BOLETÍN OFICIAL Nº 59 – 28/05/07

Icon_PDF_6RESOLUCION Nº 45 – SDP.-

EXPTE. Nº 661-72/06.

SAN SALVADOR DE JUJUY, 30 MAR. 2007.-

EL SECRETARIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO

RESUELVE:

ARTICULO 1º: Los movimientos de productos pecuarios de especies domésticas bajo producción precedentes de parajes y/o localidades de los Departamentos de la Puna: Yavi, Santa Catalina, Rinconada, Cochinoca y Susques con destino a otras provincias para acopio y/o industrialización, se efectuarán con la GUIA DE TRANSITO emitida por la Dirección ]Provincial de Desarrollo Ganadero a través de las Agencias de Extensión Rural La Quiaca y de Abra Pampa.-

ARTICULO 2°: Para la obtención de la GUIA DE TRANSITO, los interesados deberán presentar la correspondiente factura de compra de los productos y/o guías de tránsito para el movimiento dentro de la Provincia de Jujuy, que garanticen la legítima procedencia de los mismos.

ARTICULO 3°: El Personal de las Agencias de Extensión Rural señaladas, procederá como acto previo a la emisión de la GUIA DE TRANSITO, a la inspección de la carga de los productos de origen animal para identificar especies y volumen de los productos a movilizar fuera de la Provincia de Jujuy. La GUIA DE TRANSITO emitida tendrá válidez por el término establecido según la distancia del destino de los productos, en ningún caso excederá el plazo de diez (10) días corridos desde la fecha de su otorgamiento, vencido el mismo, carecerá de valor como instrumento y el productor, acopiador (barracas, cooperativas, asociaciones, etc.) y/o transportista deberá tramitar una nueva Guía.-

 

Ing. en Prod. Agr. VICTOR EDUARDO MACHINEA

Secretario de Desarrollo Productivo

Ministerio de Producción y Medio Ambiente

Jujuy