BOLETÍN OFICIAL Nº 108 ANEXO – 20/09/19
Gobierno Municipal de Palpalá
Decreto Nro. 0982/17
Ciudad de Palpalá, 30 de Octubre de 2.017.-
VISTO:
La Ordenanza Nro. 1231/17 sancionada por el Concejo Deliberante de la Municipalidad de Palpalá dictando la adhesión de la Municipalidad de Palpalá a la Ley Nacional Nro. 26.695 de “Regulación del Consumo de Sodio”, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley de Adhesión establece una serie de medidas en relación ala reducción progresiva del consumo de sal, entendiendo que con ello se contribuye a la reducción enfermedades cardiovasculares, cerebrovasculares y renales.
Que lo dictado se compatibiliza con la propuesta saludable que maneja este Departamento Ejecutivo, entendiéndose también que con ello se adquieren recursos que permitirán la aplicación de otras medidas a las ya adoptadas en la materia.
Que habida cuenta de la coincidencia de objetivos y la necesidad de aplicación de lo normado, se entiende como conveniente proceder a una inmediata promulgación de acuerdo a los principios que se establecen en los Artículos 48 y 64 -inc. 4- de la Carta Orgánica Municipal.
Por ello y en uso de las atribuciones conferidas,
EL INTENDENTE DEL GOBIERNO MUNICIPAL DE PALPALA
DECRETA
ARTÍCULO 1º.- PROMULGUESE la Ordenanza Nro. 1231/17, dictada por el Concejo Deliberante de esta Municipalidad de Palpalá en fecha 11 de Octubre de 2017, adhiriendo a la Ley Nacional Nro. 26.905 de “Regulación del Consumo de Sodio”.
ARTICULO 2º.- AFECTESE al DEPARTAMENTO DE PROMOCION DE LA SALUD de la Dirección de Desarrollo Humano -Secretaría de Gobierno Municipal-, como Órgano de Aplicación de lo normado, situación por la que, en principio, le corresponderá el dictado de la Reglamentación correspondiente, en un todo de acuerdo a lo establecido en el Artículo 2do. de la Ordenanza promulgada.
ARTICULO 3º.- Dése al Registro y al Boletín Municipal para su publicación inmediata como Publicación Especial Nro. 04/17 adoptando como medio de difusión el Link “https://goo.gl/XFcTnw”. Remítase copia al Concejo Deliberante. Tome conocimiento Secretaría de Gobierno y Secretaría de Comunicación y Gobierno Abierto para los propósitos que correspondan. Cumplido, archívese.-
Dr. PABLO F. PALOMARES
Intendente Municipal