BOLETÍN OFICIAL Nº 111 ANEXO – 27/09/19

Gobierno Municipal de Palpalá

Decreto Nro. 1336/18

Ciudad de Palpalá, 21 de Noviembre de 2.018.-

EL INTENDENTE DEL GOBIERNO MUNICIPAL DE PALPALA

DECRETA

ARTICULO 1°.- En el contexto del Contrato de Obra de aprobación mediante el Decreto N° 1101/18 y en base a la Certificación de Servicio que obra en el Expte. N° 390-T-18, APRUEBASE la CERTIFICACION DE SERVICIOS que la Secretaria de Seguridad y Servicios Urbanos de esta Municipalidad, emitiera, a favor de la firma TRANSPORTE DEL SUR -CUIT 27-16284183-7, de BLANCA ZULEMA ABAN DNI N° 16.284.183, por la suma de pesos CUARENTA Y SEIS MIL CUATROCIENTOS CUARENTA con 00/100 ($ 46.440,00) como correspondencia a los servicios de Ciento Noventa y Tres con 30/100 (193:30) horas del mes de JUNIO 2.018 (Factura N° C-0001-00000209, 11 de Septiembre 2.018) por la contratación de un camión marca Mercedes Benz -Modelo L 1620 y dominio CKX-594 año 1998 -afectado a tareas relacionadas a obras y servicios públicos con reconocimiento de pesos DOSCIENTOS CUARENTA CON 00/100 ($ 240,00) por hora de trabajo vehicular.

ARTICULO 2°.- Como continuidad de las acciones que implican el cumplimiento de las pautas contractuales de referencia, APRUEBASE la CERTIFICACION DE SERVICIOS que la Secretaria de Seguridad y Servicios Urbanos de esta Municipalidad, emitiera por el mes de JUNIO 2.018 y del cual, como tiempo de afectación del servicio comprometido, resulta reconocida la cantidad de Ciento Noventa y Tres con 30/100 (193:30) horas – incluyendo en ello la provisión de Cuatrocientos (400,00) Litros Gas Oil – equivalente a la suma de pesos Diez Mil Ochenta y Cuatro con 00/100($ 10.084,00), todo de acuerdo a lo determinado en la Cláusula Octava del Contrato Convalidado.

ARTICULO 3°.- AUTORIZASE a Contaduría Municipal – Secretaria de Hacienda y Recursos Tributarios, a disponer de la emisión de un Libramiento de Pago por la suma de pesos CUARENTA Y SEIS MIL CUATROCIENTOS CUARENTA con 00/100 ($ 46.440,00), a favor de la firma TRANSPORTE DEL SUR -CUIT 27-16284183-7, de BLANCA ZULEMA ABAN DNI N° 16.284.183, en concepto de cancelación de la Factura N° C-0001-00000209, 11 de Septiembre 2.018 que por el mes de Junio 2.018 se extendiera en base a la Certificación de Servicios aprobada en lo anterior.

ARTICULO 4°.- La erogación que demande el cumplimiento de lo cumplido de lo dispuesto, se atenderá con cargo a las Partidas del Presupuesto Generales de Gastos y Cálculos de Recursos del ejercicio correspondiente.-

 

 

Dr. PABLO F. PALOMARES

Intendente Municipal

 

Gobierno Municipal de Palpalá

Decreto Nro. 1337/18

Ciudad de Palpalá, 21 de Noviembre de 2.018.-

EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD DE PALPALA

DECRETA

ARTÍCULO 1°.- APRUEBASE en todos sus términos el Proyecto “25 DE NOVIEMBRE DÍA INTERNACIONAL DE LA NO VIOLENCIA HACIA LAS MUJERES”, donde tiene como objetivo conmemorar el día internacional de la eliminación de la violencia hacia las mujeres del según lo obrado en el Expediente N° 2132-S-2018.

ARTÍCULO 2°.- AUTORIZASE a la Secretaría de Gobierno para la ejecución del Proyecto “25 DE NOVIEMBRE DÍA INTERNACIONAL DE LA NO VIOLENCIA HACIA LA MUJER “, y su crono- grama de actividades que se adjunta al presente instrumento.

ARTÍCULO 3°.- PREVEASE por la Secretaría de Hacienda y Recursos Tributarios el acompañamiento presupuestario necesario que, como inversión social se tenga por necesario para el cumplimiento de los propósitos y objetivos planteados en el Proyecto de aprobación en el artículo anterior.

 

Dr. PABLO F. PALOMARES

Intendente Municipal

 

Gobierno Municipal de Palpalá

Decreto Nro. 1338/18

Ciudad de Palpalá, 21 de Noviembre de 2.018.-

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE PALPALA

DECRETA

ARTICULO 1°.- ANULESE la operatividad del Libramiento de Pago Nro. 01294/2016 que, en fecha 10 de Agosto de ese año, fuera emitido a favor de TESORERIA MUNICIPAL – LIQUIDACIONES FINALES por la suma de Pesos Veintitrés Mil Seiscientos Treinta y Ocho con 40/100 ($ 23.638,40) en concepto de pago por Liquidación Final al Sr. ANSONNAUD Claudio Marcelo -DNI 16.421.730-.

ARTICULO 2°.- La inoperatividad impuesta en lo anterior, se efectúa como ajuste al procedimiento efectuado y como pasos necesarios a una nueva tramitación que promueva conceptos tenidos en cuenta por la generalidad del manejo de los Expedientes Nros. 532-A-16, 635-A-16,424-D-16 y 376-A-18.

ARTICULO 3°.- RECONOCESE la cantidad de Pesos Dieciocho Mil Novecientos Diez con 70/100 ($ 18.910,70) como sumatoria de conceptos a incluir en el procedimiento de Liquidación Final reclamado por el Sr. ANSONNAUD Claudio Marcelo -DNI 16.421.730- en el que se incluyen los siguientes ítems: a- LIC. ANUAL ORD/2015 (Cod. 329): $ 15.264,62, b- AD.NO R.D4371/09 (COD 344): $ 2109,46, c-SUP.VAR.D4371/09 (COD 347): $ 581,00 Y d- SNRNB D4718/14 (COD 348): $ 955,62.

ARTICULO 4°.- APRUEBASE la Planilla de Baja que se confecciona paralelamente al Procedimiento de Liquidación Final de referencia anterior y, donde se deja constancia de la Deuda Tributaria de Pesos Siete Mil Ciento Veinticuatro con 03/100 ($ 7.124,03) mantenida por él Sr. ANSONNAUD Claudio Marcelo -DNI 16.421.730- con la comuna de acuerdo a los siguientes ítems: a- Impuesto Automotor Vehículo Dominio OJC318: $ 1.968,29, b- Impuesto Automotor Vehículo Dominio LBA999: $ 2.892,14, c- Impuesto Automotor Vehículo Dominio NPM720: $ 526,33 y d- Impuesto Actividad Comercial Salón de Fiestas Catamarca 198 : $ 1.737,27

ARTICULO 5°.- AUTORIZASE a Contaduría Municipal -Secretaría de Hacienda y Recursos Tributarios- a disponer del Libramiento de Pago y /o procedimientos consecuentes o anexos que permitan la efectivización de las disposiciones contenidas en los Artículos 3ro. y 4to. de la presente disposición.

ARTICULO 6°.- AFECTESE toda erogación que resulte del cumplimiento de lo establecido en el Artículo 1ro. del presente Decreto, a la Partida correspondiente del Presupuesto General de Gastos y Cálculos de Recursos en vigencia.

 

Dr. PABLO F. PALOMARES

Intendente Municipal

 

Gobierno Municipal de Palpalá

Decreto Nro. 1339/18

Ciudad de Palpalá, 21 de Noviembre de 2.018.-

EL INTENDENTE DEL GOBIERNO MUNICIPAL DE PALPALA

DECRETA

ARTÍCULO 1°.- APRUEBASE en todos sus términos el Proyecto “1° Torneo Interprovincial de Newcom”; donde tiene como finalidad fomentar un ámbito de competencia deportiva de un nivel más elevado de la disciplina en nuestra ciudad. Consolidar actitudes de respeto y solidaridad y difundir esta disciplina como herramienta de recreación y esparcimiento de los adultos mayores. Dicho evento se realizará entre los días 14 y 16 de Diciembre 2018 en las instalaciones del Estadio Deportivo y Cultural Municipal, según lo obrado en el Expediente N° 2153-S-18.

ARTÍCULO 2°.- PREVEASE por la Secretaria de Hacienda y Recursos Tributarios el acompañamiento presupuestario necesario que, como inversión social, se tenga por necesario para el cumplimiento del propósitos y objetivos planteados en el Proyecto de aprobación en el artículo anterior 1°.

 

Dr. PABLO F. PALOMARES

Intendente Municipal

 

Gobierno Municipal de Palpalá

Decreto Nro. 1340/18

Ciudad de Palpalá, 21 de Noviembre de 2.018.-

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE PALPALA

DECRETA

ARTICULO 1°.- OTORGUESE a la Jefa del Dpto. de Ceremonial y Protocolo – Dirección General de Intendencia-, Sra. Dada Sofía Ivone -Legajo N° 1830-, los Siete días (7) de Licencia Anual Ordinaria Parcial 2018, que para el apartamiento temporal de sus funciones solicita usufructuar a partir del 20 al 26 de Noviembre, con presentación el Martes 27 de Noviembre 2018, en un todo acuerdo a antecedentes que acompañan a la Nota N° 2205-D.P./2018 de Dirección de Personal Municipal.

ARTICULO 2°.- ENCOMIENDASE a la Dra. Paulina Juárez – Directora General de Intendencia de esta Municipalidad de Palpalá- como responsable a ejercer la fiscalización y control de actividades que pudieran ser competentes al Dpto. de Ceremonial y Protocolo -Dirección General de Intendencia Municipal, durante el goce de Licencia otorgada a su titular según el artículo precedente.

ARTICULO 3°.- Mientras dure la vigencia del presente Decreto y para ejercicio asignado en lo precedente, el nombrado actuara sin prejuicio del cumplimiento de las tareas que le compete como Personal Municipal afectado a la jurisdicción citada, no significando ello una modificación en los haberes que por esa función percibe dentro de esta Municipalidad de Palpalá.

 

Dr. PABLO F. PALOMARES

Intendente Municipal

 

Gobierno Municipal de Palpa

Decreto Nro. 1341/18

21 de Noviembre de 2.018.-

EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD DE PALPALA

DECRETA

ARTICULO 1°.- MODIFICASE el Artículo 2° del Decreto N° 346/18 dictado por el Ejecutivo Municipal, motivo por lo que la referencia errónea transcripta en la medición del avance de obra realizada: “…en función de avance de Obra del Ochenta y Dos con 66/100 por ciento (82%)…” debe corregirse a “…en función de avance de Obra de Un Mil Cuatrocientos Ochenta y Ocho con 00/100 (1.488,00) m2…”.

ARTICULO 2°.- Salvo la transcripción errónea salvada en lo precedente, RATIFICASE el contenido del Decreto N° 346/18.

 

Dr. PABLO F. PALOMARES

Intendente Municipal

 

Gobierno Municipal de Palpalá

Decreto Nro. 1342/18

Ciudad de Palpalá, 21 de Noviembre de 2.018.-

EL INTENDENTE DEL GOBIERNO MUNICIPAL DE PALPALA

DECRETA

ARTICULO 1°.- CONVALIDASE el CONTRATO DE LOCACION DE OBRA que forma parte del Expediente N° 719-D-18 y que, fuera suscripto el 28 de Septiembre del 2018 con vigencia del 01 al 31 de Octubre del 2018, entre la Sra. Pistone Álvarez Julieta Maricel -DNI N° 37.559.125- y la MUNICIPALIDAD DE PALPALÁ, para realizar tareas relacionadas a la gimnasia rítmica, bajo la supervisión de Dirección de Deporte – Secretaría de Gobierno de esta Municipalidad de Palpalá, todo en conformidad a las disposiciones de la Nota N° 2208/18 de la Dirección de Personal Municipal.

ARTICULO 2°.- APRUEBASE la Certificación de Servicios correspondiente al mes de Octubre 2018, y que forma parte de la presente documentación y que, se extendiera por autoridad competente a los propósitos de dar cumplimiento a lo dispuesto en la Cláusula Tercera del Acto contractual convalidado por aplicación del Artículo precedente.

ARTICULO 3°.- AUTORIZASE a Secretaría de Hacienda y Recursos Tributarios – Contaduría Municipal- a efectuar la emisión del correspondiente Libramiento de Pago por la suma de Pesos Cuatro Mil Quinientos con 00/100 ($ 4.500,00) a favor de la Sra. Pistone Álvarez Julieta Maricel -CUIT N° 27375591257, en concepto de Cancelación de la Factura N° C-0001-00000014 extendida el 04 de Noviembre del 2018, por el cumplimiento de las disposiciones contractuales contenidas en la convalidación efectuada en el Artículo 1°) y en un todo de acuerdo a las actuaciones obrantes en el Expediente N° 719-D-18.

ARTICULO 4°.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto, se atenderá con afectación a la Partida pertinente del Presupuesto General de Gastos y Cálculos de Recursos en vigencia.

 

Dr. PABLO F. PALOMARES

Intendente Municipal

 

Gobierno Municipal de Palpalá

Decreto Nro. 1343/18

Ciudad de Palpalá, 26 de Noviembre de 2.018.-

INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE PALPALA

DECRETA

ARTÍCULO 1°.- Inscribir, en el Registro Municipal de Firmas, al Arquitecto FLAVIO CARLOS LIONEL PORTILLO, D.N.I 29.942.859, Matrícula del Colegio de Arquitectos de Jujuy Y-713, con domicilio en Avenida 10 de Junio N° 821, Barrio Islas Malvinas, Ciudad de San Salvador de Jujuy, como Proyectista, Director Técnico y Conductor Técnico de Primera Categoría, bajo el número de Registro Municipal QUINIENTOS DIEZ (510).

ARTÍCULO 2°.- Dar a conocer a la parte interesada las disposiciones de la Ordenanza 744/02, Código de Edificación de la Ciudad de Palpalá, en general lo fijado en el aspecto edilicio y en particular lo inherente al desempeño de sus funciones.

 

Dr. PABLO F. PALOMARES

Intendente Municipal

 

Gobierno Municipal de Palpalá

Decreto Nro. 1344/18

Ciudad de Palpalá, 26 de Noviembre de 2.018.-

EL INTENDENTE DEL GOBIERNO MUNICIPAL DE PALPALA

DECRETA

ARTÍCULO 1°.- OTORGASE a partir del 15 de Noviembre de 2018, el Cese de Servicio Activo Municipal al Agente Legajo N° 473, HUISA MAMANI LORENZO -D.N.I. N° 19.013.034-, en virtud del otorgamiento de los beneficios jubilatorios previstos por la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) como N° 14-0-91737580-7 correspondiente al Expediente N° 024-20-19013034-8-004-000001, según comunicación remitida a esta Municipalidad y obrante en el Expediente N° 720-D-18.

ARTÍCULO 2°.- AUTORIZASE a Secretaría de Hacienda y Recursos Tributarios- Contaduría Municipal-, previa intervención de los sectores relacionados al trámite expuesto, proceder a la liquidación final que le pudiera corresponder al Agente Municipal Legajo N° 473, HUISA MAMANI LORENZO -D.N.I. N° 19.0l3.034-, hasta la fecha indicada en el Artículo precedente.

ARTÍCULO 3°.- Mediante copia de la presente disposición, agradézcase al Sr. HUISA MAMANI LORENZO – D.N.I. N° 19.013.034, la diligente tarea cumplida en esta Municipalidad durante su extensa trayectoria laboral.

 

Dr. PABLO F. PALOMARES

Intendente Municipal

 

Gobierno Municipal de Palpalá

Decreto Nro. 1345/18

Ciudad de Palpalá, 26 de Noviembre de 2.018.-

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE PALPALA

DECRETA

ARTICULO 1°.- APRUEBASE el Proyecto que, incluido en el Expediente Nro. 1863-S-2018 y presentado por la Secretaría de Seguridad y Servicios Urbanos en Octubre de 2018, refiere al “Reacondicionamiento de Balneario Municipal del Barrio 23 de Agosto” para lo que se realiza la presentación de la correspondiente Carpeta Técnica de Obras que incluye trabajos presupuestados oficialmente en la suma de Pesos Setecientos Noventa y Nueve mil Trescientos Setenta y Seis con 28/100 ($ 799.376,28) y que, por el tiempo y avance de lo planificado, ameritara una compulsa de Precios realizada en el marco de los parámetros de la ejecución de Obra Pública.

ARTÍCULO 2°.- CONVALIDANSE las actuaciones que, en el marco de aceptación del Proyecto aprobado en lo anterior, demandara la realización de una Compulsa de Precios entre Empresas Especializadas determinándose como mejor propuesta, y excedida un 14,41% de lo calculado oficialmente, la presentada por “Industrias Clark S.R.L.” de la Pcia. de Salta, por sobre la oferta efectuada por Los Lapachos Constructora, FibraNort y Rixom S,R.L. según se demuestra en las actuaciones obrantes en el Expediente de cita precedente.

ARTÍCULO 3°.- APRUEBASE el Contrato de Obra Pública que, entre la Municipalidad de Palpalá y la Empresa “Industrias Clark S.R.L.” -CUIT 30-71060931-0- fuera suscripto el 16 de Noviembre de 2018 para ejecución de los Trabajos de “Reacondicionamiento de Balneario Municipal del Barrio 23 de Agosto” que refiere el Artículo 1ro. y para lo que se prevé el pago de la suma de pesos Novecientos catorce Mil Seiscientos con 00/100 ($ 914.600,00) como costo total de la obra a cumplirse dentro de los 20 días hábiles posteriores al Inicio de Obras certificado, todo de acuerdo a parámetros que se establecen como montos para la ejecución de obra pública como contratación directa -según Decreto Acuerdo Nro. 878-HF-16 dictado por el Poder Ejecutivo de la Provincia de Jujuy al cual se adhiere mediante Decreto Nro. 155/16-.

ARTÍCULO 4°.- DISPONGASE desde la Secretaria de Hacienda y Recursos Tributarios, la reserva del Crédito Presupuestario asignado a la Obra objeto del Contrato aprobado en lo precedente, produciendo la liberación de los mismos en la medida se cumpla el trabajo conforme lo establecido en la Carpeta Técnica y ley de Obras Publicas de la Pcia. de Jujuy, respetando siempre los parámetros contractuales instituidos a tal efecto.

 

Dr. PABLO F. PALOMARES

Intendente Municipal

 

Gobierno Municipal de Palpalá

Decreto Nro. 1346/18

Ciudad de Palpalá, 26 de Noviembre de 2.018.-

EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD DE PALPALA

DECRETA

ARTÍCULO 1°.- DECLARASE de INTERES MUNICIPAL en el ámbito de la Municipalidad de Palpalá, la realización del Encuentro de Danzas “RENACER DE TRADICIONES” organizado por la Escuela de Danzas Folclóricas Sentimiento Criollo de esta Ciudad, la cual asisten academias de toda la Provincia y de diferentes Provincias de nuestro País, en conmemoración al día de la Tradición.

 

Dr. PABLO F. PALOMARES

Intendente Municipal

 

Gobierno Municipal de Palpalá

Decreto Nro. 1347/18

Ciudad de Palpalá, 26 de Noviembre de 2.018.-

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE PALPALA

DECRETA

ARTÍCULO 1°.- CONVALIDASE las actuaciones obrantes del Expediente N° 1965-S-16, en lo que se refiere a Pago de Orden de Provisión N° 01067/16 por la suma de Pesos UN MIL NOVENTA con 00/100 ($ 1.090,00) a favor de la Firma Panadería “El Ángel” de Alicia Mónica Pérez -Las Heras N° 94 – Barrio Belgrano – CUIT 27-14550855-5 , por las consideraciones expuestas en el exordio.

ARTÍCULO 2°.- AUTORIZASE a Secretaría de Hacienda y Recursos Tributarios -Contaduría Municipal- a efectuar la emisión del correspondiente Libramiento de Pago por la suma total de Pesos UN MIL NOVENTA con 00/100 ($ 1.090,00) a favor de la Firma Panadería “El Ángel” de Alicia Mónica Pérez CUIT 27-14550855-5, con domicilio Las Heras N° 94 -Barrio Belgra- no-Palpalá-, en concepto de cancelación de la Factura B- 000100000040 ($1.090,00) de fecha 17 de Diciembre del 2016, todo de acuerdo a las actuaciones que se registran en el Expediente N° 1965-S-16.

ARTÍCULO 3°.- La erogación que resulte del cumplimiento de lo establecido en todo lo precedente, se afectará en su totalidad a la Partida de Servicios no Personales con Rentas Generales – Cortesía y Homenaje – correspondiente al Presupuesto General de Gastos y Cálculos de Recursos en vigencia.

 

Dr. PABLO F. PALOMARES

Intendente Municipal

 

Gobierno Municipal de Palpalá

Decreto Nro. 1348/18

 Ciudad de Palpalá, 26 de Noviembre de 2.018.-

EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD DE PALPALA

DECRETA

ARTÍCULO 1°.- APRUEBASE en todos sus términos el Proyecto “ENCUENTRO DE INTEGRACION E INCLUSION CULTURAL”; el que se llevara a cabo el día 17 de Diciembre de 2.018, en el Departamento de Tilcara – donde se realizaran distintas actividades físicas, según lo obrado en el Expediente N° 722 -D-18.

ARTÍCULO 2°.- TENGASE a la Dirección de Desarrollo Humano y Social como organismo de aplicación, para la realización de las distintas actividades.

ARTÍCULO 3°.- PREVEASE por la Secretaria de Hacienda y Recursos Tributarios el acompañamiento presupuestario necesario que, como inversión social, se tenga por necesario para el cumplimiento del propósitos y objetivos planteados en el Proyecto de aprobación en el artículo anterior 1°.

 

Dr. PABLO F. PALOMARES

Intendente Municipal

 

Gobierno Municipal de Palpalá

Decreto Nro. 1349/18 

Ciudad de Palpalá, 26 de Noviembre de 2.018.-

EL INTENDENTE DEL GOBIERNO MUNICIPAL DE PALPALA

DECRETA

ARTICULO 1°.- ANULASE la operatividad del Libramiento de Pago N° 03127/2010 de fecha 24 de Septiembre del 2010 y que emitiera Contaduría Municipal – Secretaría de Hacienda y Recursos Tributarios- para cancelación de los servicios prestados por la firma ALEDAMA CUIT N° 27-21665935-5- de Alejandra Isabel Lazarte, en relación a la deuda cancelada a través del Libramiento Pago N° 01897/2011.

ARTICULO 2°.- Al margen de lo dictado previamente, para el asunto en cuestión, TENGASE por válido todo procedimiento indicado en el Decreto N° 463/11, dictado en su oportunidad.

 

Dr. PABLO F. PALOMARES

Intendente Municipal

 

Gobierno Municipal de Palpalá

Decreto Nro. 1350/18

Ciudad de Palpalá, 26 de Noviembre de 2.018.-

EL INTENDENTE DEL GOBIERNO MUNICIPAL DE PALPALA

DECRETA

ARTÍCULO 1°.- CONVALIDASE el Contrato de Locación de Obra que obra en el Expediente N° 1684-S-18 y que fuera celebrado el 19 de Junio del 2018, con vigencia a partir del 21 de Junio al 23 de Julio 2018, entre la MUNICIPALIDAD DE PALPALA y la firma TERRADEZ OSCAR ARTURO – CUIT N° 20-129302020 para el alquiler de una Máquina Retro Excavadora Marca CASE, Modelo CX210, Motor 740376-, con chofer, cumpliera trabajos de grillar y carga de áridos, movimiento de tierra y otras tareas que requiera la Municipalidad, pactándose para ello el reconocimiento de Pesos Un Mil Doscientos Cincuenta con 00/100 ($ 1.250,00.-) por hora trabajo de máquina y chofer.

ARTÍCULO 2°.- La afectación de combustible por los meses de Junio y Julio del 2018 según informe del Dpto. de Compras y Suministros de esta Municipalidad de Palpalá (Fs. 33) se encuentran incluidos en el Expediente N° 1682-S-18, no registrándose otro gasto por su utilización.

ARTICULO 3°.- APRUEBASE la Certificación de Servicios que la Secretaría de Seguridad y Servicios Urbanos emite a razón del cumplimiento por los meses de a)- Junio 2018 (Fs. 5) Cincuenta y Seis Horas (56:00 Hs.) de afectación vehicular y asciende a un monto de Pesos Setenta Mil con 00/100 ($ 70.000,00) y b)-Julio 2018 (Fs. 10) Ciento Cuatro Horas (104:00 Hs.) de afectación vehicular y suman un total de Pesos Ciento Treinta con 00/100 ($ 130.000,00), a favor de la firma TERRA- DEZ OSCAR ARTURO – CUIT N° 20-12930202-0-.

ARTICULO 4°.- AUTORIZASE a Contaduría Municipal -Secretaría de Hacienda y Recursos Tributarios- a disponer de la emisión de un Libramiento de Pago por la suma de Pesos Doscientos Mil con 00/100 ($ 200.000,00) a favor de la firma TERRADEZ OSCAR ARTURO – CUIT N° 20-12930202-0-, en concepto de Cancelación de la Factura N° B-0002-00000019, de fecha 10 de Agosto del 2018, extendida de acuerdo a la Certificación de Servicios aprobados en el Artículo anterior.

ARTICULO 5°.- AFECTESE la erogación que resulte del cumplimiento de lo establecido en todo lo precedente, a las Partida correspondiente del Presupuesto General de Gastos y Cálculos de Recursos del ejercicio vigente.

 

Dr. PABLO F. PALOMARES

Intendente Municipal

 

Gobierno Municipal de Palpalá

Decreto Nro. 1351/18

Ciudad de Palpalá, 26 de Noviembre de 2.018.-

INTENDENTE MUNICIPAL DE PALPALA

DECRETA

ARTICULO 1°.- Inscríbase en el Registro de Comercio e Industria de la Municipalidad de Palpalá, al Sr. CALVI CESAR IGNACIO, N° 29.419.067, con un Comercio en el rubro: “VENTA DE PRODUCTOS INFORMATICOS”, ubicado en Avda. Catalano N°199 esq. calle Incas N° 01 (Lote “15” – Manzana “146”) del barrio San Martin de esta Ciudad, con la ocupación de una Sup. de 23,50 m2. Haciéndole saber que en caso de traslado, cambio de rubro, anexo o cierre y cualquier otra circunstancia del citado comercio, deberá comunicarlo de inmediato a la Municipalidad de Palpalá.

ARTICULO 2°.- El Solicitante deberá ajustarse en un todo al cumplimiento de las disposiciones comunales que regulen las actividades que explotará y que manifiesta conocer íntegramente. Cumpliendo con las Obligaciones Tributarias instituidas al efecto, según lo establecido en Ordenanza Impositiva N° 1244/17, y/o sus modificatorias.

ARTICULO 3°.- Téngase presente el pago de la suma de PESOS CIENTO SETENTA Y TRES CON 00/100 ($ 173,00), en concepto de Tasa por Habilitación de Locales de Comercio e Industria, efectuado el 09 de Noviembre de año 2018, según Recibo N° 15037 (folio 33).

 

Dr. PABLO F. PALOMARES

Intendente Municipal

 

Gobierno Municipal de Palpalá

Decreto Nro. 1352/18

Ciudad de Palpalá, 26 de Noviembre de 2.018.-

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE PALPALA

DECRETA

ARTICULO 1°.- AUTORIZASE la Afectación de Servicios a la Asociación de Trabajadores del Estado (A.T.E), a partir del 07 de Noviembre del 2018 del Agente Municipal DAVALOS ADRIAN ORLANDO – LEGAJO N° 5757.

ARTICULO 2°.- Lo dispuesto en el artículo precedente se dispone en el marco de colaboración establecido, en tanto que la Afectación manifestada se mantendrá en vigencia, mientras dure el presente dispositivo.

ARTICULO 3°.- A efectos de control y registro, el organismo receptor de la afectación deberá enviar a Dirección de personal de esta Municipalidad, al día 11 o el día hábil subsiguiente de cada mes, la planilla de registro de asistencia correspondiente.

 

Dr. PABLO F. PALOMARES

Intendente Municipal

 

Gobierno Municipal de Palpalá

Decreto Nro. 1353/18

Ciudad de Palpalá, 27 de Noviembre de 2.018.-

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE PALPALA

DECRETA

ARTICULO 1°.- AUTORIZASE a Contaduría Municipal – Secretaría de Hacienda y Recursos Tributarios- disponer, a favor del Departamento Medicina Laboral (Dirección de Personal) -Secretaría de Hacienda y Recursos Tributarios-, la conformación y manejo de una CAJA CHICA de PESOS TRES MIL con 00/100 ($ 3.000,00) que, en gastos consecuentes y directamente relacionados a la función específica del sector y con cargo a rendir Cuentas según Reglamentación Anexa, será administrada por la Dra. VELIZ Daniela Silvana -DNI 30.666.287-, titular de la jurisdicción operativa mencionada, todo ello de acuerdo a antecedentes que obran en el Expediente Nro. 712-D-2018.

ARTICULO 2°.- La renovación de los fondos asignados, se producirá previa gestión de forma, siempre y cuando se haya aplicado como mínimo un Sesenta por Ciento (60 %) del monto total dispuesto a la responsabilidad de cita en el Artículo inicial.

ARTICULO 3°.- AFECTESE toda erogación que resulte del cumplimiento de lo establecido en el Artículo 1ro. del presente Decreto, a la Partida correspondiente del Presupuesto General de Gastos y Cálculos de Recursos en vigencia.

 

Dr. PABLO F. PALOMARES

Intendente Municipal

 

Gobierno Municipal de Palpalá

Decreto Nro. 1354/18 

Ciudad de Palpalá, 27 de Noviembre de 2.018.-

EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD DE PALPALA

DECRETA

ARTICULO 1°.- CONVALIDASE el CONTRATO DE LOCACION DE OBRA que forma parte del Expediente Nro. 731-D-18 y que, fuera suscripto el 28 de Septiembre del año 2018 con vigencia del 01 al 31 de Octubre de 2018, entre la Sra. GARCIA DEBORA KA- RINA -DNI Nro. 24.399.118- y la MUNICIPALIDAD DE PALPALA para desempeñar las tareas relacionadas a la gimnasia rítmica, bajo la supervisión de la Dirección de Deportes – Secretaria de Gobierno, durante el mes de OCTUBRE de 2.018, además deberá cumplir con lo establecido según Régimen AFIP – DGI Resolución General 3419 y Concordantes.

ARTICULO 2°.- APRUEBASE la Certificación de Servicios correspondiente al mes de OCTUBRE que forma parte de la presente documentación y que, se extendiera por autoridad competente a los propósitos de dar cumplimiento a lo dispuesto en la Cláusula Tercera del Acto contractual convalidado por aplicación del Artículo precedente.

ARTICULO 3°.- AUTORIZASE a Contaduría Municipal -Secretaría de Hacienda y Recursos Tributarios- a disponer de la emisión del Libramiento de Pago de Pesos Cuatro Mil Quinientos con 00/100 ($ 4.500,00.-) a favor de la Sra. GARCIA DEBORA KARINA -DNI Nro. 24.399.118-, en concepto de cancelación de Factura C-0001-00000053 de fecha 10 de noviembre de 2018 extendida por el cumplimiento de prestación de servicios en un todo de acuerdo al Contrato suscripto entre partes, de convalidación en el artículo anterior.

ARTICULO 4°.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto, se atenderá con afectación a la Partida del Presupuesto General de Gastos de Cálculos y Recursos vigentes.

 

Dr. PABLO F. PALOMARES

Intendente Municipal

 

Gobierno Municipal de Palpalá

Decreto Nro. 1355/18

Ciudad de Palpalá, 27 de Noviembre de 2.018.-

EL INTENDENTE DEL GOBIERNO MUNICIPAL DE PALPALA

DECRETA

ARTICULO 1°.- CONVALIDASE el CONTRATO DE LOCACION DE OBRA que forma parte del Expediente N° 732-D-18 y que, fuera suscripto el 31 de Julio de 2.018 con vigencia del 01 al 31 de Agosto del 2.018, entre la Prof. Mealla Sandra Liliana -DNI N° 33.690.400- y la MUNICIPALIDAD DE PALPALÁ, para realizar tareas relacionadas a la Gimnasia Rítmica, bajo la Supervisión de la Dirección de Deportes – Secretaria de Gobierno de esta Municipalidad de Palpalá, todo en conformidad a las disposiciones de la Nota N° 2265/18 de la Dirección de Personal Municipal.

ARTICULO 2°.- APRUEBASE la Certificación de Servicios correspondiente al mes de Agosto 2018, y que forma parte de la presente documentación que, se extendiera por autoridad competente a los propósitos de dar cumplimiento a lo dispuesto en la Cláusula Tercera del Acto contractual convalidado por aplicación del Artículo precedente.

ARTICULO 3°.- AUTORIZASE a Secretaría de Hacienda y Recursos Tributarios – Contaduría Municipal- a efectuar la emisión del correspondiente Libramiento de Pago por la suma de Pesos Cuatro Mil Quinientos con 00/100 ($ 4.500,00) a favor de la Profesora Mealla Sandra Liliana -CUIT N2 27-33690400-0, en concepto de Cancelación de la Factura N° C-0001-00000052 extendida el 07 de Septiembre de 2.018, por el cumplimiento de las disposiciones contractuales contenidas en la convalidación efectuada en el Artículo 1°) y en un todo de acuerdo a las actuaciones obrantes en el Expediente N° 732-D-18.

ARTICULO 4°.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto, se atenderá con afectación a la Partida pertinente del Presupuesto General de Gastos y Cálculos de Recursos en vigencia.

 

Dr. PABLO F. PALOMARES

Intendente Municipal

 

Gobierno Municipal de Palpalá

Decreto Nro. 1356/18

Ciudad de Palpalá, 27 de Noviembre de 2.018.-

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE PALPALA

DECRETA

ARTICULO 1°.- DERÓGASE a partir del presente instrumento, el Decreto Nro. 686/17 que disponía el nombramiento de la Medica Veterinaria Sra. AISAMA CARMEN NOEMI -Legajo Nro. 1648, como Encargada de Zoonosis – Dpto. Bromatología dependiendo de la Secretaria de Control y Prevención de la Seguridad Ciudadana.

ARTICULO 2°.- Consecuentemente a lo estipulado en el Art. 1° del presente Decreto, REINSERTESE al Agente Municipal AISAMA Carmen en el cuadro del Escalafón General correspondiente a Personal Municipal.

ARTICULO 3°.- La erogación que demande el cumplimiento de la disposición precedente, se atenderá con cargo a la Partida Gastos en Personal del Presupuesto General de Gastos y Cálculos de Recursos en vigencia.

 

Dr. PABLO F. PALOMARES

Intendente Municipal

 

Gobierno Municipal de Palpalá

Decreto Nro. 1357/18

Ciudad de Palpalá, 28 de Noviembre de 2.018.-

EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD DE PALPALA

DECRETA

ARTICULO 1°.- CONVALIDASE la emisión de Libramiento de Pago N° 02555/17 que obra en el Expte. Nro. 981-M-17 que, por la suma de Pesos CINCO MIL SETECIENTOS con 00/100 ($ 5.700,00) se efectuara para cubrir compromisos asumidos por la Sra. MANSILLA JULIETA -Jefa del Departamento Patrimoniales de la Secretaria de Hacienda y Recursos Tributarios, en relación a los fines de cubrir las erogaciones realizadas en el periodo 2.017.

ARTÍCULO 2°.- APRUEBASE la Rendición de Gasto que obra en el Expediente N° 861-M-18, que corresponde a la aplicación de los fondos del Libramiento de Pago convalidado en el Articulo precedente, según lo siguiente:

Fs. – Fecha – Factura – Razón Social – Importe]; [02 – 27/10/17-C-0001-00000349 – Reparaciones Mecánica en Gral. – $ 5.700,00]; [ – Total de suma pesos -$ 5.700,00]

ARTÍCULO 3°.- AUTORIZASE a Contaduría Municipal -Secretaría de Hacienda y Recursos Tributarios- a disponer la emisión de un Libramiento de Pago por la suma de Pesos Cinco Mil Setecientos con 00/100 ($ 5.700,00), a favor de la Sra. MANSILLA JULIETA – Jefa del Departamento Patrimoniales Jurisdicción de la Secretaria de Hacienda y Recursos Tributarios, en concepto de Rendición de Cuenta, según lo aprobado en el artículo anterior.

ARTÍCULO 4°.- La erogación que demande el cumplimiento de lo establecido en el Artículo anterior, se afectará en su totalidad a la Partida: BIENES DE CONSUMO CON RENTAS GENERALES $ 3.700,00 (P/Pago de Oblig. Cont. en Ejerc. Ant. No Compromet. Presupuestariamente) – SERVICIOS NO PERSONALES CON RENTAS GENERALES (P/Pago de Oblig. Cont. en Ejerc. Ant. No Compromet. Presupuestariamente) $ 2.000,00 – la suma total $ 5.700,00 -.

 

Dr. PABLO F. PALOMARES

Intendente Municipal

 

Gobierno Municipal de Palpalá

Decreto Nro. 1358/18

Ciudad de Palpalá, 28 de Noviembre de 2.018.-

EL INTENDENTE DEL GOBIERNO MUNICIPAL DE PALPALA

DECRETA

ARTICULO 1°.- CONVALIDESE el desempeño del Agente Municipal Leg N°1819 ANIBAL MANSILLA D.N.I 26.130.806, a partir del 27 DE Marzo del Año 2018 que asumiera como JEFE DE CALIDAD INSTITUCIONAL dependiente de la Dirección de Intendencia Municipal.-

ARTICULO 2°.- CONVALIDESE la remuneración retributiva que percibiera desde 27 de Marzo 2018 al 27 de Noviembre 2018 por la responsabilidad refrendada en lo precedente, que se liquidaron conforme a la normativa vigente.

ARTICULO 3°.- DESIGNASE, a partir del 28 de Noviembre 2018 al Agente Municipal Leg N°1819 ANIBAL MANSILLA D.N.I. 26.130.806, como JEFE DE CALIDAD INSTITUCIONAL que depende de la Dirección de Intendencia Municipal.-

ARTICULO 4°.- A partir de la designación precedente y mientras dure la vigencia del presente decreto, el Agente Municipal percibirá el sueldo básico la remuneración mensual que se liquidara conforme a la normativa vigente. La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto se atenderá con cargo a la Partida del Presupuesto General de Gastos y Cálculos de Recursos en vigencia.-

 

Dr. PABLO F. PALOMARES

Intendente Municipal

 

Gobierno Municipal de Palpalá

Decreto Nro. 1359/18

Ciudad de Palpalá, 29 de Noviembre de 2.018.-

EL INTENDENTE A/C DE LA MUNICIPALIDAD DE PALPALA

DECRETA

ARTICULO 1°.- APRUEBESE lo actuado por Procuraduría General de esta Municipalidad de Palpalá en relación a la firma de un Convenio ajustado al Expte Judicial Nro. C-114768/2018, “CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE PLENA JURIDICCION: MENDOZA MARIA INES C/MUNICIPALIDAD DE PALPALA, donde, se establecen las siguientes clausulas:

  • PRIMERA: Con este Convenio de común acuerdo, las partes resuelven dar por finalizada la presente acción principal, como así también la causa caratulada C-112863/18: Cautelar Innovativa: Mendoza María Inés c/ Municipalidad de Palpalá y cualquier otra que se hallare pendiente, incluso de las que mi parte aun no hubiera sido notificada.
  • SEGUNDA: La demandada, en primer lugar, reincorporara a la actora en forma inmediata, a la planta de agentes municipales. Quien deberá apersonarse a la Dirección de Personal a los fines de determinar su reincorporación.
  • TERCERA: La parte actora renuncia a todo crédito que haya surgido a su favor como consecuencia de la imposición de sanciones conminatorias impuestas por el tribunal.
  • CUARTA: Las partes acuerdan como monto en concepto de sueldo caídos, la suma de pesos ciento cuarenta y cinco mil doscientos noventa y dos con cincuenta centavos ($ 145.292,50). Las partes acuerdan, que al momento del ingreso, la Sra. Mendoza, ingresa, con el derecho al mismo sueldo y categoría. Como compensación, y hasta cubrir el monto expresado en el primer párrafo de la presente cláusula, se le otorgará la categoría de Jefe de Departamento, hasta cubrir la diferencia del monto reconocido en idéntico párrafo, quedando en cabeza de la Dirección de Personal, el cálculo correspondiente, de la diferencia entre la nueva función y la categoría correspondiente a la Sra. Mendoza.
  • QUINTA: Las costas serán a cargo de la parte demandada.

ARTICULO 2°.- En relación al Convenio, AUTORIZASE a Secretaría de Hacienda y Recursos Tributarios, a través de Contaduría Municipal a realizar los cálculos y deducciones desde la fecha de incorporación a fin de ajustarse a las pautas establecidas en la Cláusula Cuarta del Convenio Aprobado en el 1° Art. del presente acto administrativo.-

ARTICULO 3°.- ASIGNASE a la Dirección de Personal- Secretaría de Hacienda y Recursos Tributarios- a cargo de la aplicación general y específicamente de lo que establece la clausula segunda del Convenio de Transacción .

ARTICULO 4°.- Todo dispuesto queda sometido a la Homologación correspondiente por parte de la Autoridad competente de lo actuado por Procuraduría General de esta Municipalidad de Palpalá en relación al Convenio Transaccional que refiere al Expte. Judicial Nro. C-114768/2018, CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE PLAN JURIDICCION ; MENDOZA MARIA INES C/ MUNICIPALIDAD DEPALPALA.-

ARTICULO 5°.- La erogación que resulte del cumplimiento de lo establecido en el Artículo anterior del presente Decreto, se afectará a las partidas correspondientes del Presupuesto General de Gastos y Cálculos de Recursos en vigencia.

 

Dr. PABLO F. PALOMARES

Intendente Municipal

 

Gobierno Municipal de Palpalá

Decreto Nro. 1360/18 

Ciudad de Palpalá, 29 de Noviembre de 2.018.-

EL INTENDENTE A/C DE LA MUNICIPALIDAD DE PALPALA

DECRETA

ARTICULO 1°.- APRUEBESE lo actuado por Procuraduría General de esta Municipalidad de Palpalá en relación a la firma del Convenio ajustado al Expte Judicial Nro. Nro. C-114901/2018: “Contencioso Administrativo de Plena Jurisdicción; BASPI- NEIRO ORLANDO GUSTAVO C/MUNICIPALIDAD DE PALPALA, donde, se establecen las siguientes clausulas:

  • PRIMERA: Con este Convenio de común acuerdo, las partes resuelven dar por finalizada la presente acción principal, como así también la causa caratulada C-112865/18: Cautelar Innovativa: Baspineiro Orlando Gustavo c/ Municipalidad de Palpalá, el Recurso de Inconstitucionalidad Expte. CA- 14987/2018 Y cualquier otra que se hallare pendiente, incluso de las que mi parte aun no hubiera sido notificada.
  • SEGUNDA: La demandada, en primer lugar, reincorporara a la actora en forma inmediata, a la planta de agentes municipales. Quien deberá apersonarse a la Dirección de Personal a los fines de determinar su reincorporación.
  • TERCERA: La parte actora renuncia a todo crédito que haya surgido a su favor como consecuencia de la imposición de sanciones conminatorias impuestas por el tribunal.
  • CUARTA: Las partes reconocen que el Sr. Orlando Gustavo Baspineiro, ha percibido desde el momento que interpuso las demandas, la totalidad de los sueldos que le corresponden como agente Municipal. Por lo que ambas partes reconocen que la Municipalidad de Palpalá no adeuda monto alguno en concepto de sueldos.-.
  • QUINTA: Las costas serán a cargo de la parte demandada.

ARTICULO 2°.- ASIGNASE a la Dirección de Personal- Secretaría de Hacienda y Recursos Tributarios- a cargo de la aplicación general y específicamente de lo que establece Convenio Aprobado en el 1° Art. del presente acto administrativo .

ARTICULO 3°.- Todo dispuesto queda sometido a la Homologación correspondiente por parte de la Autoridad competente de lo actuado por Procuraduría General de esta Municipalidad relación al Convenio Transaccional que refiere al Expte Judicial Nro. Nro. C-114901/2018: “Contencioso Administrativo de Plena Jurisdicción; BASPINEIRO ORLANDO GUSTAVO C/ MUNICIPALIDAD DE PALPALA.-

ARTICULO 4°.- La erogación que resulte del cumplimiento de lo establecido en el Artículo anterior del presente Decreto, se afectará a las partidas correspondientes del Presupuesto General de Gastos y Cálculos de Recursos en vigencia.

 

Dr. PABLO F. PALOMARES

Intendente Municipal

 

Gobierno Municipal de Palpalá

Decreto Nro. 1361/18

Ciudad de Palpalá, 29 de Noviembre de 2.018.-

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE PALPALÁ

DECRETA

ARTICULO 1°.- AUTORIZASE la Afectación Laboral de la Agente Municipal Planta Permanente Sra. OLA Luciana -Legajo Nro. 1119-, al Bloque de Diputados de la Unión Cívica Radical -Legislatura de Jujuy- a partir del 01 DIC 2018 al 31 DIC 2019 o hasta tanto se determine lo contrario, siempre en virtud a la solicitud interpuesta por el Presidente de ese Cuerpo Legislativo DN. ALBERTO BERNIS, mediante Nota Nro. 113-PBU- CR-2018 de fecha 26 NOV 2018.

ARTICULO 2°.- El servicio que da cuenta el Artículo 1ro. del presente instrumento, solo implica, por parte de la Municipalidad de Palpalá y mientras dure la afectación autorizada, el reconocimiento de haberes mensuales y beneficios sociales que mensualmente le correspondiese como Empleada Municipal dentro de la situación escalafonaria que actualmente reviste.

ARTICULO 3°.- Por Dirección de Personal, infórmese de lo determinado en el presente Decreto, al Bloque de Diputados de la Unión Cívica Radical de la Legislatura Pcial..

 

Dr. PABLO F. PALOMARES

Intendente Municipal

 

Gobierno Municipal de Palpalá

Decreto Nro. 1362/18

Ciudad de Palpalá, 30 de Noviembre de 2.018.-

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE PALPALA

DECRETA

ARTICULO 1°.- CONVALIDANSE los CONTRATOS DE LOCACION DE SERVICIOS y CONTRATOS JORNALIZADOS que forman parte del Expediente Nro. 776-D-2018 y que, entre el Personal que se detalla en el adjunto y esta Municipalidad de Palpalá, se formularan durante los Períodos 2016 y 2017 para cubrir necesidades estructurales y operativas funcionales, siempre de acuerdo a lo prescripto en la Ley Nro. 3161 y modificatorias.

ARTICULO 2°.- CONVALIDASE la afectación que, respecto al cumplimiento de los Contratos citados, se diera en las partidas correspondientes del Presupuesto General de Gastos y Cálculos de Recursos del ejercicio pertinente.

 

Dr. PABLO F. PALOMARES

Intendente Municipal

 

Gobierno Municipal de Palpalá

Decreto Nro. 1363/18

Ciudad de Palpalá, 30 de Noviembre de 2.018.-

EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD DE PALPALA

DECRETA

ARTÍCULO 1°.- En el marco de las disposiciones del Decreto Nro. 767/18, CONVALIDASE la emisión de los Libramientos de Pagos que a continuación se cita y que en general, refiere a la aplicación de Pesos Ciento Tres Mil Quinientos con 00/100 ($ 113.500,00) como gastos a rendir por parte de la Jefatura del Dpto. Juventud (Rosario Zenteno), en la organización del evento “Elección Reina Departamental de los Estudiantes de Palpalá -Edición 2017”: a.- Libramiento de Pago N° 02005/17 (Expte. Nro. 157-Z-17), -$ 45.000,00, b.-Libramiento de Pago N° 01944/17 (Expte. Nro. 391-D-17), -$ 45.000,00, c.- Libramiento de Pago N° 02039/17 (Expte. Nro. 391-D-17), -$ 23.500,00.-

ARTÍCULO 2°.- APRUEBASE la Rendición de Gasto que obra en el Expediente N° 205-Z-17, que corresponde a la aplicación de los fondos de los Libramientos de Pago convalidados en el Articulo precedente, según lo siguiente: [Fs. – Fecha – Factura – Razón Social – Importe]; [04 – 01/09/17 – C-0001-00000081 – IMPALA BAR – CAFE – $ 2.300,00]; [06 – 06/09/17 – B-0003-00092538 – TODO TELA – $   328,00];

[08 – 04/09/17 – B-0003-00092385 – TODO TELA – $ 3.578,00]; [10 – 05/09/17 – B-0008-00001191 – LA TELA – $              64,00]; [12 -05/09/17 – B-0004-00017062 – LOS CUATRO HERMANOS SADIR – $ 675,00]; [14 – 06/09/17 – B-0015-00225174 – EL CAMPEON – LIBRERÍA Y JUGUETERIA – $ 472,70]; [16 – 07/09/17 – B-0005- 00004901 – FARMACIA-GUEMES II – $ 70,00]; [18 – 07/09/17 – B-0898-00366469 – FARMACITY – $ 195,00]; [20 – 06/09/17 – 0001-08003363 – SADAIC – $ 8.400,00]; [22 – 07/09/17 – C-0001- 00000109 – MARTIN FARIAS GOMEZ – $10.000,00]; [24 – 06/09/17 – 0001-00003080 – ADRIANA B. ACOSTA – $        530,00]; [27 – 05/09/17 – B-0005-0001476 – M & M – $ 190,00]; [29 – 06/09/17 – B-0003-00003066 – DISTRIBUIDORA MAURO – $                       580,00]; [31 – 06/09/17 – B-0004-00000160 – PERFUMERIA VENUS – $ 895,00]; [33 – 07/09/17 – B-0004-00017241 – LOS CUATRO HERMANOS SADIR – $ 337,50]; [35 – 09/09/17 – B-0005-00001483

– M & M – $ 100,00]; [37 – 08/09/17 – C-0001-00033786 – POLICIA DE LA PROVINCIA – $ 7.055,92]; [39 – 07/09/17 – 2010-000147742 – AADI – CAPIF – $ 5.000,00]; [41 – 08/09/17 – C-0001-00002010 – DESPENSA LOPEZ HNOS – $ 800,00]; [43 – 08/09/17 – C-0001- 00000168 – RICARDO A. GALIAN – $                     715,00]; [45 – 08/09/17 – C-0001-00000418 – LIBRERÍA SARMIENTO – $     45,00]; [47 – 08/09/17 – B-0004-00000162 – PERFUMERIA VENUS – $ 450,00]; [49 – 09/09/17 – C-0001-00002057 – DESPENSA LOPEZ HNOS – $ 500,00]; [53 – 11/09/17 – B-0003-00000044 – AIJOR ILUMINACIONES – $38.000,00]; [55 – 11/09/17 – C-0001-000094 – LA FLORERIA – $                      240,00]; [57 – 11/09/17 – C-0001-000092 – LA FLORERIA – $ 3.350,00]; [59 – 10/09/17 – C-0001-00000680 – EL HUMAHUAQUEÑO – $ 2.450,00]; [61 – 09/09/17 – B-0003- 00003083 – DISTRIBUIDORA MAURO – $ 185,00]; [63 – 10/09/17 – B-0002-00001153 – APACHETA – ARTE NATIVO – $ 9.000,00]; [65 – 07/09/17 – B-0002-00001151 – APACHETA – ARTE NATIVO – $10.000,00]; [67 – 09/09/17 – C-0001-0002967 – SOFIA EXPRESS – $    180,00]; [69 – 06/09/17 – B-0005-00001477 – M & M – $ 275,00]; [77 – 29/12/17 – 00289499 – BOLETA DE LIQUIDACION – $ 6.360,00]; [82 – ESTAMPILLADO – $ 179,00]; [Total de suma pesos – – – – $113.500,12].-

ARTÍCULO 3°.- AUTORIZASE a Contaduría Municipal -Secretaría de Hacienda y Recursos Tributarios- a disponer la emisión del Libramiento de Pago por la suma de Pesos CIENTO TRECE MIL QUINIENTOS CON 12/100 ($ 113.500,12), a favor de la Sra. Zenteno Rosario, como Jefa del Departamento de la Juventud de esta Municipalidad de Palpalá, según la discriminación siguiente:

  1. Libramiento de Pago por la suma de Pesos Cuarenta y Cinco Mil con 00/100 ($45.000,00) en concepto de rendición del Libramiento de Pago N° 02005/17.
  2. Libramiento de Pago por la suma de Pesos Cuarenta y Cinco Mil con 00/100 ($45.000,00) en concepto de rendición del Libramiento de Pago N° 01944/17.
  3. Libramiento de Pago por la suma de Pesos Veintitrés Mil Quinientos con 00/100 ($23.500,00) en concepto de rendición del Libramiento de Pago N° 2039/17.

ARTÍCULO 4°.- La erogación que demande el cumplimiento de lo establecido en el Artículo 2°, se afectará a las Partidas del Presupuesto de Gastos Generales y Cálculos de Recursos en vigencia, según la siguiente imputación:

  1. Transferencia para finan. Erog. Corrientes con Rentas Generales – Para Pago de Oblig. Cont. en Ejerc. Ant. No Compromet. Presupuestariamente – Elección Reina Dptal. de lo Estudiantes 2017 $ 107.140,12.-

 

Dr. PABLO F. PALOMARES

Intendente Municipal

 

Gobierno Municipal de Palpalá

Decreto Nro. 1364/18

Ciudad de Palpalá, 30 de Noviembre de 2.018.-

EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD DE PALPALA

DECRETA

ARTICULO 1°.- CONVALIDASE la emisión de Libramiento de Pago N° 01846/17 que obra en el Expte. Nro. 839-A-17 que, por la suma de Pesos SETENTA Y DOS MIL QUINIENTOS TREINTA CON 00/100 ($ 72.530,00), se efectuara para cubrir compromisos asumidos por el Dr. OLIVER ALANIS, quien en su momento era el Secretario de Gobierno de esta Municipalidad de Palpa- lá, en relación a los fines de cubrir las erogaciones realizadas en el periodo 2.017 -”Festival Día del Niño 2.017”.

ARTÍCULO 2°.- APRUEBASE la Rendición de Gasto que obra en el Expediente N° 586-A-18, que corresponde a la aplicación de los fondos del Libramiento de Pago convalidado en el Articulo precedente, según lo siguiente:

[FS. – Fecha – Factura – Razón Social – Importe]; [09 – 18/08/17- C-0001-00001165 – MUNDO MAGICO COTILLON – $ 324,00]; [11

  • 17/08/17 – C-0001-00001851 – TIENDA MONICA – $ 30,00]; [12 – 18/08/17 – C-0003-00003160 – COTILLON GENOVEBA – $ 170,00]; [14 – 17/08/17 – C-0001-00001159 – MUNDO MAGICO COTILLON – $ 350,00]; [17 – 19/08/17 – B-0023-00201294 – LIBRERÍA EL CAMPEON – $ 49,50]; [18 – 19/08/17 – B-0029- 00025476 – LIBRERÍA EL CAMPEON – $ 99,00]; [21 – 18/08/17- B-0016-00005649 – LAMS PEDRO ANTONIO – $8559,00]; [26 – 18/08/17 – C-0001-00001783 – TAZ – MANIA – $ 650,00]; [32 – 17/08/17 – C-0001-00003287 – EL LOCO MAURO – $ 360,00]; [36 – 15/08/17 – C-0001-00000203 – KIRICU – $1850,00]; [40 – 16/08/17 – C-0001-00002003 – FENIX – $1100,00]; [42 – 16/08/17 – C-0001-00000288 – DISTRIBUIDORA BALAK – $7500,00]; [46 – 18/08/17 – B-0043-00254095 – SALTA PLAST POLIETILENO SRL – $ 12,00]; [48 – 17/08/17 – C-0001-00001776 – TAZ – MANIA – $ 66,00]; [50 – 17/08/17 – C-0001-00002247 – PAPELERA LIBERTAD – $ 175,00]; [52 – 17/08/17 – B-0001-00050648 – CORRALON AVENIDA – $ 80,00]; [54 – 17/08/17 – C-0001-00001775 – TAZ -MANIA – $ 100,00]; [56 – 19/08/17 – C-0001-00001085 – DESPENSA SAN FRANCISCO – $ 160,00]; [58 – 18/08/17 – B-0001-00054604 – FESTICHOLA – $ 354,00]; [60 – 18/08/17 – B-0070-00211944 – EL PALACIO DE LAS GOLOSINAS – $ 776,05]; [62 – 18/08/17 – C-0001-00000160 – RICARDO A. GALIAN SERVICIOS GRAFICOS – $ 350,00]; [64 – 17/08/17 – B-0004-00000157 – PERFUMERIA VENUS – $1500,00]; [68 – 18/08/17 – C-0001-00000874 – FIAM- BRERIA LA GRANJA DE SANTIAGO II – $ 350,00]; [70 – 16/08/17 – C-0001-00002050 – CORRALON SAN CAYETANO – $ 120,00]; [72 – 17/08/17 – B-0003-00001458 – AUTOSERVICIO LA CASA DE LA GOLOSINA – $ 193,75]; [74 – 17/08/17 – C-0001-00001655 – PAPELERA FER-PLAST – $ 270,00]; [76 – 17/08/17 – B-0002- 00003004 – DULCILANDIA – $ 1948,00]; [78 – 17/08/17 – C-0001- 00003207 – LIBRERÍA Y MERCERIA CARO ROSI – $ 735,00]; [80 –                       18/08/17 -C-0001-00001791 – TAZ- MANIA – $ 46,00]; [82 –  17/08/17 -C-0001-00001116 – CASA BLANCA – $ 85,00]; [84 –                                                                18/08/17 -B-0002-00003011 – DULCILANDIA – $ 400,00]; [86 –           18/08/17 – C-0001-00001782 – TAZ – MANIA – $ 62,00]; [88 – 17/08/17 – C-0001-00001161 – MUNDO MAGICO COTILLON – $                                                                  60,00]; [92 – 19/08/17 – C-0001-00002931 – EL LOCO MAURO – $ 113,00]; [94 – 18/08/17 – B-0006-00009323 – CORRALON EL PROGRESO – $ 357,26]; [96 – 17/08/17 – B-0005-00041672 – DISTRIBUIDORA DEL NORTE – $ 290,00]; [98 – 18/08/17 – B-0050-00013061 – SALVADOR MARINARO E HIJOS SRL – $ 400,00]; [100 – 17/08/17 – B-0050-00360456 – EL PALACIO DE LA GOLOSINA – $ 2216,91]; [102 – 18/08/17 – C-0001-00001792 – TAZ – MANIA – $ 246,00]; [104 – 17/08/17 – B-000500004062 – LA CENTRAL PAPELERA DE JUJUY SRL – $                   320,00]; [108 – 18/08/17 – 2010-000145979 – AADI CAPIF – $ 800,00]; [110 – 18/08/17 – 0001-08003222 – SADAIC – $ 2500,00]; [112 – 18/08/17 – C-0001-00001356 – MULTIRUBRO 3:16 – $ 200,00]; [115 – 18/08/17 – B-0056-00445630 – LIBRERÍA SAN PABLO SRL – $ 407,20]; [118 – 17/08/17 – B-0056-00445553 – LIBRERÍA SAN PABLO SRL
  • $ 510,30]; [120 – 18/08/17 – C-0001-00000548 – CASA ATLAS – $ 22,00]; [122 – 18/08/17 – C-0001-00000550 – CASA ATLAS – $ 13,50]; [124 – 18/08/17 – C-0001-00001214 – MERCERIA LEO – $ 160,00]; [126 – 18/08/17 – C-0001-00001212 – MERCERIA LEO – $ 40,00]; [128 – 18/08/17 – C-0001-00001784 – TAZ -MANIA – $ 342,00]; [130 – 19/08/17 – C-0001-00001785 – TAZ – MANIA – $ 58,50]; [132 – 17/08/17 – B-0064-00163718 – EL PALACIO DE LA GOLOSINA – $ 1010,43]; [134 – 20/08/17 – C-0001- 00001304 – LIBRERÍA BAZAR EL ROI – $ 29,00]; [136 – 19/08/17 – C-0001-00001992 – LIBRERÍA LAS PALMERAS – $ 88,00]; [138 – 18/08/17 – C-0001-00001913 – LAURA REGALOS – $ 150,00]; [Total de suma pesos $ 39.168,40].-

ARTÍCULO 3°.- AUTORIZASE a Contaduría Municipal -Secretaría de Hacienda y Recursos Tributarios- a disponer la emisión de un Libramiento de Pago por la suma de Pesos TREINTA Y NUEVE MIL CIENTO SESENTA Y OCHO CON 40/100 ($ 39.168,40), a favor del Dr. OLIVER ALANIS, quien en su momento era el Secretario de Gobierno de esta Municipalidad de Palpalá, en concepto de Rendición de Cuenta Parcial, según lo aprobado en el artículo anterior.

ARTÍCULO 4°.- La erogación que demande el cumplimiento de lo establecido en el Artículo 2°, se afectará en su totalidad a la Partida del Presupuesto General de Gastos y Cálculos de Recursos que pudieran corresponder.

 

 

Dr. PABLO F. PALOMARES

Intendente Municipal

 

Gobierno Municipal de Palpalá

Decreto Nro. 1365/18

Ciudad de Palpalá, 04 de Diciembre de 2.018.-

EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD DE PALPALA

DECRETA

ARTICULO 1°.- AUTORIZASE al personal municipal que se detalla en ANEXO I, y que forma parte de este Decreto, el pago de un Adicional Remunerativo No Bonificable, en razón de las tareas complementarias que se llevaran a cabo durante el mes de OCTUBRE de 2.018, por las consideraciones expuestas en el exordio.

ARTICULO 2°.- Los agentes beneficiados con Adicionales por distintos conceptos deberán cumplir con los requisitos que establece el Decreto N° 230/04.

ARTICULO 3°.- Las erogaciones que demanden el cumplimiento de lo dispuesto en el Artículo 1°), se atenderán con Cargo a Partida Presupuestaria de GASTOS EN PERSONAL – del Presupuesto General de Gastos vigente.

 

Dr. PABLO F. PALOMARES

Intendente Municipal

 

Gobierno Municipal de Palpalá

Decreto Nro. 1366/18

Ciudad de Palpalá, 04 de Diciembre de 2.018.-

EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD DE PALPALA

DECRETA

ARTÍCULO 1°.- CONVALIDASE como Gastos de responsabilidad Municipal la suma total de Pesos Tres Mil Cuatro con 42/100 ($ 3.004,42) resultante del pago de la Factura N9 B-0440-00031551 de fecha 20 de Noviembre del 2018, de la empresa Alberdi S.A. – Maxi Comodín en razón de mercaderías varias, destinado a recepción de alumnos de la Prov. de Buenos Aires – Colegio Secundario Nº 13.

ARTÍCULO 2°.- CONVALIDESE el Libramiento de Pago N9 03261/2018, que fuera emitido por Contaduría Municipal – Secretaría de Hacienda y Recursos Tributarios Municipal, por la suma de Pesos Tres Mil Cuatro con 48/100 ($ 3.004,42), a favor de la Dra. Juárez Paulina D.N.I Nº 28.498.767 – Directora General de Intendencia de esta Municipalidad de Palpalá, en concepto de Reconocimiento de Gastos según lo expresado en el Articulo precedente y en un todo de acuerdo a lo actuado en el Expediente N° 431-E-18.

ARTICULO 3°.- La erogación que demande el cumplimiento de lo establecido en el Artículo precedente, se afectará a partidas correspondientes del Presupuesto General de Gastos y Cálculos de Recursos en vigencia.

 

Dr. PABLO F. PALOMARES

Intendente Municipal

 

Gobierno Municipal de Palpalá

Decreto Nro. 1367/18

Ciudad de Palpalá, 04 de Diciembre de 2.018.-

EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD DE PALPALA

DECRETA

ARTÍCULO 1°.- AUTORIZASE a Secretaria de Hacienda y Recursos Tributarios y a Contaduría Municipal y a las áreas de acompañamiento, a la colaboración por parte de la Municipalidad de Palpalá de la suma de PESOS TRES MIL con 00/100 ($ 3.000,00) que será destinado a una parte del pasaje de egresado de la Alumna de séptimo (7°) grado “C” -ALEXANDRA MARIEL VALDEZ – que su destino será las “Cataratas del Iguazú”, el día 10 de Diciembre del 2.018.

ARTICULO 2°.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto, se atenderá con afectación a la Partida pertinente del Presupuesto General de Cálculos y Recursos en vigencia.

 

Dr. PABLO F. PALOMARES

Intendente Municipal

 

Gobierno Municipal de Palpalá

Decreto Nro. 1368/18

Ciudad de Palpalá, 04 de Diciembre de 2.018.-

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE PALPALA

DECRETA

ARTICULO 1°.- APRUEBASE el Contrato de Obra Pública que, en fecha 07 de Noviembre de 2018 y planteado dentro de parámetros que se establecen como montos para la ejecución de obra pública como contratación directa -según Decreto Acuerdo Nro. 878-HF-16 dictado por el Poder Ejecutivo de la Provincia de Jujuy al cual se adhiere mediante Decreto Nro. 155/16-, esta Municipalidad de Palpalá formalizara con la Cooperativa de Trabajo “Los Alisos Ltda.” -CUIT 30-709672564- (Presidente: CHAPANA Oscar Daniel – DNI 23.430.743), para realización de los trabajos “Complementaria al Programa 50 Viviendas del Barrio Constitución – Lotes 2,3,4,5, 7, 8,14 y 15 de la Manzana AP1, Lotes 6 al 14 de la manzana AP2, y Lotes 1,6 y 7 de la Manzana AP3”, fijándose para ello un Monto de Contratación de Pesos Trescientos Mil con 00/100 ($ 300.000,00) y un plazo de finalización de tres (3) semanas a partir de la Iniciación de Obra, todo de acuerdo a Carpeta Técnica y antecedentes que forman parte del Expediente Nro. 1281-S-2018.

ARTICULO 2°.- DISPONGASE la reserva del Crédito Presupuestario asignado a la Obra objeto del Contrato aprobado en lo precedente, produciendo la liberación de los mismos en función del cumplimiento de las pautas contractuales.

 

Dr. PABLO F. PALOMARES

Intendente Municipal

 

Gobierno Municipal de Palpalá

Decreto Nro. 1369/18

Ciudad de Palpalá, 04 de Diciembre de 2.018.-

EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD DE PALPALA

DECRETA

ARTÍCULO 1°.- APRUEBASE en todos sus términos el Proyecto “SEMANA ROJA” – JUVENTUD EN RESPUESTA AL VIH/SIDA, que tiene como objetivo brindar un acompañamiento en la participación de los jóvenes que luchan contra la epidemia del VIH y generar materiales de difusión especifico para la población más vulnerable a la epidemia “los Jóvenes”, el mismo se realizara el día 20 de Noviembre del año en curso en la escuela N° 53 de Artes Visuales del Barrio San José y culminara el 01 de Diciembre del 2.018 conmemorando el “DÍA MUNDIAL DE LUCHA CONTRA EL SIDA”, muestra de las producciones y entrega de reconocimientos a los que luchan el día a día, según lo obrado en el Expediente N° 2179-S-18.

ARTÍCULO 2°.- TENGASE a la Secretaria de Gobierno como organismos de aplicación, con el acompañamiento para la realización de las distintas actividades a la Dirección de Desarrollo Humano y Social – Departamento de Pariedad y Departamento de Compras y Suministro, de lo aprobado en lo precedente.

ARTÍCULO 3°.- PREVEASE por la Secretaria de Hacienda y Recursos Tributarios el acompañamiento presupuestario necesario que, como inversión social , se tenga por necesario para el cumplimiento del propósitos y objetivos planteados en el Proyecto de aprobación en el articulo anterior 1°.

 

Dr. PABLO F. PALOMARES

Intendente Municipal

 

Gobierno Municipal de Palpalá

Decreto Nro. 1370/18

Ciudad de Palpalá, 04 de Diciembre de 2.018

EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD DE PALPALA

DECRETA

ARTÍCULO 1°.- APRUEBASE el Proyecto “JUVENTUD LIBRE DE DISCRIMINACION, ACOSO Y VIOLENCIA”; que desde el Departamento Juventud de la Municipalidad de Palpalá se presenta para la generación de herramientas que tienden a brindar un acompañamiento a los adolescentes a través de talleres y actividades de prevención y promoción con temáticas actuales de violencia de género, violencia en el noviazgo, consumos problemáticos de sustancias, bullying, educación sexual integral, infección de transmisión sexual, también generando un espacio de encuentro y solidaridad ante algún caso en el que se reconozca alguna problemática, según lo obrado en el Expediente N° 723-D-18.

ARTÍCULO 2°.- En razón a la aprobación hecha explícita a través del Art. 1°, convalidase las actuaciones efectuadas hasta la fecha. ENCOMIENDASE a su vez la concreción de la Jornada clausura a llevarse a cabo el día 26 de noviembre del 2.018 en la Casa de la Cultura destinado a todos los jóvenes y adolescentes de la Ciudad de Palpalá.

ARTÍCULO 3°.- TENGASE a la Dirección de Desarrollo Humano y Social – Área Juventud como organismos de aplicación, con el acompañamiento para la realización de las distintas actividades a la Dirección de Cultura y Turismo -Departamento de Compras y Suministro, Área Diversidad, Área Genero y Departamento de la Salud, de lo aprobado en el Art. 1°.

ARTÍCULO 4°.- PREVEASE por la Secretaria de Hacienda y Recursos Tributarios el acompañamiento presupuestario necesario que, como inversión social, se tenga por necesario para el cumplimiento del propósitos y objetivos planteados en el Proyecto de aprobación en el articulo anterior 1°.

 

Dr. PABLO F. PALOMARES

Intendente Municipal

 

Gobierno Municipal de Palpalá

Decreto Nro. 1371/18

Ciudad de Palpalá, 04 de Diciembre de 2.018.-

EL INTENDENTE DEL GOBIERNO MUNICIPAL DE PALPALA

DECRETA

ARTICULO 1°.- CONVALIDASE el CONTRATO DE LOCACION DE OBRA que forma parte del Expediente N° 745-D-18 y que, fuera suscripto el 28 de Septiembre de 2.018 con vigencia del 01 al 31 de Octubre del 2.018, entre la Prof. Mealla Sandra Liliana -DNI N° 33.690.400- y la MUNICIPALIDAD DE PALPALÁ, para realizar tareas relacionadas a la Gimnasia Rítmica, bajo la Supervisión de la Dirección de Deportes – Secretaria de Gobierno de esta Municipalidad de Palpalá, todo en conformidad a las disposiciones de la Nota N° 2317/18 de la Dirección de Personal Municipal.

ARTICULO 2°.- APRUEBASE la Certificación de Servicios correspondiente al mes de Octubre 2018, y que forma parte de la presente documentación que, se extendiera por autoridad competente a los propósitos de dar cumplimiento a lo dispuesto en la Cláusula Tercera del Acto contractual convalidado por aplicación del Artículo precedente.

ARTICULO 3°.- AUTORIZASE a Secretaría de Hacienda y Recursos Tributarios – Contaduría Municipal- a efectuar la emisión del correspondiente Libramiento de Pago por la suma de Pesos Cuatro Mil Quinientos con 00/100 ($ 4.500,00) a favor de la Profesora Mealla Sandra Liliana -CUIT N° 27-33690400-0, en concepto de Cancelación de la Factura N° C-0001-00000053 extendida el 16 de Noviembre de 2.018, por el cumplimiento de las disposiciones contractuales contenidas en la convalidación efectuada en el Artículo l°) y en un todo de acuerdo a las actuaciones obrantes en el Expediente N° 745-D-18.

ARTICULO 4°.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto, se atenderá con afectación a la Partida pertinente del Presupuesto General de Gastos y Cálculos de Recursos en vigencia.

 

Dr. PABLO F. PALOMARES

Intendente Municipal

 

Gobierno Municipal de Palpalá

Decreto Nro. 1372/18

Ciudad de Palpalá, 04 de Diciembre de 2.018.-

EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD DE PALPALA

DECRETA

ARTÍCULO 1°.- APRUEBASE en todos sus términos el Proyecto “PALPALA SE MUEVE”; que se llevara a cabo el día 07 de Diciembre del corriente – que la convocatoria tendrá inicio en la Avda. Rio de la Plata (Hospital Wenceslao Gallardo) en los horarios de 08:00Hs. a 12:00Hs., donde este evento tiene como objetivo fortalecer la actividad física, concientizando los hábitos saludables y crear un momento de recreación y esparcimiento para la reducción de riesgos de contraer enfermedades, esta Corre Caminata esta destinada a toda la Ciudadanía Palpaleña con motivo de fomentar los hábitos de una vida saludable, según lo obrado en el Expediente N° 744-D-18.

ARTÍCULO 2°.- TENGASE a la Dirección de Políticas Publicas como organismos de aplicación, con el acompañamiento para la realización de las distintas actividades al: Hospital Wenceslao Gallardo – Departamento de Promoción de la Salud – Dirección de Deporte, Dirección de enfermedades no transmisible y Ministerio de la Salud de la Provincia, de lo aprobado en lo precedente.

ARTÍCULO 3°.- PREVEASE por la Secretaria de Hacienda y Recursos Tributarios el acompañamiento presupuestario necesario que, como inversión social , se tenga por necesario para el cumplimiento del propósitos y objetivos planteados o en su defecto la utilización de la Caja Chica para gastos improvistos, en el Proyecto de aprobación en el artículo anterior 1°.

 

Dr. PABLO F. PALOMARES

Intendente Municipal

 

Gobierno Municipal de Palpalá

Decreto Nro. 1373/18

Ciudad de Palpalá, 04 de Diciembre de 2.018.-

EL INTENDENTE DEL GOBIERNO MUNICIPAL DE PALPALA

DECRETA

ARTICULO 1°.- AUTORIZASE el usufructo de la licencia Ordinaria Anual Total del Periodo 2.018, del Tec. Sr. BERARDINELLI CARLOS ALBERTO – Legajo N° 1763- Secretario de Seguridad y Servicios Urbanos, a partir del 26 de Noviembre al 09 de Diciembre del 2018.

ARTICULO 2°.- ASIGNASE interinamente al Lic. TORRES CARLOS DANIEL – Legajo N° 1863- Sub Secretario de Seguridad y Servicios Urbanos, la atención de los asuntos administrativos, técnicos y operativos que surjan en la Secretaria de Seguridad y Servicios Urbanos – mientras dure la ausencia del titular Tec. Sr. BERARDINELLI CARLOS ALBERTO – Legajo N° 1763 -por las razones expuestas hasta tanto se produzca el reintegro autorizado en el artículo anterior.

ARTICULO 3°.- Mientras dure la vigencia del presente Decreto la responsabilidad asignada al Lic. TORRES CARLOS DANIEL – Legajo N° 1863 – se cumplirá sin perjuicio de las tareas competente como personal del sector, no significando en ello una modificación en los haberes que, por esta ultima función, percibe dentro de la Municipalidad de Palpalá.

 

Dr. PABLO F. PALOMARES

Intendente Municipal

 

Gobierno Municipal de Palpalá

Decreto Nro. 1374/18

Ciudad de Palpalá, 04 de Diciembre de 2.018.-

EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD DE PALPALA

DECRETA

ARTICULO 1°.- APRUEBASE el Proyecto “MOVIDA ROJA – 2018” y su Cronograma de Actividades que fuera elevado por la Dirección de Políticas Públicas – Dpto. de Promoción de la Salud, para la ejecución de las actividades que fueran presentadas a través del Expediente N° 734-D-18, destinada a la Comunidad en General a desarrollarse en la Ciudad de Palpalá.

ARTÍCULO 2°.- AUTORIZASE a la Dirección de Políticas Públicas – Dpto. de Promoción de la Salud Municipal, la ejecución del Proyecto “MOVIDA ROJA – 2018”, que se adjunta al presente instrumento y que forma parte del Expediente en mención.

ARTÍCULO 3°.- PREVEASE por Secretaría de Hacienda y Recursos Tributarios el acompañamiento presupuestario necesario para el cumplimiento de los propósitos y objetivos planteados como inversión social del Proyecto de Aprobación anterior.

 

Dr. PABLO F. PALOMARES

Intendente Municipal

 

Gobierno Municipal de Palpalá

Decreto Nro. 1375/18

Ciudad de Palpalá, 04 de Diciembre de 2.018.-

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE PALPALA

DECRETA

ARTÍCULO 1°.- APRUEBASE el Proyecto que, a través del Expediente Nro. 729-D-2018 elaborado y presentado por la Dirección Municipal de Medio Ambiente de la Secretaría de Seguridad y Servicios Urbanos, se presenta como de “Control y Monitoreo Ambiental de Calidad de Aire (inmisión)” para resolver la necesidad de conocer valores de parámetros ambientales que permitan realizar las comparativas eficientes con los niveles guía de calidad de aire determinados por la legislación vigente, constituyéndose ello en una valoración de datos que permitirían el accionar municipal consecuente en la búsqueda de garantizar la salubridad poblacional.

ARTICULO 2°.- PREVEASE, por intermedio de Secretaría de Hacienda y Recursos Tributarios y de acuerdo a posibilidades concretas, el acompañamiento presupuestario a las necesidades que se incluye para el cumplimiento del proyecto ambiental aprobado en lo precedente.

 

Dr. PABLO F. PALOMARES

Intendente Municipal

 

Gobierno Municipal de Palpalá

Decreto Nro. 1376/18

Ciudad de Palpalá, 04 de Diciembre de 2.018.-

EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD DE PALPALA

DECRETA

ARTÍCULO 1°.- APRUEBASE el Proyecto “Árbol Navideño”, que a través del Expediente N° 778-D-2018, la Dirección General de Intendencia de este Gobierno Municipal de Palpalá, presentara para su ejecución, a desarrollarse en el ingreso de la Autopista Raúl Ricardo Alfonsín sobre acceso de la Ruta Nacional 66.

ARTÍCULO 2°.- AUTORIZASE a la Dirección General de Intendencia para la ejecución del “Proyecto Árbol Navideño”, y su cronograma de actividades que se adjunta al presente instrumento.

ARTÍCULO 3°.- PREVEASE por Secretaría de Hacienda y Recursos Tributarios el acompañamiento presupuestario necesario que, como inversión social se tenga por necesario para el cumplimiento de los propósitos y objetivos planteados en el Programa de aprobación anterior.

ARTÍCULO 4°.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presente instrumento, se atenderá con cargo a la Partida pertinente del Presupuesto General de Gastos y Cálculos de Recursos en vigencia.

 

Dr. PABLO F. PALOMARES

Intendente Municipal

 

Gobierno Municipal de Palpalá

Decreto Nro. 1377/18

Ciudad de Palpalá, 04 de Diciembre de 2.018.-

INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE PALPALA

DECRETA

ARTÍCULO 1°.- Inscribir, en el Registro Municipal de Firmas, al Maestro Mayor de Obras HECTOR JORGE ARIAS, D.N.I 13.729.389, Matrícula del Colegio de Técnicos de Jujuy N° 443, con domicilio en calle Arismendi N° 1566, Barrio San Pedrito, Ciudad de San Salvador de Jujuy, como Proyectista, Director Técnico y Conductor Técnico de Segunda Categoría, bajo el número de Registro Municipal SEISCIENTOS SESENTA Y SIETE (667).

ARTÍCULO 2°.- Dar a conocer a la parte interesada las disposiciones de la Ordenanza 744/02, Código de Edificación de la Ciudad de Palpalá, en general lo fijado en el aspecto edilicio y en particular lo inherente al desempeño de sus funciones.

 

Dr. PABLO F. PALOMARES

Intendente Municipal

 

Gobierno Municipal de Palpalá

Decreto Nro. 1378/18

Ciudad de Palpalá, 04 de Diciembre de 2.018.-

INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE PALPALA

DECRETA

ARTÍCULO 1°.-Inscribir, en el Registro Municipal de Firmas, al Maestro Mayor de Obras RENE ARTURO FARFAN, D.N.I 12.718.047, Matrícula del Colegio de Técnicos de Jujuy N° 1529, con domicilio en calle Tilcara N° 833, Barrio San José, Ciudad de Palpalá, como Proyectista, Director Técnico y Conductor Técnico de Segunda Categoría, bajo el número de Registro Municipal QUINIENTOS VEINTINUEVE (529).

ARTÍCULO 2°.- Dar a conocer a la parte interesada las disposiciones de la Ordenanza 744/02, Código de Edificación de la Ciudad de Palpalá, en general lo fijado en el aspecto edilicio y en particular lo inherente al desempeño de sus funciones.

 

Dr. PABLO F. PALOMARES

Intendente Municipal

 

Gobierno Municipal de Palpalá

Decreto Nro. 1379/18

Ciudad de Palpalá, 04 de Diciembre de 2.018.-

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE PALPALA

DECRETA

ARTÍCULO 1°.- APRUEBASE en su integridad, el Convenio de Cooperación y Asistencia que obra como parte del Expediente Nro. 1085-M-2018 y que en Noviembre de 2018, fuera suscripto entre la Dirección Provincial de Recursos Hídricos del Gobierno de la Provincia de Jujuy y la Municipalidad de Palpalá, con la finalidad de establecer pautas operativas concernientes al aporte provincial de materiales específicos (Cuarenta y Ocho (48) Gaviones de 4x1x1 mts., Doce (12) Colchonetas de 4x2x2x0,30 mts., Doscientos cincuenta y Seis (256) m2 de membrana geotextil OP-20 o similar, Un camión para traslado de piedras) destinados a la de Construcción de Defensas de Piedra Embolsada en márgenes del Arroyo Huaico Grande a la altura del barrio 2 de Abril de la localidad palpaleña, obra para la cual y de acuerdo al compromiso asumido, la Municipalidad se compromete a encarar el proceso constructivo dentro de los plazos establecidos al efecto.

 

Dr. PABLO F. PALOMARES

Intendente Municipal

 

Gobierno Municipal de Palpalá

Decreto Nro. 1380/18

Ciudad de Palpalá, 05 de Diciembre de 2.018.-

EL INTENDENTE DEL GOBIERNO MUNICIPAL DE PALPALA

DECRETA

ARTÍCULO 1°.- APRUEBASE las actuaciones obrantes del Expediente N° 632-V-18 en lo que se refiere al Pago de Orden de Provisión N° 01264/2018 por la Suma de Pesos Un Mil Setecientos con 00/100 ($ 1.700,00) a favor de la firma “Servicios de Sonido e Iluminación”, de Tolaba Leocadia – CUIT 2312236498-4, por las consideraciones expuestas en el exordio.

ARTÍCULO 2°.- AUTORIZASE a Secretaria de Hacienda y Recursos Tributarios – Contaduría Municipal- a efectuar la emisión del correspondiente Libramiento de Pago por la suma de Pesos Un Mil Setecientos con 00/100 ($ 1.700,00) a favor de la firma “Servicios de Sonido e Iluminación” de Tolaba Leocadia -CUIT 23-12236498-4 -con Domicilio en Juanita Moro N° 225 B° 18 de Noviembre de esta Ciudad, en concepto de cancelación de la Factura N° C-0001-00000067 de fecha 31 OCT18, todo de acuerdo a las actuaciones obrantes dentro del Expediente N° 632-V-18.

ARTÍCULO 3°.- La erogación que demande el cumplimiento de lo establecido en el Articulo precedente, se afectara a las Partidas: TRANSF. P/FINANC. EROG. CORR. CON RENTAS GENERALES (otras transferencias)-$ 1.700,00, correspondiente al Presupuesto General de Gastos y Cálculos de Recursos en vigencia.

 

Dr. PABLO F. PALOMARES

Intendente Municipal

 

Gobierno Municipal de Palpalá

Decreto Nro. 1381/18

Ciudad de Palpalá, 05 de Diciembre de 2.018.-

EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD DE PALPALA

DECRETA

ARTÍCULO 1°.- APRUEBASE en todos sus términos el Proyecto Pasarela “CENA BLANCA 2.018”; que se llevara a cabo el día 09 de Diciembre del corriente en Avenida Martijena en los horarios de 18:00Hs. a 21:00Hs., donde este evento cultural tiene como objetivo es brindarles un espacio a los egresados de quinto y sexto año como es tradición antes de la fiesta de la Cena Blanca realizar la tradicional Pasarela de Egresados donde junto a sus familiares y amigos disfrutan de un grato momento, según lo obrado en el Expediente N° 2225-S-18.

ARTÍCULO 2°.- TENGASE a la Secretaria de Gobierno como organismos de aplicación, con el acompañamiento para la realización de las distintas actividades al Area de juventud, de lo aprobado en lo precedente.

ARTÍCULO 3°.- PREVEASE por la Secretaria de Hacienda y Recursos Tributarios el acompañamiento presupuestario necesario que, como inversión social , se tenga por necesario para el cumplimiento del propósitos y objetivos planteados en el Proyecto de aprobación en el artículo anterior 1°.

 

Dr. PABLO F. PALOMARES

Intendente Municipal

 

Gobierno Municipal de Palpalá

Decreto Nro. 1382/18

Ciudad de Palpalá, 05 de Diciembre de 2.018.-

EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD DE PALPALA

DECRETA

ARTÍCULO 1°.- APRUEBASE el Proyecto “Cierre de Ciclo 2018 en el C.I.C. San José” que a través del Expediente N° 2253- S-2018, la Secretaría de Gobierno de esta Municipalidad de Palpalá, presentara para su ejecución, a desarrollarse el 07 de Diciembre de 2018, en el CIC San José de la Ciudad de Palpalá.

ARTÍCULO 2°.- AUTORIZASE a la Secretaría de Gobierno – Dirección de Desarrollo Humano y Social para la ejecución del Proyecto “Cierre de Ciclo 2018 en el C.I.C. San José”, y su crono- grama de actividades que se adjunta al presente instrumento. ARTÍCULO 3°.- PREVEASE por Secretaría de Hacienda y Recursos Tributarios el acompañamiento presupuestario necesario que, como inversión social se tenga por necesario para el cumplimiento de los propósitos y objetivos planteados en el Programa de aprobación anterior.

ARTÍCULO 4°.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presente instrumento, se atenderá con cargo a la Partida pertinente del Presupuesto General de Gastos y Cálculos de Recursos en vigencia.

 

Dr. PABLO F. PALOMARES

Intendente Municipal

 

Gobierno Municipal de Palpalá

Decreto Nro. 1383/18

Ciudad de Palpalá, 05 de Diciembre de 2.018.-

EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD DE PALPALA

DECRETA

ARTÍCULO 1°.- APRUEBASE el Proyecto Municipal Encuentro Navideños en los Barrios – 2018, que a través del Expediente N° 2242-S-2018, la Secretaría de Gobierno de esta Municipalidad de Palpalá, presentara para su ejecución, a desarrollarse en diferentes barrios, iglesias y C.I.C de la Ciudad de Palpalá.

ARTÍCULO 2°.- AUTORIZASE a la Secretaría de Gobierno – Dirección de Desarrollo Humano y Social para la ejecución del “Proyecto Municipal Encuentro Navideños en los Barrios – 2018”, y su cronograma de actividades que se adjunta al presente instrumento.

ARTÍCULO 3°.- PREVEASE por Secretaría de Hacienda y Recursos Tributarios el acompañamiento presupuestario necesario que, como inversión social se tenga por necesario para el cumplimiento de los propósitos y objetivos planteados en el Programa de aprobación anterior.

ARTÍCULO 4°.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presente instrumento, se atenderá con cargo a la Partida pertinente del Presupuesto General de Gastos y Cálculos de Recursos en vigencia.

 

Dr. PABLO F. PALOMARES

Intendente Municipal

 

Gobierno Municipal de Palpalá

Decreto Nro. 1384/18

Ciudad de Palpalá, 05 de Diciembre de 2.018.-

EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD DE PALPALA

DECRETA

ARTÍCULO 1º.- CONVALIDASE el procedimiento de Compulsa de Precios para Contratación Directa ejecutado dentro del contexto de las formalidades establecidas por el Decreto Acuerdo Nro. 878-HF-16 dictado por el Poder Ejecutivo de la Provincia de Jujuy al cual se adhiere esta Municipalidad mediante Decreto Nro. 155/16 y que, con antecedentes en el Expediente Nro. 2004-S-2018, fuera cumplido a principios de Diciembre 2018 para ejecución de la Obra “Tratamiento de Escorrentías Superficiales en Acceso Norte -Sobre calle El Cardón, calle Los Pinos, Ruta 1 desde su fin hasta Avda. Del Congreso, Subida por Ruta 1 Camino a Forestal en la Ciudad de Palpalá” ajustada a parámetros constructivos de la correspondiente Carpeta Técnica y a un Presupuesto Oficial de Pesos Un Millón Doscientos Treinta y Tres Mil Cuatrocientos con 00/100 ($ 1.233.400,00).

ARTÍCULO 2º.- APRUEBANSE los criterios que, ajustados al Cuadro Comparativo de precios, determinan como Adjudicataria de Obra a la Empresa ECOIM S.R.L. -CUIT Nro. 33-71371090-9- (representada por el Sr. Bartolomé Francisco Héctor Pola -DNI Nro. 11.063.104- como Apoderado) por conveniencia de precios por sobre las ofertas presentadas por las Empresas “Los Lapachos Constructora” e “Ing. Rodolfo Nicolás”, según antecedentes que obran en el Expediente de tratamiento.

ARTÍCULO 3º.- APRUEBASE el Contrato de Obra que en fecha 05 DIC 2018, esta Municipalidad de Palpalá formalizara con la Empresa ECOIM S.R.L. -CUIT Nro. 33-71371090-9-, para realización del trabajo objeto de la Compulsa de Precios convalidada en lo anterior y a ejecutar bajo un presupuesto de Pesos Un Millón Doscientos Treinta y Tres Mil Cuatrocientos con 00/100 ($ 1.233.400,00), todo dentro de un plazo de Cuarenta y Cinco (45) días a partir del Inicio de Obras, aceptándose por esta razón y como Fondo de Garantía (Clausula octava) el importe Pesos Sesenta y Un Mil Seiscientos Setenta con 00/100 ($ 61.670,00) resultante del Pagare formalizado a esos efectos, también obrante como parte del Expediente en cuestión

ARTICULO 4º.- APRUEBASE el Acta de Medición de Obra -Única y Final- que, dentro del contexto del Contrato de Obra aprobado en lo precedente y en fecha 10 AGO 2018, emitiera la Secretaría de Seguridad y Servicios Urbanos en compatibilidad con la finalización de obra ajustada a los parámetros contractuales y a lo establecido dentro de la Cláusula Décima Primera del referido compromiso.

ARTÍCULO 5º.- DISPONGASE la reserva del Crédito Presupuestario asignado a la Obra objeto del Contrato aprobado en lo precedente, produciendo la liberación de los mismos en función del cumplimiento de las pautas contractuales.

 

Dr. PABLO F. PALOMARES

Intendente Municipal

 

Gobierno Municipal de Palpalá

Decreto Nro. 1385/18

Ciudad de Palpalá, 05 de Diciembre de 2.018.-

EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD DE PALPALA

DECRETA

ARTÍCULO 1°.- APRUEBASE el Proyecto “Mural Día de las Personas con Discapacidad – 2018” y su Cronograma de Actividades que fuera elevado por Secretaría de Gobierno -Dirección de Desarrollo Humano y Social – Dpto. de Paridad Municipal, para la ejecución de las actividades que fueran presentadas a través del Expediente N° 2252-S-18.

ARTICULO 2°.- AUTORIZASE a Secretaría de Gobierno – Dirección de Desarrollo Humano y Social – Dpto. de Paridad Municipal, la ejecución del Proyecto “MURAL DIA DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD – 2018”, que se adjunta al presente instrumento y que forma parte del Expediente en mención.

ARTÍCULO 3°.- PREVEASE por Secretaría de Hacienda y Recursos Tributarios el acompañamiento presupuestario necesario para el cumplimiento de los propósitos y objetivos planteados como inversión social del Proyecto de Aprobación anterior.

 

Dr. PABLO F. PALOMARES

Intendente Municipal

 

Gobierno Municipal de Palpalá

Decreto Nro. 1386/18

Ciudad de Palpalá, 05 de Diciembre de 2.018.-

EL INTENDENTE DEL GOBIERNO MUNICIPAL DE PALPALA

DECRETA

ARTÍCULO 1°.- CONVALIDASE en todos sus términos el Proyecto “Torneo de Fútbol Infantil” denominado “José Turco Alul”,; el que se llevara a cabo en el Complejo Deportivo del barrio Constitución, dicho torneo tiene una duración de cuatro meses Agosto a Diciembre del 2018, los días viernes desde las 18:00 horas en adelante culminando las jornadas a horas 21:30 aproximadamente, que será destinado a toda la escuelas de fútbol pertenecientes a nuestra ciudad de Palpalá, según lo obrado en el Expediente N° 2202-S-18.

ARTÍCULO 2°.- TENGASE a la Secretaria de Gobierno como organismos de aplicación, para la realización de las distintas actividades.

ARTÍCULO 3°.- PREVEASE por la Secretaria de Hacienda y Recursos Tributarios el acompañamiento presupuestario necesario que, como inversión social, se tenga por necesario para el cumplimiento del propósitos y objetivos planteados en el Proyecto de aprobación en el articulo anterior 1°.

 

Dr. PABLO F. PALOMARES

Intendente Municipal

 

Gobierno Municipal de Palpalá

Decreto Nro. 1387/18

Ciudad de Palpalá, 05 de Diciembre de 2.018.-

EL INTENDENTE DEL GOBIERNO MUNICIPAL DE PALPALA

DECRETA

ARTICULO 1°.- CONVALIDASE las actuaciones obradas en el Expte. N° 801-A-18, referente a la cancelación de la Factura C N° 0001-00000402, de fecha 28 SEP 18, de la “La Florería” -de la Sra. Gabriela Yesica Mamani, por un monto total de Pesos Cuatrocientos Cincuenta con 00/100 ($ 450,00), por la compra de Tres (3) Ramos de Flores, que fue donado para la “Elección Reina de Escuelas Especiales”.-

ARTICULO 2°.- AUTORIZASE a Secretaría de Hacienda – Contaduría Municipal – a efectuar la emisión del correspondiente Libramiento de Pago por la suma de Pesos Cuatrocientos Cincuenta con 00/100 ($ 450,00), a favor de la “La Florería” -de la Sra. Gabriela Yesica Mamani, con domicilio en Avda. Martijena N° 36 B° Belgrano de esta Ciudad, en concepto de cancelación Factura C N° 0001-00000402 de fecha 28 SEP 18, por el motivo expuesto en el exordio del presente dispositivo legal.

ARTICULO 3°.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el Artículo 2°) se atenderá con cargo a la Partida correspondiente del Presupuesto General de Gastos y Cálculos de Recursos en vigencia.

 

Dr. PABLO F. PALOMARES

Intendente Municipal

 

Gobierno Municipal de Palpalá

Decreto Nro. 1388/18

Ciudad de Palpalá, 05 de Diciembre de 2.018.-

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE PALPALA

DECRETA

ARTÍCULO 1°.- CONVALIDASE las ACTUACIONES obrantes del Expediente N° 2091-S-18 en lo que se refiere a Pago de Orden de Provisión N° 01268/2018, por la Suma de Pesos Siete Mil Ochocientos Cuarenta con 00/100 ($ 7.840,00) a favor de la firma Relojería -Joyería – Distinciones “El Gallo” -CUIT 2731126860-6- de Paula Belén Vizuara, formulado por la Dirección de Deportes – Secretaría de Gobierno Municipal, en un todo de acuerdo al Expediente de mención.

ARTÍCULO 2°.- AUTORIZASE a Secretaría de Hacienda y Recursos Tributarios – Contaduría Municipal- a efectuar la emisión del correspondiente Libramiento de Pago por la suma de Pesos Siete Mil Ochocientos Cuarenta con 00/100 ($ 7.840,00) a favor de la firma Relojería – Joyería – Distinciones “El Gallo” de Paula Belén Vizuara, CUIT- 27-31126860-6, en concepto de cancelación de la Factura N° C-0002-00001082 de fecha 28 de Agosto del 2018, emitida por la provisión de Trofeos, destinadas a la Premiación del Torneo Apertura de Fútbol Infantil – 2018, denominado “José Manuel Alliers”.

ARTÍCULO 3°.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el Artículo anterior, se atenderá con afectación a partidas correspondientes a la TRANSF. P/FINANC. EROGACIONES CON RENTAS GENERALES – $ 7.840,00- Otras Transferencias – del Presupuesto General de Gastos y Cálculos de Recursos en vigencia.

 

Dr. PABLO F. PALOMARES

Intendente Municipal

 

Gobierno Municipal de Palpalá

Decreto Nro. 1389/18

REF. A EXPTES: 55-E-18; 249-E-18.-

Ciudad de Palpalá, 05 de Diciembre de 2.018.-

INTENDENTE MUNICIPAL DE PALPALA

DECRETA

ARTICULO 1°.- Inscríbase en el Registro de Comercio e Industria de la Municipalidad de Palpalá, a la Firma “EMPRESA DE CONSTRUCCION Y SERVICIO ECOS S.A. – C.U.I.T. N° 3069177868-8”, con un Comercio en el rubro: “OFICINA ADMINISTRATIVA”, ubicado en calle Bernardina M. de Miraval, N°21 (Lote “3” – Manzana “142”) del barrio San Martin de esta Ciudad, con la ocupación de una Sup. de 470,00 m2. Haciéndole saber que en caso de traslado, cambio de rubro, anexo o cierre y cualquier otra circunstancia del citado comercio, deberá comunicarlo de inmediato a la Municipalidad de Palpalá.

ARTICULO 2°.- La Solicitante deberá ajustarse en un todo al cumplimiento de las disposiciones comunales que regulen las actividades que explotará y que manifiesta conocer íntegramente. Cumpliendo con las Obligaciones Tributarias instituidas al efecto, según lo establecido en Ordenanza Impositiva N° 1244/17, y/o sus modificatorias.

ARTICULO 3°.- Téngase presente el pago de la suma de PESOS UN MIL CIENTO CUARENTA Y DOS CON 00/100 ($ 1.142,00), en concepto de Tasa por Habilitación de Locales de Comercio e Industria, efectuado el 23 de Noviembre de año 2018, según Recibo N° 17304.

 

Dr. PABLO F. PALOMARES

Intendente Municipal

 

Gobierno Municipal de Palpalá

Decreto Nro. 1390/18

Ciudad de Palpalá, 06 de Diciembre de 2.018.-

EL INTENDENTE de la MUNICIPALIDAD DE PALPALA

DECRETA

ARTICULO 1°.- OTORGASE la exención del Pago de la Tasa por Barrido, Limpieza y Extracción de Residuos para el Período Fiscal 2017, correspondiente al inmueble de ubicación entre calles Pilcomayo, Gendarmería Nacional e Incas (Lote Nro. 15 de la Manzana Nro. 244 -Padrón P-65190-) del Barrio San Martín de esta Ciudad de Palpalá, propiedad de la “Iglesia de Jesucristo de los Santos de los Últimos Días”, en conformidad a lo dispuesto por el Acuerdo Nro. 30/18 sancionado por el Concejo Deliberante en fecha 14 de Noviembre de 2018, respondiendo al Mensaje Nro. 28/18 y en correspondencia a lo establecido en el Artículo 50 -inc. 9 del apartado b)- de la Carta Orgánica Municipal y la Ordenanza Nro. 923/08 -Código Tributario Municipal- además de normas relacionadas.

ARTICULO 2°.- HAGASE SABER a la “Iglesia de Jesucristo de los Santos de los Últimos Días”, la existencia de Tributos Municipales Impagos correspondiente a los Períodos Fiscales 2009, 2010, 2011, 2012, 2014, 2016 y 2018, motivo por la que se la invita a cumplir con las obligaciones tributarias enunciadas, presentándose en Dirección de Rentas Municipal donde le serán ofrecidas posibilidades de pago acorde a la situación presentada.

 

Dr. PABLO F. PALOMARES

Intendente Municipal

 

Gobierno Municipal de Palpalá

Decreto Nro. 1391/18

Ciudad de Palpalá, 06 de Diciembre de 2.018.-

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE PALPALA

DECRETA

ARTICULO lº.- AUTORIZASE a la Secretaría de Hacienda – Contaduría Municipal, a efectuar la emisión del correspondiente Libramiento de Pago por la Suma de PESOS DOS MIL QUINIENTOS CON 00/100 ($ 2.500,00), a favor del Sr. LEAL Ricardo Marcelo D.N.I. Nº 20.358.634, en concepto de SUBSIDIO de la Municipalidad de Palpalá, por los motivos expuestos en el exordio del presente instrumento y en un todo de acuerdo al Expte. Nº 428-L-18.-

ARTICULO 2º.- Respecto al subsidio otorgado y a la brevedad posible, el Beneficiado de la recepción de los fondos municipales, deberá proceder a la rendición de comprobantes que justifiquen el destino de los recursos afectados, todo ello según lo dispuesto en el Artículo Nº 7 de la Resolución Nº 1700-R/G-2000 del Tribunal de Cuenta.

ARTICULO 3º.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el Artículo l9), se atenderá con cargo a la Partida pertinente del Presupuesto General de Gastos y Cálculos de Recursos en vigencia.

 

Dr. PABLO F. PALOMARES

Intendente Municipal

 

Gobierno Municipal de Palpalá

Decreto Nro. 1392/18

Ciudad de Palpalá, 07 de Diciembre de 2.018.-

EL INTENDENTE DEL GOBIERNO MUNICIPAL DE PALPALA

DECRETA

ARTÍCULO 1°.- CONVALIDASE las actuaciones obrantes del Expediente N° 423-J-18, en lo que se refiere a Pago de Orden de Provisión N° 01325/2018, por la suma de Pesos UN MIL SESENTA Y TRES con 50/100 ($ 1.063,50) a favor de la Firma Librería San Pablo S.R.L CUIT Nº 30-58351679-0, por las consideraciones expuestas en el exordio.

ARTÍCULO 2°.- AUTORIZASE a la Secretaria de Hacienda y Recursos Tributarios -Contaduría Municipal- a efectuar la emisión del correspondiente Libramiento de Pago por la suma de Pesos Un Mil Sesenta y Tres con 50/100 ($ 1.063,50) a favor de Librería San Pablo S.R.L -CUIT N° 30-58351679-0-, con domicilio en Calle Alvear N° 922 – San Salvador de Jujuy, en concepto de cancelación de la Factura Nro. B-0070-00025392 de fecha 10 de Octubre del 2018 y en todo de acuerdo según se registran en el Expediente N° 423-J-18, citado en el artículo precedente.

ARTÍCULO 3°.- La erogación que demande el cumplimiento de lo establecido en el Artículo anterior, se afectará en su totalidad a la Partida -TRANF. P/FINANC. EROGACIONES CON RENTAS GENERALES – Otras Transferencias – $ 1.063,50- del Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos en vigencia.

 

Dr. PABLO F. PALOMARES

Intendente Municipal

 

Gobierno Municipal de Palpalá

Decreto Nro. 1393/18

Ciudad de Palpalá, 07 de Diciembre de 2.018.-

EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD DE PALPALA

DECRETA

ARTICULO 1°.- CONVALIDASE el CONTRATO DE LOCACION DE OBRA que forma parte del Expediente Nro. 791-D-18 y que, fuera suscripto el 31 de Octubre del año 2018 con vigencia del 01 al 30 de Noviembre de 2018, entre la Sra. ALFARO TERESA LILA -DNI Nro. 11.906.622- y la MUNICIPALIDAD DE PALPALA para desempeñar las funciones de las tareas de asesoramiento interno en Tesorería Municipal jurisdicción de la Secretaría de Hacienda y Recursos Tributarios, durante el mes de NOVIEMBRE de 2.018, además deberá cumplir con lo establecido según Régimen AFIP – DGI Resolución General 3419 y Concordantes.

ARTICULO 2°.- APRUEBASE la Certificación de Servicios correspondiente al mes de NOVIEMBRE y que forma parte de la presente documentación y que, se extendiera por autoridad competente a los propósitos de dar cumplimiento a lo dispuesto en la Cláusula Tercera del Acto contractual convalidado por aplicación del Artículo precedente.

ARTICULO 3°.- AUTORIZASE a Contaduría Municipal -Secretaría de Hacienda y Recursos Tributarios- a disponer de la emisión del Libramiento de Pago de Pesos OCHO MIL CUATROCIENTOS con 00/100 ($ 8.400,00.-) a favor de la Sra. ALFARO TERESA LILA -DNI Nro. 11.906.622-, en concepto de cancelación de Factura C-0002-00000015 de fecha 04 de diciembre de 2018, extendida por el cumplimiento de prestación de servicios en un todo de acuerdo al Contrato suscripto entre partes, de convalidación en el artículo anterior.

ARTICULO 4°.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto, se atenderá con afectación a la Partida del Presupuesto General de Gastos de Cálculos y Recursos vigentes.

 

Dr. PABLO F. PALOMARES

Intendente Municipal

 

Gobierno Municipal de Palpalá

Decreto Nro. 1394/18

Ciudad de Palpalá, 07 de Diciembre de 2.018.-

EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD DE PALPALA

DECRETA

ARTICULO 1°.- CONVALIDASE el CONTRATO DE LOCACION DE OBRA que forma parte del Expediente Nro. 792-D-18 y que, fuera suscripto el 31 de Octubre del año 2018 con vigencia del 01 al 30 de Noviembre de 2018, entre el Sr. GUANCA ESTEBAN SEBASTIAN -DNI Nro. 28.784.631- y la MUNICIPALIDAD DE PALPALA para desempeñar las funciones relativas a Aseso- ramiento Legal interno y para la Comunidad, tramites legales del municipio, bajo la supervisión de Procuración General – Dirección Gral. de Intendencia, durante el mes de NOVIEMBRE de 2.018, además deberá cumplir con lo establecido según Régimen AFIP – DGI Resolución General 3419 y Concordantes. ARTICULO 2°.- APRUEBASE la Certificación de Servicios correspondiente al mes de NOVIEMBRE que forma parte de la presente documentación y que, se extendiera por autoridad competente a los propósitos de dar cumplimiento a lo dispuesto en la Cláusula Tercera del Acto contractual convalidado por aplicación del Artículo precedente.

ARTICULO 3°.- AUTORIZASE a Contaduría Municipal -Secretaría de Hacienda y Recursos Tributarios- a disponer de la emisión del Libramiento de Pago de Pesos Once Mil con 00/100 ($ 11.000,00.-) a favor del Sr. GUANCA ESTEBAN SEBASTIAN -DNI Nro. 28.784.631-, en concepto de cancelación de Factura C-0002-00000010 de fecha 03 de Diciembre de 2018 extendida por el cumplimiento de prestación de servicios en un todo de acuerdo al Contrato suscripto entre partes, de convalidación en el artículo anterior.

ARTICULO 4°.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto, se atenderá con afectación a la Partida del Presupuesto General de Gastos de Cálculos y Recursos vigentes.

 

Dr. PABLO F. PALOMARES

Intendente Municipal

 

Gobierno Municipal de Palpalá

Decreto Nro. 1395/18

Ciudad de Palpalá, 07 de Diciembre de 2.018.-

EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD DE PALPALA

DECRETA

ARTICULO 1°.- CONVALIDASE el CONTRATO DE LOCACION DE OBRA que forma parte del Expediente N° 794-D-18 y que, fuera suscripto el 31 de Octubre de 2018, con vigencia del 01 al 30 de Noviembre de 2018, entre el Sr. VILLAGRA DANIEL ARMANDO -DNI Nro. 11.431.207 -y la MUNICIPALIDAD DE PALPALA, para la realización de tareas varias para el Municipio, bajo la Supervisión del Concejo Deliberante, todo en conformidad a las disposiciones de la Nota N° 2359DP/17 de Dirección de Personal de esta Municipalidad.

ARTICULO 2°.- APRUEBASE la Certificación de Servicios correspondiente al mes de NOVIEMBRE, y que forma parte de la presente documentación y que, se extendiera por autoridad competente a los propósitos de dar cumplimiento a lo dispuesto en la Cláusula Tercera del Acto contractual convalidado por aplicación del Artículo precedente.

ARTICULO 3°.- AUTORIZASE a Secretaría de Hacienda -Contaduría Municipal- a efectuar la emisión del correspondiente Libramiento de Pago por la suma de PESOS OCHO MIL QUINIENTOS con 00/100 ($ 8.500) a favor del el Sr. VILLAGRA DANIEL ARMANDO -DNI Nro. 11.431.207, en concepto de Cancelación de la Factura N° C-0001-00000105 extendida el 05 de Diciembre de 2018, por el cumplimiento de las disposiciones contractuales contenidas en la convalidación efectuada en el Artículo 1°) y en un todo de acuerdo a las actuaciones obrantes en el Expediente N° 794-D-18.

ARTICULO 4°.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto, se atenderá con afectación a la Partida pertinente del Presupuesto General de Gastos y Cálculos de Recursos en vigencia.

 

Dr. PABLO F. PALOMARES

Intendente Municipal

 

Gobierno Municipal de Palpalá

Decreto Nro. 1396/18

Ciudad de Palpalá, 07 de Diciembre de 2.018.-

EL INTENDENTE DEL GOBIERNO MUNICIPAL DE PALPALA

DECRETA

ARTÍCULO 1°.- CONVALIDASE el Contrato de Locación de Obra que obra en el Expediente N° 1681-S-18 y que fuera celebrado el 19 de Junio del 2018, con vigencia a partir del 21 de Junio al 23 de Julio 2018, entre la MUNICIPALIDAD DE PALPALA y la firma TERRADEZ OSCAR ARTURO – CUIT N° 20-12930202-0 para el alquiler de una Máquina Pala cargadora Marca CASE, Modelo W20E, Motor 36544159-, con chofer, cumpliera trabajos de grillar y carga de áridos, movimiento de tierra y otras tareas que requiera la Municipalidad, pactándose para ello el reconocimiento de Pesos Un Mil Ciento Diez con 00/100 ($ 1.110,00.-) por hora trabajo de máquina y chofer.

ARTÍCULO 2°.- CONVALIDASE la Afectación de Combustible que, en base a lo determinado en Cláusula Séptima del Contrato Convalidado, en el período de a afectación de combustible por los meses de Junio y Julio del 2018; -JUNIO 2018 (Fs. 33) Un Mil Seiscientos Litros de Gas Oíl (1.600 Lts.) que suman un total de Pesos Cuarenta y Cuatro Mil Quinientos Veintidós con 00/100 ($ 44.522,00) y -JULIO 2018 (Fs. 34) Dos Mil Doscientos Sesenta Litros de Gas Oíl (2.260 Lts.) asciende a un total de Pesos Sesenta y Nueve Mil Cuatrocientos Setenta y Seis con 00/100 ($ 69.476,00)- se suministrara al vehículo de referencia precedente, No registrándose otro gasto para su utilización.

ARTICULO 3°.- APRUEBASE la Certificación de Servicios que la Secretaría de Seguridad y Servicios Urbanos emite a razón del cumplimiento por los meses de a)- Junio 2018 (Fs. 5) Cincuenta y Seis Horas (56:00 Hs.) de afectación vehicular y asciende a un monto de Pesos Sesenta y Dos Mil Ciento Sesenta con 00/100 ($ 62.160,00) y b)- Julio 2018 (Fs. 10) Ciento Cuatro Horas (104:00 Hs.) de afectación vehicular y suman un total de Pesos Ciento Quince Mil Cuatrocientos Cuarenta con 00/100 ($ 115.440,00), a favor de la firma TERRADEZ OSCAR ARTURO – CUIT N° 20-12930202-0-.

ARTICULO 4°.- AUTORIZASE a Contaduría Municipal -Secretaría de Hacienda y Recursos Tributarios- a disponer de la emisión de un Libramiento de Pago por la suma de Pesos Ciento Setenta y Siete Mil Seiscientos con 00/100 ($ 177.600,00) a favor de la firma TERRADEZ OSCAR ARTURO – CUIT N° 20-12930202-0-, en concepto de Cancelación de la Factura N° B-0002-00000018, de fecha 10 de Agosto del 2018, extendida de acuerdo a la Certificación de Servicios aprobados en el Artículo anterior.

ARTICULO 5°.- AFECTESE la erogación que resulte del cumplimiento de lo establecido en todo lo precedente, a las Partidas correspondiente TRABAJO PÚBLICO CON RENTAS GENERALES – Mant. Predio Feria en intersección de B° Güemes, 18 de Noviembre y Sta. Bárbara – $ 177.600,00-, del Presupuesto General de Gastos y Cálculos de Recursos del ejercicio vigente.

 

Dr. PABLO F. PALOMARES

Intendente Municipal

 

Gobierno Municipal de Palpalá

Decreto Nro. 1397/18

Ciudad de Palpalá, 11 de Diciembre de 2.018.-

EL INTENDENTE A/C DE LA  MUNICIPAL DE PALPALA

DECRETA

ARTÍCULO 1°.- CONVALIDASE las actuaciones obrantes del Expediente N° 284-1-18, en lo que se refiere a Pago de Orden de Provisión N° 01448/18 por la suma de Pesos Seis Mil Ochocientos con 00/100 ($ 6.800,00) a favor de la Florería “SANDRA” de Maria Teresa Ballesteros – CUIT. 27-22820693-3, por las consideraciones expuestas en el exordio.

ARTÍCULO 2°.- CONVALIDASE la emisión del Libramiento Pago N° 03393/18, que efectuara la Secretaria de Hacienda y Recursos Tributarios – Contaduría Municipal por la suma de Pesos Seis Mil Ochocientos con 00/100 ($ 6.800,00) a favor de la Florería “SANDRA” de Maria Teresa Ballesteros – CUIT. 27-22820693-3, en concepto de cancelación de la Factura C-0001-00002060- en un todo de acuerdo a lo obrado en el Expediente N° 284-I-18.

ARTÍCULO 3°.- La erogación que demande el cumplimiento de lo establecido en el Articulo precedente, se efectuara al Presupuesto General de Gastos y Cálculos de Recursos en vigencia.

 

Sr. GENARO VACA

A/C de Intendencia

Municipalidad de Palpala

 

Gobierno Municipal de Palpalá

Decreto Nro. 1398/18

Ciudad de Palpalá, 12 de Diciembre de 2.018.-

EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD DE PALPALA

DECRETA

ARTICULO 1°.- CONVALIDASE el CONTRATO DE LOCACION DE OBRA que forma parte del Expediente Nro. 795-D-18 y que, fuera suscripto el 31 de Octubre del 2018 con vigencia del 01 al 30 de Noviembre del 2018, entre el Sr. GOMEZ HUGO VICTOR -DNI Nro. 8.192.256- y la MUNICIPALIDAD DE PALPALA para desempeñar las funciones de las tareas inherentes, como Encargado del Depósito del Departamento Compras y Suministro jurisdicción de la Secretaría de Hacienda y Recursos Tributarios, durante el mes de NOVIEMBRE 2018, además deberá cumplir con lo establecido según Régimen AFIP – DGI Resolución General 3419 y Concordantes.

ARTICULO 2°.- APRUEBASE la Certificación de Servicios correspondiente al mes de NOVIEMBRE 2018 y que forma parte de la presente documentación y que, se extendiera por autoridad competente a los propósitos de dar cumplimiento a lo dispuesto en la Cláusula Tercera del Acto contractual convalidado por aplicación del Artículo precedente.

ARTICULO 3°.- AUTORIZASE a Contaduría Municipal -Secretaría de Hacienda y Recursos Tributarios- a disponer de la emisión del Libramiento de Pago por la suma de Pesos Ocho Mil con 00/100 ($ 8.000,00.-) a favor del Sr. GOMEZ HUGO VICTOR -CUIT Nro. 20-08192256-0-, en concepto de cancelación de Factura C-0001-00000022 de fecha 03 de Diciembre del 2018, extendida por el cumplimiento de prestación de servicios en un todo de acuerdo al Contrato suscripto entre partes, de convalidación en el artículo anterior.

ARTICULO 4°.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto, se atenderá con afectación a la Partida del Presupuesto General de Gastos de Cálculos y Recursos vigentes.

 

Dr. PABLO F. PALOMARES

Intendente Municipal

 

Gobierno Municipal de Palpalá

Decreto Nro. 1399/18

Ciudad de Palpalá, 12 de Diciembre de 2.018.-

EL INTENDENTE DEL GOBIERNO MUNICIPAL DE PALPALA

DECRETA

ARTICULO 1°.- CONVALIDASE el CONTRATO DE LOCACION DE OBRA que forma parte del Expediente N° 800-D-18 y que fuera suscripto con fecha 31 de Octubre de 2018 entre la Arq. PE- TRELLI VIVIANA NOEMI -CUIT 27-18016302-1- y la MUNICIPALIDAD DE PALPALA para el cumplimiento de los servicios de control y dirección de obra, bajo la dependencia de la Secretaria de Seguridad y Servicios Urbanos- durante el mes de NOVIEMBRE del año 2018, todo en conformidad a disposiciones de Nota Nro. 2369DP/18 que a ese respecto emite Dirección de Personal de esta Municipalidad.

ARTICULO 2°.- APRUEBASE la Certificación de Servicios correspondiente al mes de NOVIEMBRE y que forma parte de la presente documentación y que, se extendiera por autoridad competente a los propósitos de dar cumplimiento a lo dispuesto en la Cláusula Tercera del Acto contractual convalidado por aplicación del Artículo precedente.

ARTICULO 3°.- AUTORIZASE a Contaduría Municipal -Secretaría de Hacienda y Recursos Tributarios- a disponer de la emisión del Libramiento de Pago por la suma de PESOS QUINCE MIL CON 00/100 ($ 15.000,00) a favor de la Arq. PE- TRELLI VIVIANA NOEMI -CUIT 27-18016302-1-, en concepto de Cancelación de Factura N° C-0001-00000062 emitida el 03 de Diciembre de 2018 por el cumplimiento de las disposiciones contractuales contenidas en la convalidación efectuada en el Artículo 1°) y en un todo de acuerdo a las actuaciones obrantes en la documentación relacionada al tema expuesto.

ARTICULO 4°.- La erogación que demande el cumplimiento de lo establecido en el Artículo precedente, se afectará a las partidas correspondientes del Presupuesto de Gastos Generales y Cálculos de Recursos en vigencia.

 

Dr. PABLO F. PALOMARES

Intendente Municipal

 

Gobierno Municipal de Palpalá

Decreto Nro. 1400/18

Ciudad de Palpalá, 12 de Diciembre de 2.018.-

EL INTENDENTE DEL GOBIERNO MUNICIPAL DE PALPALA

DECRETA

ARTICULO 1°.- CONVALIDASE el CONTRATO DE LOCACION DE OBRA que forma parte del Expediente N° 801-D-18 y que fuera suscripto con fecha 31 de Octubre de 2018 entre el Sr. CONTRE- RAS GONZALO EMANUEL -CUIT 20315778302- y la MUNICIPALIDAD DE PALPALA para el cumplimiento de los servicios de supervisión de Obras, bajo la supervisión de la Secretaría de Seguridad y Servicios Urbanos, durante el mes de NOVIEMBRE, todo en conformidad a disposiciones de Nota Nro. 2370 DP/18 de la Dirección de Personal de esta Municipalidad.

ARTICULO 2°.- APRUEBASE la Certificación de Servicios correspondiente al mes de NOVIEMBRE y que forma parte de la presente documentación y que, se extendiera por autoridad competente a los propósitos de dar cumplimiento a lo dispuesto en la Cláusula Tercera del Acto contractual convalidado por aplicación del Artículo precedente.

ARTICULO 3°.- AUTORIZASE a Contaduría Municipal -Secretaría de Hacienda y Recursos Tributarios- a efectuar la emisión del correspondiente Libramiento de Pago por la suma de Pesos Quince Mil CON 00/100 ($ 15.000,00) a favor del Sr. CON- TRERAS GONZALO EMANUEL -CUIT 20315778302, en concepto de Cancelación de Factura N° C-0002-00000010 emitida el 03 de Diciembre del 2018 por el cumplimiento de las disposiciones contractuales contenidas en la convalidación efectuada en el Artículo 1°) y en un todo de acuerdo a las actuaciones obrantes en el Expediente N° 801-D-18.

ARTICULO 4°.- La erogación que demande el cumplimiento de lo establecido en el Artículo precedente, se afectará a las partidas correspondientes del Presupuesto Generales de Gastos y Cálculos de Recursos en vigencia.

 

Dr. PABLO F. PALOMARES

Intendente Municipal

 

Gobierno Municipal de Palpalá

Decreto Nro. 1401/18

Ciudad de Palpalá, 12 de Diciembre de 2.018.-

EL INTENDENTE DEL GOBIERNO MUNICIPAL DE PALPALA

DECRETA

ARTICULO 1°.- CONVALIDASE el CONTRATO DE LOCACION DE OBRA que forma parte del Expediente N° 802-D-18 y que fuera suscripto con fecha 31 de Octubre de 2018 entre la Arq. PAITA NADIA VANINA -CUIT 27-31577987-7- y la MUNICIPALIDAD DE PALPALA para el cumplimiento de los servicios de control y dirección de obra, bajo la dependencia de la Secretaria de Seguridad y Servicios Urbanos- durante el mes de NOVIEMBRE del año 2018, todo en conformidad a disposiciones de Nota Nro. 2371DP/18 que a ese respecto emite Dirección de Personal de esta Municipalidad.

ARTICULO 2°.- APRUEBASE la Certificación de Servicios correspondiente al mes de NOVIEMBRE y que forma parte de la presente documentación y que, se extendiera por autoridad competente a los propósitos de dar cumplimiento a lo dispuesto en la Cláusula Tercera del Acto contractual convalidado por aplicación del Artículo precedente.

ARTICULO 3°.- AUTORIZASE a Contaduría Municipal -Secretaría de Hacienda y Recursos Tributarios- a disponer de la emisión del Libramiento de Pago por la suma de PESOS QUINCE MIL CON 00/100 ($ 15.000,00) a favor de la Arq. PAITA NADIA VANINA -CUIT 27-31577987-7-, en concepto de Cancelación de Factura N° C-0001-00000124 emitida el 03 de Diciembre 2018 por el cumplimiento de las disposiciones contractuales contenidas en la convalidación efectuada en el Artículo 1°) y en un todo de acuerdo a las actuaciones obrantes en la documentación relacionada al tema expuesto.

ARTICULO 4°.- La erogación que demande el cumplimiento de lo establecido en el Artículo precedente, se afectará a las partidas correspondientes del Presupuesto de Gastos Generales y Cálculos de Recursos en vigencia.

 

Dr. PABLO F. PALOMARES

Intendente Municipal

 

Gobierno Municipal de Palpalá

Decreto Nro. 1402/18

Ciudad de Palpalá, 12 de Diciembre de 2.018.-

EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD DE PALPALA

DECRETA

ARTICULO 1°.- CONVALIDASE el CONTRATO DE LOCACION DE OBRA que forma parte del Expediente Nro. 803-D-18 y que fuera suscripto el 31 de Octubre del 2018 con vigencia el 01 al 30 de Noviembre del 2018, entre el Sr. Amerise Luis Milagro D.N.I Nro. 11.628.925 y la MUNICIPALIDAD DE PALPALA, con el servicio de asesoramiento, control, administración y mantenimiento del parque automotor y la atención y control en las habilitaciones de licencias de conducir (motos, vehículos) bajo la Supervisión de la Dirección de Transporte – Secretaría de Seguridad y Servicios Urbanos, todo en conformidad a las disposiciones de la Nota Nro. 2372-DP/18 de la Dirección de Personal de esta Municipalidad.

ARTICULO 2°.- APRUEBASE la Certificación de Servicios correspondiente al mes de NOVIEMBRE 2018, y que forma parte de la presente documentación y que, se extendiera por autoridad competente a los propósitos de dar cumplimiento a lo dispuesto en la Cláusula Tercera del Acto contractual convalidado por aplicación del Artículo precedente.

ARTICULO 3°.- AUTORIZASE a Contaduría Municipal -Secretaría de Hacienda Y Recursos Tributarios- a efectuar la emisión del correspondiente Libramiento de Pago por la suma de Pesos CATORCE MIL con 00/100 ($ 14.000,00 ) a favor del Sr. AMERISE LUIS MILAGRO -CUIT Nro. 20-11628925- 4-, en concepto de Cancelación de la Factura C-0001-00000156 extendida el 03 de Diciembre del 2018, por el cumplimiento de las disposiciones contractuales contenidas en la convalidación efectuada en el Artículo 1°) y en un todo de acuerdo a las actuaciones obrantes en el Expediente Nro. 803-D-18.

ARTICULO 4°.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto, se atenderá con afectación a la Partida del Presupuesto General de Gastos y Cálculos de Recursos en vigencia.

 

Dr. PABLO F. PALOMARES

Intendente Municipal

 

Gobierno Municipal de Palpalá

Decreto Nro. 1403/18

Ciudad de Palpalá, 12 de Diciembre de 2.018.-

EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD DE PALPALA

DECRETA

ARTÍCULO 1°.- CONVALIDASE el CONTRATO DE LOCACIÓN DE OBRA que forma parte del Expediente Nro. 797-D-18 y que fuera suscripto el 31 de Octubre del 2018 con vigencia desde el 01 al 30 de Noviembre del 2018, entre la Sra. BARRETO MARÍA FERNANDA – DNI Nro. 33.437.423- y la MUNICIPALIDAD DE PALPALA, para realizar Proyecto de Arquitectura en Oficina Técnica, bajo supervisión de Dirección de Infraestructura, jurisdicción de la Secretaria de Seguridad y Servicios Urbanos Municipal, todo en conformidad a la disposición de la Nota N° 2366-D.P./18 de la Dirección de Personal de esta Municipalidad.

ARTÍCULO 2°.- APRUEBASE la Certificación de Servicios correspondiente al mes de NOVIEMBRE 2018, y que forma parte de la presente documentación que, se extendiera por autoridad competente a los propósitos de dar cumplimiento a lo dispuesto en la Cláusula Tercera del Acto contractual convalidado por aplicación del Artículo precedente.

ARTÍCULO 3°.- AUTORIZASE a Contaduría Municipal -Secretaría de Hacienda y Recursos Tributarios- a disponer de la emisión del Libramiento de pago por la suma de Pesos Quince Mil con 00/100 ($ 15.000,00) a favor de BARRETO MARÍA FERNANDA -CUIT Nro. 27334374233, en concepto de Cancelación de la Factura C-00002-00000005 de fecha 04 de Diciembre del 2018, extendida por el cumplimiento de presentación de servicio, en un todo de acuerdo al Contrato suscripto entre las partes, de convalidación en el artículo anterior.

ARTÍCULO 4°.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto, se atenderá con afectación a la Partida del Presupuesto General de Gastos y Cálculos de Recursos vigentes.

 

Dr. PABLO F. PALOMARES

Intendente Municipal

 

Gobierno Municipal de Palpalá

Decreto Nro. 1404/18

Ciudad de Palpalá, 12 de Diciembre de 2.018.-

EL INTENDENTE DEL GOBIERNO MUNICIPAL DE PALPALA

DECRETA

ARTICULO 1°.- CONVALIDASE el CONTRATO DE LOCACIÓN DE OBRA que forma parte del Expediente N° 798-D-18 y que, fuera suscripto el 31 de Octubre del año 2018 con vigencia desde el 01 al 30 de NOVIEMBRE del 2018, entre la Sra. ROA YESICA LORENA -DNI N° 32.629.335- y la MUNICIPALIDAD DE PALPALA, para realizar la supervisión, control y dirección técnica de obras, bajo la supervisión de la Secretaría de Seguridad y Servicios Urbanos Municipal, siempre en conformidad a las disposiciones que al respecto sugiere Dirección de Personal de esta Municipalidad de Palpalá, a través de Nota Nro. 2367- D.P./18.

ARTICULO 2°.- APRUEBASE la Certificación de Servicios correspondiente al mes de NOVIEMBRE 2018, y que forma parte de la presente documentación y que, se extendiera por autoridad competente a los propósitos de dar cumplimiento a lo dispuesto en la Cláusula Tercera del Acto contractual convalidado por aplicación del Artículo precedente.

ARTICULO 3°.- AUTORIZASE a Contaduría Municipal -Secretaría de Hacienda y Recursos Tributarios de esta Municipalidad de Palpalá-, a disponer de la emisión del Libramiento de pago de Pesos Quince Mil con 00/100 ($ 15.000,00) a favor de la Sra. ROA YESICA LORENA -CUIT N° 27326293356- en concepto de Cancelación de la Factura C-00002-00000009 de fecha 03 de Diciembre del 2018, extendida por el cumplimiento de presentación de servicio en un todo de acuerdo al Contrato suscripto entre las partes, de convalidación en el artículo anterior.

ARTICULO 4°.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto, se atenderá con afectación a la Partida del Presupuesto General de Gastos y Cálculos de Recurso en vigencia.

 

Dr. PABLO F. PALOMARES

Intendente Municipal

 

Gobierno Municipal de Palpalá

Decreto Nro. 1405/18             

Ciudad de Palpalá, 12 de Diciembre de 2.018.-

EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD DE PALPALA

DECRETA

ARTÍCULO 1°.- CONVALIDASE el CONTRATO DE LOCACIÓN DE OBRA que forma parte del Expediente Nro. 799-D-18 y que fuera suscripto el 31 de Octubre del 2018 con vigencia desde el 01 al 30 de Noviembre del 2018, entre el Sr. VELAZQUEZ NESTOR FABIAN ISMAEL -DNI Nro. 31.126.696- y la MUNICIPALIDAD DE PALPALA, para realizar tareas de coordinación, control e , inspección de Obras, bajo supervisión de la Secretaria de Seguridad y Servicios Urbanos Municipal, todo en conformidad a la disposición de la Nota N° 2368-D.P./18 de la Dirección de Personal de esta Municipalidad.

ARTÍCULO 2°.- APRUEBASE la Certificación de Servicios correspondiente al mes de NOVIEMBRE 2018, y que forma parte de la presente documentación que, se extendiera por autoridad competente a los propósitos de dar cumplimiento a lo dispuesto en la Cláusula Tercera del Acto contractual convalidado por aplicación del Artículo precedente.

ARTÍCULO 3°.- AUTORIZASE a Contaduría Municipal -Secretaría de Hacienda y Recursos Tributarios- a disponer de la emisión del Libramiento de pago por la suma de Pesos Veintidós Mil con 00/100 ($ 22.000,00) a favor de VELAZQUEZ NESTOR FABIAN ISMAEL -CUIT Nro. 23-31126696-9-, en concepto de Cancelación de la Factura C-0001-00000103 de fecha 03 de Diciembre del 2018, extendida por el cumplimiento de presentación de servicio, en un todo de acuerdo al Contrato suscripto entre las partes, de convalidación en el artículo anterior.

ARTÍCULO 4°.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto, se atenderá con afectación a la Partida del Presupuesto General de Gastos de Cálculos y Recursos vigentes.

 

Dr. PABLO F. PALOMARES

Intendente Municipal

 

Gobierno Municipal de Palpalá

Decreto Nro. 1406/18

Ciudad de Palpalá, 12 de Diciembre de 2.018.-

EL INTENDENTE DEL GOBIERNO MUNICIPAL DE PALPALA

DECRETA

ARTÍCULO 1°.- CONVALIDASE el Contrato de Locación de Obra que obra en el Expediente N° 2360-C-18 y que fuera celebrado el 31 de Julio 2018, con vigencia desde el 01 al 31 de Agosto del 2018, entre la MUNICIPALIDAD DE PALPALA y “CONSTRUCCIONES DEL NORTE S.R.L.” – CUIT N° 33-71561598-9 (representado por el Sr. AMANTE, René Rosario -D.N.I. N° 33.572.457-) por el alquiler de una Maquina Pala Cargadora, Marca LONKING, Modelo CDM833, Motor 6B13A001392, que durante el mes de AGOSTO 2018, cumpliese trabajos de grillar y carga de áridos, movimiento de tierra y otras tareas que requiera la Municipalidad, el reconocimiento de Pesos Novecientos Cincuenta con 00/100 ($ 950,00.-) por hora trabajo máquina y chofer.

ARTÍCULO 2°.- CONVALIDASE la afectación de combustible que por el mes de Agosto (fs. 18), Un Mil Quinientos Cincuenta con 00/100 (1550,00) Litros de Gas-Oil- equivalente a la suma de Pesos Cuarenta y Cinco Mil Trescientos Veintiuno con 50/100 ($ 45.321,50), con cargo a esta Municipalidad y de acuerdo a lo determinado en la Cláusula Octava del Contrato Convalidado, se suministrara al vehículo de referencia precedente no registrándose otro gasto por su utilización.

ARTICULO 3°.- APRUEBASE la Certificación de Servicios que la Secretaría de Seguridad y Servicios Urbanos emite a razón del cumplimiento por el mes de AGOSTO 2018 (fs. 3), Doscientos Horas Treinta Minutos (200:30 Hs.) de afectación vehicular que de acuerdo a las pautas contractuales convalidadas en lo inicial acreditan la suma de Pesos Ciento Noventa Mil Cuatrocientos Setenta y Cinco con 00/100 ($ 190.475,00),- a favor de la firma “CONSTRUCCIONES DEL NORTE S.R.L.” – CUIT N° 33-71561598-9.

ARTICULO 4°.- AUTORIZASE a Contaduría Municipal -Secretaría de Hacienda y Recursos Tributarios- a disponer de la emisión de un Libramiento de Pago por la suma de Pesos Ciento Noventa Mil Cuatrocientos Setenta y Cinco con 00/100 ($ 190.475,00) a favor de la firma “CONSTRUCCIONES DEL NORTE S.R.L.” – CUIT N° 33-71561598-9-, en concepto de Cancelación de la Factura Nro. B – 00002- 00000020, de fecha 21 de Noviembre del 2018, se extendiera de acuerdo a la Certificación de Servicios aprobados en el Artículo anterior.

ARTICULO 5°.- AFECTESE la erogación que resulte del cumplimiento de lo establecido en todo lo precedente, a las Partidas correspondiente del Presupuesto General de Gastos y Cálculos de Recursos del ejercicio vigente.

 

Dr. PABLO F. PALOMARES

Intendente Municipal

 

Gobierno Municipal de Palpalá

Decreto Nro. 1407/18

Ciudad de Palpalá, 12 de Diciembre de 2.018.-

EL INTENDENTE DEL GOBIERNO MUNICIPAL DE PALPALA

DECRETA

ARTÍCULO l°.- CONVALIDASE el Contrato de Locación de Obra que obra en el Expediente N9 560-T-18 y que fuera celebrado el 30 de Julio del 2018, con vigencia del 01 al 31 de Agosto del 2018, entre la MUNICIPALIDAD DE PALPALA y TRANSPORTE MATIAS de Daniel Javier Cabrera – CUIT N9 20-14550750-3- para alquiler de Camión MERCEDES BENZ L 1215/42, dominio VIC-952, que durante el mes de AGOSTO 2018, cumpliendo trabajos de recolección de Residuos, limpieza general, transporte de escombros, excedentes y otras tareas que requiera la MUNICIPALIDAD, el reconocimiento de Pesos Doscientos Cuarenta con 00/100 ($ 240,00.-) por hora trabajo de vehículo y chofer. ARTÍCULO 2°.- CONVALIDASE la afectación de Combustible que por el mes de -AGOSTO 2018 (fs. 17) Quinientos Treinta con 00/100 (530,00) Litros de Gas-Oil- equivalente a la suma de Pesos Quince Mil Quinientos Sesenta y Seis con 10/100 ($ 15.566,10), se suministrara al vehículo de referencia anterior con cargo a esta Municipalidad y de acuerdo a lo determinado en la Cláusula Octava del Contrato Convalidado, se suministrara al vehículo de referencia precedente, NO registrándose otro gasto de mantenimiento por su utilización.

ARTÍCULO 3°.- APRUEBASE las Certificaciones de Servicios (fs. 03) que la Secretaría de Seguridad y Servicios Urbanos Municipal emitiera en relación del cumplimiento de los servicios comprometidos por “Transporte Matías” de Daniel Javier Cabrera CUIT – 20-14550750-3- en el mes de Agosto 2018, Horas trabajadas- Doscientos Seis Horas Treinta Minutos (206:30 Hs.); importe a cancelar -Pesos Cuarenta y Nueve Mil Quinientos Sesenta con 00/100 ($ 49.560,00)-.

ARTÍCULO 4°.- AUTORIZASE a la Secretaría de Hacienda y Recursos Tributarios – Contaduría Municipal a disponer de la emisión del Libramiento de Pago por la suma de Pesos Cuarenta y Nueve Mil Quinientos Sesenta con 00/100 ($ 49.560,00) a favor de la firma “Transporte Matías” de Daniel Javier Cabrera – CUIT 20-14550750-3-, en concepto de Cancelación de la Factura Nº C-0002-00000110, de fecha 31 de Octubre del 2018, que fuera extendida de acuerdo a la Certificación de Servicios aprobados en el Artículo anterior.

 

Dr. PABLO F. PALOMARES

Intendente Municipal

 

Gobierno Municipal de Palpalá

Decreto Nro. 1408/18

Ciudad de Palpalá, 12 de Diciembre de 2.018.-

EL INTENDENTE DEL GOBIERNO MUNICIPAL DE PALPALA

DECRETA

ARTÍCULO 1°.- CONVALIDASE el Contrato de Locación de Obra que constituye en el Expediente N° 559-T-18 y que fuera celebrado el 27 de Junio del 2018, con vigencia a partir del 02 al 31 de Julio del 2018, entre la MUNICIPALIDAD DE PALPALA y TRANSPORTE EL MULEKE de Oscar Rubén Apaza – CUIT 2024474084-8, con domicilio en Avda. Congreso N° 400 Barrio Gral. Savio de la Ciudad de Palpalá, por la Contratación de un Camión Marca MERCEDES BENZ, Modelo 1215, Dominio SNX- 972, con volquete, durante el mes de Julio del 2018, cumpliendo los siguientes trabajo; recolección de residuos, limpieza general, transporte de escombros, excedentes y otras tareas que requiera la Municipalidad, el reconocimiento de Pesos DOSCIENTOS CUARENTA con 00/100 ($ 240,00) por hora trabajo de vehículo y chofer.

ARTÍCULO 2°.- CONVALIDASE la afectación de combustible por el mes -Julio 2018 (Fs. 17), Seiscientos Treinta con 00/100 (630,00) Litros de Gas-Oil- equivalente a la suma de Pesos Diecisiete Mil Doscientos Sesenta y Uno con 10/100 ($ 17.261,10), con cargo a esta Municipalidad de Palpalá y de acuerdo a lo determinado en la Cláusula Octava del Contrato Convalidado, se suministrara al vehículo de referencia precedente no registrándose otro gasto por su utilización.

ARTÍCULO 3°.- APRUEBASE la Certificación de Servicios (Fs. 03) que la Secretaría de Seguridad y Servicios Urbanos Municipal emite a razón del cumplimiento de Doscientos Veintidós Horas (222:00 Hs.) correspondiente al mes de Julio 2018 por la suma de Pesos Cincuenta y Tres Mil Doscientos Ochenta con 00/100 ($ 53.280,00) de afectación vehicular a favor de “TRANSPORTE EL MULEKE” de Oscar Rubén Apaza -CUIT N° 20-24474084-8.

ARTÍCULO 4°.- AUTORIZASE a la Secretaría de Hacienda y Recursos Tributarios – Contaduría Municipal la emisión del Libramiento de Pago por las suma total de Pesos Cincuenta y Tres Mil Doscientos Ochenta con 00/100 ($ 53.280,00) para la cancelación de la Factura C-0001-00000070- de fecha 25 de Octubre del 2018 correspondiente al pago de trabajos realizados en el mes de Julio 2018, extendida de acuerdo a la Certificación de Servicios aprobada en el Artículo anterior.

ARTÍCULO 5°.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto, se atenderá con cargo a las Partidas del Presupuesto General de Gastos y Cálculos de Recursos del ejercicio correspondiente.

 

Dr. PABLO F. PALOMARES

Intendente Municipal

 

Gobierno Municipal de Palpalá

Decreto Nro. 1409/18

Ciudad de Palpalá, 12 de Diciembre de 2.018.-

EL INTENDENTE DEL GOBIERNO MUNICIPAL DE PALPALA

DECRETA

ARTICULO 1°.- CONVALIDASE el CONTRATO DE LOCACION DE OBRA que forma parte del Expediente N° 796-D-18 y que, fuera suscripto el 31 de Octubre del 2018 con vigencia del 01 al 30 de Noviembre del 2018, entre el Sr. Yuste Fontana Marcelo Osvaldo -DNI N° 17.376.015- y la MUNICIPALIDAD DE PALPALÁ, para realizar tareas de supervisión de Obras, bajo la supervisión de la Secretaría de Seguridad y Servicios Urbanos de esta Municipalidad de Palpalá, todo en conformidad a las disposiciones de la Nota N° 2365-DP/18 de la Dirección de Personal Municipal.

ARTICULO 2°.- APRUEBASE la Certificación de Servicios correspondiente al mes de Noviembre 2018, y que forma parte de la presente documentación y que, se extendiera por autoridad competente a los propósitos de dar cumplimiento a lo dispuesto en la Cláusula Tercera del Acto contractual convalidado por aplicación del Artículo precedente.

ARTICULO 3°.- AUTORIZASE a Secretaría de Hacienda y Recursos Tributarios – Contaduría Municipal- a efectuar la emisión del correspondiente Libramiento de Pago por la suma de Pesos Quince Mil con 00/100 ($ 15.000,00) a favor del Sr. Yuste Fontana Marcelo Osvaldo -CUIT N° 23173760159, en concepto de Cancelación de la Factura C-00002-00000008 extendida el 03 de Diciembre del 2018, por el cumplimiento de las disposiciones contractuales contenidas en la convalidación efectuada en el Artículo 1°) y en un todo de acuerdo a las actuaciones obrantes en el Expediente N° 796-D-18.

ARTICULO 4°.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto, se atenderá con afectación a la Partida pertinente del Presupuesto General de Gastos y Cálculos de Recursos en vigencia.

 

Dr. PABLO F. PALOMARES

Intendente Municipal

 

Gobierno Municipal de Palpalá

Decreto Nro. 1410/18

Ciudad de Palpalá, 12 de Diciembre de 2.018.-

EL INTENDENTE DEL GOBIERNO MUNICIPAL DE PALPALA

DECRETA

ARTÍCULO 1°.- CONVALIDASE el Contrato de Locación de Obra del Expediente N° 558-T-18 y que fuera celebrado el 27 de Junio del 2018, entre la MUNICIPALIDAD DE PALPALÁ y “Transporte del Sur” de Blanca Zulema Aban -CUIT 27-16284183-7-, con vigencia desde el 02 al 31 de Julio del 2018, por la contratación de un Camión Marca Mercedes Benz L 1620, Dominio CKX-594, año 1.998, que será afectado a los trabajos de des- cacharrado, transporte de excedentes de micro basurales (escombros, tierra, basura, etc.) y otras tareas que requiera la Municipalidad, pactándose para ello el reconocimiento de Pesos Doscientos Cuarenta con 00/100 ($ 240,00) por hora de trabajo del vehículo y chofer.

ARTICULO 2°.- CONVALIDASE la afectación de Combustible que, en base a lo determinado en Cláusula Octava del Contrato Convalidado, que por el mes de Julio 2018, se suministrara al vehículo de referencia precedente no registrándose otro gasto de mantenimiento por su utilización, según se cita en lo siguiente: Julio 2018 (fs. 16): Litros Gas-Oil – Quinientos Noventa con 00/100 (590,00 Lts.); Importe: Pesos Dieciséis Mil Ciento Cincuenta y Cinco con 30/100 ($ 16.155,30).

ARTICULO 3°.- APRUEBASE las Certificación de Servicios que la Secretaría de Seguridad y Servicios Urbanos emitiera en relación al cumplimiento de los servicios comprometidos por parte de la firma “Transporte del Sur” de Blanca Zulema Aban -CUIT 27-16284183-7 – según lo siguiente: JULIO 2018 (fs. 03): Horas Trabajadas – Doscientos Veintitrés (Hs. 223:00); Importe a cancelar – Pesos Cincuenta y Tres Mil Quinientos Veinte con 00/100 ($ 53.520,00).

ARTICULO 4°.- AUTORIZASE a Contaduría Municipal -Secretaría de Hacienda y Recursos Tributarios- a disponer de la emisión de un Libramiento de Pago por la suma total de Pesos Cincuenta y Tres Mil Quinientos Veinte con 00/100 ($ 53.520,00.-) a favor de la firma “Transporte del Sur” de Blanca Zulema Aban -CUIT 27-16284183-7-, en concepto de Cancelación de la Factura Nro. C-0001- 00000213 de fecha 29 de Octubre del 2018, extendida de acuerdo a la Certificación de Servicios de convalidación anterior.

ARTICULO 5°.- AFECTESE la erogación que resulte del cumplimiento de lo establecido en todo lo precedente, a la Partida correspondiente del Presupuesto General de Gastos y Cálculos de Recurso en vigencia.

 

Dr. PABLO F. PALOMARES

Intendente Municipal

 

Gobierno Municipal de Palpalá

Decreto Nro. 1411/18

Ciudad de Palpalá, 12 de Diciembre de 2.018.-

EL INTENDENTE DEL GOBIERNO MUNICIPAL DE PALPALÁ

DECRETA

ARTÍCULO 1ro.- CONVALIDASE la emisión que el 17 OCT 2018, Contaduría Municipal .-Secretaría de Hacienda y Recursos Tributarios- diera al Libramiento de Pago Nro. 02785/2018 por la suma de Pesos Catorce Mil con 00/100 ($ 14.000,00) a favor de la Sra. MANSILLA Julieta como Jefa del Departamento Control Patrimonial -Secretaria de Hacienda y Recursos Tributarios-, en concepto de fondos de aplicación a pago para solventar gastos de colaboración de dos (2) colectivos a la Agrupación Merengue A.H.Z., en los Expedientes Nros. 946- M-18 y 407-F-18.

ARTÍCULO 2°.- APRUEBASE la Rendición de Gastos efectuada por la Sra. MANSILLA Julieta -Jefa del Departamento Control Patrimonial-, con actuaciones obrantes en los Exptes. Nros. 946-M-18 y 407-F-18 y por lo que, por la suma de Pesos Catorce Mil con 00/100 ($ 14.000,00) y en cumplimiento a las disposiciones de cargo a rendir, presenta la siguiente documentación:

Ord. – Factura Nro. – Fecha – Extendido por – Importe: 1. – B-0001-00004273 – 17/10/18 – Coop. de Trabajo “Union Bus Ltda.” – $ 14.000,00

ARTÍCULO 3°.- AUTORIZASE a Secretaría de Hacienda y Recursos Tributarios -Contaduría Municipal- a emitir Libramiento de Pago por la suma de Pesos Catorce Mil con 00/100 ($ 14.000,00) a favor de la Sra. MANSILLA Julieta -Jefa del Departamento Control Patrimonial – en concepto de Rendición de Fondos de referencia en el artículo anterior y en relación a la convalidación efectuada en el artículo inicial.

ARTÍCULO 4°.- La erogación que demande el cumplimiento de lo establecido en el Artículo anterior, se afectará en su totalidad a la Partida -TRANSF. PARA FINAC. EROG. CORRIENTES CON RENTAS GENERALES – Otras transferencias (Subsidio Económico, Servicios, etc.) – $ 14.000,00-, correspondiente al Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos en vigencia.

 

Dr. PABLO F. PALOMARES

Intendente Municipal

 

Gobierno Municipal de Palpalá

Decreto Nro. 1412/18

Ciudad de Palpalá, 12 de Diciembre de 2.018.-

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE PALPALA

DECRETA

ARTÍCULO 1°.- CONVALIDASE la adquisición de servicios que esta Municipalidad asumiera ante la razón social Asociación Civil Red de Innovación Local -CUIT 30715237373- a través de la suscripción de un Contrato de Locación de Servicios suscripto en Abril de 2018 comprometiendo de esa forma y a razón de una cifra de Pesos Dos Mil Cuatrocientos con 00/100 ($ 2.400,00) por mes, a la participación de la Institución nombrada en procesos de asesoramiento y capacitación para el desarrollo de capacidades y potenciales del municipio durante los meses de Mayo a Agosto del corriente año 2018, todo ello con antecedentes en el Expediente Nro. 217-I-2018 donde se incluye la Orden de Provisión Nro. 1061/18 promovida a razón del cumplimiento de los trabajos acordados, tal lo manifestado por las Certificaciones de Servicio que también forman parte de las actuaciones del caso.

ARTÍCULO 2°.- APRUEBASE lo actuado por Contaduría Municipal -Secretaría de Hacienda y Recursos Tributarios- en relación a los siguientes puntos que atañen a la cancelación contractual reconocida en lo anterior:

  1. – Disponibilidad del Libramiento de Pago Nro. 027582/2018 (12 OCT 2018) que, por la suma de Pesos Nueve Mil Seiscientos con 00/100 ($ 9.600,00) y con fecha 12 OCT 2018, se extendiera a favor de la Asociación Civil Red de Innovación Local -CUIT 3071523737-, en concepto de cumplimiento de las obligaciones contractuales señaladas en lo anterior y de acuerdo a la Facturación siguiente: a- Por Mayo 2018, Factura C-0001- 00000294 (31 AGO 2018): $ 2.400,00; c- Por Junio 2018, Factura C-0001-00000295 (31 AGO 2018): $ 2.400,00 y c- Por Julio y Agosto 2018, Factura C-0001-00000301 (11 SEP 2018): $ 4.800,00 y
  2. -Transferencia Bancaria realizada en fecha 13 NOV 2018, a la Cuenta identificada con CBU 0720206520000000910404 -de titularidad de la Asociación Civil Red de Innovación Local-, a través de operatoria Nro. 3816514 del Banco Macro S.A.-

ARTÍCULO 3°.- La erogación que resulte del cumplimiento de lo establecido en el Artículo precedente, se afectará a la o las Partidas correspondientes del Presupuesto General de Gastos y Cálculos de Recursos en vigencia.

 

Dr. PABLO F. PALOMARES

Intendente Municipal

 

Gobierno Municipal de Palpalá

Decreto Nro. 1413/18

Ciudad de Palpalá, 12 de Diciembre de 2.018.-

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE PALPALA

DECRETA

ARTÍCULO 1°.- APRUEBASE el Proceso de Reempadronamiento que, detallado en el Expediente Nro. 0785-D-2018, desde Dirección de Personal se plantea como necesario ejecutar para cumplir con los requisitos de la Ley Nro. 6057/17 dictada para la vigencia del actual Seguro Colectivo de Vida Obligatorio que rige para todos los dependientes de los Poderes del Estado Provincial.

ARTÍCULO 2°.- PREVEASE, por intermedio de Secretaría de Hacienda y Recursos Tributarios y de acuerdo a necesidades manifiestas, el acompañamiento presupuestario que determine el cumplimiento del proyecto aprobado en lo precedente.

 

Dr. PABLO F. PALOMARES

Intendente Municipal

 

Gobierno Municipal de Palpalá

Decreto Nro. 1414/18

Ciudad de Palpalá, 12 de Diciembre de 2.018.-

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE PALPALA

DECRETA

ARTÍCULO 1°.- DECLARASE de INTERES MUNICIPAL al “XXVI Congreso Interprovincial de Entidades Vecinales – XVII Nacional e Internacional – XIV Del MERCOSUR – XI Latinoamericano”, que se llevo a cabo los días 30 de Noviembre al 02 de Diciembre de 2.018, en la Ciudad de Puerto Madryn Provincia de Chubut.

 

Dr. PABLO F. PALOMARES

Intendente Municipal

 

Gobierno Municipal de Palpalá

Decreto Nro. 1415/18

Ciudad de Palpalá, 12 de Diciembre de 2.018.-

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE PALPALA

DECRETA

ARTÍCULO 1°.- CONVALIDASE la afectación de la Agente Municipal – VELASQUEZ MARCELA NOEMI – Legajo N° 953 – al 1° Encuentro Internacional de Chefs de Latinoamérica y Sud- américa – del 05 al 18 de Noviembre del 2.018, todo en conformidad a las disposiciones del Sr. Intendente de esta Municipalidad de Palpalá y el Ministerio de Cultura y Turismo – Secretaria de Turismo.

 

Dr. PABLO F. PALOMARES

Intendente Municipal

 

Gobierno Municipal de Palpalá

Decreto Nro. 1416/18

Ciudad de Palpalá, 12 de Diciembre de 2.018.-

EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD DE PALPALA

DECRETA

ARTÍCULO 1°.- DECLARASE de INTERES MUNICIPAL en el aspecto Educativo y Cultural, a las Jornadas Proyecto de Capacitación “NUESTROS ABUELOS Y CUIDADOS DOMICILIARIOS” y “LA BIOSEGURIDAD Y LOS PRIMEROS AUXILIOS EN LA ESCUELA”, a llevarse a cabo los días 12 y 13 de Diciembre de 2.018 en las instalaciones del Hospital Wenceslao Gallardo.

 

Dr. PABLO F. PALOMARES

Intendente Municipal

 

Gobierno Municipal de Palpalá

Decreto Nro. 1417/18

Ciudad de Palpalá, 13 de Diciembre de 2.018.-

EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD DE PALPALA

DECRETA

ARTÍCULO 1°.- DECLARASE CIUDADANO ILUSTRE – Post morten – en el aspecto Educativo y Cultural – a la develación de una placa con el nombre del Sr. PEDRO MARIO CAMPOS “PILO” (padrino de la Institución por el lapso de 45 años , colaborando desinteresadamente), quien en su momento era el Ex Intendente de la Ciudad de San Salvador de Jujuy -durante la Gobernación del Dr. Horacio Guzmán año 1964-1966 – Presidencia del Dr. Arturo lllia – evento que se llevara a cabo el día 14 de diciembre de 2.018 en las instalaciones de la Institución de la Escuela Provincial de Comercio N° 2 “Dr. Manuel Belgrano”.

ARTÍCULO 2°.- RECONOCESE como Visitantes Ilustres a las Sras. Maria Luisa Campos – Silvia Josefina Campos y Dra. Ma- ria Elena Diez Campos, que asistirán al evento mencionado en el artículo precedente.-

 

Dr. PABLO F. PALOMARES

Intendente Municipal

 

Gobierno Municipal de Palpalá

Decreto Nro. 1418/18

Ciudad de Palpalá, 13 de Diciembre de 2.018.-

EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD DE PALPALA

DECRETA

ARTÍCULO 1°.- HABILITASE como Feria Municipal y a partir del 28 de noviembre de 2018, el Predio ubicado sobre Avenida Libertad en el límite de los Barrios Gral. Güemes y 18 de Noviembre (Sección 1), todo ello en el marco de la Ordenanza Nro. 470/96 y determínese como su Reglamento General a los Artículos que se enuncian a continuación.

ARTÍCULO 2°.- Los espacios habilitados para la instalación de los Feriantes tendrán una superficie uniforme de 3 ms. por 3 Página 48 ms. (9 m2). Cada espacio será identificado numéricamente. Se adjudicarán los espacios necesarios para cada feriante. Los espacios no son subdivisibles ni pueden ser utilizados por más de un feriante.

Así también se habilitará un espacio especial para manteros que podrán ocupar una superficie máxima de 1.5 ms. por 1 ms.

ARTÍCULO 3°.- El control de ingreso y registro de los Feriantes se establecerá en el mismo ingreso al predio Ferial.

ARTÍCULO 4°.- La Feria funcionará abierta al público desde las 09:00 hs. hasta las 22:00 hs. de los días Lunes, Miércoles y Viernes. El ingreso de los feriantes quedará habilitado a partir de las 05:00 hs. hasta las 09:00 hs. y el egreso deberá realizarse hasta las 23:00hs.

EI incumplimiento de tres (3) días de pago consecutivos de ocupación del puesto designado, dará derecho a la Sector Control Comercial a dar por caduco el permiso otorgado.

Los puestos habilitados vacantes serán adjudicados por sorteo. La publicación de la vacante será en la oficina de feria con cinco días de anticipación al sorteo.

ARTÍCULO 5°.- Los Feriantes interesados en obtener el Permiso para la explotación de un puesto en la Feria Municipal, deberán cumplirlos siguientes requisitos: a. Solicitud de Inscripción para la habilitación como Feriante; b. Copia de DNI y 2 fotos carnet 4×4; c. Certificado de Residencia según lugar de procedencia expedido por la Policía de la Provincia; d. Libre Deuda Municipal.

Sin la obtención del Permiso correspondiente, no podrá ingresar al predio a realizar su actividad. –

ARTÍCULO 6°.- Crease el Registro Municipal de Ferias, en el que quedaran registradas la personas a las cuales, previa presentación de la autorización escrita del Representante de la Feria, se les adjudica un puesto en la misma; como también aquellas personas que cumpliendo todos los requisitos para la adjudicación de un puesto integren la lista de espera. Este Registro de Feriantes y Aspirantes estará a cargo de la Dirección Municipal de Rentas, quien se encargará de la elaboración y control del mismo. –

El Sector de Ferias, tendrá a su cargo el cobro del tributo, y el Sector de Control Comercial el control de ingreso de los feriantes, la asignación del espacio y el levantamiento de los puestos con el apoyo del departamento de seguridad.

ARTÍCULO 7°.- Una vez presentada y aprobada la solicitud, la Dirección de Rentas Municipal otorgará la Resolución de Habilitación e Inscripción del Feriante detallando su ubicación, inscribiéndose la misma en el Registro Municipal Respectivo en donde se transcribirán los siguientes Datos:

  1. Nombre del titular; b) Número y tipo de documento; c) Lugar de residencia y domicilio real; d) Actividad y productos de venta; e) Numero de puesto,

ARTÍCULO 8°.- Inscripto el solicitante en el Registro, se le extenderá una copia de Resolución y un Carnet que lo habilitará como Feriante. Este Carnet será el único documento válido que lo habilitará para poder entrar y comercializar en la feria. En el mismo se colocarán además de los datos personales del Feriante, su foto y numero de puesto y tipo de actividad comercial que ejercerá.

ARTÍCULO 9°.- El Carnet de Feriante se concederá por el termino máximo de seis meses, y será renovable por igual periodo a solicitud del interesado con antelación no inferior a treinta días a la fecha de su vencimiento.

ARTÍCULO 10°.- HABILITASE, en función de la cantidad de puestos, el numero o cantidad total de Carnets que la Dirección de Rentas entregará a todos aquellos solicitantes que hayan cumplido con los requisitos.

No se podrán otorgar más Carnets cuando el cupo de puestos de la Feria se encuentre cubierto. Ante la vacancia, la Dirección de Rentas designara el Primer Postulante que surgirá de la Lista de Espera que a tales efectos confeccionara.

ARTÍCULO 11°.- La adjudicación de los Puestos de Venta en el predio ferial estará sujeta a la disponibilidad de los mismos. Se deberá dar preferencia al momento de la adjudicación de los puestos, a los feriantes que acrediten domicilio real en la ciudad de Pálpala, y tenga mayor antigüedad en nuestros registros.

ARTÍCULO 12°.- Para la adjudicación de los Puestos de la Feria, se deberán observar las siguientes condiciones, sin perjuicio de los requisitos exigidos para ser Feriantes:

A través de un sorteo entre los Feriantes que reúnan las mismas condiciones de residencia, antigüedad y rubro, según el orden de preferencia establecido en el artículo anterior.

ARTÍCULO 13°.- Los Feriantes no podrán vender, transferir, subalquilar, prestar ni donar, ya sea a título gratuito u oneroso, ni tampoco realizar cualquier acto o negocio respecto a la adjudicación y puesto asignado. En caso de comprobarse esta falta se dará por caduco el permiso otorgado.

ARTÍCULO 14°.- La adjudicación de los puestos para el Feriante otorgado por la Municipalidad, tiene el carácter de precario, personal, temporario, exclusivo e intransferible y se extenderá luego de que el Aspirante haya cumplido con todos los requisitos exigidos.

ARTÍCULO 15°.- El Departamento Bromatología tendrá a su cargo el control permanente de la higiene general del predio y de cada uno de los espacios permisionados; en especial, velará por el cumplimiento de las condiciones bromatológicas de los puestos de expendio de productos alimenticios y el cumplimiento de las normas vigentes en materia de elaboración de comida.

ARTÍCULO 16°.- Por Secretaría de Seguridad y Servicios Públicos procederá a la demarcación de los espacios destinados a la instalación de los puestos, a la colocación de los artefactos de iluminación que sean necesarios para el ingreso y organización de los feriantes, a la provisión del servicio de agua potable y a la ejecución de cuanta obra fuere necesario realizar para dotar de funcionalidad y seguridad a la Feria.

ARTÍCULO 17°.- El Área de Tránsito afectará el número suficiente de Inspectores para garantizar el ingreso ordenado de los Feriantes para orientarlos hacia la zona de acceso a la Feria, para dirigir el estacionamiento de los vehículos de transporte de los Feriantes, para establecer las zonas de descenso y ascenso de pasajeros, y para dirigir la circulación del tránsito vehicular y peatonal en la zona aledaña a la Feria.

ARTÍCULO 18°.- La Dirección de Medio Ambiente verificará el total de Puestos, la gestión de los residuos, previa notificación y posterior medida de sanción al incumplimiento de los requisitos.

Todo puesto deberá contar con recipientes con bolsas plásticas para el depósito de los residuos, con cierre hermético, a fin de evitar su dispersión, la propagación de olores y acumulación de insectos entre otros vectores.

Una vez finalizada la jornada del día, deberá dejar la bolsa plástica debidamente cerrada para su posterior recolección.

ARTÍCULO 19°.- Por Secretaría Seguridad y Servicios Urbanos deberá notificarse el presente decreto a la Policía de la Provincia, al nosocomio local y a los Bomberos Voluntarios a los fines del eventual requerimiento de apoyo para garantizar el orden y la seguridad de la Feria.

El Área de Servicios públicos garantizará la limpieza previa de la calzada, la recolección permanente de residuos durante las horas de atención, y la limpieza total del lugar inmediatamente después del levantamiento de la Feria.

ARTÍCULO 20°.- La feria deberá estar dividida en sectores de acuerdo al elemento o producto de venta, la agrupación se hará respetando la siguiente clasificación:

  1. Sector Frutihorticola: puestos destinados a la venta de frutas, hortalizas, verduras y huevos; a su vez deberá estar sub-sectorizado en venta al por mayor y por menor;
  2. Sector Artículos Varios: puestos destinados a la venta de productos no comestibles;
  3. Sector Ropa: los puestos destinados a la venta de productos de vestir;
  4. Sector de Comidas: los puestos destinados a la elaboración y venta de productos comestibles.

ARTÍCULO 21°.- Los Feriantes solo podrán ingresar a los espacios permisionados una cobertura tipo gacebo, artefactos para la cocción de alimentos que reúnan todos los requisitos de seguridad y debidamente aislados del suelo, elementos removibles para la exhibición de los productos, mesas, sillas, y demás elementos de trabajo cuyas dimensiones no superen el espacio adjudicado ni entorpezcan la visual y la circulación de los demás Feriantes y del Público.

 

Dr. PABLO F. PALOMARES

Intendente Municipal

 

Gobierno Municipal de Palpalá

Decreto Nro. 1419/18

Ciudad de Palpalá, 13 de Diciembre de 2.018.-

EL INTENDENTE DEL GOBIERNO MUNICIPAL DE PALPALA

DECRETA

ARTÍCULO 1°.- CONVALIDASE la emisión del Libramiento de Pago Nro. 00091/2017 de fecha 26 ENE 2017 que, a favor del CPN MARCO KUKOC -Jefe del Dpto. Compras y Suministros- y con actuaciones en el Expediente Nro. 02-K-2017, Contaduría Municipal -Secretaría de Hacienda y Recursos Tributarios- extendiera por la suma de Pesos Veinte Mil con 00/100 ($ 20.000,00) en concepto de Fondos a Rendir Cuenta por Gastos relacionados a la actividad ejercida como Jefe del Departamento Compras y Suministros.

ARTÍCULO 2°.- APRUEBASE la Rendición de Gastos que el CPN MARCO KUKOC presenta en base a comprobantes que forman parte del Expte. Nro. 129-D-2017 y que, por el monto de Pesos Quince Mil Ochocientos Treinta y Siete con 79/100 ($ 15.837,79) refiere a compromisos asumidos con fondos del Libramiento de Pago convalidado en lo anterior.

[Fs. – Fecha – Factura – Razón Social – Gasto – Importe ]; [16 – 27/01/17 – 0004-00083221 – CIA.PETROLERA PALPALA S.R.L – 810,00]; [20 – 31/01/17 – 0006-00000679 – LA BOUTIQUE S.R.L RESPUESTOS – CAMINETA BOMBA DE AGUA-PILETA DEL COMPL COURRIER – 510,00]; [22 – 01/02/17 – 0453-00092376 – MAXI COMODIN – REUNIONES VECINALES-DIREC.TRAN – 328,85]; [25 – 26/01/17 – 0011-00000591 – LOMBARDI CAMIONES S.A. – CAMION FORD 14.000 DQI-644 – 690,00]; [27 – 01/02/17- 0003-00078159 – HERRAJES ASSEF – OFICINA DE PRENSA – 571,20]; [31 – 01/02/17 – 0690-00015283 – CORREO ARGENTINO – DILIGENCIAR CARTA DOCUMENTOS – 540,00]; [33 – 01/02/17 – 0003-00078157 – HERRAJES ASSEF – ARREGLOS EN C.I.C DE CARAHUNCO – 512,00]; [35 – 01/02/17 – 0003-00078160 – HERRAJES ASSEF – ESTADIO OLIMPICO – 140,00]; [37 – 01/02/17 – 0870-00298909 – FARMCITY S.A. – SERVICIO MEDICINAL LABORAL – 246,00]; [39 – 02/02/17 – 0001-00000338 – CERRAJERIA MURGUIA – PUERTA DE OFICINA – 200,00]; [41 – 02/02/17 – 0001-00001376 – LA CASA DE SENOVIA DE VICTOR I – EMISION DE LIBRAMIENTO POR CIERF – 330,00]; [43 – 02/02/17 – 0031-00012203 – EL MUNDO DEL PLOMERO DE AGO – MANTENIMIENTO EN CENTRO CIVICO – 0,00]; [45 – 02/02/17

  • 0001-00000196 – G.N.C. CEDRON – FORD F-100 XNV-935 – –]; [163 – 24/08/17 – 0001-00000424 – G.N.C. CEDRON (reemplaza anterior) – FORD F-100 XNV-935 – 400,00]; [47 – 02/02/17 – 000100000620 – HERRAJES Y CERRAJERIA MAILIN – LLAVES P/ PUERTAS DE TODO CTRO.DI – 350,00]; [50 – 02/02/17 – 000400000207 – CHATARRERA LOS MUCHACHOS – TANQUE AGUATERO REGADOR (CEMF – 60,00]; [52 – 07/02/17 – 0001-00029355 – QUIROGA REPUESTOS – FORD RANGER-(ELECTRICISTA DEL CC – 110,00]; [54 – 03/02/17 – 0002-00017309 – BULONERA SA- LUZZO – MOLDES DE CORQON CUNETA (CANA1 – 310,00]; [56 – 03/02/17 – 0002-00006957 – GRUPO VAL AMO HERRAJES – ARREGLO DE PUERTAS ESTADIO OLIN – 140,23]; [58 – 03/02/17 – 0002-00006958 – GRUPO VALAMO HERRAJES – ARREGLO PUERTA ESTADIO OLIMPICA – 95,40]; [60 – 03/02/17 – 0004- UU000758 – MAESTRO FERNANDO – TAREAS ADMINISTRATIVAS – 620,00]; [62 – 07/02/17 – 0001-00000342 – CERRAJERIA MURGUIA – TAREAS DIARIAS DEL SECTOR-GRANI – 130,00]; [64 – 07/02/17 – 0001-00000442 – TV- MAC.SERV.DE EQUIP. ELECTRK – EVENTOS VARIOS DEL SECTOR-ADU1. – 230,00]; [66 – 09/02/17 – 0003-00078316 – HERRAJES ASSEF – ARMADO DE TABLERO – 140,00]; [68 – 08/02/17 – 0001-00000904 – FOTO- COPIADORA RIVERO – CIERRE DE COLONIA DE VACACIONES – 16,00]; [71 – 02/02/17 – 0001-00032503 – CARMOTO FERRETERIA INDUSTRL – AFILADO DE MOTOSIERRAS – 132,00]; [74 – 02/02/17 – 0001-00032504 – CARMOTO FERRETERIA INDUSTRL – AMOLADORA DEL SECTOR- HERRERL – 150,00]; [76 – 15/02/17 – 0014-00022474 – JUJUY MATERIALES S.R.L. – PINTADO DE PISTA DE ATLETISMO – 525,00]; [78 – 08/02/17 – 0006-00006750 – CORRALON EL PROGRESO – CIERRE DE COLONIAS DE VACACIONE – 30,00]; [80 – 10/02/17 – 000100000633 – DESPENSA “ROJAS” – CIERRE DE COLONIAS DE VACACIONE – 35,00]; [82 – 10/02/17 – 0003-00605963 – VENTA DE FIAMBRES Y LACTEOS – CIERRE DE COLONIAS DE VACA- CIONE – 320,45]; [84 – 13/02/17 – 0004-00083555 – CIA.PETROLERA PALPALA S.R.L – BOMBA P/PISCINA-LIMPIEZA-CTRO. FO – 820,00]; [90 – 16/02/17 – 0001-00000102 – DISTRIBUIDORA “VACASIM” – REUNIONES CON CENTROS VECINALE – 507,50]; [92 – 17/02/17 – 0001-00001811 – BONANCITA LIBRERIA FOTOCOPIA – PARA TRIBUNAL DE CUENTA – 129,00]; [94 – 17/02/16 – 0001-00001294 – PAPELERA FER-PLAST – CORSOS – 180,00]; [96 – 22/02/17 – 0450-00017657 – MAXI COMODIN – ATENCIONES – 193,56]; [99 – 09/02/17 – 0843-00037603 – MUSIMUNDO – RE- LEVAMIENTO FOTOGRAFICO E INFC – 289,00]; [101 – 09/02/17 – 0042-00014313 – NOVA INFORMATICA S.A. – COMPUTADORA DEL INTENDENTE – 220,00]; [103 – 09/02/17 – 0002-00000427 – OVA INFORMATICA – COMPUTADORA – 250,00]; [105 – 10/02/17 – 0001-00004931 – SAN JUSTO – TAREAS ADMINISTRATIVAS – 260,00]; [110 – 24/01/17 – 0102-00892385 – GASNOR – COMEDOR SAN CAYETANO-ADULTO N – 290,38]; [115 – 24/01/17 – 010200892371 – GASNOR – CIC N°2 CANAL DE BEAGLE – 267,91]; [119 – 24/01/17 – 0102-00892370 – GASNOR – C.I.C N°2 DE CANAL DE BEAGLE – 257,28]; [123 – 24/01/17 – 0102-00892369 – GASNOR – %C.I.C N7 CANAL DE BEAGLE – 258,13]; [126 – 14/02/17 – 004500019030 – NOVA INFORMATICA S.A. – INTERNET EN RED – 520,00]; [128 – 21/02/17 – 0690-00015318 – CORREOARGENTIND – ENVIO AL MINISTERIO DEL INTERIOR – 383,00]; [133 – 16/02/17 – 0276-00008655 – BALUT EXPRESS – PAGO DE ENCOMIENDA RESPUESTOS-. – 287,00]; [135 – 22/02/17 – 0031-00012774 – EL MUNDO DEL PLOMERO DE AGOST – PARA MANTENIMIENTO DE CAÑOS DEI – 171,10]; [138 – 23/02/17 – 0003-00078453 – HERRAJES ASSEF – OFICINA -86,80]; [140 – 23/02/17 – 0003 – 00078454 – HERRAJES ASSEF – SERRAMIENTO DE MAMPARA P/OFICIÍ – 104,00]; [142 – 22/02/17 – 0002-00017559 – BULONERA SALUZZO – PALCO OFICIAL – 190,00]; [144 – 17/02/17 – 000300020441 – MERCEDES JUJUY DE DIM TOLEDO S – CAMIONA- GU ATERO – 420,00]; [147 – 07/02/17 – 0001-00029729 – BICICLE- TERIA “LIZARRAGA” – CORSOS 2017 – 168,00]; [149 – 22/02/17 – 0001-00001234 – HERBORISTERIA “NUESTRA.SENORA del – C. CORSOS 2017 – -80,00]; [151 – 22/02/17 – 0001-00000880 – MUNDO MAGICO – CORSOS 2017 – 227,00]; [153 – 23/02/17 – 0001-00000716 – DESPENSA M A RY – CORSOS 2017 – 286,00]; [ Importe Total Reconocido $ 15.837,79] EXCEPTUANDOSE de este procedimiento las Facturas de detalle siguiente, habida cuenta de incompatibilidades administrativas, razón por la que, junto a documentación relacionada, quedan disponibles para el respectivo y oportuno desglose: [Fs. – Fecha – Factura – Razón Social – Observación – Importe]; [45 – 02/02/17 – 0001-00000196 – G.N.C. CEDRON – Compro- brante sin CAI valido (reemnlazada a fs. 143) – 400,00]; [130 – 22/02/17 – 0001-00001035 – VIRGEN DE GUADALUPE S.R.L. – Factura vencida – 600,00]; [88 – 15/02/17 – 0001-00001034 – VIRGEN DE GUADALUPE S.R.L. – Factura vencida – 90,00]; [ Importe Total No Reconocido – – $ 1.090,00]

El desglose a producir (seguido de las correspondientes inscripciones de “ANULADO” y derivaciones respectivas) se realizará siguiendo normativas indicadas en el Decreto Provincial Nro. 1716-G-94 que, al respecto hace referencia al artículo 81 de la “Ley Procesal Administrativa Nro. 1886/48” que expresa que, siempre que se desglose una o más fojas del expediente deberá colocarse en su lugar una nueva foja de papel simple con la indicación de la Resolución que ordenó el desglose.-

ARTICULO 3°.- AUTORIZASE a Secretaría de Hacienda y Recursos Tributarios -Contaduría Municipal- a emitir Libramiento de Pago por la suma de Pesos Quince Mil Ochocientos Treinta y Siete con 79/100 ($ 15.837,79) a favor del CPN MARCO KUKOC -Jefe del Dpto. Compras y Suministros-, en concepto de Aceptación de Fondos con Cargo a Rendir por gastos resultantes de compromisos asumidos, según lo señalado en el Artículo precedente y en un todo de acuerdo a las actuaciones que obran al respecto.

ARTÍCULO 4°.- La erogación que demande el cumplimiento de lo establecido en el Artículo anterior, se afectará en su totalidad a las Partidas siguientes: a- $ 6.646,00: BIENES DE CONSUMO con RENTAS GENERALES (Para Pago de Obligaciones Contraídas en Ejercicios Anteriores No Comprometidos presupuestariamente); b- $ 3.675,99: SERVICIOS NO PERSONALES con RENTAS GENERALES (Para Pago de Obligaciones Contraídas en Ejercicios Anteriores No Comprometidos Presupuestariamente); c- $359,50: INTERESES DEUDA (Intereses Deuda Pública), d- $ 1.334,57: TRANSFERENCIA PARA FINANCIAR EROGACIONES CORRRIENTES CON RENTAS GENERALES (Para Pago de Obligaciones Contraídas en Ejercicios Anteriores No Comprometidos Presupuestariamente – Subsidio), e- $ 766,00: BIENES DE CAPITAL CON RENTAS GENERALES () y F- $ 3.055,73: TRABAJOS PUBLICOS CON RENTAS GENERALES (Para Pago de Obligaciones Contraídas en Ejercicios Anteriores No Comprometidos Presupuestariamente), todas del Presupuesto de Gastos Generales y Cálculos de Recursos en vigencia.

 

Dr. PABLO F. PALOMARES

Intendente Municipal