BOLETÍN OFICIAL Nº 3 ANEXO – 08/01/16

DECRETO Nº 195-I.S.P.TyV.-

EXPTE. Nº.-              

SAN SALVADOR DE JUJUY, 17 DIC. 2015.- 

  

VISTO:

Que habiendo asumido nuevas autoridades en el ámbito del IVUJ, UEP y Ministerio de Infraestructura, Servicios Públicos, Tierra y Viviendas y con el objetivo de actualizar y optimizar la información obrante en los registros, para el mejor control y transparencia en los procedimientos de adjudicación y ejecución de obras, que permita determinar la regularidad, personería, saldos deudores y acreedores en relación a las Cooperativas y demás beneficiarios de Programas de Vivienda y/o Infraestructura, y

 

CONSIDERANDO:

Que habiéndose detectado en la base de datos, ciertas inconsistencias, como recurrentes errores en la identidad de las personas, así como la pertenencia de un mismo socio a varias Cooperativas y la gran movilidad de socios entre las mismas. A los fines de su subsanación, se hace necesario actualizar la información referenciada;

Que la nueva gestión pretende suprimir la intervención innecesaria de intermediarios y referentes, empoderando a cada una de las Cooperativas a fin de obtener su regularidad en caso que no la tenga, erradicando malas prácticas denunciadas públicamente, en un intento de garantizar efectivamente los ingresos a los cooperativistas y el cumplimiento de los programas;

Por ello;

 

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

 

ARTÍCULO 1º.-Convocase a todas las Cooperativas de Trabajo y de Viviendas de la Provincia con obras en ejecución y/o adjudicadas, a actualizar los datos obrantes en sus respectivos legajos, tanto en el ámbito de la UEP, Instituto de Viviendas y Urbanismo de Jujuy y Ministerio de Infraestructura, Servicios Públicos, Tierra y Viviendas. También podrán registrarse las Cooperativas de Trabajo y de Viviendas de la Provincia que aun no ejecuten obras y/o sean beneficiarias de adjudicación.

 

ARTICULO 2º.-El plazo para dicha actualización se extenderá por días hábiles del 21 al 30 de diciembre de 2015, durante el cual las autoridades de las Cooperativas y de los demás beneficiarios de Programas Federales de Construcción vigentes, en forma personal y directa, deberán presentarse exclusivamente en la Secretaría de Vivienda y Ordenamiento Territorial, sita en Av. Alte. Brown Nº 792, de San Salvador de Jujuy en el horario de 08 a 13 hs.

 

ARTÍCULO 3º.-Se establece que una vez iniciado el trámite de actualización, y detectada la falta de documentación obligatoria y/o accesoria, las mismas deberán completarse en el plazo perentorio e improrrogable de 30 días corridos.

 

ARTÍCULO 4º.-A los efectos de los artículos 1º y 2º, deberá presentarse Copia Certificada del Estatuto Social actualizado, copia de Contrato o escritura de Constitución, copia DNI y CUIT de las autoridades, Copia certificada del ULTIMO BALANCE AUDITADO POR CONTADOR PUBLICO Y LEGALIZADO por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas, DDJJ de Impuestos; Constancias de Inscripción a AFIP y Rentas; Constancia  de Inscripción al INAES, apertura de cuenta bancaria, nómina de socios y/o adherentes y constancias de CUIT de cada uno; Detalle de obras y copia de los convenios suscriptos con municipios, en su caso.

 

ARTICULO 5º.-Previa toma razón de Fiscalía de Estado, vuelva al Ministerio de Infraestructura, Servicios Públicos, Tierra y Vivienda. Dese a Boletín Oficial para su publicación-en forma integral-a Dirección Provincial de Prensa y Difusión, Dirección Provincial de Presupuesto y Contaduría de la Provincia. Cumplido, vuelva al Ministerio de Infraestructura, Servicios Públicos, Tierra y Vivienda a sus efectos.-

 

C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES

GOBERNADOR