BOLETÍN OFICIAL Nº 114 – 04/10/19

RESOLUCIÓN Nº 095-DPDS/2015.-

EXPTE. Nº 0256-PB-408-B/2014.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 27 JUL. 2015.-

VISTO:

Las actuaciones del expediente Nº 0256-PB-408-B/2014, iniciado por: BIANCO ENRIQUE FABIAN, Caratulado: Presenta Plan de Cambio de Uso de Suelo en la Finca de su Propiedad denominada 2AGUAS CALIENTES” ubicada en el Distrito Coronel Arias Dpto. El Carmen.-       

La Ley Provincial Nº 5063 “General de Medio Ambiente” y sus Decretos Reglamentarios, Ley Nacional N° 26.331 P.M.P.A.B.N., Decreto Nº 2187-PMA-08 P.O.T.A.A.B., Ley Prov. N° 5676, Resolución Nº 1 y 81/2009-SGA.-

CONSIDERANDO:

Que, con fecha 03 de Diciembre de 2014, el Sr. BIANCO ENRIQUE FABIAN, a través de su representante técnico Ing. Ventura Sid Lujan, presento ante la Dirección Provincial de Desarrollo Sustentable ex Dirección Provincial de Políticas Ambientales y Recursos Naturales, el instrumento técnico que contiene la propuesta de un Plan de Cambio de Uso del Suelo de la finca “AGUA CALIENTE”, ubicada en Distrito Coronel Arias, Dpto. El Carmen, de la Provincia de Jujuy, que rola a fs.22/119 de autos.-

Que, a fs.123 de autos, Asesoria Legal de la Secretaria de Gestión Ambiental informa que se ha dado cumplimiento a la Resolución N° 1/2013-SGA, la cual establece los requisitos que debe cumplir toda persona física o jurídica que pretenden realizar trabajos forestales en bosques nativos; y la Resolución N° 081/2009-SGA, la cual establece las pautas para la Evaluación de Impacto Ambiental y para la aprobación de planes de manejo sostenible y cambio de uso de suelo de las Áreas Boscosas de Jujuy.-

Que, con fecha 18 de Febrero de 2015, se realizó la inspección a la finca “AGUA CALIENTE”, ubicado el Departamento El Carmen, labrándose Acta de Inspección de Bosques N° 0553/2015.-

Que, Asesoría Técnica a fs. 129/134 informa que el presente plan será destinado a trabajos de forestación y que el área propuesta se encuentra degrada por acción de los incendios y cercanía a la ruta que facilita la extracción de robo leña.- Además el relieve del predio es plano en casi su totalidad con un microrelieve de norte a sur con pendientes máximas de 3%.-

Que por Resolución Nº 071/2015-DPDS, se dispuso la inclusión del pedido del Plan Cambio Uso del Suelo formulado por el Sr. BIANCO ENRIQUE FABIAN, en el procedimiento de Evaluación de Impacto Ambiental previsto por los Decretos 5980/06 y 9067/07 reglamentarios de la Ley General del Ambiente 5063, ordenándose asimismo las publicaciones de ley (art. 3º Dec. 9067).-

Que, el responsable del proyecto a fs. 143/151 adjuntó en autos las publicaciones de Ley en el Boletín Oficial de la Provincia (art. 3º Dec. 9067) y las publicaciones en el diario, dando de esta forma cumplimiento a las disposiciones del Art. 14º de Resolución Nº 01/2013-SGA.-

Que, a fs.156/157 corre Dictamen Técnico Final expedido por el Área Jefatura de Bosques en donde informa que el titular del predio, previo a la aprobación de del presente plan deberá informar con que especies se pretende forestar y su justificación técnica en virtud de las condiciones edáficas del área de trabajo.-

Que con fecha 08 de Julio, el responsable Técnico del Sr. ENRIQUE FABIAN BIANCO informa que la superficie total a desmontar será forestada con Eucaliptus salinga y con Eucaliptus camaldulnesis ya que son las indicadas para suelos con grado de salinización.-

Que, dio cumplimiento con lo exigido por la Resolución Nº 01/2013-SGA, en su Art. 7° referido a pago de arancel en concepto de tasa retributiva de servicios Ambientales.-

Que, el predio en cuestión cuenta con Plan de Ordenamiento Predial aprobado mediante Resolución N° 154/2013-D.P.D.S.-

Que, atento a lo manifestado precedentemente se ha dado cumplimiento a las disposiciones legales de protección ambiental vigentes en el ámbito de la Provincia de Jujuy (Ley 26.331, Ley Provincial Nº 5063º y Decretos Reglamentarios Nº 5980/06, 9067/07 y Nº 2187/08, Resoluciones Nº 81 SGA-2009).

Por todo ello,

EL DIRECTOR PROVINCIAL DE DESARROLLO SUSTENTABLE

RESUELVE:

ARTICULO Nº 1: OTORGAR LA FACTIBILIDAD AMBIENTAL al pedido de autorización realizado por el Sr. BIANCO ENRIQUE FABIAN, para ejecutar trabajos de Plan de Cambio de Uso del Suelo, Art.18/22 Ley 26.331 y la Ley General de Medio Ambiente Nº 5063, de CIENTO SESENTA Y CUATRO HECTÁREAS (164 Ha.), en la finca denominada “AGUA CALIENTE”, ubicada en el Dsto. Pampa Blanca, Dpto. El Carmen, individualizado como Matricula B-1391, Mza. Fracción 70, Lote N° 444, con un total aproximadamente 460 Has.-

ARTICULO N° 2: La factibilidad ambiental del plan de cambio de uso del suelo tendrá una vigencia de cuatro (4) años contados a partir de su formal notificación, prorrogable por otro periodo igual a solicitud de parte, sin perjuicio de la obligación del titular de presentar anualmente un informe de ejecución conforme a lo establecido en el Anexo VII de la Resolución Nº 81-SGA/2009.- Dicha documentación reviste carácter de declaración jurada.-

ARTICULO Nº 3: El rendimiento promedio estimado por hectárea de productos forestales es de 100 me. de leña y 0.5 m3 de trocillos de lecheron, duraznillo, ceibo, sauce, molle y algarrobo.-

ARTICULO Nº 4: La autoridad de aplicación podrá revocar el plan de cambio de uso de suelo aprobado, ante la omisión en la presentación de los informes de ejecución y/o incumplimientos de las obligaciones asumidas en dicho plan de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 22 de Resolución 81/2009 SGA.-

ARTICULO Nº 5: La presente Resolución que contiene el “Dictamen de Factibilidad Ambiental” al P.C.U.S. agota la vía administrativa. La parte resolutiva de la misma deberá ser publicada en forma íntegra, a cargo del proponente, por una (1) vez en el Boletín Oficial de la Provincia (art. 28 Dec. 5980/06).-

ARTICULO Nº 6: Concluido con los trabajos, el titular deberá presentar en ésta Dirección el diseño final del desmonte, en el que se deberán incluir las cortinas y áreas de reserva.- Todo ello se acompañará con la información digital conforme las pautas establecidas en el Anexo II de la Resolución Nº 81/2009 de la Secretaría de Gestión Ambiental.-

ARTICULO Nº 7: Por Secretaría Regístrese, notifíquese de la presente al interesado; a Sección Guías, al Comité de Evaluación de Bosques, Asesoría Letrada.- Cumplido, pasen los presentes obrados al Área Bosques para su control y monitoreo.-

 

Tec. Qco. Matías Ezequiel Mori

Dir. Prov. De Desarrollo Sustentable

04 OCT. LIQ. N° 18913 $205,00.-