BOLETÍN OFICIAL Nº 110 ANEXO – 25/09/19

COMISION MUNICIPALIDAD DE PURMAMARCA.-

ORDENANZA N° 008/2019-CMP.-

PURMAMARCA, 09 SET. 2.019.-

ADHESION A LA LEY 5.273

Visto:

La ley 5.273 “La Creación del Registro de Deudores alimentarios morosos” dispuso la creación en el ámbito de la provincia del Registro de Deudores Alimentarios Morosos, el cual tiene como autoridad de aplicación a la Secretaría de Justicia.-

Considerando:

Que, a partir de la  Ley 5.273, se dispuso la creación en el ámbito de la provincia del Registro de Deudores Alimentarios Morosos, el cual tiene como autoridad de aplicación a la Secretaría de Justicia.-

Que, el registro (REDAM) tiene dos funciones específicas, una es llevar adelante de todas aquellas personas que adeuden total o parcialmente cuotas alimentarias a menores o personas discapacitadas, la cual rige a partir de las 3 (tres) Cuotas alimentarias CONSECUTIVAS o 5 (cinco) Cuotas alimentarias ALTERNADAS.- Y por otro lado,  emite los Certificados ante el requerimiento de persona física o Jurídica, pública o privada.-

Que, el caso de las inscripciones, modificaciones o bajas al Registro, se producirán únicamente por los oficios emitidos por orden Judicial.- De esta manera, las inscripciones se extinguirán por orden de la autoridad que dispuso la medida o por declaración judicial de nulidad o falsedad del documento registrado. Mientras que, la inscripción caducará a los 5 (CINCO) años de la fecha del asiento, transcurrido dicho lapso, la misma se tendrá por inexistente.-

Que con esta ley se procura proteger los intereses de niños y adolescentes destinatarios de la cuota alimentaria, de acuerdo a los postulados de la Convención de los Derechos del Niño.-

Por ello y en uso de las facultades conferidas por la Ley Orgánica de Municipios N° 4466/89.-

EL CONSEJO COMUNAL DE LA COMISIÓN MUNICIPAL DE PURMAMARCA

SANCIONA LA ORDENANZA N° 008/19.-

ARTICULO 1°: Adhiérase la Comisión Municipal de Purmamarca a la Ley 5.273, según lo estipulado en su artículo 12º.-

ARTICULO 2°: Comuníquese al Ejecutivo Municipal.- Publíquese en Boletín Oficial. Regístrese, Cumplido archívese.-

Dado en Sala de Sesiones de la Comisión Municipal de Purmamarca, a los días 09 del mes de Setiembre de 2.019.-

 

Prof. Rene O. Tolaba

Presidente