes de Octubre del 2018 (Fs. 3): Ciento Veinticuatro Horas (124:00 Hs.) de afectación vehicular que de acuerdo a las pautas contractuales convalidadas en lo inicial acreditan la suma Pesos Ciento Diecisiete Mil Ochocientos con 00/100 ($ 117.800,00.-) a favor de Mariano Teruel CUIT. Nº 20-31463687-3-.

ARTICULO 4º.- AUTORIZASE a Contaduría Municipal -Secretaría de Hacienda y Recursos Tributarios- a disponer de la emisión de un Libramiento de Pago por la suma de Pesos Ciento Diecisiete Mil Ochocientos con 00/100 ($ 117.800,00.-) a favor de Mariano Teruel – CUIT Nº 20-31463687-3 – en concepto de Cancelación de la Facturas Nro. B-0002-00000214 de fecha 27 de Diciembre del 2018, extendida de acuerdo a la Certificación de Servicios aprobada en el Artículo anterior.

ARTICULO 5º.- AFECTESE la erogación que resulte del cumplimiento de lo establecido en todo lo precedente, a la partida correspondiente del Presupuesto General de Gastos y Cálculos de Recursos del ejercicio vigente.

 

Dr. PABLO F. PALOMARES

Intendente Municipal

 

Gobierno Municipal de Palpalá

Decreto Nro. 0589/19

Ciudad de Palpalá, 22 de Mayo de 2.019.-

EL INTENDENTE DEL GOBIERNO MUNICIPAL DE PALPALA

DECRETA

ARTÍCULO 1º.- CONVALIDASE el Contrato de Locación de Obra, que obra en el Expediente Nº 290-M-19, suscripto el 27 de Diciembre del 2018, con vigencia del 02 al 31 de Enero del 2019, entre la MUNICIPALIDAD DE PALPALA y TRANS – REC Servicios de Transporte de José Giménez -CUIT 20-20799028-1- para la utilización de un Camión marca MERCEDES BENZ, Modelo SVW-883, con volquete – propiedad de Beatriz Mirta Chosco -DNI Nº 24.810.028, que durante el mes de Enero del 2019, cumpliera trabajos de recolección de residuos y otras tareas que requiera la Municipalidad, pactándose para ello el reconocimiento de Pesos Doscientos Cuarenta con 00/100 ($ 240,00) por horas trabajadas de vehículo y chofer.

ARTICULO 2-.- CONVALIDASE la Afectación de Combustible que, en base a lo determinado en Cláusula Octava del Contrato Convalidado, en el período de – Enero del 2019 (Fs. 16): Litros de Gas-Oil -SETECIENTOS SESENTA Y NUEVE con 02/100 (769,02); Importe Pesos Veintinueve Mil Quinientos Cincuenta y Dos con 61/100 ($ 29.552,61) según se registra se suministrara al vehículo de referencia precedente, NO registrándose otro gasto de mantenimiento.

ARTICULO 3º.- APRUEBASE la Certificación de Servicios que la Secretaría de Seguridad y Servicios Urbanos Municipal, emitió a razón del cumplimiento correspondiente al mes de Enero del 2019 (Fs. 3): Doscientas Diecinueve Horas con treinta minutos (219:30 Hs.) de afectación vehicular que de acuerdo a las pautas contractuales convalidadas en lo inicial acreditan la suma Pesos CINCUENTA Y DOS MIL SEISCIENTOS OCHENTA CON 00/100 ($ 52.680,00.-) a favor de TRANS – REC Servicios de Transporte de José Giménez -CUIT 20-20799028-1.

ARTICULO 4º.- AUTORIZASE a Contaduría Municipal -Secretaría de Hacienda y Recursos Tributarios- a disponer de la emisión de un Libramiento de Pago por la suma de PESOS CINCUENTA Y DOS MIL SEISCIENTOS OCHENTA CON 00/100 ($ 52.680,00.-) a favor de TRANS – REC Servicios de Transporte de José Giménez -CUIT 20-20799028-1 – en concepto de Cancelación de la Facturas Nro. C-0001-00000203 de fecha 28 de Marzo del 2019, extendida de acuerdo a la Certificación de Servicios aprobada en el Artículo anterior.

ARTICULO 5º.- AFECTESE la erogación que resulte del cumplimiento de lo establecido en todo lo precedente, a la partida correspondiente del Presupuesto General de Gastos y Cálculos de Recursos del ejercicio vigente.

 

Dr. PABLO F. PALOMARES

Intendente Municipal

 

Gobierno Municipal de Palpalá

Decreto Nro. 0590/19

Ciudad de Palpalá, 22 de Mayo de 2.019.-

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE PALPALA

DECRETA

ARTICULO 1º.- APRUEBASE, el “ACTA ACUERDO DE PRACTICA PROFESIONALIZANTES – 2019”, que formando parte del presente instrumento, suscripto en fecha 15 de Mayo del corriente año, entre esta Municipalidad de Palpalá y la Escuela de Educación Técnica Nº 1 -Gral. Savio de la Ciudad de Palpalá, que tiene como objetivo las Practicas Profesionalizantes que realizaran los alumnos de 6to. año en esta Municipalidad, no incluyendo un compromiso de relación dependiente y remunerativa. Con vigencia por tres meses, siendo renovables según las partes.

ARTICULO 2º.- ASIGNASE a la Dirección de Personal – Secretaría de Hacienda y Recursos Tributarios, según se estime válido y correspondiente la aplicación de las disciplinas y conocimientos que correspondan a los alumnos que realicen sus Prácticas Profesionalizantes en esta Municipalidad, en un todo de acuerdo a antecedentes que forman parte del Expediente Nº 316-D-19.

 

Dr. PABLO F. PALOMARES

Intendente Municipal

 

Gobierno Municipal de Palpalá

Decreto Nro. 0591/19

Ciudad de Palpalá, 22 de Mayo de 2.019.-

EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD DE PALPALA

DECRETA

ARTÍCULO 1°.- APRUEBASE en todos sus términos el Proyecto “REUNIONES DE CERCANIA”; pretendiendo incentivar la participación ciudadana proporcionando unos espacios donde el vecino sea el protagonista e interactué sin intermediarios con el Intendente y su equipo de trabajo de las distintas áreas, el que se llevara a cabo dos reuniones por semanas para tratar las problemáticas específicas que el vecino haya realizado en algún reclamo, también destacaremos las acciones que llevan realizando en el Barrio, según lo obrado en el Expediente N° 307-D-19.

ARTÍCULO 2°.- TENGASE a la Dirección de Transparencia y Participación Ciudadana – como organismos de aplicación, con el acompañamiento para la realización de las distintas actividades de la Secretaria de Modernización, Comunicación y Gobierno Abierto, para lo aprobado en lo precedente.

ARTÍCULO 3°.- PREVEASE por la Secretaria de Hacienda y Recursos Tributarios el acompañamiento presupuestario necesario que, como inversión social, se tenga por necesario para el cumplimiento del propósitos y objetivos planteados en el Proyecto de aprobación en el articulo anterior 1º.

 

Dr. PABLO F. PALOMARES

Intendente Municipal

 

Gobierno Municipal de Palpalá

Decreto Nro. 0592/19

REF. A EXPTE. Nº 147-F-19 LEGAJO Nº 2308.-

Ciudad de Palpalá, 22 de Mayo de 2.019.-

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE PALPALA

DECRETA

ARTICULO 1°.- Dése de BAJA del Registro de Comercio e Industria de esta Comuna, al Comercio Inscripto en los rubros: “DESPENSA, VERDULERIA Y FRUTERIA”, propiedad del Sr. FARFAN JUAN ALBERTO, D.N.I. N.° 7.282.908, ubicado en calle Perú N.° 1090 (Lote: 17 , Manz.: 37) del barrio General Güemes de esta Ciudad, a partir del día 10/04/19.

ARTICULO 2°.- Téngase presente el pago de la suma de PESOS CIENTO DIEZ CON 00/100 ($ 110,00), en concepto de Tasa por CIERRE DE COMERCIO, efectuado el 10 de Abril de 2019, según Recibo N° 51745 (folio 5).

 

Dr. PABLO F. PALOMARES

Intendente Municipal

 

Gobierno Municipal de Palpalá

Decreto Nro. 0593/19

REF. A EXPTE. N° 362-R-19 – LEGAJO N° 2490.-

Ciudad de Palpalá, 22 de Mayo de 2.019.-

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE PALPALA

DECRETA

ARTICULO 1°.- Dese de BAJA del Registro de Comercio e Industria de esta Comuna, al Comercio Inscripto en los rubros: “BAR – SANDWICHERIA”, propiedad del Sr. RIAL GUSTAVO HORACIO, D.N.I. N° 22.503.854, ubicado en Avda. Senador Pérez N.° 166 (Lote: 19, Manz.: 28) del barrio General Belgrano de esta Ciudad, a partir del día 04/04/19.

ARTICULO 2°.- Téngase presente el pago de la suma de PESOS CIENTO DIEZ CON 00/100 ($ 110,00), en concepto de Tasa por CIERRE DE COMERCIO, efectuado el 04 de Abril de 2019, según Recibo N° 50679 (folio 6).

 

Dr. PABLO F. PALOMARES

Intendente Municipal

 

Gobierno Municipal de Palpalá

Decreto Nro. 0594/19

Ciudad de Palpalá, 23 de Mayo de 2.019.-

EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD DE PALPALA

DECRETA

ARTÍCULO 1º.- CONVALIDASE las actuaciones obrantes en los Expedientes N° 113-J-19 y 240-J-19, en lo que se refiere a Pago de Orden de Provisión N° 00393/19 -de cuatro (4) pintura sintética interior y exterior -por la suma de Pesos Seis Mil Cuatrocientos Veinte con 90/100 ($ 6.420,90) a favor de la Firma Full Color Pintura de Juan José Fernández Marengo, por las consideraciones expuestas en el exordio.

ARTÍCULO 2°.- AUTORIZASE a Secretaría de Hacienda -Contaduría Municipal- a efectuar el Libramiento de Pago por la suma de pesos Seis Mil Cuatrocientos Veinte con 90/100 ($ 6.420,90) a favor de la Firma Full Color Pintura de Juan José Fernández Marengo – CUIT 20-26899116-7, en concepto de cancelación de la Factura B-0011-00011436-emitida el 03 de Abril del 2.019, en un todo de acuerdo a lo obrado en los Expedientes N° 113-J-19 y 240-J-19.

ARTÍCULO 3°.- La erogación que demande el cumplimiento de lo establecido en el Artículo anterior, se afectará en su totalidad a la Partida siguiente: TRANSF. P/FINANC. EROG. CORR. CON RENTAS GRALES. $ 6.420,90 -OTRAS TRANFERENCIAS -TOTAL $ 6.420,90 -del Presupuesto General de Gastos y Cálculos de Recursos en vigencia.

 

Dr. PABLO F. PALOMARES

Intendente Municipal

 

Gobierno Municipal de Palpalá

Decreto Nro. 0595/19

Ciudad de Palpalá, 23 de Mayo de 2.019.-

EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD DE PALPALA

DECRETA

ARTICULO 1º.- INCLUYASE a partir del 01 de Febrero de 2019 aL Régimen de Turnos Rotativos a los Agentes Municipales – Legajo Nro. 2022 – SANCHEZ CRISTINA MARIA BELEN – Legajo Nro. 2029 – CASTILLO CLAUDIA ESTER – Legajo Nro. 2082 – ARGAÑARAZ CAROLINA MARIANA y Legajo Nro. 5047 – CALISAYA PABLO JONATAN – Inspectores de Transito – dentro del Régimen de Turnos Rotativos en el Régimen de Horas Extraordinarias establecidas en las modificaciones de los Art. 5 y 6 del Decreto Nro. 618/10 realizadas a través del Decreto Nro. 636/12.

ARTICULO 2º.- La erogación que demande el cumplimiento de lo establecido, aféctese a las Partidas correspondientes del Presupuesto General y Calculo de Recursos en Vigencia.-

 

Dr. PABLO F. PALOMARES

Intendente Municipal

 

Gobierno Municipal de Palpalá

Decreto Nro. 0596/19

Ciudad de Palpalá, 24 de Mayo de 2.019.-

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE PALPALA

DECRETA

ARTÍCULO 1º.- CONVALIDASE el Contrato de Trabajo que forma parte del Expediente Nro. 999-S-2019, suscripto el 22 de Enero de 2019 entre la Municipalidad de Palpalá y la Empresa de Trabajo “San Ignacio Servicios” representada por el Sr. Oscar Alejandro Barrionuevo -DNI 22.461.846-, para la ejecución de los trabajos concernientes a “Limpieza y Desmalezamiento en la Ciudad de Palpalá – Sectores Diversos” que se presupuesta en la suma de Pesos Cuatrocientos Treinta y Seis Mil Setecientos Ochenta con 00/100 ($ 436.780,00) por superficie a limpiar dentro de los veinte (20) días posteriores al Inicio de Obra que también forma parte del Expediente nombrado.

ARTÍCULO 2º.- APRUEBASE el Certificado de Obra Nro. 1 – Final- de fecha 18 FEB 2019 y por la totalidad de los trabajos de referencia anterior, la Secretaría de Seguridad y Servicios Urbanos, emite a razón del cumplimiento integral de la obra objeto del Contrato aprobado en lo precedente.

ARTICULO 3º.- AUTORIZASE a Contaduría Municipal -Secretaría de Hacienda y Recursos Tributarios- y a favor de la Empresa “San Ignacio Servicios”, a disponer del Libramiento de Pago por la suma de Pesos Cuatrocientos Treinta y Seis Mil Setecientos Ochenta con 00/100 ($ 436.780,00) en concepto de Cancelación de la Factura Nro. C-0001-00000059 (19 FEB 2019) extendida por la parte interesada en base al Certificado de Obra Nro. 1 (Final) emitido por el organismo contralor de los trabajos ejecutados.

ARTICULO 4º.- AFECTESE la erogación resultante de la disposición anterior, a las correspondientes Partidas del Presupuesto General de Gastos y Cálculos de Recursos del ejercicio en vigencia.

 

Dr. PABLO F. PALOMARES

Intendente Municipal

 

Gobierno Municipal de Palpalá

Decreto Nro. 0597/19

Ciudad de Palpalá, 24 de Mayo de 2.019.-

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE PALPALA

DECRETA

ARTICULO 1º.- CONVALIDASE el CONTRATO DE LOCACION DE OBRA que forma parte del Expediente Nro. 134-I-2019, para dictado de 20 talleres de cuatro horas cada uno durante los meses de Enero, Febrero y Marzo 2019, que suscribieran esta Municipalidad de Palpalá con la Sra. MAMANI JORGELINA DELIA -DNI 21.576.859, bajo la supervisión de la DIRECCION DE PLANIFICACIÓN, ESTADÍSTICAS Y POLÍTICAS PUBLICAS, siempre en conformidad a las disposiciones que al respecto se establecen.

ARTICULO 2º.- APRUEBASE la Certificación de Servicios que obra en el Expediente de mención anterior y que, a favor del Sr. MAMANI JORGELINA DELIA-DNI 21.576.859- por servicios cumplidos durante los meses de ENERO, FEBRERO Y MARZO de 2019, extendiera la DIRECCION DE PLANIFICACION, ESTADISTICAS Y POLITICAS PUBLICAS, de acuerdo a lo dispuesto en la Cláusula Tercera del Acto contractual convalidado por aplicación anterior.

ARTÍCULO 3º.- CONVALIDASE las actuaciones obrantes del Expediente Nro. 134-I-2019, en lo que se refiere a Pago de Orden de Provisión Nº 00632/2019 por la suma de pesos Noventa Mil quinientos con 00/100 ($90.500,00) a favor de la Firma de J & HIJOS de MAMANI JORGELINA DELIA – C.U.I.T Nº 27-21576859 -2, por las consideraciones expuestas en el exordio.

ARTÍCULO 4º.- AUTORIZASE a la Secretaría de Hacienda y Recursos Tributarios -Contaduría Municipal- a efectuar la emisión del correspondiente Libramiento de Pago por la suma de Pesos Noventa Mil quinientos con 00/100 ($90.500,00) a favor de la Firma de J & HIJOS de MAMANI JORGELINA DELIA – C.U.I.T Nº 27-21576859 -2, con domicilio Reinaldo Bohuid -lt 160 Bº San Pedrito, en concepto de cancelación de las Facturas Nro. C-0002-00000026 de fecha 22 de Mayo del 2019 y Nro. C-0002-00000027 de fecha 22 de Mayo del 2019, por el dictado de 20 talleres de cuatro horas cada uno durante los meses de Enero Febrero y Marzo 2019, todo siempre de acuerdo a actuaciones que se registran en el Expediente Nro. 134-I-19.-

ARTÍCULO 5º.- La erogación que demande el cumplimiento de lo establecido en el Artículo precedente, se efectuara al Presupuesto General de Gastos y Cálculos de Recursos en vigencia.

 

Dr. PABLO F. PALOMARES

Intendente Municipal

 

Gobierno Municipal de Palpalá

Decreto Nro. 0598/19

Ciudad de Palpalá, 24 de Mayo de 2.019.-

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE PALPALA

DECRETA

ARTÍCULO 1º.- CONVALIDASE el Contrato de Locación de Obra que forma parte del Expediente Nro. 927-C-19

y que, en fecha 27 de Febrero del 2.019, fuera celebrado entre la Municipalidad de Palpalá y la COOPERATIVA DE TRABAJO ODIJ LTDA. – CUIT 30-71157086-8- para la utilización, durante el mes de Febrero del 2.019, de una Maquina RETRO PALA -Marca LOVOL- Modelo FLB468-II, Motor HC537475YEL09, año 2.017, cumpliendo trabajos excavación, movimiento de tierra, grillar, carga de áridos y otras tareas relativas a requerimiento de esta Municipalidad, todo ello bajo el reconocimiento de Pesos Novecientos Cincuenta con 00/100 ($ 950,00) por hora trabajo de vehículo y chofer.

ARTÍCULO 2º.- CONVALIDASE la afectación de Un Mil Dieciocho con 44/100 (1018,44) Litros de Combustible (Gas-Oil)- equivalente a la suma de Pesos TREINTA Y NUEVE MIL SEISCIENTOS CUARENTA Y NUEVE con 85/100 ($ 39.649,85), durante el mes de FEBRERO 2019 con cargo a esta Municipalidad y de acuerdo a lo determinado e la Cláusula Séptima del Contrato Convalidado, se suministrara al vehículo de referencia precedente no registrándose otro gasto por su utilización.

ARTICULO 3º.- APRUEBASE la Certificación de Servicios que la Secretaría de Seguridad y Servicios Urbanos emite a razón del cumplimiento de DOSCIENTAS NUEVE HORAS CON TREINTA MINUTOS (209:30) Horas de Afectación vehicular por el mes de FEBRERO que, de acuerdo a las pautas contractuales convalidadas en lo inicial, acreditan la suma de Pesos CIENTO NOVENTA Y NUEVE MIL VEINTICINCO con 00/100 ($ 199.025,00) a favor de la COOPERATIVA DE TRABAJO ODIJ LTDA. – CUIT 30-71157086-8-, según lo actuado en el , Expediente Nº 927-C-19.

ARTICULO 4º.- AUTORIZASE a Contaduría Municipal-Secretaria de Hacienda y Recursos Tributarios- a disponer de la emisión de un Libramiento de Pago por la suma de Pesos CIENTO NOVENTA Y NUEVE MIL VEINTICINCO con 00/100 ($ 199.025,00) a favor de la COOPERATIVA DE TRABAJO ODIJ LTDA. – CUIT 30-71157086-8-, en concepto de Cancelación de la Factura Nº C-00002-00001309 de fecha 22 de Abril de 2.019, extendida de acuerdo a la Certificación de Servicios de convalidación anterior.

ARTICULO 5º.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto, se atenderá con cargo a las Partidas, previstas en el Presupuesto de Gastos en vigencia.

 

Dr. PABLO F. PALOMARES

Intendente Municipal

 

Gobierno Municipal de Palpalá

Decreto Nro. 0599/19

Ciudad de Palpalá, 24 de Mayo de 2.019.-

EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD DE PALPALA

DECRETA

ARTICULO 1°.- AUTORIZASE a partir del 18 de Mayo del 2.019, la afectación del Agente Municipal – Legajo N° 1244- TEJERINA MARCOS ANTONIO a la Asociación Cultural y Deportiva ALTOS HORNOS ZAPLA, donde cumplirá su tarea los días sábado y domingo en horario rotativo de 00:00 a 24:00.

ARTICULO 2°.- Lo dispuesto se realiza respetando la condición de revista del Agente involucrado, situación que se mantendrá por el periodo en vigencia de la afectación.

ARTICULO 3°.- Por la Dirección de Personal de la Municipalidad, infórmese a la Asociación Cultural y Deportiva ALTOS HORNOS ZAPLA y al Agente involucrado acerca de lo determinado en el presente Decreto y de las condiciones que deben cumplirse para dar regularidad en esta afectación.

 

Dr. PABLO F. PALOMARES

Intendente Municipal

 

Gobierno Municipal de Palpalá

Decreto Nro. 0600/19

Ciudad de Palpalá, 24 de Mayo de 2.019.-

INTENDENTE DEL MUNICIPIO DE PALPALA

DECRETA

ARTICULO 1º.- Ad Referendum del Concejo Deliberante, exímase, en los términos del art. 50 de la ordenanza 923, a la Asociación de Trabajadores Del Estado, cuit nº 30-53001357-6. Personería Gremial nº 2 Sin Fines de Lucro, de todo tributo municipal conforme ordenanza 1269, para eventos realizados por afiliados de dicha institución en el salón de eventos sito en Av. San Martín 183 del Bº Gral Belgrano de ésta ciudad de Palpalá.-

 

Dr. PABLO F. PALOMARES

Intendente Municipal

 

Gobierno Municipal de Palpalá

Decreto Nro. 0601/19

Ciudad de Palpalá, 27 de Mayo de 2.019.-

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE PALPALÁ

DECRETA

ARTICULO 1º.- CONVALIDASE la exención del Pago de la Tasa por Derecho de Inhumación al Señor SOSA DIEGO EDUARDO -D.N.I. Nº 27.874.005- correspondiente a la Sepultura de MARTIARENA ELIAS en el Sector Nº 54, Cuadro Nº 01, de la Sección 1ra. J del Cementerio “Virgen de Paypaya” de esta Ciudad de Palpalá, en un todo de acuerdo al Expte. Nº 436-S-19.

ARTICULO 2º.- La exención acordada en el Artículo 1º, tendrá validez por 1 (Un) año, luego del cual el recurrente deberá proceder a la renovación correspondiente.

 

Dr. PABLO F. PALOMARES

Intendente Municipal

 

Gobierno Municipal de Palpalá

Decreto Nro. 0602/19

Ciudad de Palpalá, 27 de Mayo de 2.019.-

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE PALPALA

DECRETA

ARTICULO 1º.- AUTORIZASE, con retroactividad al 01 de ABRIL de 2019, el Pago de Adicional por Tarea Insalubre, consistente en el Diez por Ciento (10%) de la Categoría de Revista, al Agente Municipal RASJIDO René Alfredo -Legajo Nro. 4844-, a quien por el servicio de afectación en el Sector competente a tareas de Limpieza dentro del Dpto. de Servicios Públicos -Secretaría de Seguridad y Servicios Urbanos- de esta Municipalidad de Palpalá, le es correspondiente la aplicación de los términos del Decreto Nro. 958/93 hasta tanto se disponga lo contrario de acuerdo a las condiciones de su afectación pública.

ARTICULO 2º.- AFECTESE la erogación que pudiera demandar el cumplimiento de lo establecido en el Artículo que antecede, se atenderá con cargo a la Partida “Gastos en Personal” del Presupuesto General de Gastos y Cálculos de Recursos en vigencia.

 

Dr. PABLO F. PALOMARES

Intendente Municipal

 

Gobierno Municipal de Palpalá

Decreto Nro. 0603/19

Ciudad de Palpalá, 27 de Mayo de 2.019.-

EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD DE PALPALA

DECRETA

ARTÍCULO 1º.- CONVALIDASE la emisión de Libramiento de Pago Nº 02784/17 que obra en el Expte. Nro. 2105-S-17 que, por la suma de Pesos Veinticuatro Mil Trescientos con 00/100 ($ 24.300,00) se efectuara para cubrir compromisos asumidos por quien en su momento era el Jefe de Gestión y Promoción Cultural – Dirección de Cultura y Turismo – Secretaria de Gobierno -Sr. Sánchez Duran Cristian, en relación a los fines de cubrir los gastos efectuados del Evento Comunitario “Día de la Música” y “La Noche de los Museos”.

ARTÍCULO 2°.- APRUEBASE la Rendición Parcial de Gasto que obra en el Expediente N° 141-S-18, que corresponde a la aplicación de los fondos del Libramiento de Pago convalidado en el Articulo precedente, según lo siguiente:

[Fs. – Fecha – Factura – Razón Social – Importe]; [06 – 14/11/17 – B-0001-00004114 – VINERIA LIBERTAD – $ 540,00]; [08 – 14/11/17 – C-0001-00002440 – PAPELERA LIBERTAD – $   55,00]; [10 – 14/11/17 – C-0001-00001505 – MULTIRUBRO 3:16 – $1.680,00]; [12 – 14/11/17 – B-0030-00027600 – LIBRERÍA EL CAMPEON – $1234,00]; [14 – 14/11/17 – B-0064-00173379 – PALACIO DE LA GOLOSINA – $  361,86]; [16 – 15/11/17 – B-0451-00059710 – MAXI COMODIN – $  638,97]; [18 – 15/11/17 – C-0001-00001507 – MULTIRUBRO 3:16 – $  130,00]; [20 – 16/11/17 – C-0001-00000926 – FIAM. LA GRANJA DE SANTIAGO II – $  480,00]; [22 – 22/11/17 – C-0001-00002506 – PAPELERA LIBERTAD – $    50,00]; [26 – 22/11/17 – B-0006-00114399 – BORCA CELIA – $  155,00]; [28 – 17/11/17 – C-0001-00002447 – PAPELERA LIBERTAD – $    50,00]; [32 – 22/11/17 – B-0005-00000501 – PANIFIC. V. DE GUADALUPE – $  160,00]; [34 – 22/11/17 – C-0001-00000001 – URCA SERV. PUBLICITARIO – $ 2.000,00]; [36 – 22/11/17 – 0001-08112709 – SADAIC – $    144,00]; [39 – 22/11/17 – B-0006-00000021 – ARROYO HECTOR RAUL – $ 8.000,00]; [Total de suma pesos – $ 15.678,83]

ARTÍCULO 3°.- AUTORIZASE a Contaduría Municipal -Secretaría de Hacienda y Recursos Tributarios- a disponer la emisión de un Libramiento de Pago por la suma de Pesos Quince Mil Seiscientos Setenta y Ocho con 83/100 ($ 15.678,83), a favor del Sr. Sánchez Duran Cristian – quien en su momento era el Jefe de Gestión y Promoción Cultural – Dirección de Cultura y Turismo – Secretaria de Gobierno, en concepto de Rendición de Cuenta, según lo aprobado en el artículo anterior.

ARTÍCULO 4°.- La erogación que demande el cumplimiento de lo establecido en el Artículo anterior, se afectará en su totalidad a la Partida: TRANSF. P/FINANC. EROG. CORRIENTES CON RENTAS GENERALES – P/Pago de Oblig.Cont. en Ejerc. Ant. No Compromet. Presupuestariamente (otras transferencias) – TOTAL $ 15.678,83 -.

 

Dr. PABLO F. PALOMARES

Intendente Municipal

 

Gobierno Municipal de Palpalá

Decreto Nro. 0604/19

REF. A EXPTES: 276-L-17; 324-L-17.-

Ciudad de Palpalá, 28 de Mayo de 2.019.-

INTENDENTE MUNICIPAL DE PALPALA

DECRETA

ARTICULO 1°.- Inscríbase en el Registro de Comercio e Industria de la Municipalidad de Palpalá, al Sr. LAMAZAR VLADIMIR GIOVANNI, N.° 38.746.030, con un Comercio en el rubro: “ELABORACION Y VENTA DE COMIDAS PARA LLEVAR”, ubicado en Avda. Libertad Nº 699 esq. Calle Mariano Moreno N.° 01 (Lote “13” – Manzana “19″) del barrio 25 de Mayo de esta Ciudad, con la ocupación de una Sup. de 12,00 m2. Haciéndole saber que, en caso de traslado, cambio de rubro, anexo o cierre y cualquier otra circunstancia del citado comercio, deberá comunicarlo de inmediato a la Municipalidad de Palpalá.

ARTICULO 2°.- El Solicitante deberá ajustarse en un todo al cumplimiento de las disposiciones comunales que regulen las actividades que explotará y que manifiesta conocer íntegramente. Cumpliendo con las Obligaciones Tributarias instituidas al efecto, según lo establecido en Ordenanza Impositiva N.° 1269/18, y/o sus modificatorias.

ARTICULO 3°.- Téngase presente el pago de la suma de PESOS CIENTO SETENTA Y CINCO CON 00/100 ($ 175,00), en concepto de Tasa por Habilitación de Locales de Comercio e Industria, efectuado el día 28/05/19, según Recibo N° 58670.

 

Dr. PABLO F. PALOMARES

Intendente Municipal

 

Gobierno Municipal de Palpalá

Decreto Nro. 0605/19

Ciudad de Palpalá, 29 de Mayo de 2.019.-

EL INTENDENTE DE LA  MUNICIPALIDAD DE PALPALA

DECRETA

ARTICULO 1º.- APRUEBASE el Convenio que, suscripto por esta Municipalidad y el Centro Vecinal del Barrio “Gral. Savio” quien, representado por su Presidenta Sra. CASTILLO Claudia -DNI 21.698.624- y a petición de vecinos de las calles Balcarce (altura 240) y Avellaneda esquina Balcarce, establecen acciones de colaboración mutua para la Colocación e Instalación de Dos (02) Alarmas Comunitarias según la documentación que se registran en el Expediente Nro. 623-S-2019.

ARTICULO 2°.- De acuerdo a lo aprobado en lo anterior y a las actuaciones que da cuenta el Expediente mencionado, TENGANSE COMO VALIDA la participación de la Empresa ACR -Seguridad Electrónica- de Juan Ignacio Mas en la provisión de Dos (02) Alarmas Comunitarias cotizada en la suma de Pesos Veintiún Mil Cien con 00/100 ($ 21.100,00) y COMO PENDIENTE la Cancelación, por parte vecinal, de un Cincuenta por ciento (50%) de lo presupuestado que se acreditaran según Recibos extendidos por la parte proveedora y tras lo cual quedará pendiente la cancelación por parte municipal.

ARTICULO 3º.- AUTORIZASE a Contaduría Municipal -Secretaría de Hacienda y Recursos Tributarios-, previa presentación de la Facturación correspondiente y el cumplimiento de lo último anterior, disponer de un Libramiento de Pago por la suma Pesos Diez Mil Quinientos Cincuenta con 00/100 ($ 10.550,00) a favor de la Empresa ACR -Seguridad Electrónica- (CUIT 20-30002307-0) en concepto de pago de un cincuenta por ciento (50%) del costo total de Dos (02) Alarmas Comunitarias a instalar en el radio jurisdiccional de las calle Balcarce (altura 240) y Avellaneda esquina Balcarce del Barrio “Gral. Savio” de esta ciudad de Palpalá, todo ello según lo acordado en el instrumento aprobado mediante el Artículo 1ro. del presente instrumento y de las acciones consecuentes a lo anterior.

ARTÍCULO 4°.- Con posteridad a la acción cancelatoria dispuesta en lo anterior y solo en el marco previsto para esa ocasión, AUTORIZASE a la Empresa ACR -Seguridad Electrónica-(CUIT 20-30002307-0) a utilizar el espacio aéreo municipal eximiéndole de todo concepto a percibir, ello habida cuenta de la utilidad pública otorgada a las alarmas dispuestas.

ARTICULO 5º.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el Artículo precedente, se atenderá con cargo a las Partidas pertinentes del Presupuesto general de Gastos y Cálculos de Recursos en vigencia.-

 

Dr. PABLO F. PALOMARES

Intendente Municipal

 

Gobierno Municipal de Palpalá

Decreto Nro. 0606/19

Ciudad de Palpalá, 29 de Mayo de 2.019.-

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE PALPALA

DECRETA

ARTICULO 1º.- Asignase interinamente las funciones del Dpto. de Compras y Suministros Municipal, a partir del 28 de MAYO del 2019, a la Contadora Municipal MARIELA ESTHER DIB, quien será responsable de la administración y organización, hasta el momento que se determine lo contrario por un acto administrativo a tal efecto

ARTICULO 2º.- A partir del ejercicio de las funciones asignadas y mientras dure la vigencia del presente Decreto, el nombrado en lo precedente no percibirá en ningún concepto adicional equivalente a sus responsabilidades que se determinara a través de un acto administrativo.-

 

Dr. PABLO F. PALOMARES

Intendente Municipal

 

Gobierno Municipal de Palpalá

Decreto Nro. 0608/19

Ciudad de Palpalá, 29 de Mayo de 2.019.-

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE PALPALA

DECRETA

ARTÍCULO 1º.- APRUEBASE la realización de la obra “Construcción de Seis (6) Refugios para Paradas de Colectivos en la Ciudad de Palpalá” presentada como objeto en la Carpeta Técnica que forma parte del Expediente Nro. 774-S-2019 donde se detallan aspectos constructivos de los trabajos alcanzados por un Presupuesto Oficial dé Pesos Doscientos Cincuenta y Tres Mil Doscientos Treinta con 22/100 ($ 253.230,22).

ARTÍCULO 2º.- APRUEBASE el procedimiento de Compulsa de Precios que, para dar lugar a la obra aprobada en lo anterior, se realizara en el mes de Mayo 2019 con la participación de Cooperativas de Trabajos, entre las que se destaca la Cooperativa “DICUE Ltda.” como Adjudicataria por menor diferencia de precio, todo siempre remitido a los antecedentes obrantes en el Expediente de cita anterior y en compatibilidad con el Presupuesto Oficial asignado.

ARTÍCULO 3º.- APRUEBASE el Contrato de Obra Pública que, en fecha 17 MAY 2019 y planteado dentro de parámetros que se establecen como montos para la ejecución de trabajos públicos como contratación directa -según Decreto Acuerdo Nro. 8484-HF-2019 dictado por él Poder Ejecutivo de la Provincia de Jujuy al cual se adhiere mediante Decreto Nro. 292/19-, esta Municipalidad de Palpalá formalizara con la Cooperativa de Trabajo “DICUE Ltda.” representado por el Sr. LUIS EMANUEL CARLOS LLANOS -D.N.I. Nro. 39.233.010- como Presidente, para realización de los trabajos competentes a la obra de cita inicial, para la que se establece un Monto de Contratación de Pesos Doscientos Cincuenta y Tres Mil Doscientos Treinta con 22/100 ($ 253.230,22) por trabajos a ejecutar dentro de un plazo de finalización de veinte (20) días hábiles corridos a partir de la Iniciación de Obra, todo siempre de acuerdo a antecedentes que forman parte del Expediente Nro. 774-S-19.

ARTÍCULO 4º.- DISPONGASE la reserva del Crédito Presupuestario asignado a la Obra objeto del Contrato aprobado en lo precedente, produciendo la liberación de los mismos en la medida del avance de obra ejecutado, siempre de acuerdo a los parámetros contractuales instituidos a tal efecto.

 

Dr. PABLO F. PALOMARES

Intendente Municipal

 

Gobierno Municipal de Palpalá

Decreto Nro. 0609/19

Ciudad de Palpalá, 29 de Mayo de 2.019.-

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE PALPALA

DECRETA

ARTICULO 1º.- DECLARASE de INTERES MUNICIPAL el ENCUENTRO SOBRENATURAL ” PALPALA ACELERA 2019″, organizado por la Iglesia Cristo Rey-Palpalá-, a cargo de los pastores Julio Guerra y Alicia Guerra, con el lema “JESUS SANA TU, ENFERMEDAD HOY”, que se llevará cabo en la Cruzada de Sanidad y Milagros desde el día 01 al 07 del mes de Junio de 2019.-

 

Dr. PABLO F. PALOMARES

Intendente Municipal

 

Gobierno Municipal de Palpalá

Decreto Nro. 0610/19

Ciudad de Palpalá, 29 de Mayo de 2.019.-

EL INTENDENTE DEL GOBIERNO MUNICIPAL DE PALPALA

DECRETA

ARTICULO 1º.- CONVALIDASE el CONTRATO DE LOCACION DE OBRA que forma parte del Expediente Nº 341-D-19 y que, fuera suscripto el 29 de Marzo del 2019 con vigencia del 01 al 30 de Abril del 2019, entre el Sr. Flores Sandoval Enzo Rodolfo -DNI Nº 30.835.022- y la MUNICIPALIDAD DE PALPALÁ, para realizar funciones relativas a la profesión con el alcance estipulado por la Campaña Municipal de Castración y Tenencia Responsable de Mascotas año 2018, bajo la supervisión de Dirección de Política Públicas – Dirección General de Intendencia de esta Municipalidad de Palpalá, todo en conformidad a las disposiciones de la Nota Nº 863/19 de la Dirección de Personal Municipal.

ARTICULO 2º.- APRUEBASE la Certificación de Servicios correspondiente al mes de Abril 2019, y que forma parte de la presente documentación y que, se extendiera por autoridad competente a los propósitos de dar cumplimiento a lo dispuesto en la Cláusula Tercera del Acto contractual convalidado por aplicación del Artículo precedente.

ARTICULO 3º.- AUTORIZASE a Secretaría de Hacienda y Recursos Tributarios – Contaduría Municipal- a efectuar la emisión del correspondiente Libramiento de Pago por la suma de Pesos veinticinco Mil con 00/100 ($ 25.000,00) a favor del Sr. Flores Sandoval Enzo Rodolfo -CUIT Nº 20303850224, en concepto de Cancelación de la Factura Nº C-00003-00000074 extendida el 14 de Mayo del 2019, por el cumplimiento de las disposiciones contractuales contenidas en la convalidación efectuada en el Artículo 1º y en un todo de acuerdo a las actuaciones obrantes en el Expediente Nº 341-D-19.

ARTICULO 4º.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto, se atenderá con afectación a la Partida pertinente del Presupuesto General de Gastos y Cálculos de Recursos en vigencia.

 

Dr. PABLO F. PALOMARES

Intendente Municipal

 

Gobierno Municipal de Palpalá

Decreto Nro. 0611/19

Ciudad de Palpalá, 30 de Mayo de 2.019.-

INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE PALPALA

DECRETA

ARTICULO 1°.- AUTORIZASE al personal municipal que se detalla en ANEXO I, y que forma parte de este Decreto, el pago de un Adicional Remunerativo No Bonificable, en razón de las tareas complementarias que se llevaran a cabo durante el mes de ENERO de 2.019, por las consideraciones expuestas en el exordio.

ARTICULO 2º.- Los agentes beneficiados con Adicionales por distintos conceptos deberán cumplir con los requisitos que establece el Decreto N° 230/04.

ARTICULO 3º.- Las erogaciones que demanden el cumplimiento de lo dispuesto en el Artículo 1º), se atenderán con Cargo a Partida Presupuestaria de GASTOS EN PERSONAL – del Presupuesto General de Gastos vigente.

 

Dr. PABLO F. PALOMARES

Intendente Municipal

 

Gobierno Municipal de Palpalá

Decreto Nro. 0613/19

Ciudad de Palpalá, 31 de Mayo de 2.019.-

EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD DE PALPALA

DECRETA

ARTÍCULO 1º.- CONVALIDASE el procedimiento de Compulsa de Precios efectuado en el contexto de lo establecido mediante el Decreto Acuerdo Nro. 8484-HF-2019 dictado por el Poder Ejecutivo de la Provincia de Jujuy al cual se adhiere esta Municipalidad mediante Decreto Nro. 292/19 y que, para Contratación Directa con antecedentes en el Expediente Nro. 918-S-2019, se concretara para ejecución de la Obra “Bacheo de 384 m2. en el Nudo Circulatorio Acceso Norte de la Ciudad de Palpalá” propuesta en un Presupuesto Oficial de Pesos Quinientos Mil con 00/100 ($ 500.000,00).

ARTÍCULO 2º.- CONVALIDASE el procedimiento de Adjudicación que, por comparativa de ofertas, llevara a definir la participación de la Empresa ECOIM S.R.L. -CUIT Nro. 33-71371090-9- como ejecutor de la obra mencionada, a cumplirse por la suma de Cuatrocientos Noventa y Ocho Mil Quinientos Noventa y Siete con 12/100 ($ 498.597,12).

ARTÍCULO 3º.- CONVALIDASE el Contrato de Obra que en fecha 25 ABR 2019, esta Municipalidad de Palpalá formalizara con la Empresa ECOIM S.R.L. -CUIT Nro. 33-71371090-9- (representada por el Sr. Bartolomé Francisco Héctor Pola -DNI Nro. 11.063.104- como Apoderado), para realización del trabajo objeto de la Compulsa de Precios y Adjudicación convalidado en lo anterior, todo dentro de un plazo de Quince (15) días a partir del Inicio de Obras formalizado el 29 ABR 2019 según Acta que forma parte del Expediente en cuestión

ARTÍCULO 4º.- APRUEBASE el Acta de Medición de Obra -Única y Final- que, dentro del contexto del Contrato de Obra aprobado en lo precedente y en fecha 15 MAY 2019, emitiera la Secretaría de Seguridad y Servicios Urbanos en compatibilidad con la finalización de obra ajustada a los parámetros contractuales.

 

Dr. PABLO F. PALOMARES

Intendente Municipal

Gobierno Municipal de Palpalá

Decreto Nro. 0614/19

Ciudad de Palpalá, 03 de Junio de 2.019.-

EL INTENDENTE de la MUNICIPALIDAD DE PALPALA

DECRETA

ARTICULO 1º.- MODIFICAR el Artículo 1ro. del Decreto Nro. 225/19, solo en lo que compete a las características de identificación y propiedad de la Máquina Pala Cargadora afectada que, finalmente corresponderá a una de marca LONKING modelo CDM833, motor Nro. 6B13A001392, propiedad del Sr. WALTER MARCELO DIAZ -DNI 21.322.816- en vez de la erróneamente citada como Caterpillar CAT 930 -año 1987- Motor 330446V9562, propiedad de Hormigonera Jujuy S.R.L. -CUIT 30-71205969-5-, todo siempre de acuerdo a las observaciones realizadas al respecto.

ARTICULO 2°.- Modificar la decisión atemporal adoptada en el Artículo 4to. del Decreto Nro. 225/19, la que por cuestiones consumadas corresponderá al siguiente reemplazo:

“ARTICULO 4to.- CONVALIDASE la disposición que adoptara Contaduría Municipal -Secretaría de Hacienda y Recursos Tributarios- respecto de la emisión del Libramiento de Pago Nro. 00102/19 que, con fecha 01 FEB 2019 y por la suma de pesos Doscientos Quince Mil Ciento Setenta y Cinco con 00/100 ($ 215.175,00), se produjera para la cancelación de la Factura Nro. C-00002-00000026 presentada por “Construcciones del Norte” -CUIT 33-71561598-9- a través de su Socio Gerente Amante René Rosario -DNI 33.572.457-, siempre de acuerdo a la certificación de Servicio obrante al respecto.”

ARTICULO 3º.- Salvo las observaciones de anterior aplicación, RATIFICASE el propósito y directivas que componen el Decreto Nro. 225/2019 dictado para la aprobación y autorización de acciones consecuentes, del Contrato de Locación de Obra pactado para Septiembre 2018 por parte de esta Municipalidad con la firma “Construcciones del Norte” -CUIT 33-71561598-9-

 

Dr. PABLO F. PALOMARES

Intendente Municipal

 

Gobierno Municipal de Palpalá

Decreto Nro. 0615/19

Ciudad de Palpalá, 03 de Junio de 2.019.-

EL INTENDENTE DEL GOBIERNO MUNICIPAL

DECRETA

ARTÍCULO 1º.- CONVALIDASE el CONTRATO DE LOCACION DE OBRA que forma parte del Expediente Nro. 325-D-2019 y que, para cumplimiento durante el mes de ABRIL 2019, suscribieran esta Municipalidad de Palpalá con la Sra. MEALLA Sandra Liliana -DNI 33.690.400- para contar con sus servicios de tareas relacionadas a la Gimnasia Rítmica, siempre en conformidad a las disposiciones que al respecto sugiere Dirección de Personal de esta Municipalidad de Palpalá a través de la Nota Nro. 826/2019.

ARTÍCULO 2º.- APRUEBASE la Certificación de Servicios que obra en el Expediente de mención anterior y que, a favor de la Sra. MEALLA Sandra Liliana -DNI 33.690.400- por servicios cumplidos durante el mes de ABRIL 2019, extendiera la Dirección de Deporte – Secretaría de Gobierno Municipal, en un todo de acuerdo a lo dispuesto en la Cláusula Tercera del Acto contractual convalidado por aplicación anterior.

ARTÍCULO 3º.- AUTORIZASE a Secretaría de Hacienda y Recursos Tributarios -Contaduría Municipal- a efectuar la emisión del correspondiente Libramiento de Pago por la suma de Pesos Ocho Mil con 00/100 ($ 8.000,00) a favor del Sra. MEALLA Sandra Liliana -DNI 33.690.400-, en concepto de Cancelación de la Factura Nro. C-00002-00000002 extendida el 08 MAYO 2019, por el cumplimiento de las disposiciones contractuales contenidas en la convalidación efectuada en el Artículo 1ro. y en un todo de acuerdo a las actuaciones obrantes en el Expediente Nro. 325-D-2019.

ARTÍCULO 4º.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto, se atenderá con afectación a la Partida pertinente del Presupuesto General de Gastos y Cálculos de Recursos en vigencia.

 

Dr. PABLO F. PALOMARES

Intendente Municipal

 

Gobierno Municipal de Palpalá

Decreto Nro. 0616/19

Ciudad de Palpalá, 03 de Junio de 2.019.-

EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD DE PALPALA

DECRETA

ARTICULO 1º.- CONVALIDASE el Contrato de Locación , que fuera celebrado el 29 de Octubre de 2.018, entre la MUNICIPALIDAD DE PALPALA Y TRANSPORTE “EL MULEKE” – CUIT 20-24474084-8, de OSCAR RUBEN APAZA DNI Nº 24.474.084, para la utilización, durante el mes de NOVIEMBRE 2.018, por la contratación de un Camión marca Mercedes Benz 1114 – dominio WGT-497, con Hidrogrua que será afectado a los siguientes trabajos; poda, mantenimiento eléctrico y otras tareas que requiera la Municipalidad, con reconocimiento de PESOS DOSCIENTOS CUARENTA CON 00/100 ($ 240,00) por hora de trabajo y chofer.

ARTICULO 2º.- CONVALIDASE la afectación de QUINIENTOS TREINTA (530,00) Litros de Combustibles (Gas-Oil)-equivalente a la suma de PESOS DIECINUEVE MIL NOVECIENTOS SEIS con 88/100 ($ 19.906,88) que durante el mes de NOVIEMBRE 2.018, con cargo a esta Municipalidad y de acuerdo a lo determinado a la Cláusula Octava del Contrato Convalidado, se suministrara al vehículo de referencia precedente no registrándose otro gasto por su utilización.

ARTICULO 3º.- APRUEBASE las Certificaciones de Servicios que la Secretaria de Seguridad y Servicios Urbanos emitiera en relación al cumplimiento del servicio comprometido por parte de la firma TRANSPORTE “EL MULEKE” – CUIT 20-24474084-8, de OSCAR RUBEN APAZA DNI Nº 24.474.084, en el mes de NOVIEMBRE 2.018: Horas Trabajadas Ciento Doce horas (112:00); Importe a cancelar – PESOS VEINTISÉIS MIL OCHOCIENTOS OCHENTA con 00/100 ($ 26.880,00).

ARTICULO 4º.- AUTORIZASE la emisión del Libramiento de Pago, que Contaduría Municipal -Secretaría de Hacienda y Recursos Tributarios- dispusiera por la suma de PESOS VEINTISÉIS MIL OCHOCIENTOS OCHENTA con 00/100 ($ 26.880,00) a favor de la Firma TRANSPORTE “EL MULEKE” – CUIT 20-24474084-8, de OSCAR RUBEN APAZA DNI Nº 24.474.084, en concepto de Cancelación de la Factura Nro. C-0001-00000101 de fecha 21 de Marzo de 2019, en un todo de acuerdo según el Expediente Nro. 311-T-19.

ARTICULO 5º.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto, se atenderá con cargo a las Partidas, previstas en el Presupuesto de Gastos en vigencia

 

Dr. PABLO F. PALOMARES

Intendente Municipal

 

Gobierno Municipal de Palpalá

Decreto Nro. 0617/19

Ciudad de Palpalá, 03 de Junio de 2.019.-

EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD DE PALPALA

DECRETA

ARTICULO 1°.- CONVALIDASE el Contrato de Locación , que fuera celebrado el 03 de Enero de 2.019, entre la MUNICIPALIDAD DE PALPALA Y TRANSPORTE “EL MULEKE” – CUIT 20-24474084-8, de OSCAR RUBEN APAZA DNI Nº 24.474.084, para la utilización, durante el mes de Enero 2.019, por la contratación de un Camión marca Mercedes Benz 1215 – dominio SNX-972, con volquete, que será afectado a los siguientes trabajos; poda, mantenimiento eléctrico y otras tareas que requiera la Municipalidad, con reconocimiento de PESOS DOSCIENTOS CUARENTA CON 00/100 ($ 240,00) por hora de trabajo y chofer.

ARTICULO 2º.- CONVALIDASE la afectación de SETECIENTOS VEINTICINCO CON 16/100 (725,16) Litros de Combustibles (Gas-Oil)- equivalente a la suma de Pesos VEINTISIETE MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA Y CINCO con 35/100 ($ 27.855,35) que durante el mes de ENERO 2.019, con cargo a esta Municipalidad y de acuerdo a lo determinado a la Cláusula Octava del Contrato Convalidado, se suministrara al vehículo de referencia precedente no registrándose otro gasto por su utilización.

ARTICULO 3º.- APRUEBASE las Certificaciones de Servicios que la Secretaria de Seguridad y Servicios Urbanos emitiera en relación al cumplimiento del servicio comprometido por parte de la firma TRANSPORTE “EL MULEKE” – CUIT 20-24474084-8, de OSCAR RUBEN APAZA DNI Nº 24.474.084- en el mes de ENERO 2.019 Horas Trabajadas DOSCIENTAS DOCE HORAS (212:00); Importe a cancelar – PESOS CINCUENTA MIL OCHOCIENTOS OCHENTA con 00/100 ($ 50.880,00).

ARTICULO 4º.- AUTORIZASE la emisión del Libramiento de Pago, que Contaduría Municipal -Secretaría de Hacienda y Recursos Tributarios- dispusiera por la suma de PESOS CINCUENTA MIL OCHOCIENTOS OCHENTA con 00/100 ($ 50.880,00) a favor de la Firma TRANSPORTE “EL MULEKE” – CUIT 20-24474084-8, de OSCAR RUBEN APAZA DNI Nº 24.474.084, en concepto de Cancelación de la Factura Nro. C-0001-00000104 de fecha 29 de Marzo de 2019, en un todo de acuerdo según el Expediente Nro. 312-T-19

ARTICULO 5º.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto, se atenderá con cargo a las Partidas, previstas en el Presupuesto de Gastos en vigencia

 

Dr. PABLO F. PALOMARES

Intendente Municipal

 

Gobierno Municipal de Palpalá

Decreto Nro. 0618/19

Ciudad de Palpalá, 03 de Junio de 2.019.-

EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD DE PALPALA

DECRETA

ARTICULO 1º.- CONVALIDASE el Contrato de Locación , que fuera celebrado el 29 de Enero de 2.019, entre la MUNICIPALIDAD DE PALPALA Y TRANSPORTE “EL MULEKE” – CUIT 20-24474084-8, de OSCAR RUBEN APAZA DNI Nº 24.474.084, para la utilización, durante el mes de Febrero 2.019, por la contratación de un Camión marca Mercedes Benz 1215 – dominio SNX-972, con volquete, que será afectado a los siguientes trabajos; poda, mantenimiento eléctrico y otras tareas que requiera la Municipalidad, con reconocimiento de PESOS DOSCIENTOS CUARENTA CON 00/100 ($ 240,00) por hora de trabajo y chofer.

ARTICULO 2º.- CONVALIDASE la afectación de SEISCIENTOS OCHENTA (680,00) Litros de Combustibles (Gas-Oil)- equivalente a la suma de Pesos VEINTISEIS MIL CUATROCIENTOS OCHENTA Y DOS con 20/100 ($ 26.482,20) que durante el mes de FEBRERO 2.019, con cargo a esta Municipalidad y de acuerdo a lo determinado a la Cláusula Octava del Contrato Convalidado, se suministrara al vehículo de referencia precedente no registrándose otro gasto por su utilización.

ARTICULO 3º.- APRUEBASE las Certificaciones de Servicios que la Secretaria de Seguridad y Servicios Urbanos emitiera en relación al cumplimiento del servicio comprometido por parte de la firma TRANSPORTE “EL MULEKE” – CUIT 20-24474084-8, de OSCAR RUBEN APAZA DNI Nº 24.474.084, en el mes de Septiembre 2.018: Horas Trabajadas DOSCIENTAS NUEVE con TREINTA MINUTOS (209:30); Importe a cancelar -PESOS CINCUENTA MIL DOSCIENTOS OCHENTA con 00/100 ($ 50.280,00).

ARTICULO 4º.- AUTORIZASE la emisión del Libramiento de Pago, que Contaduría Municipal -Secretaría de Hacienda y Recursos Tributarios- dispusiera por la suma de PESOS CINCUENTA MIL DOSCIENTOS OCHENTA con 00/100 ($ 50.280,00) a favor de la Firma TRANSPORTE “EL MULEKE” – CUIT 20-24474084-8, de OSCAR RUBEN APAZA DNI Nº 24.474.084, en concepto de Cancelación de la Factura Nro. C-0001-00000103 de fecha 29 de Marzo de 2019, en un todo de acuerdo según el Expediente Nro. 314-T-19.-

ARTICULO 5º.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto, se atenderá con cargo a las Partidas, previstas en el Presupuesto de Gastos en vigencia

 

Dr. PABLO F. PALOMARES

Intendente Municipal

 

Gobierno Municipal de Palpalá

Decreto Nro. 0619/19

Ciudad de Palpalá, 03 de Junio de 2.019.-

EL INTENDENTE DEL GOBIERNO MUNICIPAL

DECRETA

ARTÍCULO 1º.- CONVALIDASE el CONTRATO DE LOCACION DE OBRA que forma parte del Expediente Nro. 314-D-2019 y que, para cumplimiento durante el mes de MARZO 2019, suscribiera esta Municipalidad de Palpalá con el Sr. GIMENEZ CESAR FERNANDO -DNI 16.199.802- para contar con sus servicios en el cumplimiento de funciones de capacitador de redacción administrativa y atención al público para los agentes del Municipio bajo la supervisión de la Dirección de Personal, en conformidad y cumplimiento de la legislación al respecto.-

ARTICULO 2º.- APRUEBASE la Certificación de Servicios que obra en el Expediente de mención anterior y que, a favor del Sr. GIMENEZ CESAR FERNANDO DNI 16.199.802- por servicios cumplidos durante el mes de marzo 2019, extendiera la Dirección de Personal, en un todo de acuerdo a lo dispuesto en la Cláusula Tercera del Acto contractual convalidado por aplicación anterior.

ARTICULO 3º.- AUTORIZASE a Secretaría de Hacienda y Recursos Tributarios -Contaduría Municipal- a efectuar la emisión del correspondiente Libramiento de Pago por la suma de Pesos Diez Mil Ochocientos con 00/100 ($10.800,00) a favor del Sr. GIMENEZ CESAR FERNANDO CUIT 20-16.199.802-0-, en concepto de Cancelación de la Factura Nro. C-0001-00000159 extendida el 29 DE MARZO 2019, por el cumplimiento de las disposiciones contractuales contenidas en la convalidación efectuada en el Artículo 1ro. y en un todo de acuerdo a las actuaciones obrantes en el Expediente Nro. 314-D-2019.

ARTICULO 4º.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto, se atenderá con afectación a la Partida pertinente del Presupuesto General de Gastos y Cálculos de Recursos en vigencia.

 

Dr. PABLO F. PALOMARES

Intendente Municipal

 

Gobierno Municipal de Palpalá

Decreto Nro. 0620/19

Ciudad de Palpalá, 03 de Junio de 2.019.-

EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD DE PALPALA

DECRETA

ARTICULO 1º.- APRUEBASE el Contrato para la Prestación de Espacio Publicitario y de Difusión de Actos de Gobierno Municipal – Periodo 2.018 suscripto en fecha 02 de Febrero de 2018, entre la Firma “VIDEOTEL S.R.L..”- representada por el Sr. PEDRO RICARDO MANZUR – DNI Nº 13.414.423 y la Municipalidad de Palpalá por la utilización de un espacio televisivo para la transmisión satelital de los eventos municipales como “COLORES DE CARNAVAL” y la Santa Misa y Peregrinación de “SAN CAYETANO” Santo Patrono de esta Ciudad de Palpalá, actos que se solicitaron oportunamente, a través de la Secretaria de Modernización, Comunicación y Gobierno Abierto, para todas las actividades relativas a la Planificación, y el Desarrollo de la Secretaria de Modernización, Comunicación y Gobierno.

ARTÍCULO 2º.- CONVALIDASE las Certificaciones de Servicios que la Secretaria de Modernización, Comunicación y Gobierno Abierto emitieran en relación al cumplimiento de los servicios comprometidos por parte de la firma “VIDEOTEL S.R.L…”, por los eventos realizados en el mes de Febrero y Agosto del 2.018 de “COLORES DE CARNAVAL” y la Santa Misa y Peregrinación de “SAN CAYETANO” Santo Patrono de esta Ciudad de Palpalá.

ARTÍCULO 3º.- AUTORIZASE a Contaduría Municipal -Secretaria de Hacienda y Recurso Tributarios a disponer de la emisión de un Libramiento de Pago por la suma total de PESOS CUATROCIENTOS DIEZ MIL con 00/100 ($ 410.000,00), a favor de la Firma “VIDEOTEL S.R.L..” Cobertura televisiva, en concepto de cancelación de las Facturas Nro. B-0004-00177932 ($ 210.000,00 – 20/02/18 y Nro. B-0004-00180422 ($ 200.000,00-08/08/19), en un todo de acuerdo a lo obrado en el Expediente Nº 729-S-19.

ARTÍCULO 4º.- La erogación que demande el cumplimiento de lo establecido en el Articulo anterior, se afectará al Presupuesto General de Gastos y Cálculos de Recursos en vigencia.

 

Dr. PABLO F. PALOMARES

Intendente Municipal

 

Gobierno Municipal de Palpalá

Decreto Nro. 0621/19

Ciudad de Palpalá, 03 de Junio de 2.019.-

EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD DE PALPALA

DECRETA

ARTÍCULO 1º.- RECONOCESE como gastos de injerencia municipal, la reposición de vidrio de la ventanilla del lado del conductor del vehículo RENAULT SANDERO -DOMINIO AD209YC de color blanco – propiedad del Sr. QUIROGA ROBERTO RUBEN, dañado en oportunidad del ejercicio de la actividad municipal de desmalezamiento en adyacencias de la Estación de Servicio de GNC (Avenida Hipólito Irigoyen) durante la jornada del 15 de Abril del 2.019, todo según los antecedentes del Expediente Nº 453-A-19 formulado a esos efectos.

ARTÍCULO 2º.- ACEPTASE, para los efectos dispuestos en lo anterior, la presentación que el Sr. AQUINO DIEGO ARMANDO, realiza en relación a Presupuestos reparativos que obran en el expediente en cuestión y que refieren a: 1-Todo Vidrio:$ 2.900,00 y 2-Repuestera y Gomería L. G.:$ 3.125,00.

ARTÍCULO 3º.- AUTORIZASE a Contaduría Municipal – Secretaria de Hacienda y recursos Tributarios – a disponer la emisión del Libramiento de Pago correspondiente a la suma de pesos DOS MIL NOVECIENTOS con 00/100 ($ 2.900,00) a favor del Sr. AQUINO DIEGO ARMANDO – DNI N° 28.498.830- en concepto de SUBVENCION para aplicación en Gastos Reconocidos señalados e los Artículos precedente.

ARTÍCULO 4º.- Respecto a la SBVENCION otorgada, el beneficiario de la disposición municipal se ajustará a las cuestiones de Rendición de Cuentas que justifíquenle destino de los recursos afectados, todo ello según lo dispuesto por la Resolución Nº 1700-R/G-2000 del Tribunal de Cuentas de la Provincia.

ARTÍCULO 5º.- La erogación que demande el cumplimiento de lo establecido en el Artículo precedente, se afectará a partidas correspondientes del Presupuesto General de Gastos y Cálculos de Recursos en vigencia.

 

Dr. PABLO F. PALOMARES

Intendente Municipal

 

Gobierno Municipal de Palpalá

Decreto Nro. 0622/19

Ciudad de Palpalá, 03 de Junio de 2.019.-

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE PALPALA

DECRETA

ARTÍCULO 1º.- CONVALIDASE las actuaciones obrantes del Expediente N° 777-S-19, en lo que se refiere a Pago de Orden de Provisión N° 00453/19 por la suma de PESOS VEINTITRES MIL SETECIENTOS SESENTA Y TRES con 16/100 ($ 23.763,16) a favor de la Firma “MANZUR PEDRO RICARDO” – CUIT 20-13414423-9, por las consideraciones expuestas en el exordio.

ARTÍCULO 2°.- AUTORIZASE a Secretaría de Hacienda -Contaduría Municipal- a efectuar el Libramiento de Pago por la suma de Pesos VEINTITRES MIL SETECIENTOS SESENTA Y TRES con 16/100 ($ 23.763,16), a favor de la Firma “MANZUR PEDRO RICARDO” – CUIT 20-13414423-9- en concepto de cancelación de la Factura N° B-00007-00000144- emitida el día 04 de Abril del 2.019 -en un todo de acuerdo a lo obrado en el Expediente N° 777-S-19.

ARTÍCULO 3°.- La erogación que demande el cumplimiento de lo establecido en el Artículo anterior, se afectará en su totalidad a la Partida: BIENES DE CONSUMO CON RENTAS GENERALES $ 23.763,16 – Productos de la minería y sus manufacturas $ 7.304,69 – /Pago de Oblig.Cont. en Ejerc. Ant. No Compromet. Presupuestariamente $ 16.458,47 – total $ 23.763,16-.

 

Dr. PABLO F. PALOMARES

Intendente Municipal

 

Gobierno Municipal de Palpalá

Decreto Nro. 0623/19

Ciudad de Palpalá, 03 de Junio de 2.019.-

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE PALPALA

DECRETA

ARTÍCULO 1°.- APRUEBASE en todos sus términos el Convenio de Colaboración Mutua que, se anexa el presente como parte del Expediente N° 362-D-18, fuera celebrado entre la Fundación INCOTEDES – representada por la Ing. Maria Isabel Ledesma -DNI N° 12.655.959 y esta Municipalidad de Palpalá, en donde los participantes acuerdan y se comprometen a un APORTES DINERARIOS, de contraparte, divididos en partes iguales, por un total de pesos CIENTO SETENTA Y CINCO MIL CUATROCIENTOS VEINTITRES CON 00/100($ 175.423,00), con una duración estipulada en Doce (12) meses a partir de la firma y al finalizar cada etapa un informe pormenorizado.

 

Dr. PABLO F. PALOMARES

Intendente Municipal

 

Gobierno Municipal de Palpalá

Decreto Nro. 0624/19

Ciudad de Palpalá, 03 de Junio de 2.019.-

EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD DE PALPALA

DECRETA

ARTICULO 1º.- APRUEBASE el Contrato para la Prestación de Espacio Publicitario y de Difusión de Actos de Gobierno Municipal – Periodo 2.018 suscripto en fecha 27 de Septiembre de 2018, entre la Firma “VIDEOTEL S.R.L..” – representada por el Sr. PEDRO RICARDO MANZUR -DNI Nº 13.414.423y la Municipalidad de Palpalá por la utilización de un espacio televisivo para la transmisión satelital de los eventos municipales como “Desfiles de Carrozas”, “festival del Acero y El Folklore” y la misa en Honor a la “Virgen del Rosario de Rio Blanco y Paypaya” actos que se solicitaron oportunamente, a través de la Secretaria de Modernización, Comunicación y Gobierno Abierto, para todas las actividades relativas a la Planificación, y el Desarrollo de la Secretaria de Modernización, Comunicación y Gobierno.

ARTÍCULO 2º.- CONVALIDASE las Certificaciones de Servicios que la Secretaria de Modernización, Comunicación y Gobierno Abierto emitieran en relación al cumplimiento de los servicios comprometidos por parte de la firma “VIDEOTEL S.R.L.”, por los eventos realizados en el mes de Octubre del 2.018 de “DESFILES DE CARROZAS”, “FESTIVAL DEL ACERO Y EL FOLKLORE” Y LA MISA EN HONOR A LA “VIRGEN DEL ROSARIO DE RIO BLANCO Y PAYPAYA”.

ARTÍCULO 3º.- AUTORIZASE a Contaduría Municipal -Secretaria de Hacienda y Recurso Tributarios a disponer de la emisión de un Libramiento de Pago por la suma total de PESOS SEISCIENTOS QUINCE MIL con 00/100 ($ 615.000,00), a favor de la Firma “VIDEOTEL S.R.L..” cobertura televisiva, en concepto de cancelación de las Facturas Nro. B-0004-00180525 ($ 210.000,00 – 07/03/19) – Nro. B-0004-00180529 ($ 215.000,00 -11/03/19) y Nro. B-0004-00180531 ($190.000,00-12/03/19), en un todo de acuerdo a lo obrado en el Expediente Nº 1006-S-19.

ARTÍCULO 4º.- La erogación que demande el cumplimiento de lo establecido en el Artículo anterior, se afectará al Presupuesto General de Gastos y Cálculos de Recursos en vigencia.

 

Dr. PABLO F. PALOMARES

Intendente Municipal

 

Gobierno Municipal de Palpalá

Decreto Nro. 0625/19

Ciudad de Palpalá, 03 de Junio de 2.019.-

EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD DE PALPALA

DECRETA

ARTÍCULO 1°.- APRUEBASE en todos sus términos el Proyecto “LIGA ESCOLAR MUNICIPAL DE VOLEY Y BASQUET”; el que se llevara acabo en el Estadio Deportivo y Cultural Municipal los días Sábados de 08:00 a 13:00 Hs. donde los participantes de 13 a 19 años alumnos y profesores de Educación Física de las Siete(7) instituciones educativas del nivel secundario de nuestra Ciudad participaran de la Liga Escolar Municipal, según lo obrado en el Expediente N° 321-D-19.

ARTÍCULO 2°.- CONVALIDASE las actuaciones iniciadas por la Dirección de Deporte jurisdicción de la Secretaria de Gobierno como organismos de aplicación y para la realización de las distintas actividades que se dieran inicio el pasado 27 de Abril del 2.019.

ARTÍCULO 3°.- PREVEASE por la Secretaria de Hacienda y Recursos Tributarios el acompañamiento presupuestario necesario que, como inversión social , se tenga por necesario para el cumplimiento del propósitos y objetivos planteados en el Proyecto de aprobación en el articulo anterior 1º.

 

Dr. PABLO F. PALOMARES

Intendente Municipal

 

Gobierno Municipal de Palpalá

Decreto Nro. 0626/19

Ciudad de Palpalá, 03 de Junio de 2.019.-

EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD DE PALPALA

DECRETA

ARTICULO 1º.- APRUEBASE el Contrato para la Prestación de Espacio Publicitario y de Difusión de Actos de Gobierno Municipal suscripto en fecha 30 de Abril de 2019, entre la Firma “REVISTA DE NOTICIAS DE MI CIUDAD” – representada por el Sr. Nelson Moisés Burgos – DNI Nº 24.504.639 y la Municipalidad de Palpalá para emitir en la revista de publicación mensual, banner, spot y cumplir con las coberturas de actos que se soliciten oportunamente, durante el período contratado, a través de la Secretaria de Modernización, Comunicación y Gobierno Abierto Municipal comprendido entre el 01 de Mayo al 31 de Diciembre de 2019, todo ello mediante el pago de cuatro (04) cuotas mensuales y consecutivas de Pesos Dos Mil Quinientos con 00/100 ($ 2.500,00) cada una, para contar con los medios de difusión que la municipalidad requiera, para todas las actividades relativas a la Planificación, y el Desarrollo de la Secretaria de Modernización, Comunicación y Gobierno.

 

Dr. PABLO F. PALOMARES

Intendente Municipal

 

Gobierno Municipal de Palpalá

Decreto Nro. 0627/19

Ciudad de Palpalá, 03 de Junio de 2.019.-

EL INTENDENTE del GOBIERNO MUNICIPAL DE PALPALA

DECRETA

ARTÍCULO 1º.- Ad Referéndum del Concejo Deliberante, DISPONESE la obligatoriedad del cumplimiento normativo de lo siguiente que tiene por objeto preservar el statu quo de la ciudad anterior a una Campaña Electoral en todos aquellos lugares que son de uso público.

Primero: Es obligación para cada uno de los partidos políticos, NO pegar carteles, pintar paredes y distribuir folletos, boletines o panfletos en los espacios públicos.

Segundo: Los partidos políticos participantes de una Campaña Electoral, una vez finalizado el acto comicial y dentro de los treinta (30) días posteriores, están obligados al retiro y limpieza de letreros, carteles, pancartas, pasacalles y banderas que hayan sido dispuestos en la vía pública, en caso contrario serán pasibles de las sanciones que establece la Ordenanza Nro. 022/86 (Art. 32).

Tercero: Para hacer efectivo lo anterior, las autoridades de los partidos políticos deberán encomendar a sus dirigentes y afiliados de las distintas sedes de la ciudad, a participar del retiro y limpieza de la propaganda electoral.

Cuarta: Si en el plazo establecido el responsable de la propaganda electoral no procediere al retiro, la Municipalidad podrá, de oficio o a petición de parte, retirar u ordenar el retiro de la misma. Los candidatos y los partidos políticos estarán obligados a reembolsar los gastos en que incurra el municipio por los trabajos a realizar, además del pago de la multa correspondiente.

Quinta: El municipio será la autoridad encargada, en tiempos de campaña electoral, de hacer cumplir las normativas que ayuden a cuidar el paisaje de la ciudad y a preservar el medio ambiente.

Sexta: Todos los vecinos de la ciudad de Palpalá deben ser invitados a participar del control y puesta en marcha de las acciones que se plantean en esta reglamentación.

 

Dr. PABLO F. PALOMARES

Intendente Municipal

 

Gobierno Municipal de Palpalá

Decreto Nro. 0628/19

Ciudad de Palpalá, 03 de Junio de 2.019.-

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE PALPALA

DECRETA

ARTÍCULO 1º.- CONVALIDASE las actuaciones obrantes del Expediente Nº 752-S-19, en lo que se refiere a Pago de Orden de Provisión Nº 00437/19 por la suma de Pesos SIETE MIL con 00/100 ($ 7.000,00) a favor de la Empresa de Transporte de Pasajeros “Gral. Savio S.R.L.”, por las consideraciones expuestas en el exordio.

ARTÍCULO 2º.- AUTORIZASE la emisión del Libramiento de Pago por la suma de PESOS SIETE MIL con 00/100 ($ 7.000,00) a favor de la Empresa de Transporte de Pasajeros “Gral. Savio S.R.L.” en concepto de cancelación de la Factura B-00004-00001210 -emitida el 26 de Marzo del 2.019- en un todo de acuerdo a lo obrado en el Expte Nº 752-S-19.

ARTÍCULO 3º.- La erogación que demande el cumplimiento de lo establecido en el Artículo anterior, se afectará a la Partida siguiente: SERVICIOS NO PERSONALES CON RENTAS GENERALES – otros servicios $ 7.000,00- del Presupuesto de Gastos Generales y Cálculos de Recursos en vigencia.

 

Dr. PABLO F. PALOMARES

Intendente Municipal

 

Gobierno Municipal de Palpalá

Decreto Nro. 0629/19

Ciudad de Palpalá, 03 de Junio de 2.019.-

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE PALPALA

DECRETA

ARTICULO 1º.- AUTORIZASE a Contaduría Municipal -Secretaría de hacienda y Recursos Tributarios- a disponer la emisión de un Libramiento de Pago por la suma de Pesos Tres Mil Quinientos con 00/100 ($ 3.500,00) a favor de la Sra. SOSA MARTA -DNI 33.960.129- en concepto de SUBSIDIO de la Municipalidad de Palpalá, por los motivos expuestos en el exordio del presente instrumento y en un todo de acuerdo a las actuaciones del Expediente Nro. 919-S-2019 iniciado a esos efectos.

ARTÍCULO 2º.- Respecto al subsidio otorgado y a la brevedad posible, la Beneficiada responsable de la recepción de fondos municipales, deberá proceder a la rendición de comprobantes que justifiquen el destino de los recursos afectados, todo ello según lo dispuesto por la Resolución Nº 1700-R/G-2000 del Tribunal de Cuentas.

ARTICULO 3º.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el Artículo 1º), se atenderá con cargo a la Partida pertinente del Presupuesto General de Gastos y Cálculos de Recursos en vigencia.

 

Dr. PABLO F. PALOMARES

Intendente Municipal

 

Gobierno Municipal de Palpalá

Decreto Nro. 0630/19

Ciudad de Palpalá, 03 de Junio de 2.019.-

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE PALPALA

DECRETA

ARTÍCULO 1º.- CONVALIDASE las actuaciones obrantes del Expediente N° 555-A-19, en lo que se refiere a Pago de la factura N° B-00006-00000121, por la suma de PESOS DOCE MIL con 00/100 ($ 12.000,00) a favor de la Firma ARROYO HECTOR RAUL – CUIT 20224967145 por el Servicio de Sonidos e Iluminación, para cubrir el Evento “Concurso de Camperas del 2.019”, llevadas a cabo el pasado 10 de Mayo del 2.019 – en las Aguas Danzantes de esta Ciudad de Palpalá.

ARTÍCULO 2°.- AUTORIZASE a Secretaría de Hacienda -Contaduría Municipal- a efectuar el Libramiento Pago, por la suma de PESOS DOCE MIL con 00/100 ($ 12.000,00) a favor de la Firma ARROYO HECTOR RAUL – C.U.I.T. N° 20-22496714-5- Servicio de Sonidos, en concepto de cancelación de la Factura N° B-00006-00000121- que fuera emitida en fecha 13 de Mayo del 2.019,en un todo de acuerdo a lo obrado en el Expediente N° 555-A-19.

ARTÍCULO 3°.- La erogación que demande el cumplimiento de lo establecido en el Artículo anterior, se afectará en su totalidad a la Partida del Presupuesto de Gastos Generales y Cálculos de Recursos en vigencia.

 

Dr. PABLO F. PALOMARES

Intendente Municipal

 

Gobierno Municipal de Palpalá

Decreto Nro. 0631/19

Ciudad de Palpalá, 03 de Junio de 2.019.-

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE PALPALA

DECRETA

ARTÍCULO 1º.- CONVALIDASE las actuaciones obrantes del Expediente N° 965-S-19, en lo que se refiere a Pago de Orden de Provisión N° 00591/19 por la suma de PESOS CINCO MIL con 00/100 ($ 5.000,00) a favor de la Firma LUNA PRODUCCIONES – Servicio de Difusión FM Conectar (91.5 Mhz.) de Montero Maria Eugenia -CUIT 27-23116163-0, por las consideraciones expuestas en el exordio.

ARTÍCULO 2°.- AUTORIZASE a Secretaría de Hacienda -Contaduría Municipal- a efectuar el Libramiento Pago, por la suma de PESOS CINCO MIL con 00/100 ($ 5.000,00) a favor de la Firma LUNA PRODUCCIONES – Servicio de Difusión FM Conectar (91.5 Mhz.) de Montero Maria Eugenia -CUIT 27-23116163-0, en concepto de cancelación de la Factura N° C-00002-00000265 – que fuera emitida en fecha 22 de Marzo del 2.019,en un todo de acuerdo a lo obrado en el Expediente N° 965-S-19.

ARTÍCULO 3°.- La erogación que demande el cumplimiento de lo establecido en el Articulo precedente, se efectuara a la Partida siguiente: Ss. No Personales con Rentas Generales – Publicidad y Propaganda – Publicidad Radial – del Presupuesto General de Gastos y Cálculos de Recursos en vigencia.

 

Dr. PABLO F. PALOMARES

Intendente Municipal

 

Gobierno Municipal de Palpalá

Decreto Nro. 0632/19

Ciudad de Palpalá, 03 de Junio de 2.019.-

EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD DE PALPALÁ

DECRETA

ARTICULO 1°.- OTORGASE a partir del 24 de Mayo de 2.019, el CESE DEL SERVICIO ACTIVO del Agente Municipal -Sr. ARNEDO RAUL ALBERTO – D. U. N° 13.367.286-, en virtud del otorgamiento de los beneficios jubilatorios por la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES), registro con el N° 140004698703, correspondiente al Expediente N° 024-23-13367286-9-004-000001 -según comunicación remitida a esta Municipalidad y obrante en el Expte N° 326-D-19 .

ARTICULO 2°.- AUTORÍZASE a Secretaria de Hacienda y Recursos Tributarios -Contaduría Municipal, previa intervención de los sectores relacionados al trámite expuesto, proceder a la liquidación final que le pudiera corresponder al Agente -Sr. ARNEDO RAUL ALBERTO, hasta la fecha indicada en el Articulo procedente.

ARTICULO 3°.- Mediante copia de la presente disposición, agradézcase al Sr. ARNEDO RAUL ALBERTO – D. U. N° 13.367.286 -diligente tarea cumplida en esta Municipalidad durante su extensa trayectoria laboral.

 

Dr. PABLO F. PALOMARES

Intendente Municipal

 

Gobierno Municipal de Palpalá

Decreto Nro. 0633/19

Ciudad de Palpalá, 03 de Junio de 2.019.-

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE PALPALA

DECRETA

ARTÍCULO 1°.- CONVALIDASE los términos del Contrato de Locación del Estadio Olímpico – Por el Alquiler de las instalaciones, para la realización de un “Evento Social el 1er. Encuentro de Promociones de la Escuela Comercial N° 2”, que se llevó a cabo el pasado 29 de Diciembre del 2.018, actuando consecuentemente con la Secretaria de Hacienda y Recursos Tributarios -Dirección de Rentas Municipal.

ARTÍCULO 2°.- TENGASE a la Secretaria de Hacienda y Recursos Tributarios -Dirección de Rentas Municipal como organismo de aplicación de lo acordado y aprobado en lo precedente.

 

Dr. PABLO F. PALOMARES

Intendente Municipal

 

Gobierno Municipal de Palpalá

Decreto Nro. 0634/19

Ciudad de Palpalá, 03 de Junio de 2.019.-

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE PALPALA

DECRETA

ARTICULO 1º.- APRUEBASE el Programa “Cámaras Comunitarias” que, adjunto al presente instrumento y formando parte del Expediente Nro. 1049-S-2019, elabora y presenta la Secretaría de Seguridad y Servicios Urbanos Municipal, teniendo como objetivo general promover la participación vecinal para la adquisición de kits de circuitos cerrados de televisión a ser instalados en barrios de jurisdicción municipal.

ARTICULO 2º.- TENGASE a la Secretaría de Seguridad y Servicios Urbanos Municipal como Responsable y Ejecutor del Proyecto aprobado en lo precedente, situación para lo cual actuará en conjunto a través del Departamento Seguridad y Prevención Ciudadana como organismo de su dependencia.

ARTICULO 3º.- PREVEASE a través de Secretaría de Hacienda y Recursos Tributarios, el acompañamiento presupuestario de las necesidades que se incluyen como parte del Proyecto aprobado en lo precedente.

 

Dr. PABLO F. PALOMARES

Intendente Municipal

 

Gobierno Municipal de Palpalá

Decreto Nro. 0635/19

Ciudad de Palpalá, 03 de Junio de 2.019.-

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE PALPALA

DECRETA

ARTÍCULO 1°.- CONVALIDASE las actuaciones obrantes del Expediente N° 309-V-19, en lo que se refiere a Pago de la factura N° C-00003-00000004, por la suma de PESOS CUATRO MIL SEISCIENTOS CINCUENTA con 00/100 ($ 4.650,00) a favor de la Firma VISUARA PAULA BELEN – CUIT 27311268606 – por la compra de tres (3) trofeos para el Torneo “Campeón de Campeones”, llevado a cabo el pasado 17 de Abril del 2.019- fútbol 5 en el Barrio San José de esta Ciudad de Palpalá

ARTÍCULO 2°.- AUTORIZASE a Secretaría de Hacienda -Contaduría Municipal- a efectuar el Libramiento Pago, por la suma de PESOS CUATRO MIL SEISCIENTOS CINCUENTA con 00/100 ($ 4.650,00) a favor de la Firma VISUARA PAULA BELEN – CUIT 27311268606, en concepto de cancelación de la Factura N° C-00003-00000004- que fuera emitida en fecha 29 de Abril del 2.019,en un todo de acuerdo a lo obrado en el Expediente N° 309-V-19.

ARTÍCULO 3°.- La erogación que demande el cumplimiento de lo establecido en el Artículo anterior, se afectará en su totalidad a la Partida: TRANSF. P/FINANC. EROG. CORR. CON RENTAS GRALES. $ 4.650,00 – OTRAS TRANSFERENCIAS TOTAL $ 4.650,00- del Presupuesto de Gastos Generales y Cálculos de Recursos en vigencia.

 

Dr. PABLO F. PALOMARES

Intendente Municipal

 

Gobierno Municipal de Palpalá

Decreto Nro. 0636/19

REF. A EXPTE. N° 789-C-19 – LEGAJO N° 2294.-

Ciudad de Palpalá, 03 de Junio de 2.019.-

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE PALPALA

DECRETA

ARTICULO 1°.-Dése de BAJA del Registro de Comercio e Industria de esta Comuna, al Comercio Inscripto en el rubro: “DEPOSITO DE CARBON”, propiedad del Sr. CRUZ ELEUTERIO, D.N.I. N° 7.281.438, ubicado en calle Los Nardos N.° 568 (Lote:09 , Manz.:19) del barrio Alto Palpalá de esta Ciudad, a partir del día 25/04/19.

ARTICULO 2°.-Téngase presente el pago de la suma de PESOS CIENTO DIEZ CON 00/100 ($ 110,00), en concepto de Tasa por CIERRE DE COMERCIO, efectuado el 25 de Abril de 2019, según Recibo N° 54004.

 

Dr. PABLO F. PALOMARES

Intendente Municipal

 

Gobierno Municipal de Palpalá

Decreto Nro. 0637/19

Expte.: 829-C-19 – LEGAJO Nº 1041.-

Ciudad de Palpalá, 03 de Junio de 2.019.-

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE PALPALA

DECRETA

ARTICULO 1°: Autorizase a la Sra. CORTEZ ESTER, D.N.I. N.° 13.016.309, el ANEXO del rubro “ELABORACION Y VENTA DE EMBUTIDOS”, al ya existente “CARNICERIA”, ubicado en calle Rio Negro esq. Rio Paraná, N° 33, (Lote: “01”, Manzana: “35”), del Barrio San Ignacio de Loyola de esta Ciudad, con la ocupación de una Sup. de 50 m2, quedando, por lo tanto Inscriptos en el Registro de Comercio de esta Comuna, los Rubros “CARNICERIA ANEXO ELABORACION Y VENTA DE EMBUTIDOS”.

ARTICULO 2°.- La Solicitante deberá ajustarse en un todo al cumplimiento de las disposiciones comunales que regulen las actividades que explotará y que manifiesta conocer íntegramente. Cumpliendo con las Obligaciones Tributarias instituidas al efecto, según lo establecido en Ordenanza Impositiva N° 1269/18, y/o sus modificatorias.

ARTICULO 3°: Derogase en todas sus partes el Decreto N° 393/17.

ARTICULO 4°: Dese validez al pago de Pesos CIENTO TREINTA Y CINCO CON 00/100 ($ 135,00) en concepto de Tasa por Habilitación de Locales de Comercio e Industria, efectuado mediante Recibo N° 48730, de Fecha 27 de Marzo de 2019.

 

Dr. PABLO F. PALOMARES

Intendente Municipal

 

Gobierno Municipal de Palpalá

Decreto Nro. 0638/19

Ciudad de Palpalá, 03 de Junio de 2.019.-

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE PALPALA

DECRETA

ARTÍCULO 1º.- CONVALIDASE las actuaciones obrantes del Expediente Nº 753-S-19, en lo que se refiere a Pago de Orden de Provisión Nº 00438/19 por la suma de Pesos SIETE MIL con 00/100 ($ 7.000,00) a favor de la Empresa de Transporte de Pasajeros “Gral. Savio S.R.L.”, por las consideraciones expuestas en el exordio.

ARTÍCULO 2º.- AUTORIZASE la emisión del Libramiento de Pago por la suma de PESOS SIETE MIL con 00/100 ($ 7.000,00) a favor de la Empresa de Transporte de Pasajeros “Gral. Savio S.R.L.” en concepto de cancelación de la Factura B-00004-00001211 -emitida el 26 de Marzo del 2.019- en un todo de acuerdo a lo obrado en el Expte Nº 753-S-19.

ARTÍCULO 3º.- La erogación que demande el cumplimiento de lo establecido en el Artículo anterior, se afectará a la Partida siguiente: SERVICIOS NO PERSONALES CON RENTAS GENERALES – otros servicios $ 7.000,00- del Presupuesto de Gastos Generales y Cálculos de Recursos en vigencia.

 

Dr. PABLO F. PALOMARES

Intendente Municipal

 

Gobierno Municipal de Palpalá

Decreto Nro. 0639/19

Ciudad de Palpalá, 04 de Junio de 2.019.-

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE PALPALA

DECRETA

ARTÍCULO 1º.- APRUEBASE la realización de la obra denominada “Cubierta de Patio de Carroceros en Escuela de Educación Técnica Nº 1 Gral. Savio de la Ciudad de Palpalá” presentada como objeto en la Carpeta Técnica que forma parte del Expediente Nro. 1967-S-2018 donde se detallan aspectos constructivos de los trabajos por un Presupuesto Oficial de Pesos Un Millón Ciento Dieciséis Mil Novecientos Noventa y Cinco con 20/100 ($ 1.116.995,20).

ARTÍCULO 2º.- APRUEBASE el procedimiento de Compulsa de Precios que, para dar lugar a la obra aprobada en lo anterior, se realizara en el mes de Mayo 2019 con la participación de Empresas de Trabajos, entre las que se destaca la Empresa “BELLOMO S.R.L. CIA. ARGENTINA DE CONSTRUCCIONES” -CUIT 30-50342617-6-, como Adjudicataria por menor diferencia de precio, todo siempre remitido a los antecedentes obrantes en el Expediente de cita anterior y en compatibilidad con el Presupuesto Oficial asignado.

ARTÍCULO 3º.- APRUEBASE el Contrato de Obra Pública que, en fecha 17 FEB 2019 y planteado dentro de parámetros que se establecen como montos para la ejecución de trabajos públicos como contratación directa -según Decreto Acuerdo Nro. 8484-HF-2019 dictado por el Poder Ejecutivo de la Provincia de Jujuy al cual se adhiere mediante Decreto Nro. 292/19-, esta Municipalidad de Palpalá formalizara con la Empresa “BELLOMO S.R.L. CIA. ARGENTINA DE CONSTRUCCIONES”, representado por el Ing. PEDRO VIRGILIO BELLOMO -D.N.I. Nro. 8.171.038- como Socio Gerente, para realización de los trabajos competentes a la obra de cita inicial, para la que se establece un Monto de Contratación de Pesos Un Millón Ciento Dieciséis Mil Novecientos Noventa y Cinco con 20/100 ($ 1.116.995,20), por trabajos a ejecutar dentro de un plazo de finalización de Cuarenta y Cinco (45) días hábiles corridos a partir de la Iniciación de Obra, todo siempre de acuerdo a antecedentes que forman parte del Expediente Nro. 1967-S-18.

ARTÍCULO 4º.- DISPONGASE la reserva del Crédito Presupuestario asignado a la Obra objeto del Contrato aprobado en lo precedente, produciendo la liberación de los mismos en la medida del avance de obra ejecutado, siempre de acuerdo a los parámetros contractuales instituidos a tal efecto.

 

Dr. PABLO F. PALOMARES

Intendente Municipal

 

Gobierno Municipal de Palpalá

Decreto Nro. 0642/19

Ciudad de Palpalá, 06 de Junio de 2.019.-

EL INTENDENTE DEL GOBIERNO MUNICIPAL DE PALPALA

DECRETA

ARTÍCULO 1º.- APRUEBASE el Proyecto “Agasajo Día del Periodista -Año 2019” que, formalizado como parte del Expediente Nro. 1117-S-2019 y de presentación por parte de la Secretaria de Modernización, Comunicación y Gobierno Abierto, pretende crear un espacio oficial para el reconocimiento de la labor que, relacionado al periodismo, llevan adelante los comunicadores y formadores de opinión pública de la ciudad de Palpalá, tal cual eran los propósitos de Mariano Moreno al publicar el primer periódico del país en un día 07 de Junio de 1810.

ARTÍCULO 2º.- AUTORIZASE a la Secretaria de Modernización, Comunicación y Gobierno Abierto-, a disponer la ejecución del Proyecto enunciado para lo que, actuará en coordinación con los organismos pertinentes de Secretaría de Hacienda y Recursos Tributarios quien, para el objetivo propuesto, determinara el acompañamiento presupuestario que necesariamente se instituirá como una inversión social.

 

Dr. PABLO F. PALOMARES

Intendente Municipal

 

Gobierno Municipal de Palpalá

Decreto Nro. 0643/19

Ciudad de Palpalá, 06 de Junio de 2.019.-

EL INTENDENTE DEL GOBIERNO MUNICIPAL

DECRETA

ARTICULO 1º.- CONVALIDASE el CONTRATO DE LOCACION DE OBRA que forma parte del Expediente Nro. 351-D-2019 y que, para cumplimiento durante el mes de MAYO 2019, suscribieran esta Municipalidad de Palpalá con el Sr. VILLAGRA Daniel Armando -DNI 11.431.207- para contar con sus servicios en el cumplimiento de Tareas Administrativas para el Municipio bajo la supervisión del Concejo Deliberante, siempre en conformidad a las disposiciones que al respecto sugiere Dirección de Personal de esta Municipalidad de Palpalá a través de la Nota de DP.

ARTICULO 2º.- APRUEBASE la Certificación de Servicios que obra en el Expediente de mención anterior y que, a favor del Sr. VILLAGRA Daniel Armando-DNI 11.431.207- por servicios cumplidos durante el mes de MAYO 2019, extendiera el Concejo Deliberante, en un todo de acuerdo a lo dispuesto en la Cláusula Tercera del Acto contractual convalidado por aplicación anterior.

ARTÍCULO 3º.- AUTORIZASE a Secretaría de Hacienda y Recursos Tributarios -Contaduría Municipal- a efectuar la emisión del correspondiente Libramiento de Pago por la suma de Pesos de NUEVE MIL con 00/100 ($9.000,00) a favor del Sr. VILLAGRA Daniel Armando-CUIT 20-11431207-0-, en concepto de Cancelación de la Factura Nro. C-0002-00000003 extendida el 03 JUNIO 2019, por el cumplimiento de las disposiciones contractuales contenidas en la convalidación efectuada en el Artículo 1ro. y en un todo de acuerdo a las actuaciones obrantes en el Expediente Nro. 351-D-2019.

ARTICULO 4º.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto, se atenderá con afectación a la Partida pertinente del Presupuesto General de Gastos y Cálculos de Recursos en vigencia.

 

Dr. PABLO F. PALOMARES

Intendente Municipal

 

Gobierno Municipal de Palpalá

Decreto Nro. 0644/19

REF. A EXPTE. N° 190-P-16 – LEGAJO N° 1983.-

Ciudad de Palpalá, 06 de Junio de 2.019.-

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE PALPALA

DECRETA

ARTICULO 1°.-Dése de BAJA del Registro de Comercio e Industria de esta Comuna, al Comercio Inscripto en el rubro: “MATARIFE CARNICERO”, propiedad del Sr. PEREA GUALDO HUGO, D.N.I. N° 22.248.745, ubicado en calle Eureka N°50, del barrio Santa Bárbara de esta Ciudad, a partir del día 31/12/12.

ARTICULO 2°.-Téngase presente el pago de la suma de PESOS SESENTA CON 00/100 ($ 60,00), en concepto de Tasa por CIERRE DE COMERCIO, efectuado el 8 de Mayo de 2016, según Boleta de Liquidación N° 00028551.

 

Dr. PABLO F. PALOMARES

 

Intendente Municipal

Gobierno Municipal de Palpalá

Decreto Nro. 0645/19

Ciudad de Palpalá, 06 de Junio de 2.019.-

EL INTENDENTE DEL GOBIERNO MUNICIPAL DE PALPALA

DECRETA

ARTÍCULO 1º.- CONSIDERESE como situación sujeta a “Fe de Erratas” del Decreto Nro. 269/18, la errónea transcripción que se detecta en el Artículo 1ro. donde erróneamente se menciona el Apellido MEDINA por lo que, en forma correcta, debería ser MENDIA. tal cual el sello aclaratorio del representante empresa Servicios Sociales del Interior S.A. que rubrica el Acta Acuerdo mediante el que, la empresa pone a disponibilidad de la Municipalidad a partir del 16 de Diciembre de 2015 la administración de la totalidad de los nichos disponibles de su propiedad en los Cementerios de jurisdicción municipal.

ARTÍCULO 2º.- Salvo lo corregido en lo anterior, RATIFICASE la vigencia de lo dispuesto en el Decreto Nro. 269/18.

 

Dr. PABLO F. PALOMARES

Intendente Municipal

 

Gobierno Municipal de Palpalá

Decreto Nro. 0646/19

Ciudad de Palpalá, 06 de Junio de 2.019.-

EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD DE PALPALA

DECRETA

ARTICULO 1º.- CONVALIDASE la emisión que Contaduría Municipal -Secretaría de Hacienda y Recursos Tributarios-, por la sumatoria de Pesos Tres Millones Cincuenta y Un Mil Seiscientos con 00/100 ($ 3.051.600,00) y en el orden del listado siguiente, dispusiera como Libramientos de Pago de los meses de Enero a Diciembre 2018 en concepto de “Subsidio Social 2018” a favor de quienes integran nominas que actúan como fojas del Expediente Nro. 087-D-2018:

[Mes 2018 – LP./18 – Fecha 2018 – Benefs. – Importe ($)]; [Enero – 00212 – 31 ENE –  48 – 179.300,00]; [Febrero – 00529 – 28 FEB –  42 – 165.300,00]; [Marzo – 00804 – 28 MAR –  42 – 169.100,00]; [Abril – 01093 – 14 MAY –  54 – 201.200,00]; [Abril – 01109 – 27 ABR –  1 –     5.200,00]; [Mayo – 01441 – 31 MAY –  62 – 261.600,00]; [Mayo – 01472 – 31 MAY –  6 –   15.200,00]; [Junio – 01724 – 11 JUL –  63 – 267.000,00]; [Junio – 01754 – 29 JUN –  5 –   22.600,00]; [Julio – 02122 – 31 JUL –  67 – 287.900,00]; [Agosto – 02452 – 10 SEP –  65 – 279.800,00]; [Agosto – 02537 – 26 SEP –  2 –     5.000,00]; [Septiembre – 02744 – 28 SEP –  66 – 282.100,00]; [Septiembre – 02769 – 28 SEP –  3 –     2.600,00]; [Octubre – 03058 – 31 OCT –  70 – 288.800,00]; [Octubre – 03055 – 31 OCT –  21 –     6.500,00]; [Noviembre – 03541 – 26 DIC –  2 – 10.000,00]; [Noviembre – 03380 – 13 DIC –  1 –   7.000,00]; [Noviembre – 03409 – 30 NOV –  68 – 283.900,00]; [Diciembre – 03681 – 15 ENE (19) –  68 – 311.500,00]; [Pesos Tres Millones Cincuenta y Un Mil Seiscientos con 00/100 ($ 3.051.600,00)]

ARTICULO 2º.- TENGASE por importes no aplicados a la finalidad convalidada en lo anterior, a las siguientes operaciones de devolución de importes que, dentro del Expediente en cuestión, se registran como Depósito en la Cuenta Corriente Nro. 5007/09, según lo siguiente:

[Boleta Liquidación Nro. – Libramiento 2018 – Mes 2018 – Beneficios – Importe ($)]; [00301316 (01 MAR 18) – 00212 – Enero – 1 – 3.000,00]; [00309395 -00309396 (19 JUN 18) – 00529 – Febrero – 2 – 5.000,00]; [00309397 (19 JUN 18) – 00804 – Marzo – 1 – 3.000,00]; [00309398 (19 JUN 18) – 01093 – Abril – 1 – 3.000,00]; [00315661 (21 NOV18) – 01441 – Mayo – 1 – 3.000,00]; [00315660 (21 NOV 18) – 01472 – Mayo – 1 – 2.000,00]; [00314451- 00314452 (11 SEP 18) – 01724 – Junio – 2 – 4.000,00]; [00315656 – 00315658 (20 NOV – 02122 – Julio – 2 – 4.000,00]; [00315657 (20 NOV 18) – 02452 – Agosto – 1 – 3.000,00]; [00315659 (20 NOV 18) – 02769 – Septiembre – 1 – 3.000,00]; [00315870 (18 DIC18) – 03058 – Octubre – 1 – 3.000,00]; [Son Pesos Treinta v Seis mil con 00/100 – 36.000,00]

ARTICULO 3º.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el Artículo 1º), se atenderá con cargo a la Partida pertinente del Presupuesto General de Gastos y Cálculos de Recursos correspondiente.

 

Dr. PABLO F. PALOMARES

Intendente Municipal

 

Gobierno Municipal de Palpalá

Decreto Nro. 0647/19

Ciudad de Palpalá, 06 de Junio de 2.019.-

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE PALPALA

DECRETA

ARTICULO 1º.- CONVALIDASE el Contrato de Locación , celebrado el 29 días del Enero del 2.019, entre la MUNICIPALIDAD DE PALPALA Y TRANSPORTE DEL SUR -CUIT 27-16284183-7 de BLANCA ZULEMA ABAN DNI Nº 16.284.183, por la contratación de un Camión marca Mercedes Benz-LK 1218R, dominio CVT-104, modelo 1.999, que será afectado a los siguientes trabajos; recolección de residuos, transporte de diferentes materiales de obras, escombros, excedentes de obras, limpieza general y otras tareas que requiera la Municipalidad, en distintos barrios de la Ciudad de Palpalá, con reconocimiento de PESOS DOSCIENTOS CUARENTA CON 00/100 ($ 240,00) por hora de trabajo y chofer, en concepto de un total de horas Doscientas Veinte Horas (220:00), haciendo un total de Pesos CINCUENTA Y DOS MIL OCHOCIENTOS CON 00/100 ($ 52.800,00).

ARTICULO 2º.- CONVALIDASE la afectación de QUINIENTOS SESENTA (560,00) Litros de Combustibles (Gas-Oil)- equivalente a la suma de Pesos VEINTIUN MIL OCHOCIENTOS VEINTITRES con 40/100 ($ 21.823,40) que durante el mes de FEBRERO del 2.019, con cargo a esta Municipalidad y de acuerdo a lo determinado a la Cláusula Octava del Contrato Convalidado, se suministrara al vehículo de referencia precedente no registrándose otro gasto por su utilización.

ARTICULO 3º.- AUTORIZASE a Contaduría Municipal – Secretaria de Hacienda y Recursos Tributarios, a emitir el correspondiente Libramiento de Pago por la suma de Pesos CINCUENTA Y DOS MIL OCHOCIENTOS CON 00/100 ($ 52.800,00), en concepto de un total de horas Doscientas Veinte Horas (220:00) a favor de TRANSPORTE DEL SUR -CUIT 27-16284183-7 de BLANCA ZULEMA ABAN DNI Nº 16.284.183, según factura C- 0001-00000226 de fecha 21 de Marzo del 2.019.

ARTICULO 4º.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto, se atenderá con cargo a las Partidas, previstas en el Presupuesto de Gastos en vigencia.-

 

Dr. PABLO F. PALOMARES

Intendente Municipal

 

Gobierno Municipal de Palpalá

Decreto Nro. 0648/19

Ciudad de Palpalá, 06 de Junio de 2.019.-

EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD DE PALPALA

DECRETA

ARTICULO 1°.- CONVALIDASE el Contrato de Locación, que fuera celebrado el 29 de Enero de 2.019, entre la MUNICIPALIDAD DE PALPALA Y TRANSPORTE MOISES DEL NORTE -CUIT 27-25287267-7, de AMALIA VERONICA RAMOS – DNI Nº 25.287.267, para la utilización, durante el 01 al 28 de Febrero del 2.019, por la contratación de un Camión marca MERCEDES BENZ -Modelo 1620, dominio FXM-858, con caja volcadora, propiedad del Sr. Walter Carlos Mamani -DNI Nº 25.165.388, que será afectado a los siguientes trabajos; recolección de residuos y otras tareas que requiera la Municipalidad, en distintos barrios de la Ciudad de Palpalá, con reconocimiento de PESOS DOSCIENTOS CUARENTA ($ 240,00) por hora de trabajo y chofer.

ARTICULO 2°.- CONVALIDASE la afectación de Seiscientos Ochenta (680,00) Litros de Combustible (Gas-Oil)- equivalente a la suma de Pesos VEINTISEIS MIL CUATROCIENTOS OCHENTA Y DOS con 20/100 ($ 26.482,20), durante el mes de FEBRERO con cargo a esta Municipalidad y de acuerdo a lo determinado e la Cláusula Octava del Contrato Convalidado, se suministrara al vehículo de referencia precedente no registrándose otro gasto por su utilización.

ARTICULO 3º.- APRUEBASE la Certificación de Servicios que la Secretaría de Seguridad y Servicios Urbanos emite a razón del cumplimiento de Doscientas Veinte Horas con treinta minutos (220:30) horas de Afectación vehicular por el mes de Febrero que, de acuerdo a las pautas contractuales convalidadas en lo inicial, acreditan la suma de Pesos CINCUENTA Y DOS MIL NOVECIENTOS VEINTE con 00/100 ($ 52.920,00) a favor de la firma TRANSPORTE MOISES DEL NORTE -CUIT 27-25287267-7, de AMALIA VERONICA RAMOS – DNI Nº 25.287.267, según lo actuado en el Expediente Nº 335-T-19.

ARTICULO 4º.- AUTORIZASE a Contaduría Municipal-Secretaria de Hacienda y Recursos Tributarios- a disponer de la emisión de un Libramiento de Pago por la suma de Pesos CINCUENTA Y DOS MIL NOVECIENTOS VEINTE con 00/100 ($ 52.920,00) a favor de la Firma TRANSPORTE MOISES DEL NORTE -CUIT 27-25287267-7, de AMALIA VERONICA RAMOS – DNI Nº 25.287.267, en concepto de Cancelación de la Factura Nº C-0001-00000065 -que se emitiera el 29 de Marzo de 2.019, extendida de acuerdo a la Certificación de Servicios de convalidación anterior.

ARTICULO 5º.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto, se atenderá con cargo a las Partidas, previstas en el Presupuesto de Gastos en vigencia.-

 

Dr. PABLO F. PALOMARES

Intendente Municipal

 

Gobierno Municipal de Palpalá

Decreto Nro. 0649/19

Ciudad de Palpalá, 06 de Junio de 2.019.-

EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD DE PALPALA

DECRETA

ARTÍCULO 1º.- APRUEBASE en todos sus términos el Proyecto “DÍA MUNDIAL DE LA SEGURIDAD VIAL”; el que se llevara a cabo el día 10 de Junio de 2.019, por el cual se realizara una chocolateada en la Dirección de Transporte de la cual participaran personal de la Dirección mencionada y se compartirá con el contribuyente que se encuentre tramitando ante dicho organismo su Licencia Nacional de Conducir, tendrá como objetivo promover la Educación Vial como estrategia para reducir los accidentes de transito, causa importante de mortalidad, estrategia que comprende las normas y señales de circulación, el desarrollo de actitudes y practicas de prevención de accidentes, según lo obrado en el Expediente N° 358-D-19 .

ARTÍCULO 2°.- DECLARASE de INTERES MUNICIPAL al “DÍA MUNDIAL DE LA SEGURIDAD VIAL”, que se celebrara el 10 de Junio del 2.019, con la participación del personal de la Dirección de Transporte de la Municipalidad de Palpalá.

ARTÍCULO 3°.- TENGASE a la Dirección de Transporte jurisdicción de la Secretaria de Seguridad y Servicios Urbanos como organismos de aplicación, para la realización de las distintas actividades.

ARTÍCULO 4°.- PREVEASE por la Secretaria de Hacienda y Recursos Tributarios el acompañamiento presupuestario necesario que, como inversión social, se tenga por necesario para el cumplimiento del propósitos y objetivos planteados en el Proyecto de aprobación en el artículo 1º.

 

Dr. PABLO F. PALOMARES

Intendente Municipal

 

Gobierno Municipal de Palpalá

Decreto Nro. 0650/19

Ciudad de Palpalá, 07 de Junio de 2.019.-

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE PALPALA

DECRETA

ARTÍCULO 1º.- CONVALIDASE la gestión de compra de veinte (20) Litros de Pintura Látex que, para aplicación en trabajos inherentes dentro de la Escuela de Educación Especial “Juan Pablo II” de nuestra Ciudad, se cumpliera el Abril 2019 ante la firma FULL COLOR -CUIT 20-26899116-7- de Juan José Fernández Marengo quien, al respecto y por cumplimiento de la Orden de Provisión Nro. 00475/2019, emitiera la Factura B-0011-00011735, en un todo de acuerdo a los antecedentes obrantes en el Expediente Nro. 67-E-2019.

ARTÍCULO 2º.- CONVALIDASE el procedimiento de DONACION que, a través de los organismos pertinentes, se realizara a la Escuela de Educación Especial “Juan Pablo II”, quien recibiera el material de cita anterior a los propósitos planteados en el Expediente de referencia precedente.

ARTÍCULO 3º.- AUTORIZASE a Contaduría Municipal -Secretaría de Hacienda y Recursos Tributarios- a disponer la emisión de un Libramiento de Pago por la suma de Dos Mil Ochocientos treinta con 55/100 ($ 2.830,55), a favor de FULL COLOR -CUIT 20-26899116-7- de Juan José Fernández Marengo con domicilio en Alte. Brown 1487 de San Salvador de Jujuy, en concepto de cancelación de la Factura B-0011-00011735 de fecha 23 de Abril de 2019 emitida por la compra de Pintura Látex para Donación Municipal, tal cual lo convalidado en lo anterior.

ARTÍCULO 4º.- La erogación que resulte del cumplimiento de lo establecido en el Artículo precedente, se afectará en su totalidad a las Partidas correspondientes del Presupuesto General de Gastos y Cálculos de Recursos en vigencia.

 

Dr. PABLO F. PALOMARES

Intendente Municipal

 

Gobierno Municipal de Palpalá

Decreto Nro. 0651/19

Ciudad de Palpalá, 07 de Junio de 2.019.-

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE PALPALA

DECRETA

ARTICULO 1º.- CONVALIDANSE los sesenta y siete (67) CONTRATOS DE LOCACION DE SERVICIOS (Categoría 1) que forman parte del Expediente Nro. 343-D-2019 y que, entre el Personal que se detalla en el adjunto y esta Municipalidad de Palpalá, se formularan para vigencia en el Período 2018 para cubrir necesidades estructurales y operativas funcionales de la entonces Secretaría de Obras y Servicios Públicos, siempre de acuerdo a lo prescripto en la Ley Nro. 3161 y modificatorias.

ARTICULO 2º.- CONVALIDASE la afectación que, respecto al cumplimiento de los Contratos citados, se diera en las partidas correspondientes del Presupuesto General de Gastos y Cálculos de Recursos del ejercicio pertinente.

 

Dr. PABLO F. PALOMARES

Intendente Municipal

 

Gobierno Municipal de Palpalá

Decreto Nro. 0652/19

Ciudad de Palpalá, 07 de Junio de 2.019.-

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE PALPALA

DECRETA

ARTÍCULO 1º.- CONVALIDASE la DONACION de un Kit de útiles Escolares que, en el marco de la solicitud gestionada a través del Expediente Nro. 376-A-2019, se realizara a favor de la Sra. AMADOR Irma Graciela -DNI 21.320.113- para utilidad de su hijo menor de edad que concurre a un Establecimiento Secundario de jurisdicción local.

ARTÍCULO 2º.- AUTORIZASE al Departamento Compras y Suministros -Secretaría de Hacienda y Recursos Tributarios- y ante quienes corresponda, disponer la gestión de Adquisición de una Remera representativa de la Escuela Provincial de Comercio Nro. 2 “Dr. Manuel Belgrano” de esta ciudad, para ser entregada -en carácter de donación- a la Sra. AMADOR Irma Graciela -DNI 21.320.113-, siempre en el contexto del trámite de referencia anterior.

ARTÍCULO 3º.- La erogación que resulte del cumplimiento de lo establecido en los artículos precedentes, se atenderán en su totalidad a las Partidas que correspondan dentro del Presupuesto General de Gastos y Cálculos de Recursos en vigencia.

 

Dr. PABLO F. PALOMARES

Intendente Municipal

 

Gobierno Municipal de Palpalá

Decreto Nro. 0653/19

Ciudad de Palpalá, 07 de Junio de 2.019.-

INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE PALPALA

DECRETA

ARTICULO 1º.- AUTORIZASE al personal municipal que se detalla en ANEXO I, y que forma parte de este Decreto, el pago de un Adicional Remunerativo No Bonificable, en razón de las tareas complementarias que se llevaran a cabo durante el mes de ABRIL de 2.019, por las consideraciones expuestas en el exordio.

ARTICULO 2º.- Los agentes beneficiados con Adicionales por distintos conceptos deberán cumplir con los requisitos que establece el Decreto N° 230/04.

ARTICULO 3º.- Las erogaciones que demanden el cumplimiento de lo dispuesto en el Artículo 1º), se atenderán con Cargo a Partida Presupuestaria de GASTOS EN PERSONAL – del Presupuesto General de Gastos vigente.

 

Dr. PABLO F. PALOMARES

Intendente Municipal

 

Gobierno Municipal de Palpalá

Decreto Nro. 0655/19

Ciudad de Palpalá, 07 de Junio de 2.019.-

INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE PALPALA

DECRETA

ARTICULO 1°.-Dése de BAJA del Registro de Comercio e Industria de esta Comuna, al Comercio Inscripto en los rubros: “SERVITEL ANEXO LIBRERÍA, JUGUETERIA Y ESTUDIO FOTOGRAFICO”, propiedad de la Sra. GIRON ANGULO, AGUEDA, D.N.I. N° 92.019.005, ubicado en calle Río Paraná N.° 01 (Lote: 02, Manz.:35) del barrio San Ignacio de Loyola de esta Ciudad, a partir del día 07/05/19.

ARTICULO 2°.-Téngase presente el pago de la suma de PESOS CIENTO DIEZ CON 00/100 ($ 110,00), en concepto de Tasa por CIERRE DE COMERCIO, efectuado el 07 de Mayo de 2019, según Recibo N° 55286.

 

Dr. PABLO F. PALOMARES

Intendente Municipal

 

Gobierno Municipal de Palpalá

Decreto Nro. 0656/19

REF. A EXPTE. Nº 1031-C-19.-

Ciudad de Palpalá, 07 de Junio de 2.019.-

INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE PALPALA

DECRETA

ARTICULO 1°.-Dése de BAJA del Registro de Comercio e Industria de esta Comuna, al Comercio Inscripto en el rubro: “VENTA DE TELEFONIA CELULAR Y ACCESORIOS”, propiedad del Sr. CIARES ISMAEL OMAR, D.N.I. N° 27.954.512, ubicado en Avda. Juan José Paso N.° 1 (Lote:01, Manz.:76) del barrio 9 de Julio de esta Ciudad, a partir del día 23/05/19.

ARTICULO 2°.-Ténqase presente el pago de la suma de PESOS CIENTO DIEZ CON 00/100 ($ 110,00), en concepto de Tasa por CIERRE DE COMERCIO, efectuado el 23 de Mayo de 2019, según Recibo N° 58008.

 

Dr. PABLO F. PALOMARES

Intendente Municipal

 

Gobierno Municipal de Palpalá

Decreto Nro. 0657/19

Ciudad de Palpalá, 07 de Junio de 2.019.-

INTENDENTE DEL MUNICIPIO DE PALPALA

DECRETA

ARTICULO 1.- Revócase el Decreto 159/17, por contener el vicio de forma, previsto en el art. 64 inc. 32 de la carta orgánica municipal, además de los vicios de fondo ya citados en los considerandos. –

ARTICULO 2.- Restablecer en el cargo de Jefe de Departamento, al Sr. Alfredo Horacio Castro, quien conforme dec. 236/98, y a través de, a saber: dec. 236/98; dec. 43/94 que modificó el salario básico que percibe el empleado en ésta categoría para el cargo según legislación vigente; dec. 520/99 que por su ilegalidad, fue derogado por a través de fallo judicial citado; y dec. 939/00, quedo claramente determinada la categoría y estabilidad de planta permanente de la categoría Jefe de Departamento, conforme ley 3161 y arts. 14 y87 de la carta orgánica, además de estar refrendado dicha consideración, por el Concejo Deliberante y Ate.-

ARTICULO 4.- Ordénese a Secretaría de Hacienda y Recursos Tributarios, a través del área que corresponda, la correspondiente liquidación, desde el dec. 939/00, para todos aquellos meses que no se le hubiere liquidado en tal categoría y escalafón.-

 

Dr. PABLO F. PALOMARES

Intendente Municipal

 

Gobierno Municipal de Palpalá

Decreto Nro. 0658/19

Ciudad de Palpalá, 12 de Junio de 2.019.-

EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD DE PALPALA

DECRETA

ARTÍCULO 1º.- CONVALIDASE el Contrato de Locación de Obra, celebrado el 29 de Enero del 2.019, con vigencia a partir del 01 al 28 de Febrero del 2.019, entre la MUNICIPALIDAD DE PALPALA y TRANSPORTE D’CURA -CUIT 27-32369147-4, de Romina Judith Torrejón, con domicilio en Lote 19 Maz. 7 Bº 2 de Abril de la Ciudad de Palpalá, por la Contratación de un camión marca Mercedes Benz L1114/48 – Dominio RXL148, afectado a los trabajos en el mes de FEBRERO del año 2.019 de limpieza, transporte de materiales y otras tareas relacionadas, con reconocimiento de PESOS DOSCIENTOS CUARENTA ($ 240,00) por hora de utilización de vehículo y afectación de chofer con provisión de combustible por parte de esta Municipalidad.

ARTÍCULO 2º.- CONVALIDASE la afectación de Quinientos Sesenta (560,00) Litros de Combustible (Gas-Oil)- equivalente a la suma de Pesos Veintiún Mil Ochocientos Treinta y Cuatro con 40/100 ($ 21.834,40), durante el mes de FEBRERO con cargo a esta Municipalidad y de acuerdo a lo determinado en la Cláusula Octava del Contrato Convalidado, se suministrará al vehículo de referencia precedente no registrándose otro gasto por su utilización.

ARTÍCULO 3º.- AUTORIZASE a Secretaria de Hacienda y Recursos Tributarios – Contaduría Municipal la emisión del Libramiento de Pago por la suma de PESOS CINCUENTA Y TRES MIL DOSCIENTOS OCHENTA con 00/100 ($ 53.280,00), en concepto de Cancelación de las Facturas C Nº 00002-00000009 de fecha 06 de Mayo de 2.019 extendidas para el pago de HORAS DOSCIENTAS VEINTIDOS (Hs. 222:00), trabajadas para la Municipalidad de Palpalá, en el marco del Contrato de Locación de Obra de aprobación precedente y en un todo de acuerdo, según el Expte. Nº 334-T-19.

ARTÍCULO 4º.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto, se atenderá con cargo a las Partidas del Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos del ejercicio correspondiente.

 

Dr. PABLO F. PALOMARES

Intendente Municipal

 

Gobierno Municipal de Palpalá

Decreto Nro. 0659/19

Ciudad de Palpalá, 12 de Junio de 2.019.-

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE PALPALA

DECRETA

ARTICULO 1°.- AUTORIZASE a Secretaría de Hacienda -Contaduría Municipal-, a efectuar la emisión del correspondiente Libramiento de Pago por la Suma de Pesos TRES MIL CON 00/100 ($ 3.000,00-) a favor de la Sra. Zubieta María Alicia -DNI N° 16.788.736-, en concepto de SUBSIDIO de la Municipalidad de Palpalá – sin cargo a rendir- destinado a la compra de material quirúrgico, medicamentos, etc; necesario para estudios de endoscopia – diagnostico tumor abdominal, en un todo de acuerdo a actuaciones que se registran en el Expte. N° 90-Z-19.

ARTICULO 2°.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el Artículo 1º), se atenderá con cargo a la Partida pertinente del Presupuesto General de Gastos y Cálculos de Recursos en vigencia.

 

Dr. PABLO F. PALOMARES

Intendente Municipal