BOLETÍN OFICIAL Nº 107 ANEXO – 18/09/19

Gobierno Municipal de Palpalá

Decreto Nro. 1219/17

Ciudad de Palpalá, 19 de Diciembre de 2.017.-

EL INTENDENTE DEL GOBIERNO MUNICIPAL DE PALPALA

DECRETA

ARTICULO 1º.- AUTORIZASE el usufructo de la licencia Ordinaria Anual Total del Periodo 2.017, del Dr. MARIO OSVALDO TELLO – Asesor Legal de la Secretaria de Obras y Servicios Públicos – quien hará usufructo de su Licencia Ordinaria Anual Total del Periodo 2.017, a partir del 02 al 15 de Enero del 2018.

ARTICULO 2º.- ASIGNASE interinamente al Subsecretario de Obras y Servicios Públicos – Ing. RODRIGO LEONEL ZORRILLA – Legajo Nº 1799, como responsable administrativo del Departamento Asesoría Legal de la Secretaria de Obras y Servicios Públicos -mientras dure la ausencia del titular Dr. MARIO OSVALDO TELLO – por las razones expuestas hasta tanto se produzca el reintegro autorizado en el artículo anterior.

ARTICULO 3º.- Mientras dure la vigencia del presente Decreto la responsabilidad asignada al Ing. RODRIGO LEONEL ZORRILLA – se cumplirá sin perjuicio de las tareas competente como personal del sector, no significando en ello una modificación en los haberes que, por esta última función, percibe dentro de la Municipalidad de Palpalá.

 

Dr. PABLO F. PALOMARES

Intendente Municipal

 

Gobierno Municipal de Palpalá

Decreto Nro. 1220/17

Ciudad de Palpalá, 19 de Diciembre de 2.017.-

EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD DE PALPALA

DECRETA

ARTICULO 1º.- CONVALIDASE el CONTRATO DE LOCACIÓN DE OBRA que forma parte del Expediente Nro. 547-D-17 y que, fuera suscripto el 30 de Junio del año 2017 con vigencia desde el 01 al 31 de Julio 2017, entre el Sr. EMILIO JORGE AUGUSTO USTAREZ -DNI Nro. 35.824.415- y la MUNICIPALIDAD DE PALPALA para el servicio de Control de Calidad de materiales ingresados al Municipio (herramienta, indumentarias, economato, etc.) bajo supervisión del Departamento Compras y Suministros -Secretaria de Hacienda y Recursos Tributarios, todo en conformidad de la Nota de Dirección de personal N9 1850/17 de la Municipalidad de Palpalá.

ARTICULO 2º.- APRUEBASE la Certificación de Servicios correspondiente al mes de JULIO 2017, y que forma parte de la presente documentación y que, se extendiera por autoridad competente a los propósitos de dar cumplimiento a lo dispuesto en la Cláusula Tercera del Acto contractual convalidado por aplicación del Artículo precedente.

ARTICULO 3º AUTORIZASE a Contaduría Municipal -Secretaría de Hacienda y Recursos Tributarios-, a disponer de la emisión del Libramiento de pago de Pesos de Dos Mil Quinientos con 00/100 ($2.500,00) a favor de USTAREZ EMILIO JORGE AUGUSTO -Servicios Auxiliares- CUIT Nro. 20-35824415-8, en concepto de Cancelación de la Factura C-0002-00000057 de fecha 04 de Agosto de 2017, extendida por el cumplimiento de presentación de servicio en un todo de acuerdo al Contrato suscripto entre las partes, de convalidación en el artículo anterior.

ARTICULO 4º.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto, se atenderá con afectación a la Partida del Presupuesto General de Gastos de Cálculos y Recursos vigentes.

 

Dr. PABLO F. PALOMARES

Intendente Municipal

 

Gobierno Municipal de Palpalá

Decreto Nro. 1221/17

Ciudad de Palpalá, 19 de Diciembre de 2.017.-

EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD DE PALPALA

DECRETA

ARTICULO 1º CONVALIDASE el CONTRATO DE LOCACIÓN DE OBRA que forma parte del Expediente Nro. 549-D-17 y que fuera suscripto el 31 de Agosto del año 2017 con vigencia desde el 01 al 30 de SEPTIEMBRE 2017, entre el Sr. EMILIO JORGE AUGUSTO USTAREZ -DNI Nro. 35.824.415- y la MUNICIPALIDAD DE PALPALA para el servicio de Control de Calidad de materiales Ingresados al Municipio (herramienta, indumentarias, economato, etc.) bajo supervisión del Departamento Compras y Suministros -Secretaria de Hacienda y Recursos Tributarios, todo en conformidad a las disposición de la Nota N91851/17 de la Dirección de Personal de esta Municipalidad.

ARTICULO 2º APRUEBASE la Certificación de Servicios correspondiente al mes de SEPTIEMBRE 2017, y que forma parte de la presente documentación y que, se extendiera por autoridad competente a los propósitos de dar cumplimiento a lo dispuesto en la Cláusula Tercera del Acto contractual convalidado por aplicación del Artículo precedente.

ARTICULO 3º AUTORIZASE a Contaduría Municipal -Secretaría de Hacienda y Recursos Tributarios-, a disponer de la emisión del Libramiento de pago de Pesos de Dos Mil Quinientos con 00/100 ($2.500,00) a favor de USTAREZ EMILIO JORGE AUGUSTO -Servicios Auxiliares- CUIT Nro. 20-35824415-8, en concepto de Cancelación de la Factura C-0002-00000059 de fecha 04 de Octubre de 2017, extendida por el cumplimiento de presentación de servicio en un todo de acuerdo al Contrato suscripto entre las partes, de convalidación en el artículo anterior.

ARTICULO 4º.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto, se atenderá con afectación a la Partida del Presupuesto General de Gastos de Cálculos y  Recursos vigentes.

 

Dr. PABLO F. PALOMARES

Intendente Municipal

 

Gobierno Municipal de Palpalá

Decreto Nro. 1222/17

Ciudad de Palpalá, 20 de Diciembre de 2.017.-

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE PALPALA

DECRETA

ARTÍCULO 1º.- APRUEBASE el Proyecto “Encuentro de Navidad 2017” elaborado y presentado por la Secretaría de Gobierno Municipal, mediante el que, a través de una convocatoria a realizarse el Viernes 22 de Diciembre de 2017 en el “Paseo de las Flores”, se pretende brindar un espacio abierto a la expresión artística por parte de Orquestas Juveniles, siempre en un todo de acuerdo a lo planteado a través del Expediente Nro. 2339-S-17 instruido al efecto.

ARTÍCULO 2º.- PREVEASE por Secretaría de Hacienda y Recursos Tributarios el acompañamiento presupuestario necesario que, como inversión social, se tenga por necesario para el cumplimiento de los propósitos y objetivos planteados en el Proyecto de aprobación anterior

 

Dr. PABLO F. PALOMARES

Intendente Municipal

 

Gobierno Municipal de Palpalá

Decreto Nro. 1223/17

Ciudad de Palpalá, 20 de Diciembre de 2.017.-

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE PALPALA

DECRETA

ARTÍCULO 1°.- CONVALIDASE en todos sus términos del Convenio de Cooperación y Asistencia – suscripto el 11 de Mayo del 2017, entre la Municipalidad de Palpalá y la Dirección Provincial de Recursos Hídricos -representado por el Ing. Guillermo Antonio Sadir – DNI N° 13.121.231, al respecto se establecen los derechos y obligaciones a las que se someten las partes, en cuanto a las pautas de colaboración, asistencia, a fin de realizar las obras de protección del margen derecho del Arroyo Las Martas a la altura del Barrio San Roque de esta Ciudad de Palpalá.

 

Dr. PABLO F. PALOMARES

Intendente Municipal

 

Gobierno Municipal de Palpalá

Decreto Nro. 1224/17

Ciudad de Palpalá, 20 de Diciembre de 2.017.-

ARTÍCULO 1°.- CONVALIDASE el Contrato de Locación de Obra que obra a Fs. 46 del Expediente Nro. 1280-C-2015 y que fuera celebrado el 02 ENE 2015 entre la MUNICIPALIDAD DE PALPALA y TRANSPORTE DEL SUR, C.U.I.T. 27-16284183-7, de BLANCA ZULEMA ABAN, para la utilización de un Camión marca Mercedes Benz – Modelo L1620 y Dominio CKX594 -AÑO 1998-, durante el mes de ENERO 2015, cumpliendo trabajos relativos a servicios y obras públicas pactándose para ello el reconocimiento de Pesos Cincuenta ($ 50,00) por hora trabajo de vehículo y chofer.

ARTÍCULO 2°.- CONVALIDASE la afectación de Quinientos Sesenta con 14/100 (560,14) Litros de Combustible (Gas-Oil) -equivalente a la suma de Pesos Seis Mil Ciento Setenta y Dos con 74/100 ($ 6.172,74) que durante el mes de ENERO 2.015, con cargo a esta Municipalidad y de acuerdo a lo determinado en la Cláusula Octava del Contrato Convalidado, se suministrara al vehículo de referencia precedente no registrándose otro gasto de mantenimiento por su utilización.

ARTÍCULO 3°.- APRUEBASE la Certificación de Servicios que la Secretaría de Obras y Servicios emite a razón del cumplimiento de doscientas sesenta y cinco Horas (265:00) de Afectación vehicular que, de acuerdo a las pautas contractuales convalidadas en lo inicial, acreditan la suma de Pesos Trece Mil Doscientos Cincuenta con 00/100 ($ 13.250,00) a favor de Blanca Zulema Aban -CUIT 27-16284183-7-, quien a esos efectos utiliza la razón social de su propiedad denominada ‘Transporte del Sur”.

ARTÍCULO 4°.- AUTORIZASE a Contaduría Municipal -Secretaría de Hacienda y Recursos Tributarios- a disponer de la emisión de un Libramiento de Pago por la suma de Pesos Trece Mil Doscientos Cincuenta con 00/100 ($ 13.250,00), a favor de la firma TRANSPORTE DEL SUR de Blanca Zulema Aban CUIT 27-16284183-7-, en concepto de Cancelación de Factura C Nro. 0001-00000005 de fecha 28 OCT 2015 extendida de acuerdo a la Certificación de Servicios de convalidación anterior.

ARTICULO 5°.- AFECTESE la erogación que resulte del cumplimiento de lo establecido en todo lo precedente, a las partidas correspondientes del Presupuesto General de Cálculos y Recursos del ejercicio vigente.

 

Dr. PABLO F. PALOMARES

Intendente Municipal

 

Gobierno Municipal de Palpalá

Decreto Nro. 1225/17

Ciudad de Palpalá, 20 de Diciembre de 2.017.-

ARTICULO 1°.- CONVALIDASE el Contrato de Locación , que fuera celebrado el 02 de Enero de 2.017, entre la MUNICIPALIDAD DE PALPALA y la Firma “KIRIKU” de MATIAS EZEQUIEL ANGEL CAMACHO – CUIT 20-34524442-6, para la utilización, durante el periodo entre el 02 de Enero al 31 de Marzo del 2.017, por el de Alquiler de un Tractor Fiat 165 con segadora, que será afectado a los siguientes trabajos; desmalezado de plaza y parques, conservación de espacios verdes y otras tareas que requiera la Municipalidad, en distintos barrios de la Ciudad de Palpalá.

ARTICULO 2°.- APRUEBASE las Certificaciones de Servicios que la Secretaria de Obras y Servicios Públicos emitiera en relación al cumplimiento de los servicios comprometidos por parte de la firma “KIRIKU” de MATIAS EZEQUIEL ANGEL CAMACHO – CUIT 20-34524442-6, por más de Horas Trabajadas Veinticuatro con 00/100 (24:00); con un importe mensual a cancelar – de pesos TREINTA Y CINCO MIL con 00/100 ($ 35.000,00).

ARTICULO 3°.- ACEPTESE la Factura N° C-0003-00000055 como documentación de Pago de relación a la cancelación de las Certificaciones de Servicios anteriormente aprobadas, según el Expte. N° 27-k-17

ARTICULO 4°.- AUTORIZASE a Contaduría Municipal-Secretaria de Hacienda y Recursos Tributarios- a disponer de la emisión de un Libramiento de Pago por la suma de Pesos CIENTO CINCO MIL con 00/100 ($ 105.000,00) a favor de la Firma “KIRIKU” de MATIAS EZEQUIEL ANGEL CAMACHO – CUIT 20-34524442-6-, en concepto de Cancelación de la Factura N° C-0003-00000055 de fecha 23 de Octubre 2.017, extendida de acuerdo a la Certificación de Servicios de convalidación en el art. 22 y la salvedad detallada en el artículo precedente.

ARTICULO 5°.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto, se atenderá con cargo a las Partidas, previstas en el Presupuesto de Gastos en vigencia .-

 

Dr. PABLO F. PALOMARES

Intendente Municipal

 

Gobierno Municipal de Palpalá

Decreto Nro. 1226/17

Ciudad de Palpalá, 20 de Diciembre de 2.017.-

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE PALPALA

DECRETA

ARTÍCULO 1º.- AMPLIESE el periodo otorgado al vehículo Renault Kangoo Athplus, tipo Sedan 5 ptas. y Dominio MHW555 manejado por el Sr. BALMACEDA Héctor Rubén -DNI 17.909.406- y propiedad de la Sra. LUJAN Roxana Alejandra -DNI 22.984.503-, para operar como prestador del Servicio Especializado de Transporte a Personas con Discapacidad Motriz y/o Movilidad Restringida dentro de la jurisdicción local, razón por la cual la habilitación concedida a través del Decreto Nro. 998/17 tendrá como Período Válido entre el 01 de Noviembre de 2017 al 31 de Diciembre de 2018, todo ello de acuerdo a las consideraciones precedentes que surgen del análisis técnico del Expediente Nro. 304-L-2017.

ARTÍCULO 2º.- Salvo la cuestión determinante en lo anterior, ratificase los propósitos y medidas de relación dictadas en el Decreto Nro. 998/17.

 

Dr. PABLO F. PALOMARES

Intendente Municipal

 

Gobierno Municipal de Palpalá

Decreto Nro. 1227/17

Ciudad de Palpalá, 20 de Diciembre de 2.017.-

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE PALPALA

DECRETA

ARTÍCUL01°.- CONVALIDASE las actuaciones obrantes del Expediente N° 1654-C-17, en lo que se refiere a Pago de la factura B-0006-00000002, por la suma de PESOS CUATRO MIL QUINIENTOS con 00/100 ($ 4.500,00) a favor de la Firma ARROYO HECTOR RAUL – C.U.I.T. N° 20-22496714-5-Servicio de Iluminación y Sonidos para la realización de la Primera Cantada a la Virgen, en el marco de la novena Patronal de nuestros Santos Patronos, llevada a cabo el pasado 10 de Septiembre del 2.017.

ARTÍCULO 2°.- AUTORIZASE a Secretaría de Hacienda -Contaduría Municipal- a efectuar el Libramiento Pago, por la suma de PESOS CUATRO MIL QUINIENTOS con 00/100 ($ 4.500,00) a favor de la Firma ARROYO HECTOR RAUL – C.U.I.T. N° 20-22496714-5- Servicio de Iluminación y Sonidos, en concepto de cancelación de la Factura N° B-0006-00000002 – que fuera emitida en fecha 11 de Septiembre del 2.017,en un todo de acuerdo a lo obrado en el Expediente N° 1654-C-17.

ARTÍCULO 3°.- La erogación que demande el cumplimiento de lo establecido en el Artículo anterior, se afectará en su totalidad a la Partida: TRANSFERENCIAS P/FINANC. EROG. COO. C/ RENTAS GENERALES (otras transferencias) del Presupuesto de Gastos Generales y Cálculos de Recursos en vigencia.

 

Dr. PABLO F. PALOMARES

Intendente Municipal

 

Gobierno Municipal de Palpalá

Decreto Nro. 1228/17

Ciudad de Palpalá, 21 de Diciembre de 2.017.-

EL INTENDENTE DEL GOBIERNO MUNICIPAL DE PALPALA

DECRETA

ARTICULO 1º.- DECLARASE jornadas de Asueto Administrativo y de Servicios en la Municipalidad de Palpalá, los días 22 y 29 de Diciembre de 2017 a partir de horas 11:00, en adhesión a disposiciones establecidas en el ámbito provincial mediante decreto 5629G/17 en relación a las festividades de Navidad y Año Nuevo y en consonancia a normas de convivencia familiar y espiritual de las fechas que se avecinan.

ARTICULO 2º.- No obstante lo establecido, los responsables de las distintas áreas de servicios esenciales de esta Municipalidad (Cementerio, Reparto de Agua, Inspecciones Bromatológicas, Veterinarias, Recolección de Residuos, Policía Municipal, etc.) organizarán las guardias mínimas para la prestación de servicios básicos a la comunidad.

ARTICULO 3º.- Invitase al Concejo Deliberante a dictar las medidas de adhesión que correspondan a la circunstancia promovida.

 

Dr. PABLO F. PALOMARES

Intendente Municipal

 

Gobierno Municipal de Palpalá

Decreto Nro. 1229/17

Ciudad de Palpalá, 21 de Diciembre de 2.017.-

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE PALPALÁ

DECRETA

ARTICULO 1°.- AUTORIZASE a Secretaría de Hacienda – Contaduría Municipal – a efectuar la emisión del correspondiente Libramiento de Pago la suma de Pesos TRES MIL CIENTO SETENTA con 00/100 ($ 3.170,00) a favor de la firma RICARDO A. GALIAN -Servicios Gráficos – C.U.I.T-23-33960173-9- con domicilio en Calle Mina Casualidad N° 255 del Barrio Santa Bárbara de esta Ciudad de Palpalá, por pago de las Facturas N° C – 0001-00000164, por los motivos expuestos en el exordio del presente dispositivo legal.

ARTICULO 2°.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el Artículo Io), se atenderá con cargo a la Partida: BIENES DE CONSUMO C/ RENTAS GENERALES (cueros, plásticos, cauchos y sus manufacturas) del Presupuesto General de Gastos en vigencia.

 

Dr. PABLO F. PALOMARES

Intendente Municipal

 

Gobierno Municipal de Palpalá

Decreto Nro. 1230/17

Ciudad de Palpalá, 21 de Diciembre de 2.017.-

INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE PALPALA

DECRETA:

ARTICULO 1º.- AUTORIZASE la asignación de un Adicional por RESPONSABILIDAD FUNCIONAL al Personal Municipal que se detalla en ANEXO I, y que forman parte de este Decreto, en razón de las tareas encomendadas que se llevaran a cabo en el mes de JUNIO de 2.017 y por las consideraciones expuestas en el exordio.

ARTICULO 2º.- Los agentes beneficiados con Adicionales por distintos conceptos deberán cumplir con los requisitos que establece el Decreto N° 230/04.

ARTICULO 3º.- AUTORIZASE, el pago del Adicional por Responsabilidad Funcional, a los agentes municipales que se detallan en el ANEXO II.

ARTICULO 4º.- Las erogaciones que demanden el cumplimiento de lo dispuesto en el Articulo 1º), se atenderán con Cargo a Partida Presupuestaria de GASTOS EN PERSONAL – del Presupuesto General de Gastos vigente.

 

Dr. PABLO F. PALOMARES

Intendente Municipal

 

Gobierno Municipal de Palpalá

Decreto Nro. 1231/17

Ciudad de Palpalá, 21 de Diciembre de 2.017.-

INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE PALPALA

DECRETA:

ARTICULO 1º.- AUTORIZASE la asignación de un Adicional por RESPONSABILIDAD FUNCIONAL al Personal Municipal que se detalla en ANEXOS, y que forman parte de este Decreto, en razón de las tareas encomendadas que se llevaran a cabo a partir del mes de JULIO de 2.017 y por las consideraciones expuestas en el exordio.

ARTICULO 2º.- Los agentes beneficiados con Adicionales por distintos conceptos deberán cumplir con los requisitos que establece el Decreto N° 230/04.

ARTICULO 3º.- AUTORIZASE, el pago Adicional por Responsabilidad Funcional, a los agentes municipales se detallan en el ANEXO I.-

 

Dr. PABLO F. PALOMARES

Intendente Municipal

 

Gobierno Municipal de Palpalá

Decreto Nro. 1232/17

Ciudad de Palpalá, 21 de Diciembre de 2.017.-

INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE PALPALA

DECRETA:

ARTICULO 1º.- AUTORIZASE la asignación de un Adicional por RESPONSABILIDAD FUNCIONAL al Personal Municipal que se detalla en ANEXO I, y que forman parte de este Decreto, en razón de las tareas encomendadas que se llevaran a cabo en el mes de AGOSTO de 2.017 y por las consideraciones expuestas en el exordio.

ARTICULO 2º.- Los agentes beneficiados con Adicionales por distintos conceptos deberán cumplir con los requisitos que establece el Decreto N° 230/04.

ARTICULO 3º.- Las erogaciones que demanden el cumplimiento de lo dispuesto en el Artículo 1º), se atenderán con Cargo a Partida Presupuestaria de GASTOS EN PERSONAL – del Presupuesto General de Gastos vigente.

 

Dr. PABLO F. PALOMARES

Intendente Municipal

 

Gobierno Municipal de Palpalá

Decreto Nro. 1233/17

Ciudad de Palpalá, 21 de Diciembre de 2.017.-

INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE PALPALA

DECRETA:

ARTICULO 1º.- AUTORIZASE la asignación de un Adicional por RESPONSABILIDAD FUNCIONAL al Personal Municipal que se detalla en ANEXO I, y que forman parte de este Decreto, en razón de las tareas encomendadas que se llevaran a cabo en el mes de SETIEMBRE de 2.017 y por las consideraciones expuestas en el exordio.

ARTICULO 2º.- Los agentes beneficiados con Adicionales por distintos conceptos deberán cumplir con los requisitos que establece el Decreto N° 230/04.

ARTICULO 3º.- Las erogaciones que demanden el cumplimiento de lo dispuesto en el Artículo 1º), se atenderán con Cargo a Partida Presupuestaria de GASTOS EN PERSONAL – del Presupuesto General de Gastos vigente.

 

Dr. PABLO F. PALOMARES

Intendente Municipal

 

Gobierno Municipal de Palpalá

Decreto Nro. 1234/17

Ciudad de Palpalá, 21 de Diciembre de 2.017.-

INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE PALPALA

DECRETA:

ARTICULO 1º.- AUTORIZASE la asignación de un Adicional por RESPONSABILIDAD FUNCIONAL al Personal Municipal que se detalla en ANEXO I, y que forman parte de este Decreto, en razón de las tareas encomendadas que se llevaran a cabo en el mes de OCTUBRE de 2.017 y por las consideraciones expuestas en el exordio.

ARTICULO 2º.- Los agentes beneficiados con Adicionales por distintos conceptos deberán cumplir con los requisitos que establece el Decreto N° 230/04.

ARTICULO 3º.- Las erogaciones que demanden el cumplimiento de lo dispuesto en el Artículo 1º), se atenderán con Cargo a Partida Presupuestaria de GASTOS EN PERSONAL – del Presupuesto General de Gastos vigente.

 

Dr. PABLO F. PALOMARES

Intendente Municipal

 

Gobierno Municipal de Palpalá

Decreto Nro. 1235/17

Ciudad de Palpalá, 21 de Diciembre de 2.017.-

INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE PALPALA

DECRETA:

ARTICULO 1º.- AUTORIZASE la asignación de un Adicional por RESPONSABILIDAD FUNCIONAL al Personal Municipal que se detalla en ANEXO I, y que forman parte de este Decreto, en razón de las tareas encomendadas que se llevaran a cabo en el mes de NOVIEMBRE de 2.017 y por las consideraciones expuestas en el exordio.

ARTICULO 2º.- Los agentes beneficiados con Adicionales por distintos conceptos deberán cumplir con los requisitos que establece el Decreto N° 230/04.

ARTICULO 3º.- Las erogaciones que demanden el cumplimiento de lo dispuesto en el Artículo 1º), se atenderán con Cargo a Partida Presupuestaria de GASTOS EN PERSONAL – del Presupuesto General de Gastos vigente.

 

Dr. PABLO F. PALOMARES

Intendente Municipal

 

Gobierno Municipal de Palpalá

Decreto Nro. 1236/17

Ciudad de Palpalá, 21 de Diciembre de 2.017.-

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE PALPALA

DECRETA

ARTÍCULO 1º.- RATIFICASE el Contrato de Obra Pública que, suscripto por esta Municipalidad de Palpalá con la Cooperativa de Trabajo “Palpalá Trabajar Ltda.” -CUIT 30-71013720-6-, se aprobara mediante Decreto Nro. 1008/17 para realización de los trabajos “Cerramiento Perimetral con Mampostería de Bloques de H2” y “Construcción de Depósito y Baños” en el Cementerio de la Localidad de Río Blanco, fijándose para ello un Monto de Contratación de Pesos Un Millón Doscientos Cincuenta y Seis Mil Setecientos Ochenta y Cinco con 126/100 ($ 1.256.785,16) y un plazo de finalización de sesenta (60) días corridos a partir de la Iniciación de Obra, todo de acuerdo a antecedentes que forman parte del Expediente Nro. 2006-S-17.

ARTICULO 2°.- CONVALIDANSE el Acta de Inicio de Obra y el Certificado de Anticipo de Obra que desde la Secretaría de Obras y Servicios Públicos se interponen como documentación respaldatoria del Anticipo de Obra planteado en la Cláusula Novena del Contrato de referencia anterior, para lo cual la Cooperativa interviniente da lugar a la presentación de la Factura Nro. B-0002-00000042 por la suma de pesos Doscientos Cincuenta y Un Mil Trescientos Cincuenta y Siete con 03/100 ($ 251.357.03) correspondiente a un veinte por ciento (20%) del monto total de obra en cuestión.

ARTICULO 3°.- CONVALIDASE el Libramiento de Pago Nro. 02635/2017 de fecha 01 de Noviembre de 2017 que, Contaduría Municipal -Secretaría de Hacienda y Recursos Tributarios- y por la suma de pesos Doscientos Cincuenta y Un Mil Trescientos Cincuenta y Siete con 03/100 ($ 251.357.03), efectuara a favor de la Cooperativa de Trabajo “Palpalá trabajar Ltda” -CUIT 30-71013720-6-, en concepto de cancelación de la Factura señalada en el Artículo precedente.

 

Dr. PABLO F. PALOMARES

Intendente Municipal

 

Gobierno Municipal de Palpalá

Decreto Nro. 1237/17

Ciudad de Palpalá, 22 de Diciembre de 2.017.-

EL INTENDENTE DEL GOBIERNO MUNICIPAL DE PALPALA

DECRETA:

ARTICULO 1º.- CONVALIDASE el Contrato de Obra que en fecha 26 de Septiembre de 2017, esta Municipalidad de Palpalá formalizara con la Empresa ECOIM S.R.L. -CUIT Nro. 33-71371090-9- (representada por el Sr. Bartolomé Francisco Héctor Pola -DNI Nro. 11.063.104- como Apoderado), para realización del trabajo “Bacheo en Pavimento Flexible en Avenidas de la Ciudad de Palpalá -llda. Etapa-“, bajo un presupuesto de Pesos Setecientos Ochenta y Cinco Mil Cuatrocientos con 00/100 ($785.400,00) por reparación de las Avenidas de la Ciudad de Palpalá señalados en la Carpeta de Obra -Expediente Nro. 2204-S-17-, todo dentro de un plazo de Cuarenta y cinco (45) días a partir del Inicio de Obras formalizado el 02 de Octubre del 2017 (fs. 179).

ARTICULO 2º.- CONVALIDASE el Acta de Medición Nro. 1 (fs. 207) y Certificado de Obra (fs. 208) por la suma de Pesos Setecientos Ochenta y Cinco Mil Cuatrocientos con 00/100 ($785.400,00) que, dentro del contexto del Contrato de Obra aprobado en lo precedente y en fecha 15 de Noviembre de 2017, emitiera la Secretaria de Obras y Servicios Públicos en función de los trabajos respectivamente concretados y los parámetros contractuales establecidos dentro de la Cláusula Quinta del referido acto contractual.

ARTICULO 3º.- CONVALIDASE la emisión del Libramiento de Pago Nº 02993/17, que dispusiera en su momento Contaduría Municipal y Secretaria de Hacienda y Recursos Tributarios- por la suma de Pesos Setecientos Ochenta y Cinco Mil Cuatrocientos con 00/100 ($785.400,00) a favor de la Empresa Constructora “ECOIM S.R.L.” -CUIT Nro. 33-71371090-9-, en concepto de Cancelación de Factura Nro. B-0001-00000058 emitida el 23 de Noviembre de 2017, según pautas contractuales consecuentes del Acta de Medición de Obras de aprobación anterior.

ARTICULO 4º.- AFECTESE la erogación resultante de las disposiciones anteriores, a las correspondientes Partidas del Presupuesto General de Gastos y Cálculos de Recursos del ejercicio en vigencia.

 

Dr. PABLO F. PALOMARES

Intendente Municipal

 

Gobierno Municipal de Palpalá

Decreto Nro. 1238/17

Ciudad de Palpalá, 22 de Diciembre de 2.017.-

EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD DE PALPALA

DECRETA

ARTICULO 1°.- CONVALIDASE el CONTRATO DE LOCACION DE OBRA que forma parte del Expediente Nro. 638-D-17 y que, fuera suscripto el 31 de Octubre del año 2017 con vigencia del 01 al 30 de noviembre de 2017, entre la Sra. ALFARO TERESA LILA -DNI Nro. 11.906.622- y la MUNICIPALIDAD DE PALPALA para desempeñar las funciones de las tareas de asesoramiento interno en Tesorería Municipal jurisdicción de la Secretaría de Hacienda y Recursos Tributarios, durante el mes de NOVIEMBRE de 2.017, además deberá cumplir con lo establecido según Régimen AFIP – DGI Resolución General 3419 y Concordantes.

ARTICULO 2°.- APRUEBASE la Certificación de Servicios correspondiente al mes de NOVIEMBRE y que forma parte de la presente documentación y que, se extendiera por autoridad competente a los propósitos de dar cumplimiento a lo dispuesto en la Cláusula Tercera del Acto contractual convalidado por aplicación del Artículo precedente.

ARTICULO 3°.- AUTORIZASE a Contaduría Municipal -Secretaría de Hacienda y Recursos Tributarios- a disponer de la emisión del Libramiento de Pago de Pesos OCHO MIL con 00/100 ($ 8.000,00.-) a favor de la Sra. ALFARO TERESA LILA -DNI Nro. 11.906.622-, en concepto de cancelación de Factura C-0002-00000002 de fecha 01 de Diciembre de 2017, extendida por el cumplimiento de prestación de servicios en un todo de acuerdo al Contrato suscripto entre partes, de convalidación en el artículo anterior.

ARTICULO 4°.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presenté Decreto, se atenderá con afectación a la Partida del Presupuesto General de Gastos de Cálculos y Recursos vigentes.

 

Dr. PABLO F. PALOMARES

Intendente Municipal

 

Gobierno Municipal de Palpalá

Decreto Nro. 1239/17

Ciudad de Palpalá, 22 de Diciembre de 2.017.-

INTENDENTE MUNICIPAL DE PALPALA

DECRETA

ARTICULO 1°.- CONVALIDASE el CONTRATO DE LOCACION DE OBRA que forma parte del Expediente Nro. 648-D-17 y que, fuera suscripto el 30 de Octubre de 2017, con vigencia del 01 al 30 de Noviembre de 2017, entre el Sr. AMERISE LUIS MILAGRO -DNI Nro. 11.628.925- y la MUNICIPALIDAD DE PALPALA a efectos de contar con el servicio de asesoramiento, control, administración y mantenimiento del parque automotor, asumiendo las responsabilidades de atención y control de las habilitaciones de licencias de conducir (motos, vehículos), bajo la Supervisión de la Dirección de Transporte – Secretaría de Control y Prevención de la Seguridad Ciudadana.

ARTICULO 2°.- APRUEBASE la Certificación de Servicios que obra en el Expediente citado y que, para dar constancia del cumplimiento del servicio contratado, la Dirección de Transporte – Secretaría de Control y Prevención de la Seguridad Ciudadana extendiera en consonancia de la Cláusula Tercera del Acto contractual convalidado por aplicación del Artículo precedente.

ARTICULO 3°.- AUTORIZASE a Secretaría de Hacienda y Recursos Tributarios – Contaduría Municipal – a efectuar la emisión del correspondiente Libramiento de Pago por la suma de PESOS CATORCE MIL con 00/100 ($ 14.000,00-) a favor del Sr. AMERISE LUIS MILAGRO -CUIT i Nro. 20-11628925-4, en concepto de Cancelación de la Factura “C” Nro. 0001-00000107 extendida el W 11 de Diciembre de 2017, por el cumplimiento de las disposiciones contractuales contenidas en la convalidación efectuada en el Artículo 1ro. y en un todo de acuerdo a las actuaciones obrantes en el Expediente Nro. 648-D-17.

ARTICULO 4°,- Aféctese la erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto, con afectación a la Partida pertinente del Presupuesto General de Gastos y Cálculos de Recursos en vigencia.

 

Dr. PABLO F. PALOMARES

Intendente Municipal

 

Gobierno Municipal de Palpalá

Decreto Nro. 1240/17

DECRETA

DECRETA

Ciudad de Palpalá, 22 de Diciembre de 2.017.-

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE PALPALA

DECRETA

ARTÍCULO 1º.- CONVALIDASE la adquisición de servicios que esta Municipalidad asumiera ante la razón social Asociación Civil Red de Innovación Local -CUIT 30715237373- a través de la suscripción de un Contrato de Locación de Servicios suscripto en Mayo de 2017 comprometiendo de esa forma y a razón de una única cifra de Pesos Doce mil Quinientos Sesenta y Cinco con 45/100 ($ 12.565,45), a la participación de la Institución nombrada en procesos de asesoramiento y capacitación para el desarrollo de capacidades y potenciales del municipio durante los meses de junio a Octubre del corriente año 2017, todo ello con antecedentes en el Expediente Nro. 232-I-2017 donde se incluye la Orden de Provisión Nro. 1382/17 promovida a razón del cumplimiento de los trabajos acordados, tal lo manifestado por la Certificación de Servicio que también forma parte de las actuaciones del caso.

ARTÍCULO 2º.- AUTORIZASE a Contaduría Municipal -Secretaría de Hacienda y Recursos Tributarios- a disponer del correspondiente Libramiento de Pago, a favor de la Asociación Civil Red de Innovación Local -CUIT 3071523737- y por la suma de Pesos Doce mil Quinientos Sesenta y Cinco con 45/100 ($ 12.565,45), en concepto de cancelación de la Factura Nro. C-0001-00000183 que se emite a razón del cumplimiento de las obligaciones asumidas en el Contrato de locación de Servicios referido en el Artículo precedente.

ARTÍCULO 3º.- La erogación que resulte del cumplimiento de lo establecido en el Artículo precedente, se afectará a la o las Partidas correspondientes del Presupuesto General de Gastos y Cálculos de Recursos en vigencia.

 

Dr. PABLO F. PALOMARES

Intendente Municipal

 

Gobierno Municipal de Palpalá

Decreto Nro. 1241/17

Ciudad de Palpalá, 22 de Diciembre de 2.017.-

EL INTENDENTE DEL GOBIERNO MUNICIPAL DE PALPALA

DECRETA

ARTÍCULO 1º.- OTORGASE a partir del 12 de Diciembre de 2017, el Cese de Servicio Activo Municipal a la Agente Legajo N° 1326 AVALOS FELISA -D.U. Nº 13.367.065-, en virtud del otorgamiento de los beneficios jubilatorios previstos a través de la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) e identificado como Nº 15-0-9773888-0-8 correspondiente al Expediente N9 024-27-13367065-9-974-1, según comunicación remitida a esta Municipalidad y obrante en el Expediente Nº 649-D-17.

ARTÍCULO 2º.- AUTORIZASE a Secretaria de Hacienda y Recursos Tributarios- Contaduría Municipal-, previa intervención de los sectores relacionados al trámite expuesto, proceder a la liquidación final que le pudiera corresponder a la Agente Municipal Legajo Nº 1326 – AVALOS FELISA -D.U. Nº 13.367.065-, hasta la fecha indicada en el Artículo precedente.

ARTÍCULO 3º.- Mediante copia de la presente disposición, agradézcase a la Sra. AVALOS FELISA la diligente tarea cumplida en esta Municipalidad durante su extensa trayectoria laboral.

 

Dr. PABLO F. PALOMARES

Intendente Municipal

 

Gobierno Municipal de Palpalá

Decreto Nro. 1242/17

Ciudad de Palpalá, 22 de Diciembre de 2.017.-

LEGAJO N° 1915.-

REF. A EXPTE. N° 217-R-17.-

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE PALPALA

DECRETA

ARTICULO 1°.-Dése de baja del Registro de Comercio e Industria de esta Comuna, al Comercio inscripto en los rubros “ELABORACION Y VENTA DE PAN”, propiedad del Sr. GOMEZ, HUGO WALTER, D.N.I. N° 11.325.205, ubicado en Avda. Hipólito Irigoyen N° 509 (Lote: “115”; Manzana: “06”) del Barrio Carolina de esta Ciudad, a partir del día 20 de Marzo de 2017.

ARTICULO 2°.-Téngase presente el pago de la suma de PESOS OCHENTA Y CINCO CON 00/100 ($ 85,00), en concepto de Tasa por CIERRE DE COMERCIO, efectuado el 20 de Marzo de 2017, según Boleta de Liquidación N° 00225530 (folio 5).

 

Dr. PABLO F. PALOMARES

Intendente Municipal

 

Gobierno Municipal de Palpalá

Decreto Nro. 1243/17

Ciudad de Palpalá, 22 de Diciembre de 2.017.-

EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD DE PALPALA

DECRETA

ARTÍCULO 1º.- DECLARASE de INTERES MUNICIPAL el proyecto “Ciudad Navidad 2017” presentado por la Dirección de Cultura y Turismo – Secretaria de Gobierno Municipal, actividad a desarrollarse durante el mes de Diciembre en esta Ciudad de Palpalá.

ARTÍCULO 2º.- AUTORIZASE a Secretaria de Gobierno la ejecución del Proyecto “Ciudad Navidad 2017” que se adjunta al presente instrumento.

ARTÍCULO 3º.- PREVEASE por Secretaria de Hacienda y Recursos Tributarios al acompañamiento presupuestario necesario que, como Inversión social se tenga por necesario para el cumplimiento de los propósitos y objetivos planteados en el Proyecto de aprobación anterior.

 

Dr. PABLO F. PALOMARES

Intendente Municipal

 

Gobierno Municipal de Palpalá

Decreto Nro. 1244/17

Ciudad de Palpalá, 26 de Diciembre de 2.017.-

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE PALPALA

DECRETA

ARTÍCULO 1º.- CONVALIDASE la emisión del Libramiento de Pago Nro. 1294/2015 que, a favor del Sr. JULIAN ARMANDO CRUZ -a Julio de 2015 Jefe del Departamento de Compras y Suministros- y con actuaciones en el Expediente Nro. 655-C-2015, Contaduría Municipal -Secretaría de Hacienda y Recursos Tributarios- extendiera por la suma de Pesos Ocho Mil Trescientos Noventa y Cinco con 47/100 ($ 8.395,47) en concepto de Fondos a Rendir Cuenta por Gastos relacionados a la actividad ejercida.

ARTÍCULO 2º.- APRUEBASE la Rendición de Gastos que el Sr. JULIAN ARMANDO CRUZ presenta en base a comprobantes que forman parte del Expte. Nro. 637-D-15 y que, por el monto de Pesos Ocho Mil Cuatrocientos Sesenta y Tres con 68/100 ($ 8.463,68) refiere a compromisos asumidos con fondos del Libramiento de Pago Nro. 1294/2015 en relación al funcionamiento de sectores de la estructura municipal durante Julio 2015.

ARTÍCULO 3º.- AUTORIZASE a Secretaría de Hacienda y Recursos Tributarios -Contaduría Municipal- a emitir Libramiento de Pago por la suma de Pesos Ocho Mil Cuatrocientos Sesenta y Tres con 68/100 ($ 8.463,68) a favor del Sr. JULIAN A. CRUZ -Agente Municipal Legajo 732- en concepto de Aceptación de Fondos con Cargo a Rendir por gastos resultantes de compromisos asumidos, según lo señalado en el Artículo precedente y en un todo de acuerdo a las actuaciones que obran al respecto.

ARTÍCULO4º.- La totalidad de la erogación que demande el cumplimiento de lo establecido en el Artículo anterior y dentro del Presupuesto General de Gastos y Recursos del presente ejercicio, se afectará a las Partidas con Rentas Generales de: a- $ 6.075,76 en Bienes de Consumo, b- $ 1.580,00 en Bienes de Capital y c- $ 807,92 en Trabajos Públicos, todas concernientes a las SubPartidas P/Pago de Oblig. Cont. en Ejerc. Ant. No Comprometidos Presupuestariamente.

 

Dr. PABLO F. PALOMARES

Intendente Municipal

 

Gobierno Municipal de Palpalá

Decreto Nro. 1245/17

Ciudad de Palpalá, 26 de Diciembre de 2.017.-

EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD DE PALPALA

DECRETA

ARTÍCULO 1º.- CONVALIDASE el Contrato de Obra que en fecha 10 OCT 2017, esta Municipalidad de Palpalá formalizara con la Empresa ECOIM S.R.L. -CUIT Nro. 33-71371090-9- (representada por el Sr. Bartolomé Francisco Héctor Pola -DNI Nro. 11.063.104- como Apoderado), para realización del trabajo “Bacheo en Pavimento Flexible de calle Azul (entre Europa y Libertad) y Avenida Libertad entre Kennedy y Monteagudo” bajo un presupuesto de Pesos Un Millón Doscientos Treinta y Dos Mil con 00/100 ($ 1.232.000,00) por reparación de los sectores nombrados y señalados en la Carpeta de Obra -Expediente Nro. 2351-S-2017-, todo dentro de un plazo de Treinta (30) días a partir del Inicio de Obras formalizado el 16 OCT 2017 (fs. 142).

ARTÍCULO 2º.- APRUEBASE el Acta de Medición Nro. 01 (fs. 151) y la consecuente Acta de Recepción Provisoria de Obras (fs. 143) que, dentro del contexto del Contrato de Obra aprobado en lo precedente y en fecha 15 NOV 2017, emitiera la Secretaría de Obras y Servicios Públicos en función de los trabajos respectivamente concretados y los parámetros contractuales establecidos dentro de la Cláusula Quinta del referido acto contractual.

ARTÍCULO 3º.- AUTORIZASE a Contaduría Municipal -Secretaría de Hacienda y Recursos Tributarios- a disponer de un Libramiento de Pago por la suma de Pesos Un Millón Doscientos Treinta y Dos Mil con 00/100 ($ 1.232.000,00) a favor de la Empresa Constructora “ECOIM S.R.L.” -CUIT Nro. 33-71371090-9-, en concepto de Cancelación de Factura Nro. B-0001-00000061 emitida el 13 DIC 2017 según pautas contractuales consecuentes del Acta de Recepción Provisoria de Obras de aprobación anterior.

ARTÍCULO 4º.- AFECTESE la erogación resultante de las disposiciones anteriores, a las correspondientes Partidas del Presupuesto General de Gastos y Cálculos de Recursos del ejercicio en vigencia.

 

Dr. PABLO F. PALOMARES

Intendente Municipal

 

Gobierno Municipal de Palpalá

Decreto Nro. 1246/17

Ciudad de Palpalá, 6 de Diciembre de 2.017.-

EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD DE PALPALA

DECRETA

ARTICULO 1°.- APRUEBASE el CONTRATO que obra como parte del Expediente N° 1983-S-17 y que en fecha 18 Julio del 2.017, esta Municipalidad de Palpalá suscribiera con la Empresa Constructora Los Lapachos C.U.I.T. 20-25377571-9-, para realización de los trabajos concernientes a la “Construcción de Oficinas de Rentas en la Feria Municipal” del Barrio 18 de Noviembre de esta Ciudad de Palpalá”, fijándose para ello un presupuesto de Pesos Doscientos Treinta y Cinco Mil Doscientos Cincuenta y Dos con 20/100 ( $ 235.252,20). y un plazo de finalización de Tres (3) meses corridos a partir de la iniciación de Obra establecida el 27 de Julio del 2.017 según Acta que, junto a toda la documentación relacionada.

ARTICULO 2°.- APRUEBASE las Certificaciones de Servicios que la Secretaria de Obras y Servicios Públicos emitiera en relación al cumplimiento de los servicios comprometidos por parte de la Empresa Constructora Los Lapachos C.U.I.T. 20-25377571-9-, representada por el Arq. Sergio Diego David Iriarte.

ARTICULO 3°.- CONVALIDASE la emisión del Libramiento de Pago N° 02739/17 que se dispusiera la Secretaría de Hacienda y Recursos Tributarios y Contaduría Municipal- a favor de la Empresa Constructora Los Lapachos C.U.I.T. 20-25377571-9-, representada por el Arq. Sergio Diego David Iriarte (M. P.558)-, el Libramiento de Pago, en concepto de Cancelación de la Factura B-0001-00000073 extendida en fecha 31 de Octubre del 2.017, correspondiente respectivamente a la suma de pesos Doscientos Treinta y Cinco Mil Doscientos Cincuenta y Dos con 20/100 ( $ 235.252,20) aprobado a instancias del artículo anterior.

ARTICULO 4°.- AFÉCTESE la erogación que resulte del cumplimiento de lo establecido en todo lo precedente, a las Partidas correspondientes del Presupuesto General de Gastos y Cálculos de Recursos en vigencia.

 

Dr. PABLO F. PALOMARES

Intendente Municipal

 

Gobierno Municipal de Palpalá

Decreto Nro. 1247/17

Ciudad de Palpalá, 26 de Diciembre de 2.017.-

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE PALPALA

DECRETA

ARTÍCULO 1°.- APRUEBASE el Contrato de Obra Pública que, en fecha 12 de Diciembre de 2017 y planteado dentro de parámetros que se establecen como montos para la ejecución de obra pública como contratación directa -según Decreto Acuerdo Nro. 878-HF-16 dictado por el Poder Ejecutivo de la Provincia de Jujuy al cual se adhiere mediante Decreto Nro. 155/16-, esta Municipalidad de Palpalá formalizara con la Cooperativa de Trabajo “Obras Civiles y Servicios Ltda.” -CUIT 30-71102292-5-, para realización de los trabajos “Terminación de Dos (2) Viviendas” en los Lotes 19 y 20 de la Manzana AP-3 del Barrio Constitución fijándose para ello un Monto de Contratación de Pesos Novecientos Setenta y Ocho Mil Doscientos Veintiuno con 50/100 ($ 978.221,50) y un plazo de finalización de tres (3) meses corridos a partir de la Iniciación de Obra, todo de acuerdo a antecedentes que forman parte del Expediente Nro. 2221-S-17.

ARTÍCULO 2°.- DISPONGASE la reserva del Crédito Presupuestario asignado a la Obra objeto del Contrato aprobado en lo precedente, produciendo la liberación de los mismos en la medida del avance de obra ejecutado, siempre de acuerdo a los parámetros contractuales instituidos a tal efecto.

 

Dr. PABLO F. PALOMARES

Intendente Municipal

 

Decreto Nro. 1248/17

Ciudad de Palpalá, 26 de Diciembre de 2.017.-

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE PALPALA

DECRETA

ARTICULO 1º.- CONSIDERESE como “Fe de Erratas de los Decretos Nros. 935/17 y 936/17” a la salvedad que mediante el presente instrumento, corrige la mención equivoca de lo siguiente:

En el Artículo 3ro de ambos instrumentos:

Donde Dice: “…, RATIFICASE en su totalidad el Decreto Nro. 528/17 …”

Debe decir, a- En el Decreto Nro. 935/17 “…, RATIFICASE en su totalidad el Decreto Nro. 533/17 …”” y b- En el Decreto Nro. 936/17 “…, RATIFICASE en su totalidad el Decreto Nro. 531/17…””

Siempre en referencia a la Aprobación de los Contratos para la Prestación de Espacios Publicitarios y de Difusión de Actos del Gobierno Municipal obrantes, cada uno por su parte, en los Expedientes Nros. 230-D-17 y 227-D-17.

ARTICULO 2º.- La salvedad producida en lo precedente, se realiza en virtud de errores de transcripción cometidos involuntariamente durante la elaboración de los antecedentes del instrumento mencionado.

ARTICULO 3º.- salvo lo observado y corregido en lo que precede, RATIFICASE el contenido y propósitos de los Decretos Nros. 935/17 y 936/17.

 

Dr. PABLO F. PALOMARES

Intendente Municipal

 

Gobierno Municipal de Palpalá

Decreto Nro. 1249/17

Ciudad de Palpalá, 26 de Diciembre de 2.017.-

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE PALPALA

DECRETA

ARTICULO 1°.- APRUEBASE el Contrato de Obra Pública que, en fecha 06 de Diciembre de 2017 y planteado dentro de parámetros que se establecen como montos para la ejecución de obra pública como contratación directa -según Decreto Acuerdo Nro. 878-HF-16 dictado por el Poder Ejecutivo de la Provincia de Jujuy al cual se adhiere mediante Decreto Nro. 155/16-, esta Municipalidad de Palpalá formalizara con la Cooperativa de Trabajo “Fe y Esperanza Ltda.” -CUIT 30-71492196-3-, para realización de los trabajos “”Instalación Interna de Gas en Dos (2) Viviendas en el barrio Constitución de Palpalá (Lotes 06 y 07 de la Manzana AP-3)” fijándose para ello un Monto de Contratación de Pesos Treinta y Cinco Mil Setecientos Dos con 64/100 ($ 35.702,64) y un plazo de finalización de cuatro (4) semanas corridos a partir de la Iniciación de Obra, todo de acuerdo a antecedentes que forman parte del Expediente Nro.2132-S-17.

ARTÍCULO 2°.- DISPONGASE la reserva del Crédito Presupuestario asignado a la Obra objeto del Contrato aprobado en lo precedente, produciendo la liberación de los mismos en la medida del avance de obra ejecutado, siempre de acuerdo a los parámetros contractuales instituidos a tal efecto.

 

Dr. PABLO F. PALOMARES

Intendente Municipal

 

Gobierno Municipal de Palpalá

Decreto Nro. 1250/17

Ciudad de Palpalá, 26 de Diciembre de 2.017.-

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE PALPALA

DECRETA

ARTICULO 1°.- CONVALIDASE el CONTRATO DE LOCACION DE OBRA que forma parte del Expediente N° 656-D-17 y que fuera suscripto con fecha 30 de Noviembre del 2.017 entre la Dra. CARINA DANIELA RUEDA – CUIT 27-29206682-7 y la MUNICIPALIDAD DE PALPALA para afectación en las funciones de Asesoramiento Legal Interno y para la comunidad, trámites Legales del Municipio, bajo la supervisión de Procuración General – Intendencia.

ARTICULO 2°.- APRUEBASE la Certificación de Servicios que Procuración General Municipal extendiera a los efectos de constatar el cumplimiento, desde 01 al 14 de Noviembre del 2.017, de las funciones encargadas a la Dra. CARINA DANIELA RUEDA de acuerdo a los parámetros contractuales aprobado mediante el articulo precedente.

ARTICULO 3°.- AUTORIZASE a Secretaría de Hacienda -Contaduría Municipal- a efectuar la emisión del correspondiente Libramiento de Pago por la suma de PESOS SEIS MIL con 00/100 ($ 6.000,00) a favor de la Dra. CARINA DANIELA RUEDA-D.N.I. N° 29.206.682-, en concepto de Cancelación de la Factura N° C-0002-00000023 extendido el 19 de Diciembre de 2017, por el cumplimiento de las disposiciones contractuales contenidas en la convalidación efectuada en el Artículo 1°) y en un todo de acuerdo a las actuaciones obrantes en la documentación relacionada al tema expuesto.

ARTICULO 4°.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto, se atenderá con afectación a la Partida pertinente del Presupuesto General de Cálculos y Recursos en vigencia.

 

Dr. PABLO F. PALOMARES

Intendente Municipal

 

Gobierno Municipal de Palpalá

Decreto Nro. 1251/17

Ciudad de Palpalá, 26 de Diciembre de 2.017.-

EL INTENDENTE DEL GOBIERNO MUNICIPAL DE PALPALA

DECRETA

ARTÍCULO 1º.- CONVALIDASE el Contrato de Locación de Obra que obra en el Expediente Nro. 1125-M-17 y que fuera celebrado el 30 de Junio 2017, con vigencia del 03 al 31 de Julio, entre la MUNICIPALIDAD DE PALPALA y A.M.S – Alquiler de Maquinarias y Equipos Servicios NCP- de Aldo Mauricio Soraire CUIT. Nº 20-22073654-8 para alquiler de Camión FORD CARGO 1416, dominio CCZ898, motor RPA494339, que durante el mes de Julio 2017, cumpliese trabajos de recolección de residuos, cargas varias y otras tareas que requiera la Municipalidad, el reconocimiento de Pesos Trescientos Cincuenta con 00/100 ($ 350,00.-) por hora trabajo de vehículo y chofer.

ARTICULO 2º.- CONVALIDASE la Afectación de Combustible de Seiscientos Cuarenta y Cinco con 00/100 (645,00) Litros de Gasoil- equivalentes a la suma de Pesos Doce Mil Ciento Cincuenta y Ocho con 25/100 ($ 12.158,25) que durante el mes de Julio 2017 con cargo a esta Municipalidad y de acuerdo a lo determinada en la Cláusula Séptima del Contrato Convalidado, se suministrara al vehículo de referencia precedente, NO registrándose otro gasto de mantenimiento por su utilización.

ARTICULO 3º.- APRUEBASE la Certificación de Servicios que la Secretaría de Obras y Servicios Públicos emite a razón del cumplimiento de Doscientos Treinta y Dos Horas (232) de afectación vehicular que de acuerdo a las pautas contractuales convalidadas en lo inicial acreditan la suma Pesos Ochenta y Un Mil Doscientos con 00/100 ($ 81.200,00) a favor de Aldo Mauricio Soraire – CUIT Nº 20-22073654-8- quien a esos efectos utiliza la razón social de su propiedad denominada A.M.S – Alquiler de Maquinarias , Equipos Servicios de NCP-.

ARTICULO 4º.- AUTORIZASE a Contaduría Municipal -Secretaría de Hacienda y Recursos Tributarios- a disponer de la emisión de un Libramiento de Pago por la suma de Pesos Ochenta y Un Mil Doscientos con 00/100 ($ 81.200,00) a favor de la firma A.M.S – Alquiler de Maquinarias y Equipos Servicios NCP-de Aldo Mauricio Soraire CUIT. Nº 20-22073654-8 -, en concepto de Cancelación de la Facturas Nro. C – 0003-00000220 de fecha 04 Diciembre 2017,  extendidas de acuerdo a la Certificación de Servicios aprobados en el Artículo anterior.

ARTICULO 5º.- AFECTESE la erogación que resulte del cumplimiento de lo establecido en todo lo precedente, a las partidas correspondientes del Presupuesto General de Cálculos y Recursos del ejercicio vigente.

 

Dr. PABLO F. PALOMARES

Intendente Municipal

 

Gobierno Municipal de Palpalá

Decreto Nro. 1252/17

Ciudad de Palpalá, 26 de Diciembre de 2.017.-

EL INTENDENTE DEL GOBIERNO MUNICIPAL DE PALPALA

DECRETA

ARTÍCULO 1º.- CONVALIDASE el Contrato de Locación de Obra que obra en el Expediente Nro. 1124-M-17 y que fuera celebrado el 29 de Septiembre 2017, con vigencia del 02 al 31 de Octubre, entre la MUNICIPALIDAD DE PALPALA y A.M.S – Alquiler de Maquinarias y Equipos Servicios NCP- de Aldo Mauricio Soraire CUIT. Nº 20-22073654-8 para alquiler de Camión FORD CARGO 1416, dominio CCZ898, motor RPA494339, que durante el mes de Octubre 2017, cumpliese trabajos de recolección de residuos, carga varias y otras tareas que requiera la Municipalidad, el reconocimiento de Pesos Trescientos Cincuenta con 00/100 ($ 350,00.-) por hora trabajo de vehículo y chofer.

ARTICULO 2º.- CONVALIDASE la Afectación de Combustible de Ciento noventa con 00/100 (190,00) Litros de Gasoil- equivalentes a la suma de Pesos Tres Mil Quinientos Ochenta y Uno con 50/100 ($ 3.581,50) que durante el mes de Octubre 2017 con cargo a esta Municipalidad y de acuerdo a lo determinada en la Cláusula Séptima del Contrato Convalidado, se suministrara al vehículo de referencia precedente, NO registrándose otro gasto de mantenimiento por su utilización.

ARTICULO 3º.- APRUEBASE la Certificación de Servicios que la Secretaría de Obras y Servicios Públicos emite a razón del cumplimiento de Noventa y Dos Horas (92) de afectación vehicular que de acuerdo a las pautas contractuales convalidadas en lo inicial acreditan la suma Pesos Treinta y Dos Mil Doscientos con 00/100 ($ 32.200,00) a favor de Aldo Mauricio Soraire – CUIT Nº 20-22073654-8- quien a esos efectos utiliza la razón social de su propiedad denominada A.M.S – Alquiler de Maquinarias, Equipos Servicios de NCP-.

ARTICULO 4º.- AUTORIZASE a Contaduría Municipal -Secretaría de Hacienda y Recursos Tributarios- a disponer de la emisión de un Libramiento de Pago por la suma de Pesos Treinta y Dos Mil Doscientos con 00/100 ($ 32.200,00) a favor de la firma A.M.S – Alquiler de Maquinarias y Equipos Servicios NCP-de Aldo Mauricio Soraire CUIT. N® 20-22073654-8 -, en concepto de Cancelación de la Facturas Nro. C – 0003-00000221 de fecha 04 Diciembre 2017, extendidas de acuerdo a la Certificación de Servicios aprobación en el Artículo anterior.

ARTICULO 5º.- AFECTESE la erogación que resulte del cumplimiento de lo establecido en todo lo precedente, a las partidas correspondientes del Presupuesto General de Cálculos y Recursos del ejercicio vigente.

 

Dr. PABLO F. PALOMARES

Intendente Municipal

 

Gobierno Municipal de Palpalá

Decreto Nro. 1253/17

Ciudad de Palpalá, 26 de Diciembre de 2.017.-

EL INTENDENTE DEL GOBIERNO MUNICIPAL DE PALPALA

DECRETA

ARTÍCULO 1º.- CONVALIDASE el Contrato de Locación de Obra que obra en el Expediente Nro. 1123-M-17 y que fuera celebrado el 31 de Mayo 2017, con vigencia del 01 al 30 de Junio, entre la MUNICIPALIDAD DE PALPALA y A.M.S – Alquiler de Maquinarias y Equipos Servicios NCP- de Aldo Mauricio Soraire CUIT. Nº 20-22073654-8 para alquiler de Camión FORD CARGO 1416, dominio CCZ898, motor RPA494339, que durante el mes de Junio 2017, cumpliese trabajos de recolección de residuos, carga varias y otras tareas que requiera la Municipalidad, el reconocimiento de Pesos Trescientos Cincuenta con 00/100 ($ 350,00.-) por hora trabajo de vehículo y chofer.

ARTICULO 2º.- CONVALIDASE la Afectación de Combustible que, en base a lo determinado en la Cláusula Séptima del Contrato Convalidado, en el periodo comprendido del mes Junio, se suministrara al vehículo de referencia precedente no registrándose otro gasto de mantenimiento por su utilización, según se cita en lo siguiente: – Junio, consumiendo un total de Quinientos Cuarenta y Cinco con 01/100 Litros de Gas-Oil (545,01) que corresponde a un total de Pesos Nueve Mil Seiscientos Noventa con 19/100 ($ 9.690,19).

ARTICULO 3º.- APRUEBASE la Certificación de Servicios que la Secretaría de Obras y Servicios Públicos emite a razón del cumplimiento de Ciento Setenta y Dos Horas de afectación vehicular que de acuerdo a las pautas contractuales convalidadas en lo inicial acreditan la suma Pesos Sesenta Mil Doscientos con 00/100 ($ 60.200,00) a favor de Aldo Mauricio Soraire – CUIT Nº 20-22073654-8- quien a esos efectos utiliza la razón social de su propiedad denominada A.M.S – Alquiler de Maquinarias, Equipos Servicios de NCP-.

ARTICULO 4º.- AUTORIZASE a Contaduría Municipal -Secretaría de Hacienda y Recursos Tributarios- a disponer de la emisión de un Libramiento de Pago por la suma de Pesos Sesenta Mil Doscientos con 00/100 ($ 60.200,00) a favor de la firma A.M.S – Alquiler de Maquinarias y Equipos Servicios NCP-de Aldo Mauricio Soraire CUIT. Nº 20-22073654-8 -, en concepto de Cancelación de la Facturas Nro. C – 0003-00000216 de fecha 04 Diciembre 2017, extendidas de acuerdo a la Certificación de Servicios aprobado en el artículo anterior.

ARTICULO 5º.- AFECTESE la erogación que resulte del cumplimiento de lo establecido en todo lo precedente, a las partidas correspondientes del Presupuesto General de Cálculos y Recursos del ejercicio vigente.

 

Dr. PABLO F. PALOMARES

Intendente Municipal

 

Gobierno Municipal de Palpalá

Decreto Nro. 1254/17

Ciudad de Palpalá, 26 de Diciembre de 2.017.-

INTENDENTE MUNICIPAL DE PALPALA

DECRETA

ARTICULO 1º.- CONVALIDASE el Contrato de Locación de Obra que forma parte del Expediente Nro. 1127-M-2017 y que fuera celebrado el 02 de Mayo de 2017 entre la MUNICIPALIDAD DE PALPALA y MARIANO TERUEL -CUIT 20-31463687-3-, para la utilización de una (1) Maquina Retro Pala Cargadora Marca IRON – Modelo XCMGXT864, durante el mes de MAYO 2017 cumpliendo trabajos relativos a servicios y obras públicas pactándose para ello el reconocimiento de Pesos Ochocientos ($ 800,00.-) por hora trabajo de vehículo y chofer.

ARTICULO 2º.- CONVALIDASE la Afectación de Trescientos Sesenta y Nueve con 00/100 (369,00) Litros de Combustible (Gas Oil)- equivalente a la suma de Pesos Seis Mil Quinientos Sesenta con 86/100 ($ 6.560,86}- que durante el mes de MAYO 2017, con cargo a esta Municipalidad y de acuerdo a lo determinado en la Cláusula Séptima del Contrato Convalidado, se suministrara al vehículo de referencia precedente no registrándose otro gasto de mantenimiento por su utilización.

ARTICULO 3º.- APRUEBASE la Certificación de Servicios que la Secretaria de Obras y Servicios Públicos emite a razón del cumplimiento de Horas Ciento Cinco (105:00) de Afectación maquinaria que, de acuerdo a las pautas contractuales convalidadas en lo inicial, acreditan la suma de Pesos Ochenta y Cuatro Mil con 00/100 ($ 84.000,00) a favor de Mariano Teruel -CUIT 20-31463687-3-, quien a esos efectos utiliza la razón social de su propiedad denominada “Mariano Teruel”.

ARTICULO 4º.- AUTORIZASE a Contaduría Municipal -Secretaría de Hacienda y Recursos Tributarios-, a disponer de la emisión del Libramiento de pago de Pesos Ochenta y Cuatro Mil con 00/100 ($ 84.000,00) emitido a favor de la firma MARIANO TERUEL -CUIT 20-31463687-3- en concepto de Cancelación de la Factura Nro. B-0002-00000008 de fecha 22 de Septiembre de 2017, extendida de acuerdo a la Certificación de Servicios de aprobación en el Artículo precedente.

 

Dr. PABLO F. PALOMARES

Intendente Municipal

 

Gobierno Municipal de Palpalá

Decreto Nro. 1255/17

Ciudad de Palpalá, 26 de Diciembre de 2.017.-

EL INTENDENTE DEL GOBIERNO MUNICIPAL DE PALPALA

DECRETA

ARTÍCULO 1º.- CONVALIDASE el Contrato de Locación de Obra que obra en el Expediente Nro. 1122-M-17 y que fuera celebrado el 31 de Agosto 2017, con vigencia del 01 al 30 de Septiembre, entre la MUNICIPALIDAD DE PALPALA y A.M.S – Alquiler de Maquinarias y Equipos Servicios NCP- de Aldo Mauricio Soraire CUIT. N* 20-22073654-8 para alquiler de Camión FORD CARGO 1416, dominio CCZ898, motor RPA494339, que durante el mes de Septiembre 2017, cumpliese trabajos de recolección de residuos, carga varias y otras tareas que requiera la Municipalidad, el reconocimiento de Pesos Trescientos Cincuenta con 00/100 ($ 350,00.-) por hora trabajo de vehículo y chofer.

ARTICULO 2º.- CONVALIDASE la Afectación de Combustible que, en base a lo determinado en la Cláusula Séptima del Contrato Convalidado, en el periodo comprendido del mes Septiembre, se suministrara al vehículo de referencia precedente no registrándose otro gasto de mantenimiento por su utilización, según se cita en lo siguiente: – Septiembre, consumiendo un total de Seiscientos Veinte con 00/100 Litros de Gas-Oil (620,00 Litros) que corresponde a un total de Pesos Once Mil Seiscientos Ochenta y Siete con 00/100 ($ 11.687,00).

ARTICULO 3º.- APRUEBASE la Certificación de Servicios que la Secretaría de Obras y Servicios Públicos emite a razón del cumplimiento de Doscientos Cuarenta Horas de afectación vehicular que de acuerdo a las pautas contractuales convalidadas en lo inicial acreditan la suma Pesos Ochenta y Cuatro Mil con 00/100 ($ 84.000,00) a favor de Aldo Mauricio Soraire – CUIT N2 20-22073654-8- quien a esos efectos utiliza la razón social de su propiedad denominada A.M.S – Alquiler de Maquinarias, Equipos Servicios de NCP-.

ARTICULO 4º.- AUTORIZASE a Contaduría Municipal -Secretaría de Hacienda y Recursos Tributarios- a disponer de la emisión de un Libramiento de Pago por la suma de Pesos Ochenta y Cuatro Mil con 00/100 ($ 84.000,00) a favor de la firma A.M.S – Alquiler de Maquinarias y Equipos Servicios NCP- de Aldo Mauricio Soraire CUIT. N® 20-22073654-8 -, en concepto de Cancelación de la Facturas Nro. C – 0003- 00000214 de fecha 04 Diciembre 2017, extendidas de acuerdo a la Certificación de Servicios de aprobación en el artículo anterior.

ARTICULO 5º.- AFECTESE la erogación que resulte del cumplimiento de lo establecido en todo lo precedente, a las partidas correspondientes del Presupuesto General de Cálculos y Recursos del ejercicio vigente.

 

Dr. PABLO F. PALOMARES

Intendente Municipal

 

Gobierno Municipal de Palpalá

Decreto Nro. 1257/17

Ciudad de Palpalá, 26 de Diciembre de 2.017.-

EL INTENDENTE DEL GOBIERNO MUNICIPAL DE PALPALA

DECRETA

ARTÍCULO 1º.- CONVALIDASE el Contrato de Locación de Obra que obra en el Expediente Nro. 1126-M-17 y que fuera celebrado el 28 de Abril 2017, con vigencia del 02 al 31 de Mayo, entre la MUNICIPALIDAD DE PALPALA y A.M.S – Alquiler de Maquinarias y Equipos Servicios NCP- de Aldo Mauricio Soraire CUIT. Nº 20-22073654-8 para alquiler de Camión FORD CARGO 1416, dominio CCZ898, motor RPA494339, que durante el mes de Mayo 2017, cumpliese trabajos de recolección de residuos, carga varias y otras tareas que requiera la Municipalidad, el reconocimiento de Pesos Trescientos Cincuenta con 00/100 ($ 350,00.-) por hora trabajo de vehículo y chofer.

ARTICULO 2º.- CONVALIDASE la Afectación de Combustible de Seiscientos Setenta y Cinco con 00/100 (675,00) Litros de Gasoil- equivalentes a la suma de Pesos Doce Mil Uno con 50/100 ($ 12.001,50) que durante el mes de Mayo 2017, con cargo a esta Municipalidad y de acuerdo a lo determinada en la Cláusula Séptima del Contrata Convalidado, se suministrara al vehículo de referencia precedente, NO registrándose otro gasto de mantenimiento por su utilización.

ARTICULO 3º.- APRUEBASE la Certificación de Servicios que la Secretaría de Obras y Servicios Públicos emite a razón del cumplimiento de Doscientos Cuarenta y Seis Horas y Treinta Minutos (246:30) de afectación vehicular que de acuerdo a las pautas contractuales convalidadas en lo inicial acreditan la suma Pesos Ochenta y Seis Mil Doscientos Setenta y Cinco con 00/100 ($ 86.275,00) a favor de Aldo Mauricio Soraire – CUIT N® 20-22073654-8- quien a esos efectos utiliza la razón social de su propiedad denominada A.M.S – Alquiler de Maquinarias, Equipos Servicios de NCP-.

ARTICULO 4º.- AUTORIZASE a Contaduría Municipal -Secretaría de Hacienda y Recursos Tributarios- a disponer de la emisión de un Libramiento de Pago por la suma de Pesos Ochenta y Seis Mil Doscientos Setenta y Cinco con 00/100 ($ 86.275,00) a favor de la firma A.M.S – Alquiler de Maquinarias y Equipos Servicios NCP- de Aldo Mauricio Soraire CUIT. Nº 20-22073654-8 -, en concepto de Cancelación de la Facturas Nro. C – 0003- 00000218 de fecha 04 Diciembre 2017, extendidas de acuerdo a la Certificación de Servicios aprobada en el Artículo anterior.

ARTICULO 5º.- AFECTESE la erogación que resulte del cumplimiento de lo establecido en todo lo precedente, a las partidas correspondientes del Presupuesto General de Cálculos y Recursos del ejercicio vigente.

 

Dr. PABLO F. PALOMARES

Intendente Municipal

 

Gobierno Municipal de Palpalá

Decreto Nro. 1258/17

Ciudad de Palpalá, 27 de Diciembre de 2.017.-

EL INTENDENTE DEL GOBIERNO MUNICIPAL DE PALPALA

DECRETA

ARTÍCULO 1º.- OTORGASE a partir del 12 de Diciembre de 2017, el Cese de Servicio Activo Municipal al Agente Legajo N° 751 SOTO TEODORO -D.U. Nº 7.288.094-, en virtud del otorgamiento de los beneficios jubilatorios previstos a través de la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) e identificado como Nº 15-0-9777468-0-5 correspondiente al Expediente Nº 024-20072880944004000001, según comunicación remitida a esta Municipalidad y obrante en el Expediente Nº 652-D-17.

ARTÍCULO 2º.- AUTORIZASE a Secretaria de Hacienda y Recursos Tributarios- Contaduría Municipal-, previa intervención de los sectores relacionados al trámite expuesto, proceder a la liquidación final que le pudiera corresponder al Agente Municipal Legajo Nº 751 SOTO TEODORO -D.U. Nº 7.288.094-, hasta la fecha indicada en el Artículo precedente.

ARTÍCULO 3º.- Mediante copia de la presente disposición, agradézcase al Sr. SOTO TEODORO la diligente tarea cumplida en esta Municipalidad durante su extensa trayectoria laboral.

 

Dr. PABLO F. PALOMARES

Intendente Municipal

 

Gobierno Municipal de Palpalá

Decreto Nro. 1259/17

Ciudad de Palpalá, 27 de Diciembre de 2.017.-

EL INTENDENTE DEL GOBIERNO MUNICIPAL DE PALPALA

DECRETA

ARTÍCULO lº.- OTORGASE a partir del 12 de Diciembre de 2017, el Cese de Servicio Activo Municipal al Agente Legajo N° 88 DIAZ MARIO SILVERIO -D.U. N° 4.620.937-, en virtud del otorgamiento de los beneficios jubilatorios previstos a través de la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) e identificado como N° 15-0-9802064-0-2 correspondiente al Expediente N° 024-20-04620937-1-004-1, según comunicación remitida a esta Municipalidad y obrante en el Expediente N° 653-D-17.

ARTÍCULO 2º.- AUTORIZASE a Secretaria de Hacienda y Recursos Tributarios- Contaduría Municipal-, previa intervención de los sectores relacionados al trámite expuesto, proceder a la liquidación final que le pudiera corresponder al Agente Municipal Legajo N° 88 DIAZ MARIO SILVERIO -D.U. N° 4.620.937-, hasta la fecha indicada en el Artículo precedente.

ARTÍCULO 3º.- Mediante copia de la presente disposición, agradézcase al Sr. DIAZ MARIO SILVERIO -D.U. N° 4.620.937 la diligente tarea cumplida en esta Municipalidad durante su extensa trayectoria laboral.

 

Dr. PABLO F. PALOMARES

Intendente Municipal

 

Gobierno Municipal de Palpalá

Decreto Nro. 1260/17

Ciudad de Palpalá, 27 de Diciembre de 2.017.-

INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE PALPALA

D E C R E T A

ARTICULO 1°.- AUTORIZASE al personal municipal que se detalla en ANEXO I, y que forma parte de este Decreto, el pago de un Adicional Remunerativo No Bonificable, en razón de las tareas complementarias que se llevaran a cabo durante el mes de NOVIEMBRE de 2.017, por las consideraciones expuestas en el exordio.

ARTICULO 2°.- Los agentes beneficiados con Adicionales por distintos conceptos deberán cumplir con los requisitos que establece el Decreto N° 230/04.

ARTICULO 3°.- Las erogaciones que demanden el cumplimiento de lo dispuesto en el Artículo 1°), se atenderán con Cargo a Partida Presupuestaria de GASTOS EN PERSONAL – del Presupuesto General de Gastos vigente.

 

Dr. PABLO F. PALOMARES

Intendente Municipal

 

Gobierno Municipal de Palpalá

Decreto Nro. 1261/17

Ciudad de Palpalá, 27 de Diciembre de 2.017.-

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE PALPALA

DECRETA

ARTICULO 1°.- AUTORIZAR a partir del 01 de Enero 2018, el traslado del Departamento de Bromatología que se encuentra afectado a la Dirección de Medio Ambiente dependiente de la Secretaria de Control y Prevención de la Seguridad Ciudadana, pasando a la jurisdicción y competencia de la Dirección de Rentas perteneciente a la Secretaria de Hacienda y Recursos Tributarios, todo lo determinado dentro de la estructura determinada por el organigrama creado por la Ord. Municipal Nro. 1182/16, que esto no implica un reajuste presupuestario que modifique lo dispuesto por la legislación vigente.

ARTICULO 2°.- DISPONGASE las medidas necesarias desde los sectores competentes para que el Departamento de Bromatología trasladado de jurisdicción se conforme de igual manera a lo que estaba dispuesto anteriormente implicando la afectación de todos los agentes municipales en el sector a la nueva dependencia con todas sus atribuciones y responsabilidades.

ARTICULO 3°.- RATIFICASE el inc.1 del Decreto Nro. 07/16 donde se designa a la Lic. ROMINA FERNANDA MAMANI D.N.I. 32.672.216, como jefa del Dpto. de Bromatología, con las responsabilidades y atribución dentro de su competencia material que fueran conferidas en su momento.-

 

Dr. PABLO F. PALOMARES

Intendente Municipal

 

Gobierno Municipal de Palpalá

Decreto Nro. 1262/17

Ciudad de Palpalá, 27 de Diciembre de 2.017.-

EL INTENDENTE DEL GOBIERNO MUNICIPAL DE PALPALA

DECRETA

ARTICULO 1°.- DEROGASE, a partir del 02 de Enero 2018, el inc. 15 del Art. 1 del Decreto N° 08/16, que refiere a la designación de la agente municipal Dra. SAUCEDO YENNY NATALIA D.N.I. 32.532.793, como JEFE DE DPTO DE DISCAPACIDAD Y CENTRO DE DIA, que depende de la Secretaria de Gobierno de la Municipalidad de Palpalá.-

ARTICULO 2°.- DESIGNASE a partir del 02 de Enero de2018 a la Dra. YENNY NATALIA SAUCEDO, como JEFA A CARGO DEL CENTRO DE FORMACIÓN PROFESIONAL MUNICIPAL N°1, que está dentro de la jurisdicción administrativa del Instituto Municipal de Desarrollo, asignándole para ello las funciones, atribuciones, potestades y responsabilidades que hacen a la competencia material del cargo.

ARTICULO 3°.- Salvo la medida dispuesta en el artículo N° 1 del presente instrumento RATIFICASE en su integridad el Decreto N° 08/16

 

Dr. PABLO F. PALOMARES

Intendente Municipal

 

Gobierno Municipal de Palpalá

Decreto Nro. 1263/17

Ciudad de Palpalá, 27 de Diciembre de 2.017.-

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE PALPALA

DECRETA

ARTÍCULO 1°.- APRUEBASE, Ad Referéndum del Concejo Deliberante Municipal, el Convenio Marco de Entre el Instituto Nacional de Tecnología Industrial y La Municipalidad de Palpalá que forma parte del presente instrumento, con el propósito que el INTI preste asistencia técnica a la MUNICIPALIDAD con el objetivo de desarrollar y fortalecer las herramientas tecnológicas adecuadas y se compromete a brindar cooperación en el desarrollo de proyectos y acciones y tendrá vigencia por el termino de Cinco (5) años a partir de su firma, todo ello de acuerdo a los antecedentes obrantes en el Expediente Nro.264-I-2017.

ARTÍCULO 2°.- TENGASE a la Dirección de Instituto Municipal de Desarrollo como Órgano de Aplicación de lo dispuesto a lo anterior.

 

Dr. PABLO F. PALOMARES

Intendente Municipal

 

Gobierno Municipal de Palpalá

Decreto Nro. 1264/17

Ciudad de Palpalá, 29 de Diciembre de 2.017.-

EL INTENDENTE DEL GOBIERNO MUNICIPAL DE PALPALA

DECRETA

ARTÍCULO 1°.- OTORGASE a partir del 12 de Diciembre de 2017, el Cese de Servicio Activo Municipal a la Agente Legajo N° 1250 TEJERINA ANA GRACIELA -D.U. N° 12.930.329-, en virtud del otorgamiento de los beneficios jubilatorios previstos a través de la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) e identificado como N° 15-0-9788842-0-3 correspondiente al Expediente N° 024-27-12930329-3-004-1, según comunicación remitida a esta Municipalidad y obrante en el Expediente N° 651-D-17.

ARTICULO 2°.- AUTORIZASE a Secretaria de Hacienda y Recursos Tributarios- Contaduría Municipal-, previa intervención de los sectores relacionados al trámite expuesto, proceder a la liquidación final que le pudiera corresponder a la Agente Municipal Legajo N° 1250 – TEJERINA ANA GRACIELA -D.U. N° 12.930.329, hasta la fecha indicada en el Artículo precedente.

ARTICULO 3°.- Mediante copia de la presente disposición, agradézcase a la Sra. TEJERINA ANA GRACIELA la diligente tarea cumplida en esta Municipalidad durante su extensa trayectoria laboral.

 

Dr. PABLO F. PALOMARES

Intendente Municipal

 

Gobierno Municipal de Palpalá

Decreto Nro. 1265/17

Ciudad de Palpalá, 29 de Diciembre de 2.017.-

EL INTENDENTE DEL GOBIERNO MUNICIPAL DE PALPALA

DECRETA

ARTÍCULO 1°.- OTORGASE a partir del 12 de Diciembre de 2017, el Cese de Servicio Activo Municipal a la Agente Legajo N° 940 SANCHEZ RAMONA OFELIA -D.U. N° 10.765.966-, en virtud del otorgamiento de los beneficios jubilatorios previstos a través de la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) e identificado como N° 15-0-9800244-0-7 correspondiente al Expediente N° 024-107965966-3-004-1, según comunicación remitida a esta Municipalidad y obrante en el Expediente N° 650-D-17.

ARTÍCULO 2°.- AUTORIZASE a Secretaria de Hacienda y Recursos Tributarios- Contaduría Municipal-, previa intervención de los sectores relacionados al trámite expuesto, proceder a la liquidación final que le pudiera corresponder a la Agente Municipal Legajo N° 940 SANCHEZ RAMONA OFELIA -D.U. N° 10.765.966-, hasta la fecha indicada en el Artículo precedente.

ARTÍCULO 3°.- Mediante copia de la presente disposición, agradézcase a la Sra. SANCHEZ RAMONA OFELIA la diligente tarea cumplida en esta Municipalidad durante su extensa trayectoria laboral.

 

Dr. PABLO F. PALOMARES

Intendente Municipal

 

Gobierno Municipal de Palpalá

Decreto Nro. 1267/17

Ciudad de Palpalá, 29 de Diciembre de 2.017.-

EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD DE PALPALA

DECRETA

ARTICULO 1°.- AUTORIZASE a partir del 01 de Diciembre del 2.017, el ajuste del Pago de los Adicionales por Tareas Riesgosas, consistente en el Diez por Ciento (10%) de la Categoría de Revista, para los Agentes Municipales – GIRALDEZ SANDRO RENATO -Legajo N° 563 -CRUZ BENITO FILEMON -Legajo Nº 969 y QUISPE DANIEL ALEJANDRO – Legajo N° 4669 – a quienes, por las tareas que realizan en el Departamento Huertas Comunitarias – Dirección de Acción y Organización Comunitaria -Secretaria de Gobierno, le es correspondiente la aplicación de lo dispuesto por el Decreto N° 958/93, todo de conformidad a los términos a la Nota Nro. 2209-DP/17 de Dirección de Personal de esta Municipalidad.

ARTICULO 2°.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el Artículo precedente, se atenderá con cargo a la Partida “Gastos en Personal” del Presupuesto General de Gastos y Cálculos de Recursos en vigencia.

 

Dr. PABLO F. PALOMARES

Intendente Municipal

 

Gobierno Municipal de Palpalá

Decreto Nro. 1268/17

Ciudad de Palpalá, 29 de Diciembre de 2.017.-

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE PALPALA

DECRETA

ARTICULO 1°.- AUTORIZASE el Pago del Adicional por Tarea Insalubre, consistente en el Diez por Ciento (10%) de la Categoría de Revista, para la Agente Municipal – ACOSTA MARIA ISABEL -Legajo Nº 1705- a partir del 01 de Diciembre del 2.017 – a quien, por las tareas que realiza en jurisdicción en la Secretaria de Obras y Servicios Públicos (maestranza), le es correspondiente la aplicación de lo dispuesto por el Decreto 958/93, todo de conformidad a los términos de Nota Nro. 2193DP/17 de Dirección de Personal de esta Municipalidad.

ARTICULO 2°.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el Artículo precedente, se atenderá con cargo a la Partida “Gastos en Personal” del Presupuesto General de Gastos y Cálculos de Recursos en vigencia.

 

Dr. PABLO F. PALOMARES

Intendente Municipal

 

Gobierno Municipal de Palpalá

Decreto Nro. 1269/17

Ciudad de Palpalá, 29 de Diciembre de 2.017.-

EL INTENDENTE DEL GOBIERNO MUNICIPAL DE PALPALA

DECRETA

ARTICULO 1°.- AUTORIZASE el usufructo de la licencia Ordinaria Anual Parcial del Periodo 2.017, de la Arq. TATIANA PORTILLO – Legajo N° 1856 -Jefa del Departamento de Obras Públicas e Infraestructura – quien hará usufructo de su Licencia Ordinaria Anual Parcial del Periodo 2.017, a partir del 26 de Diciembre al 02 de Enero del 2018.

ARTICULO 2°.- ASIGNASE interinamente al Jefe del Departamento Obras Particulares – Arq. ANDRES GOYECHEA – Legajo N° 2042, como responsable administrativo del Departamento de Obras Públicas e Infraestructura – mientras dure la ausencia de la titular Arq. TATIANA PORTILLO – Legajo N° 1856 – por las razones expuestas hasta tanto se produzca el reintegro autorizado en el artículo anterior.

ARTICULO 3°.- Mientras dure la vigencia del presente Decreto la responsabilidad asignada al Arq. ANDRES GOYECHEA – Legajo N° 2042- se cumplirá sin perjuicio de las tareas competente como personal del sector, no significando en ello una modificación en los haberes que, por esta última función, percibe dentro de la Municipalidad de Palpalá.

 

Dr. PABLO F. PALOMARES

Intendente Municipal

 

Gobierno Municipal de Palpalá

Decreto Nro. 1270/17

Ciudad de Palpalá, 29 de Diciembre de 2.017.-

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE PALPALA

DECRETA

ARTICULO 1°.- APRUEBASE AD REFERENDUM del Concejo Deliberante Municipal, el Convenio de Cooperación en Metrología Legal que formando parte del presente instrumento, suscripto entre esta Municipalidad de Palpalá y el Instituto Nacional de Tecnología Industrial –INTI- que tiene como objetivo asegurar las mediciones en transacciones comerciales de los instrumentos de medición basados en tiempo y la distancia. El monto que cada Licenciatario de Taxi abonara al INTI será de Pesos Doscientos Cincuenta ($ 250) en concepto de tareas de control detalladas en el punto 1° de la Cláusula Tercera. El convenio tendrá como vigencia a partir de la firma del mismo y tendrá una duración de Cinco (5) años, renovándose automáticamente.

ARTICULO 2°.- TENGASE a la Dirección de Transporte -Secretaria de Control y Prevención de la Seguridad Ciudadana – de esta Municipalidad como el órgano de aplicación del convenio de aprobación precedente.

 

Dr. PABLO F. PALOMARES

Intendente Municipal

 

Gobierno Municipal de Palpalá

Decreto Nro. 1271/17

Ciudad de Palpalá, 29 de Diciembre de 2.017.-

EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD DE PALPALÁ

DECRETA

ARTICUL0 1°.- OTORGASE a partir del 17 de Octubre de 2.017, el CESE DEL SERVICIO ACTIVO del Agente Municipal -Sr. ALFARO JORGE ROLANDO – D. U. N° 16.421.882-, en virtud del otorgamiento de los beneficios jubilatorios por Invalidez a través de la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES), a través del Decreto N° 1058/14 y la Ley vigente N° 26.913 – registrado con el N° 022-P-00171/17, correspondiente al Expediente N° 024-20164218822-005001-según comunicación remitida a esta Municipalidad y obrante en el Expte N° 988-A-17 .

ARTICULO 2°.- AUTORÍZASE a Secretaria de Hacienda y Recursos Tributarios -Contaduría Municipal, previa intervención de los sectores relacionados al trámite expuesto, proceder a la liquidación final que le pudiera corresponder al Agente -Sr. ALFARO JORGE ROLANDO, hasta la fecha indicada en el Articulo procedente.

ARTICULO 3º.- Mediante copia de la presente disposición, agradézcase al Sr. ALFARO JORGE ROLANDO – D. U. N° 16.421.882 -diligente tarea cumplida en esta Municipalidad durante su extensa trayectoria laboral.

 

Dr. PABLO F. PALOMARES

Intendente Municipal

 

Gobierno Municipal de Palpalá

Decreto Nro. 1272/17

Ciudad de Palpalá, 29 de Diciembre de 2.017.-

EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD DE PALPALA

DECRETA

ARTICULO 1°.- REINCORPORASE al ámbito de la Municipalidad de Palpalá, como Agente Municipal de Planta Permanente – Legajo N° 1339, a la Sra. GONZALES ADRIANA, a partir del 12 de Diciembre del 2.017 y por las consideraciones expuestas en el exordio y antecedentes de la Nota N° 2171DP/17.

ARTICULO 2°.- PROCEDASE a la incorporación de la Agente Municipal a la Secretaria de Control, Prevención de la Seguridad Ciudadana -Dirección de Seguridad Publica – Departamento Transito, siempre de acuerdo a las necesidades presentadas por la Superioridad.

 

Dr. PABLO F. PALOMARES

Intendente Municipal

 

Gobierno Municipal de Palpalá

Decreto Nro. 1273/17

Ciudad de Palpalá, 29 de Diciembre de 2.017.-

EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD DE PALPALA

DECRETA

ARTÍCULO 1°.- CONVALIDASE las actuaciones obrantes del Expediente N° 179-D-17, en lo que se refiere a Pago de la factura N° C-0003-00000035, según la Orden de Provisión N° 00472/17 – por la suma de PESOS OCHO MIL con 00/100 ($ 8.000,00) a favor de la Firma ARROYO HECTOR RAUL – C.U.I.T. N° 20-22496714-5-Servicio de Sonidos para cubrir el Sorteo de Viviendas en las instalaciones del Mini Estadio, llevadas a cabo el pasado 05 de Abril del 2.017.

ARTÍCULO 2°.- AUTORIZASE a Secretaría de Hacienda -Contaduría Municipal- a efectuar el Libramiento Pago, por la suma de PESOS OCHO MIL con 00/100 ($ 8.000,00) a favor de la Firma ARROYO HECTOR RAUL – C.U.I.T. N° 20-22496714-5- Servicio de Sonidos, en concepto de cancelación de la Factura N° C-0003-00000035- que fuera emitida en fecha 05 de Abril del 2.017,en un todo de acuerdo a lo obrado en el Expediente N° 179-D-17.

ARTÍCULO 3°.- La erogación que demande el cumplimiento de lo establecido en el Artículo anterior, se afectará en su totalidad a la Partida: SERVICIOS NO PERSONALES CON RENTAS GENERALES (honorarios y retribuciones a terceros -$ 8.000,00) del Presupuesto de Gastos Generales y Cálculos de Recursos en vigencia.

 

Dr. PABLO F. PALOMARES

Intendente Municipal

 

Gobierno Municipal de Palpalá

Decreto Nro. 1274/17

Ciudad de Palpalá, 29 de Diciembre de 2.017.-

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE PALPALA

DECRETA

ARTÍCULO 1º.- CONVALIDASE la adquisición de servicios que esta Municipalidad asumiera ante la razón social IGARZABAL CLAUDIO ALEJANDRO -CUIT 23-23637218-9-, para dar cobertura a las necesidades de la Orden de Provisión Nro. 00492/2017 originada sobre Pedidos de Provisión generados desde la Secretaría de Comunicación y Gobierno Abierto y que por cuestiones de operatividad, derivara en la emisión del Libramiento de Pago Nro. 01037/17, pendiente de cancelación, por la suma de Pesos Tres Mil con 00/100 ($ 3.000,00), en un todo de acuerdo al considerando previo y a las actuaciones obrantes dentro del Expediente Nro. 778-S-2017.

ARTÍCULO 2º.- CONVALIDASE y dese cancelación al Libramiento de Pago Nro. 01037/17 que Contaduría Municipal -Secretaría de Hacienda y Recursos Tributarios- y a favor de IGARZABAL CLAUDIO ALEJANDRO -CUIT 23-23637218-9-, emitiera por la suma de Pesos Tres Mil con 00/100 ($ 3.000,00) en concepto de cancelación de las Facturas siguientes: 1- Nro. 0001-00000024 por la suma de Pesos Un Mil Quinientos Sesenta con 00/100 ($ 1.560,00) y 2- Nro. C-0001-00000023 por la suma de Pesos Un Mil Cuatrocientos Cuarenta ($ 1.440,00) que, en ambos casos corresponden a servicios de difusión radial de Marzo de 2017 por “América FM 102.7”, siempre dentro de la acciones correspondiente a la convalidación precedente.

ARTÍCULO 3º.- La erogación que resulte del cumplimiento de lo establecido en el Artículo precedente, se afectará a la o las Partidas correspondientes del Presupuesto General de Gastos y Cálculos de Recursos en vigencia.

 

Dr. PABLO F. PALOMARES

Intendente Municipal

 

Gobierno Municipal de Palpalá

Decreto Nro. 1275/17

Ciudad de Palpalá, 29 de Diciembre de 2.017.-

EL INTENDENTE DEL GOBIERNO MUNICIPAL DE PALPALA

DECRETA

ARTICULO 1º.- AUTORIZASE el usufructo de la licencia Ordinaria Anual Total del Periodo 2.017, del CPN PEREA MIGUEL – Secretario de Hacienda y Recursos Tributarios – quien hará usufructo de su Licencia Ordinaria Anual Total del Periodo 2.017, a partir del 02 al 15 de Enero del 2018.

ARTICULO 2°.- ASIGNASE interinamente a la Subsecretaría de Hacienda – CPN ALCOSER CLAUDIA, como responsable administrativo y operativo – mientras dure la ausencia del titular CPN PEREA MIGUEL – por las razones expuestas hasta tanto se produzca el reintegro autorizado en el artículo anterior.

ARTICULO 3º.- Mientras dure la vigencia del presente Decreto la responsabilidad asignada a la Subsecretaría de Hacienda – CPN ALCOSER CLAUDIA – se cumplirá sin perjuicio de las tareas competente como personal del sector, no significando en ello una modificación en los haberes que, por esta última función, percibe dentro de la Municipalidad de Palpalá.

 

Dr. PABLO F. PALOMARES

Intendente Municipal

 

Gobierno Municipal de Palpalá

Decreto Nro. 1276/17

Ciudad de Palpalá, 29 de Diciembre de 2.017.-

EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD DE PALPALA

DECRETA

ARTÍCULO 1°.- DEROGASE a partir del día 22 de Enero del 2.018 el INC.3 del Decreto N° 14/16 que designa como RESPONSABLE ADMINISTRATIVO DE INTENDENCIA de la Dirección General de Intendencia, a la Agente Municipal – TOLABA ALEJANDRA VICTORIA- DNI N° 24.850.507 .-

ARTÍCULO 2°.- CONVALIDASE el desempeño de la Agente Municipal – TOLABA ALEJANDRA VICTORIA- DNI N° 24.850.507, a partir del 01 de Febrero del 2.016, que asumiera como Secretaria Privada de Intendencia con jurisdicción de la Dirección General de Intendencia. AR-TICULO 3°.- CONVALIDASE la remuneración retributiva que percibiera desde el 01 de Febrero del 2.016 por la responsabilidad refrendada en lo precedente, que se liquidaron conforme a la normativa vigente.

ARTICULO 4°.- DESIGNASE a la Agente Municipal – TOLABA ALEJANDRA VICTORIA- DNI N° 24.850.507 como Secretaria Privada de Intendencia con jurisdicción de la Dirección General de Intendencia, a partir del día 22 de Enero del 2.018.

ARTICULO 5°.- A partir de la designación precedente y mientras dure la vigencia del presente Decreto, la Agente Municipal percibirá el sueldo básico la remuneración mensual que se liquidara conforme a la normativa vigente. La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto se atenderá a las partidas del Presupuesto General de Gastos y Cálculos Recursos en vigencia.

ARTICULO 6°.- Salvo en la medida dispuesta en el Art. 1º del presente instrumento, RATIFICASE en su integridad el Decreto Nro. 14/16.-

 

Dr. PABLO F. PALOMARES

Intendente Municipal

 

Gobierno Municipal de Palpalá

Decreto Nro. 1277/17

Ciudad de Palpalá, 29 de Diciembre de 2.017.-

EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD DE PALPALA

DECRETA

ARTÍCULO 1°.- DEROGASE a partir del día 22 de Enero del 2.018 el INC. 4 del Decreto N° 14/16 que designa como RESPONSABLE ADMINISTRATIVO DE INTENDENCIA de la Dirección General de Intendencia, a la Agente Municipal – MIRIAN MARINA VILLENA – DNI N° 20.799.316.-

ARTÍCULO 2°.- CONVALIDASE el desempeño de la Agente Municipal – MIRIAN MARINA VILLENA – DNI N° 20.799.316 , a partir del 01 de Febrero del 2.016, que asumiera como Jefa del Departamento de Higiene Urbana con jurisdicción en la Secretaria de Control y Prevención de la Seguridad Ciudadana.

ARTICULO 3°.- CONVALIDASE la remuneración retributiva que percibiera desde el 01 de Febrero del 2.016 por la responsabilidad refrendada en lo precedente, que se liquidaron conforme a la normativa vigente.

ARTICULO 4°.- DESIGNASE a la Agente Municipal – MIRIAN MARINA VILLENA – DNI N° 20.799.316 como Jefa del Departamento de Higiene Urbana con jurisdicción en la Secretaria de Control y Prevención de la Seguridad Ciudadana, a partir del día 22 de Enero del 2.018:

ARTICULO 5°.- A partir de la designación precedente y mientras dure la vigencia del presente Decreto, la Agente Municipal percibirá el sueldo básico la remuneración mensual que se liquidara conforme a la normativa vigente. La erogación que demande, el cumplimento de lo dispuesto se atenderá a las partidas del Presupuesto General de Gastos y Cálculos Recursos en vigencia.

ARTICULO 6°.- Salvo en la medida dispuesta en el Art. Io del presente instrumento, RATIFICASE en su integridad el Decreto Nro. 14/16.-

 

Dr. PABLO F. PALOMARES

Intendente Municipal

 

Gobierno Municipal de Palpalá

Decreto Nro. 1278/17

Ciudad de Palpalá, 29 de Diciembre de 2.017.-

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE PALPALA

DECRETA

ARTICULO 1º.- ADJUDICASE a la Empresa ECOIM S.R.L. -CUIT 33-71371090-9- la realización de la obra “Pavimentación de Hormigón Simple de Avenida Ledesma y Balderrama hasta el Instituto del Litio en el Barrio Martijena – Palpalá” objeto de la Licitación Pública Nro. 02/17 instrumentada a instancias del Decreto Nro. 882/17 sobre tratamiento del Expediente Nro. 1813-S-17, para lo cual y dentro de ese contexto, la favorecida cotizara la suma Pesos Once Millones Setecientos Noventa y Siete Mil Doscientos Tres con 94/100 ($ 11.797.203,94) como costo de realización de los trabajos, ajustándose con ello al Presupuesto Oficial y superando en defecto la oferta que, en ese mismo sentido realizara la Empresa Bellomo S.R.L. -Cia. Argentina de Construcciones- como segundo y alternativo oferente tras la desestimación participativa de la Empresa Constructora “Ing. Marcelo Horacio Zarif’ por cuestiones documentales; todo ello surge del análisis del Acta de Adjudicación considerado como antecedente de esta decisión.

ARTICULO 2º.- FORMALIZASE la Contratación de Obra Pública que comprometa a la Empresa ECOIM S.R.L. -CUIT 33-71371090-9- a disponer la ejecución de los trabajos adjudicados dentro del marco del Pliego de Bases y Condiciones Generales preestablecido, de donde por imperio del Artículo 5.4 (Capítulo V- Sistema de Contratación), se prevé la Contratación a Precio Tope (Diecisiete Millones Trescientos Cuarenta y Cinco Mil Ochocientos Treinta y Dos Con 11/100 ($ 17.345.832,11) razón por la cual, la obra resultante será completada con trabajos en calles del sector vecinal.

 

Dr. PABLO F. PALOMARES

Intendente Municipal

 

Gobierno Municipal de Palpalá

Decreto Nro. 1279/17

Ciudad de Palpalá, 29 de Diciembre de 2.017.-

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE PALPALA

DECRETA

ARTICULO 1º.- APRUEBASE Ad Referéndum la modificación de denominación de la Secretaria de Comunicación y Gobierno Abierto, que a partir del 01 de Enero de 2018 pasara a llamarse “SECRETARIA DE MODERNIZACION, COMUNICACIÓN Y GOBIERNO ABIERTO”, con las mismas competencias y responsabilidades no implicando modificación o ampliación de las mismas.

ARTICULO 2º.- AUTORIZASE en el mismo acto que partir del 01 de Enero de 2018 la Dirección de Transparencia y Participación Ciudadana, pasara a llamarse “DIRECCION DE GOBIERNO ABIERTO”, manteniendo la conformación de igual forma a su denominación anterior, con las atribuciones, potestades y responsabilidades que le fueran conferidas.

ARTICULO 3º.- Consecuente a lo determinado en los Artículos precedentes, RATIFICASE el Decreto Nro. 1028/17 de designación del Sr. FACUNDO EZEQUIEL IRIARTE DNI 27.726.726 y inc.2 del Decreto Nro. 998/15 de designación de la Srta. NOELIA GISELA BRITO, que la modificación realizada en el nombre de la secretaria y la dirección de los nombrados, no implica ni producirá alteración de las retribuciones que los nombrado percibe por la relación laboral adquirida ante esta Municipalidad de Palpalá y sin perjuicio del cumplimiento de las obligaciones asignada.

 

Dr. PABLO F. PALOMARES

Intendente Municipal

 

Gobierno Municipal de Palpalá

Decreto Nro. 1280/17

Ciudad de Palpalá, 29 de Diciembre de 2.017.-

INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE PALPALA

D E C R E T A :

ARTICULO 1°.- AUTORIZASE al personal municipal que se detalla en ANEXO I, y que forma parte de este Decreto, el pago de un Adicional Remunerativo No Bonificable, en razón de las tareas complementarias que se llevaran a cabo durante el mes de DICIEMBRE de 2.017, por las consideraciones expuestas en el exordio.

ARTICULO 2°.- Los agentes beneficiados con Adicionales por distintos conceptos deberán cumplir con los requisitos que establece el Decreto N° 230/04.

ARTICULO 3°.- Las erogaciones que demanden el cumplimiento de lo dispuesto en el Artículo 1°), se atenderán con Cargo a Partida Presupuestaria de GASTOS EN PERSONAL – del Presupuesto General de Gastos vigente.

 

Dr. PABLO F. PALOMARES

Intendente Municipal

 

Gobierno Municipal de Palpalá

Decreto Nro. 1281/17

Ciudad de Palpalá, 29 de Diciembre de 2.017.-

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE PALPALA

DECRETA

ARTICULO 1º- DESIGNASE a partir del 01 de Noviembre del 2017, al Lic. JUAN PABLO CHILIGUAY-DNI 27.542.069- como Subdirector del Instituto Municipal de Desarrollo a quien, por esta función, le corresponderá la aplicación y generación de propuestas ejecutivas relacionadas al área.

ARTICULO 2º.- A los efectos contables y administrativos CONVALIDESE el desempeño operativo siendo responsable de todo tramite en uso de las atribuciones y potestades que hacen a la competencia material del cargo asumido con la medida enunciada en lo anterior, a partir del 01 de Noviembre de 2017.

ARTICULO 3º.- A partir del ejercicio de la función asignada en el Artículo 1ro. y mientras dure la vigencia del presente Decreto, el Lie. JUAN PABLO CHILIGUAY percibirá como remuneración mensual el equivalente al sueldo básico correspondiente al cargo conferido según lo establecido por la legislación vigente.

ARTICULO 4º.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el Artículo 1ro., se atenderá con cargo a la Partida “Gastos en Personal” del Presupuesto General de Gastos y Cálculos de Recursos en vigencia.

 

Dr. PABLO F. PALOMARES

Intendente Municipal

 

Gobierno Municipal de Palpalá

Decreto Nro. 1282/17

Ciudad de Palpalá, 29 de Diciembre de 2.017.-

EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD DE PALPALA

DECRETA

ARTICULO 1°.- AUTORIZASE la Promoción a Categoría Interina, que le fuera asignada a los Agentes Municipales que se detallan:

LEGAJO – APELLIDO Y NOMBRE – A CAT.: 1142 – CARI ARMANDO JESUS – 18; 3629 – FLORES CLAUDIO ENRIQUE – 15; 5133 – DAVILA MARIO LEANDRO – 10

a partir del 1º de Diciembre del 2.017, tal cual fuera comunicada en Nota N° 2233DP/17 de fecha 26 de Diciembre de 2.017 por Dirección de Personal Municipal.

ARTICULO 2°.- La afectación de las erogaciones que, atendida con cargo a la Partida Gastos en Personal del Presupuesto General de Gastos y Cálculos de Recursos correspondientes, demandara el cumplimiento de las disposiciones precedentes.

 

Dr. PABLO F. PALOMARES

Intendente Municipal

 

Gobierno Municipal de Palpalá

Decreto Nro. 1283/17

Ciudad de Palpalá, 29 de Diciembre de 2.017.-

EL INTENDENTE DEL GOBIERNO MUNICIPAL DE PALPALA

DECRETA

ARTÍCULO 1º.- CONVALIDASE el Contrato de Locación de Obra que forma parte del Expediente NS1136-M-17 y que fuera celebrado el 31 de Octubre 2016 entre la MUNICIPALIDAD DE PALPALA y Mariano Teruel -CUIT 20-31463687-3-, por alquiler de una Maquina Pala Cargadora Marca SEM Modelo 636 B, Motor 6B11H015081, que durante el período mes de Noviembre 2016, cumpliendo trabajos de grillar y carga de áridos, movimientos de tierra y otras tarea que requiera la MUNICIPALIDAD según se indica en el mismo acto, donde se asienta además, el reconocimiento de Pesos Setecientos con 00/100 ($ 700,00.-) por hora trabajo de máquina y chofer.

ARTICULO 2º.- CONVALIDASE la Afectación de Cuatrocientos Sesenta y Cuatro con 01/100 (464,01) Litro de Combustible (Gas-Oil) equivalentes a la suma de Pesos Siete Mil Ochocientos Cuarenta y Uno con 68/100 ($ 7.841,68)- que durante el mes de Noviembre 2016, con cargo a esta Municipalidad y de acuerdo a lo determinado en la Cláusula Séptima de Contrato Convalidado, se suministrara al vehículo de referencia precedente no registrándose otro gasto de mantenimiento por su utilización.

ARTICULO 3º.- APRUEBANSE las Certificaciones de Servicios que la Secretaría de Obras y Servicios Públicos emite a razón del cumplimiento de Ciento Noventa y Uno (191:00) Horas de afectación maquinaria que de acuerdo las pautas contractuales convalidadas en lo inicial acreditan la suma de Pesos Ciento Treinta y Tres Mil Setecientos con 00/100 ($ 133.700,00) a favor de Mariano Teruel -CUIT 20-31463687-3.

ARTICULO 4º.- AUTORIZASE a Contaduría Municipal -Secretaría de Hacienda y Recursos Tributarios- a disponer de la emisión de un Libramiento de Pago por la suma de Pesos Ciento Treinta y Tres Mil Setecientos con 00/100 ($ 133.700,00) a favor de Mariano Teruel -CUIT 20-31463687-3 – en concepto de Cancelación de la Facturas N*. C – 0001- 00000215 de fecha 05 Diciembre 2016, extendidas de acuerdo a la Certificación de Servicios de convalidación anterior.

ARTICULO 5º.- AFECTESE la erogación que resulte del cumplimiento de lo establecido en todo lo precedente, a las partidas correspondientes del Presupuesto General de Cálculos y Recursos del ejercicio vigente.

 

Dr. PABLO F. PALOMARES

Intendente Municipal

 

Gobierno Municipal de Palpalá

Decreto Nro. 1284/17

Ciudad de Palpalá, 29 de Diciembre de 2.017.-

EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD DE PALPALA

DECRETA

ARTICULO 1º.- APRUEBASE la ESCRITURA numero DOSCIENTOS CURENTA Y CINCO, donde comparecen El Intendente PABLO FERNANDO PALOMARES D.N.I. 27.520.946 y Secretario de Hacienda MIGUEL PEREA D.N.I. 29.685.523 en representación de la Municipalidad de la Ciudad de Palpalá (TOMADOR) y GABRIEL HORACIO PFEIL D.N.I. 21.982.934 y MELINA LOPEZ D.N.I. 26.803.313 en nombre y representación de NACION LEASING S.A. (DADOR), donde se formaliza el otorgamiento de la operación de leasing, acto seguido se acuerda Celebrar el Contrato de Cesión de Derechos constituyendo una garantía y mecanismo, como medio alternativo de cobro para asegurar la indemnidad patrimonial del Dador, donde se fija un plazo de ejecución de 36 meses acordando la vigencia a partir el día 29 de septiembre de 2017, todo de acuerdo a antecedentes que obran y forman parte del Expediente Nro. 265-1-17, cumpliendo lo establecido en la Ordenanza N2 1218 promulgada mediante el Decreto Municipal Nro. 629/17.

ARTICULO 2º.- APRUEBASE el CONTRATO DE LEASING FINANCIERO MOBILIARIO, celebrado en la Ciudad Autónoma de Buenos aires el días 29 de Septiembre 2017, entre Nación Leasing S.A. en el carácter de DADOR y la Municipalidad de Palpalá en el carácter de TOMADOR, todo ajustado a los parámetros establecidos dentro las condiciones y clausulas del referido acto contractual que obra en fs. 12 del Expte. Nro. 265-I-17.

ARTICULO 3º.- CONVALIDASE la emisión del Libramiento de pago Nro. 02699/2017 que Contaduría Municipal -Secretaría de Hacienda y Recursos Tributarios- emitiera a favor de CARLOS MARIA DE NEVARES -CUIT 20-05081912-5- por la suma de pesos CIENTO VEINTICUATRO MIL CUATROCIENTOS SESENTA CON 00/100 ($124.460,00), cancelando la Factura B-0002-00000527 emitida el 26/09/2017, en concepto de pago de Aporte notarial, Prov. de Sellos, por Testimonio, Notificación, por Prov. De Honorarios.-

ARTICULO 4º.- CONVALIDASE la emisión del Libramiento de pago Nro. 02726/2017 que Contaduría Municipal -Secretaría de Hacienda y Recursos Tributarios- emitiera a favor de NACION LEASING S.A. -CUIT 30-70801629-9 por la suma de pesos DOSCIENTOS SESENTA Y CUATRO MIL NOVECIENTOS OCHENTA CON 72/100($264.980,72), cancelando la Factura B-0002-00044615 emitida el 29/09/2017, en concepto de pago por Honorarios de Gestoría por el Contrato de Leasing Nº 5906/17.-

ARTlCULO 3º.- DISPONGASE desde la Secretaria de Hacienda y Recursos Tributarios, la reserva del Crédito Presupuestario para cumplir con posteriores erogaciones que se Produzcan en acatamiento del Contrato aprobado en lo precedente, produciendo la liberación de los mismos en la medida que se realicen las operaciones pertinentes respetando los parámetros contractuales instituidos a tal efecto.

 

Dr. PABLO F. PALOMARES

Intendente Municipal

 

Gobierno Municipal de Palpalá

Decreto Nro. 1285/17

Ciudad de Palpalá, 29 de Diciembre de 2.017.-

EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD DE PALPALA

DECRETA

ARTICULO 1º.- APRUEBASE el CONTRATO DE PROVISION DE SERVICIOS DE INTERNET, que se suscribiera el 28 de Abril del 2.017 entre la Municipalidad de la Ciudad de Palpalá y la Empresa VIDEOTEL S.R.L. -C.U.I.T. 30-63345111-3-, Representada Legalmente por el Dr. Pedro Ricardo Manssur, D.N.I. Nº 13.414.423, con domicilio legal en Avda. Catalano Nº 138 Barrio Canal de Beagle, donde se acuerda la provisión permanente del servicio de Internet por el término de un año, en retribuciones al servicio la municipalidad abonara una suma anual total, única e inamovible de PESOS NOVENTA Y CUATRO MIL TRESCIENTOS OCHENTA CON 00/100 ($ 94.380,00), que será liquidado conforme a las certificaciones mensuales de Servicios que serán conformadas por el personal especializado Municipal, siendo todo regulado de acuerdo a los parámetros que fueran establecidos en acto contractual aprobado que obran y forman parte del Expte. Nº 670-D-17, planteando dentro de medidas vigentes según Decreto Acuerdo Nº 878-HF-16 dictado por el Poder Ejecutivo de la Provincia de Jujuy al cual se adhiere mediante Decreto Nº 155/16, que regula los montos para la ejecución de la prestación como CONTRATACION DIRECTA.

ARTICULO 2º.- CONVALIDASE las actuaciones que obran en los Exptes. Nº 1156-S-17,1518-S-17 y 128-S-18, que se refieren a emisiones de las Ordenes de Provisión;

* O.P. Nº 00758/17: por la suma de pesos Siete Mil Ochocientos Sesenta y Cinco con 00/100 ($ 7.865,00) a favor de la empresa VIDEOTEL S.R.L. – C.U.I.T. 30-63345111-3-, por los servicios de Internet a diferentes sectores del Municipio correspondiente al mes de Mayo 2.017 – Expte Nº 1156-S-17.

* O.P. Nº 00961/17: por la suma de pesos Siete Mil Ochocientos Sesenta y Cinco con 00/100 ($ 7.865,00) a favor de la empresa VIDEOTEL S.R.L. – C.U.I.T. 30-63345111-3-, por los servicios de Internet a diferentes sectores del Municipio correspondiente al mes de Junio 2.017 – Expte Nº 1518-S-17.

* O.P. Nº 01707/17: por la suma de pesos Quince Mil Setecientos Treinta con 00/100 ($ 15.730,00) a favor de la empresa VIDEOTEL S.R.L. – C.U.I.T. 30-63345111-3-, por los servicios de Internet a diferentes sectores del Municipio correspondiente a los meses de Octubre y Noviembre 2.017 – Expte Nº 128-S-18.

* O.P. Nº 00112/17: por la suma de pesos Veintitrés Mil Quinientos Noventa y Cinco con 00/100 ($ 23.595,00) a favor de la empresa VIDEOTEL S.R.L – C.U.I.T. 30-63345111-3-, por los servicios de Internet a diferentes sectores del Municipio correspondiente a los meses de Agosto, Septiembre y Diciembre 2.017 – Expte Nº 128-S-18.

ARTICULO 3°.- CONVALIDASE en el marco de las cláusulas sexta establecidas en el Contrato de Provisión de Internet mencionado en el artículo que antecede, las Certificaciones de Servicios que el Dpto. de Infraestructura Tecnología-Secretaria de Comunicación y Gobierno Abierto, emitiera dando constancia del cumplimiento de los servicios contratados con la empresa desde 01 al 31 del mes de Mayo de 2.017 que obra en el Expte Nº 1156-S-17, los servicios cumplidos desde 01 al 30 del mes de junio de 2.017 que forma parte del Expte. Nº 1518-S-17 y el cumplimiento de los servicios de los meses Octubre, Noviembre, Agosto, septiembre y Diciembre que forman parte del Expte Nº 128-S-18.

ARTICULO 4º.- CONVALIDASE la emisión de los Libramientos de Pago, Contaduría Municipal -Secretaría de Hacienda y Recursos Tributarios- emitiera a favor de la Empresa VIDEOTEL S.R.L. – C.U.I.T. 30-63345111-3- A)- mes de Mayo de 2.017 por la suma de PESOS Siete Mil Ochocientos Sesenta y Cinco con 00/100 ($ 7.865,00), cancelando la Factura Nro. B-0002-00000082 emitida el 15/06/17 – B)- mes de Octubre de 2.017 por la suma de PESOS Siete Mil Ochocientos Sesenta y Cinco con 00/100 ($ 7.865,00), cancelando la Factura Nro. B-0002-00000138 emitida el 28/11/17-L.P. Nº 03524/17 de fecha 23/02/18 – C)- mes de Noviembre de 2.017 por la suma de PESOS Siete Mil Ochocientos Sesenta y Cinco con 00/100 ($ 7.865,00), cancelando la Factura Nro. B-0002-00000144 emitida el 28/12/17 – L.P. Nº 03524/17 de fecha 23/02/18 D)- mes de Agosto de 2.017 por la suma de PESOS Siete Mil Ochocientos Sesenta y Cinco con 00/100 ($ 7.865,00), cancelando la Factura Nro. B-0002-00000099 – emitida el 06/09/17 L.P. Nº 00126/18 de fecha 23/02/18 -E)- mes de Septiembre de 2.017 por la suma de PESOS Siete Mil Ochocientos Sesenta y Cinco con 00/100 ($ 7.865,00), cancelando la Factura Nro. B-0002-00000108 emitida el 06/10/17 y F)- mes de Diciembre de 2.017 por la suma de PESOS Siete Mil Ochocientos Sesenta y Cinco con 00/100 ($ 7.865,00), cancelando la Factura Nro. B-0002-00000148 emitida el 02/01/18 – L.P. Nº 00126/18 de fecha 23/02/18, en concepto de pago por LOS SERVICIOS DE INTERNET, según la documentación obrante en los Exptes. Nº 1156-S-17 y Expte Nº 128-S-18.

ARTICULO 5º.- AUTORIZASE a efectuar la emisión de los Libramientos de Pago, la Secretaría de Hacienda y Recursos Tributarios- Contaduría Municipal emitiera a favor de la Empresa VIDEOTEL S.R.L. – C.U.I.T. 30-63345111-3- por la suma de PESOS Siete Mil Ochocientos Sesenta y Cinco con 00/100 ($ 7.865,00), cancelando la Factura Nro. B-0002-00000090 emitida el 27/07/17, en concepto de pago por LOS SERVICIOS DE INTERNET, por el mes de junio 2.017, según la documentación obrante del expte. Nº 1518-S-17.

ARTICULO 5º.- DISPONGASE desde la Secretaria de Hacienda y Recursos Tributarios, la reserva del Crédito Presupuestario para cumplir con posteriores erogaciones que se produzcan en acatamiento del Contrato aprobado en lo precedente, produciendo la liberación de los mismos en la medida que se realicen las operaciones pertinentes respetando los parámetros contractuales instituidos a tal efecto.

 

Dr. PABLO F. PALOMARES

Intendente Municipal

 

Gobierno Municipal de Palpalá

Decreto Nro. 1286/17

Ciudad de Palpalá, 29 de Diciembre de 2.017.-

EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD DE PALPALA

DECRETA

ARTÍCULO 1º.- AUTORIZASE a Contaduría Municipal -Secretaría de Hacienda y Recursos Tributarios- a disponer de un Libramiento de Pago por la suma Pesos Trece Mil Treinta y Cinco con 00/100 ($ 13.035,00) favor de la Entidad Civil Bomberos Voluntarios del Departamento Palpalá, en concepto de Subsidio otorgado de acuerdo a disposiciones de la Ordenanza Nro. 840/06 (artículo 2do, inc. b) correspondiente a Recaudación de Ferias de Días Viernes del año 2015 en su integridad, todo en relación a antecedentes que obran en el Expediente Nro. 2287-C-2017 iniciado a esos efectos.

ARTÍCULO 2º.- Respecto del subsidio otorgado, la Entidad beneficiada con la utilización de los recursos municipales, deberá proceder a la rendición de comprobantes que justifiquen el destino de los recursos afectados, todo ello según lo dispuesto por la Resolución N9 1700-R/G–2000 del Tribunal de Cuentas de la Pcia. de Jujuy y de acuerdo a lo establecido en el artículo 4to. de la Ordenanza correspondiente.

ARTICULO 3º.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el Artículo 1º), se atenderá con cargo a la Partida: Subsidio Económico a los Bomberos Voluntarios de Palpalá (Remises y Ferias) -Para Pago de Obligaciones Contraídas en Ejercicios Anteriores no Comprometidos Presupuestariamente- del Presupuesto General de Gastos y Cálculos de Recursos correspondiente.

ARTÍCULO 4º.- Dese al Registro y al Boletín Municipal a los fines pertinentes. Pase copia a Secretaría de Hacienda y Recursos Tributarios -Contaduría Municipal-, para conocimiento y efectos que correspondan, Cumplido, archívese.-

 

Dr. PABLO F. PALOMARES

Intendente Municipal

 

Gobierno Municipal de Palpalá

Decreto Nro. 1287/17

Ciudad de Palpalá, 29 de Diciembre de 2.017.-

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE PALPALA

DECRETA

ARTICULO 1º.- CONVALIDESE la Adenda al Contrato de Locación del inmueble ubicado en Avda. Libertad esq. México, individualizado con matricula P-13822, padrón P-33703, que se suscribiera a los diez (10) días del mes de Abril de 2017 entre la Municipalidad de Palpalá y la empresa SUCRE S.R.L., a los fines de cumplir con lo establecido en la cláusula cuarta donde de conviene el incremento del valor locativo sobre e 2903 LTS. de nafta súper que representan el precio del alquiler.

ARTICULO 2º.- ESTABLECESE el precio del valor de la cuota mensual por el inmueble individualizado en el artículo anterior, en pesos cincuenta y nueve mil trescientos treinta y siete con 00/100(59.337,00), en base a la actualización del litro de nafta súper de la empresa Y.P.F. en pesos veinte con 00/44 ($20,44) todo de acuerdo a las compras efectuadas por el Dpto. de Compras y Suministro.

El monto establecido tiene vigencia para el semestre comprendido entre los meses de Abril a Septiembre del año 2017, de acuerdo a la cláusula segunda de la adenda convalidada en el presente instrumento.

ARTICULO 3º.- Salvo la modificación efectuada en la Adenda en el Contrato de Locación aprobado por el decreto municipal 126/16 se ratifica en todas las demás condiciones fijadas en cada una de sus cláusulas.

 

Dr. PABLO F. PALOMARES

Intendente Municipal

 

Gobierno Municipal de Palpalá

Decreto Nro. 1288/17

Ciudad de Palpalá, Ciudad de Palpalá, 29 de Diciembre de 2.017.-

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE PALPALA

DECRETA

ARTICULO 1º.- APRUEBASE el ACTA DE ADJUDICACIÓN del CONCURSO DE PRECIOS Nro. 02/17 instrumentado a través del DECRETO Nro. 1151/17, que refiere a la ejecución de la obra “TERMINACION de 11 VIVIENDAS EN BARRIO CONSTITUCIÓN, donde se resuelve adjudicar a la Empresa ECOIM S.R.L. por la suma de PESOS DOS MILLONES QUINIENTOS VEINTISEIS MIL NOVECIENTOS DIEZ CON 71/100($2.526.910.71), por considerarla técnicamente conveniente ampliamente ajustada al Presupuesto Oficial, todo ello según antecedentes obrantes en el Expediente Nro. 1925-S-2017

ARTICULO 2º.- ADJUDIQUESE a la ECOIM S.R.L. -CUIT 33-71371090-9, con domicilio en Calle Belgrano Nro. 1027 del Barrio Centro, San Salvador de Jujuy, la realización del trabajo objeto del Concurso de Precios Nro. 02/17, para lo cual cotizara la suma de Pesos Dos Millones Quinientos Veintiséis Mil Novecientos Diez Con 71/100($2.526.910.71), como precio total de ejecución de obra.

ARTICULO 3º.- APRUEBASE el Contrato de Obra que, en razón de la Adjudicación de referencia anterior, suscribiera esta Municipalidad de Palpalá con la firma ECOIM S.R.L. -CUIT 33-71371090-9, con fecha 28 DICIEMBRE 2017 y a través del cual, esta última se compromete a la ejecución de la Obra “TERMINACION de 11 VIVIENDAS EN BARRIO CONSTITUCIÓN” de acuerdo a los parámetros de adjudicación del Concurso de Precios Nro. 02/17 aprobado mediante el Artículo 1ro. del presente instrumento.

ARTICULO 6º.- AFECTESE a la Partida correspondiente del Presupuesto General de Gastos y Calculo de Recursos en vigencia, la erogación que resulte del cumplimiento de lo establecido en el Artículo precedente.

 

Dr. PABLO F. PALOMARES

Intendente Municipal

 

Gobierno Municipal de Palpalá

Decreto Nro. 1289/17

Ciudad de Palpalá, Ciudad de Palpalá, 29 de Diciembre de 2.017.-

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE PALPALA

DECRETA

ARTICULO 1º.- APRUEBASE el ACTA DE ADJUDICACION del CONCURSO DE PRECIOS Nro. 03/17 instrumentado a través del DECRETO Nro. 1151/17, que refiere a la ejecución de la obra “TERMINACION, ESTRUCTURAS, INSTALACIONES COMPLEMENTARIAS Y PINTURA DE 10 VIVENDAS en al Barrio Constitución, donde se resuelve adjudicar a la Empresa LOS LAPACHOS CONSTRUCTORA por la suma de PESOS CUATRO MILLONES SETECIENTOS OCHENTA Y TRES MIL SETECIENTOS CUARENTA Y CUATRO CON 94/100 ($4783.744, 94), por considerarla técnicamente conveniente ampliamente ajustada al Presupuesto Oficial, todo ello según antecedentes obrantes en el Expediente Nro. 1943-S-2017

ARTICULO 2°.- ADIUDIOUESE a la firma LOS LAPACHOS CONSTRUCTORA,-CUIT 20-25377571-9, con domicilio en Calle Rio Uruguay Nro. 253 del Barrio San Ignacio de Loyola, Palpalá, la realización del trabajo objeto del Concurso de Precios Nro. 03/17, para lo cual cotizara la suma de Pesos Cuatro Millones Setecientos Ochenta y Tres Mil Setecientos Cuarenta y Cuatro Con 94/100 ($4783.744,94), como precio total de ejecución de obra.

ARTICULO 3º.- APRUEBASE el Contrato de Obra que, en razón de la Adjudicación de referencia anterior, suscribiera esta Municipalidad de Palpalá con la firma LOS LAPACHOS CONSTRUCTORA,-CUIT 20-25377571-9, con fecha 28 de DICIEMBRE 2017 y a través del cual, esta última se compromete a la ejecución de la Obra “TERMINACION, ESTRUCTURAS, INSTALACIONES COMPLEMENTARIAS Y PINTURA DE 10 VIVENDAS en al Barrio Constitución” de acuerdo a los parámetros de adjudicación del Concurso de Precios Nro. 03/17 aprobado mediante el Artículo 1ro. del presente instrumento.

ARTICULO 4º.- AFECTESE a la Partida correspondiente del Presupuesto General de Gastos y Calculo de Recursos en vigencia, la erogación que resulte del cumplimiento de lo establecido en el Artículo precedente.

 

Dr. PABLO F. PALOMARES

Intendente Municipal

 

Gobierno Municipal de Palpalá

Decreto Nro. 1290/17

Ciudad de Palpalá, 29 de Diciembre de 2.017.-

INTENDENTE MUNICIPAL DE PALPALA

DECRETA

ARTICULO 1º.- Dentro del contexto establecido por el Decreto Nro. 108/15 concerniente a la Repavimentación de Avenida Libertad con trámite en el Expediente Nro. 231-S-15, CONVALIDASE el Acta Acuerdo suscripto entre la Municipalidad de Palpalá y la Empresa Constructora Zarif Marcelo H. para la Continuidad de Obra recalculada en una variación de Precios que determina la suma Pesos Quince Millones Quinientos Cincuenta Mil Ciento Cuarenta y Cinco con 13/100 ($ 15.550.145,13) como importe de actualización de trabajos que, además de cuestiones relativas a parte de las obras cumplidas con anterioridad y especificadas como “Retrabajos”, la Municipalidad se compromete a abonar la suma de Pesos Un Millón Veinticuatro Mil Veinticinco con 63/100 ($ 1.024.025,63), estableciéndose como plazo de concreción de trabajos ciento cincuenta (150) días corridos contados a partir del 9 de Octubre de 2017.

ARTICULO 2º.- APRUEBASE el Certificado de Obra Nro. 1 que Secretaría de Obras y Servicios Públicos, en fecha Octubre de 2017, extendiera a favor de la Empresa Constructora Zarif Marcelo H. dando cuenta del avance de trabajos de la obra “Pavimentación de Avenida Libertad” en un 36,31 %, significando un cálculo actualizado de Pesos Cinco Millones Seiscientos Cuarenta y Seis Mil Treinta y Ocho con 85/100 ($ 5.646.038,85) en base a los parámetros de obra del Acta Acuerdo de convalidación anterior.

ARTICULO 3º.- CONVALIDASE la emisión que Contaduría Municipal -Secretaría de Hacienda y Recursos Tributarios-diera al Libramiento de Pago Nro. 02374/2017 extendido a favor de la Empresa Constructora ZARIF MARCELO H. -CUIT 20131219750- por la suma de Pesos Cinco Millones Seiscientos Cuarenta y Seis Mil Treinta y Ocho con 85/100 ($ 5.646.038,85) en concepto de cancelación de la Factura Nro. B-004-00000360 (09 OCT 2017) emitida por trabajos cumplidos de aprobación anterior.

ARTICULO 4º.- APRUEBASE el Certificado de Obra Nro. 2 que Secretaría de Obras y Servicios Públicos, en fecha 15 NOV 2017, extendiera a favor de la Empresa Constructora Zarif Marcelo H. dando cuenta del avance de trabajos de la obra “Pavimentación de Avenida Libertad” en un 52,41 %, significando un cálculo de Pesos Dos Millones Quinientos Tres Cuatrocientos Veintinueve con 84/100 ($ 2.503.429,84).

ARTICULO 5º.- CONVALIDASE la emisión que Contaduría Municipal -Secretaría de Hacienda y Recursos Tributarios-diera al Libramiento de Pago Nro. 03069/2017 extendido a favor de la Empresa Constructora ZARIF MARCELO H. -CUIT 20131219750- por la suma de Pesos Dos Millones con 00/100 ($ 2.000.000,00) en concepto de anticipo de cancelación de la Factura Nro. B-004-00000370 (07 DIC 2017) emitida por la suma de Pesos Dos Millones Quinientos Tres Cuatrocientos Veintinueve con 84/100 ($ 2.503.429,84) de acuerdo a la disposición del Certificado de Obra Nro. 2 de aprobación anterior.

ARTICULO 6º.- APRUEBASE el Certificado de Obra que Secretaría de Obras y Servicios Públicos, en fecha 15 NOV 2017, extendiera a favor de la Empresa Constructora Zarif Marcelo H. dando cuenta de Trabajos Ejecutados como Retrabajos de la obra “Pavimentación de Avenida Libertad” para un Avance del 56.73 % dentro de este concepto, significando ello cálculo de Pesos Quinientos Ochenta Mil Ochocientos Ochenta y Siete con 88/100 ($ 580.887,88) del Pesos Un Millón Veinticuatro Mil Veinticinco con 63/100 ($ 1.024.025,63) pactado en términos del Acuerdo convalidado en lo inicial.

ARTICULO 7º.- AUTORIZASE a Contaduría Municipal -Secretaría de Hacienda y Recursos Tributarios a disponer la emisión de un Libramiento de Pago por la suma de Pesos Quinientos Ochenta Mil Ochocientos Ochenta y Siete con 88/100 ($ 580.887,88) en concepto de Cancelación de la Factura Nro. B-0004-00000371 (07 DIC 2017) extendida por la Empresa Constructora ZARIF MARCELO H. -CUIT 20131219750- a razón de términos del Certificado de Obra Retrabajos de aprobación anterior.

 

Dr. PABLO F. PALOMARES

Intendente Municipal

 

Gobierno Municipal de Palpalá

Decreto Nro. 1291/17

Ciudad de Palpalá, 29 de Diciembre de 2.017.-

INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE PALPALA

DECRETA

ARTICULO 1º.- AUTORIZASE la asignación de un Adicional por RESPONSABILIDAD FUNCIONAL al Personal Municipal que se detalla en ANEXO I, y que forman parte de este Decreto, en razón de las tareas encomendadas que se llevaran a cabo en el mes de DICIEMBRE de 2.017 y por las consideraciones expuestas en el exordio.

ARTICULO 2º.- Los agentes beneficiados con Adicionales por distintos conceptos deberán cumplir con los requisitos que establece el Decreto N° 230/04.

ARTICULO 3º.- Las erogaciones que demanden el cumplimiento de lo dispuesto en el Articulo 1º), serán con Cargo a Partida Presupuestaria de GASTOS EN PERSONAL – del Presupuesto General de s vigente.

 

Dr. PABLO F. PALOMARES

Intendente Municipal

 

Gobierno Municipal de Palpalá

Decreto Nro. 1293/17

Ciudad de Palpalá, 29 de Diciembre de 2.017.-

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE PALPALA

DECRETA

ARTICULO 1º.- CREASE la AYUDA ECONÓMICA denominada Subsidio Social,cuya reglamentación, supervisión y coordinación estará a cargo de la Dirección de Personal dependiente de la Secretaria de Hacienda y Recursos Tributarios de la Municipalidad de la ciudad de Palpalá

ARTICULO 2º. Autorizar a la Secretaria de Hacienda, la afectación de los recursos necesarios con los que se dará cumplimiento a la ayuda económica recibida, el beneficiario de acuerdo a las características y/o sectores donde quede afectado será supervisado y fiscalizado por la Dirección de Personal de la Municipalidad.-

ARTICULO 3º. La erogación que demande y los recursos afectados para el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo anterior, serán atendidos con cargo a la partidas presupuestarias correspondientes a rentas generales del presupuesto general de gastos y cálculos vigente.-

 

Dr. PABLO F. PALOMARES

Intendente Municipal