BOLETÍN OFICIAL Nº 107 ANEXO – 18/09/19
Gobierno Municipal de Palpalá
Decreto Nro. 0936/17
Ciudad de Palpalá, 19 de Octubre de 2.017.-
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE PALPALA
DECRETA
ARTICULO 1º.- APRUEBASE la ADENDA que forma parte del presente instrumento y que, como complemento correctivo al “Contrato para la Prestación de Espacios Publicitarios y de Difusión de Actos del Gobierno Municipal” se suscribiera entre esta Municipalidad y la Empresa DIARIO DIGITAL “Jujuy al Día” representada por el Sr. Juan Pablo Calvo -DNI 29.635.349-, estableciéndose lo siguiente: Primero – Adoptar como Avda. Río de la Plata Nro. 383 como domicilio administrativo de la Municipalidad de Palpalá, Segundo – La no obligación de compensación impositiva y Tercero – Suscripción del Contrato en fecha 28 de Abril de 2017; todo en el mencionado instrumento aprobado mediante Decreto Nro. 531/17 expedido sobre el tratamiento del Expediente Nro. 227-D-17 del cual es parte integrante.
ARTICULO 2º.- PRODUZCASE en el Decreto Nro. 531/17 los siguientes ajustes que derivan de la aplicación de la Adenda aprobada en lo anterior:
a- MODIFICASE toda cita referente a la firma del Contrato de Servicios Publicitarios, situación que corresponderá a “28 de Abril de 2017” en vez de “1 de Mayo de 2017” según expresiones de erróneas transcripciones en el propio instrumento.
b- SUPRIMASE el texto final del Artículo 1ro. que se cita en lo siguiente: “o ser compensadas por un importe similar a la Dirección General de rentas Municipal en concepto de canon publicitario” que refiere a montos a percibir por la Empresa DIARIO DIGITAL “Jujuy al Día” representada por el Sr. Juan Pablo Calvo -DNI 29.635.349- por servicios de difusión, en un todo de acuerdo a los términos de la ADENDA respectivamente aprobada en lo anterior.
c- SUPRIMASE el Artículo 3ro. en su integridad, por no corresponder su aplicación
ARTICULO 3º.- Salvo las correcciones efectuadas a propósito de la ADENDA aprobada y señaladas en lo precedente, RATIFICASE en su totalidad el Decreto Nro. 528/17 dictado para la aprobación del acto contractual ahora modificado parcialmente.
Dr. PABLO F. PALOMARES
Intendente Municipal
Gobierno Municipal de Palpalá
Decreto Nro. 0937/17
Ciudad de Palpalá, 19 de Octubre de 2.017.-
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE PALPALA
DECRETA
ARTÍCULO 1º.- AUTORIZASE a Contaduría Municipal -Secretaría de Hacienda y Recursos Tributarios- a disponer la emisión del Libramiento de Pago correspondiente a la suma de Pesos Cuatro Mil Ochocientos Uno con 78/100 ($ 4.801,78) a favor de la Firma Juan José Fernández Marengo -CUIT 20-26899116-7-, con Domicilio Comercial Brown Nro. 1847 – San Salvador de Jujuy -, en concepto de Cancelación del importe total de la Factura Nro. B-0011-00002172 de fecha 14 de Septiembre de 2017, destinado a la “Pintada Estudiantil 2017”, realizado en Avenida Martijena de esta Ciudad de Palpalá, en el marco de la fiesta de los estudiantes 2017, emprendido por la Dirección de Desarrollo Humano y Social -Departamento de la Juventud -Secretaria de Gobierno-, en un todo de acuerdo a las actuaciones del Expediente Nro. 1711-S-17.
ARTÍCULO 2º.- La erogación que resulte del cumplimiento de lo establecido en el presente Decreto, se afectará en su totalidad a la Partida BIENES DE CONSUMO CON RENTAS GENERALES -Productos Químicos y Medicinales – del Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos del ejercicio vigente.
Dr. PABLO F. PALOMARES
Intendente Municipal
Gobierno Municipal de Palpalá
Decreto Nro. 0938/17
Ciudad de Palpalá, 19 de Octubre de 2.017.-
EL INTENDENTE DEL GOBIERNO MUNICIPAL DE PALPALA
DECRETA
ARTÍCULO 1º.- CONVALIDASE las actuaciones obrantes del Expediente Nº 1349-S-17, en lo que se refiere a Pago de Orden de Provisión Nº 00852/17, por la suma de Pesos Mil Ochocientos con 00/100 ($1.800,00) a favor de la Firma Carnicería Lizárraga – de Alba Marina Lizárraga -CUIT 27-28124787-0, por las consideraciones expuestas en el exordio.
ARTÍCULO 2º.- AUTORIZASE a la Secretaria de Hacienda y Recursos Tributarios -Contaduría Municipal- a efectuar la emisión del correspondiente Libramiento de Pago por la suma de Pesos Mil Ochocientos con 00/100 ($1.800,00) a favor de la Firma Carnicería Lizárraga – de Alba Marina Lizárraga -CUIT 27-28124787-0, con domicilio Avda. San Martín Nº 49 -Barrio Belgrano -Palpalá-, en concepto de cancelación de la Factura Nro. B-0001-00021838 de fecha 12 JULIO 2017, por la provisión de 30 kg de chorizo destinados para entrega de premio, todo de acuerdo a las actuaciones que se registran en el Expediente Nro. 1349-S-17.
ARTÍCULO 3º.- La erogación que demande el cumplimiento de lo establecido en el Artículo anterior, se afectará en su totalidad a la Partida: a- $ 1.800,00 -Servicios No Personales con Rentas Generales -Cortesía y Homenajes- correspondiente al Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos en vigencia.
Dr. PABLO F. PALOMARES
Intendente Municipal
Gobierno Municipal de Palpalá
Decreto Nro. 0939/17
Ciudad de Palpalá, 19 de Octubre de 2.017.-
EL INTENDENTE DEL GOBIERNO MUNICIPAL DE PALPALA
DECRETA
ARTÍCULO 1º.- CONVALIDASE las actuaciones obrantes del Expediente Nº 1522-S-17, en lo que se refiere a Pago de Orden de Provisión Nº 00963/17, por la suma de Pesos Mil Doscientos Treinta con 60/100 ($1.230,60) a favor de la Firma Carnicería Lizárraga – de Alba Marina Lizárraga-CUIT 27-28124787-0, por las consideraciones expuestas en el exordio.
ARTÍCULO 2º.- AUTORIZASE a la Secretaria de Hacienda y Recursos Tributarios -Contaduría Municipal- a efectuar la emisión del correspondiente Libramiento de Pago por la suma de Pesos Mil Doscientos Treinta con 60/100 ($1.230,60) a favor de la Firma Carnicería Lizárraga – de Alba Marina Lizárraga -CUIT 27-28124787-0, con domicilio Avda. San Martín Nº 49 -Barrio Belgrano -Palpalá-, en concepto de cancelación de la Factura Nro. B-0001-00021831 de fecha 12 JULIO 2017, por la provisión de Carne destinados para entrega del Centro Vecinal Bº 25 de Mayo por festejo Patrio, todo de acuerdo a las actuaciones que se registran en el Expediente Nro. 1522-S-17.
ARTÍCULO 3º.- La erogación que demande el cumplimiento de lo establecido en el Artículo anterior, se afectará en su totalidad a la Partida: a- $ 1.230,60 -Transf. P/Financ. Erog. Corr., con Rentas Generales -Otras Transferencia- correspondiente al Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos en vigencia.
Dr. PABLO F. PALOMARES
Intendente Municipal
Gobierno Municipal de Palpalá
Decreto Nro. 0940/17
Ciudad de Palpalá, 19 de Octubre de 2.017.-
EL INTENDENTE de la MUNICIPALIDAD DE PALPALA
DECRETA
ARTICULO 1º.- CONVALÍDASE las actuaciones obrantes del Expediente Nº 50-U-17, en lo que se refiere a Pago de Orden de Provisión Nº 00917/17, por la suma de Pesos Ochocientos Diez con 00/100 ($ 810,00) a favor de la firma Regalería – Premiaciones “Virch” de Virginia Mabel Vizuara -CUIT 23-37634783-4-, por las consideraciones expuestas en el exordio.
ARTICULO 2º.- AUTORIZASE a Contaduría Municipal -Secretaría de Hacienda y Recursos Tributarios- a efectuar la emisión del correspondiente Libramiento de Pago por la Suma de Pesos Ochocientos Diez con 00/100 ($ 810,00) a favor de Regalería – Premiaciones “Virch” de Virginia Mabel Vizuara -CUIT 23-37634783-4- con domicilio en Av. El Exodo Nro. 925 – San Salvador de Jujuy, en concepto de Cancelación de la Factura Nro. C-0001-00001090 de fecha 04 de Agosto de 2017 y en un todo de acuerdo a las actuaciones que se registran en el Expediente Nro. 50-U-17, citado en el artículo precedente.
ARTICULO 3º.- La erogación que resulte del cumplimiento de lo establecido en el Artículo precedente, se afectará en su totalidad a la Partida: TRANSF. P/FINANC. EROG. CORR. CON RENTAS GENERALES -Otras Transferencias- del Presupuesto General de Gastos y Recursos en vigencia.
Dr. PABLO F. PALOMARES
Intendente Municipal
Gobierno Municipal de Palpalá
Decreto Nro. 0941/17
Ciudad de Palpalá, 19 de Octubre de 2.017.-
EL INTENDENTE DEL GOBIERNO MUNICIPAL DE PALPALA
DECRETA
ARTÍCULO 1°.- CONVALIDASE las actuaciones obrantes del Expediente Nº 1104-C-17, en lo que se refiere a Pago de Orden de Provisión Nº 00980/17, por la suma de Pesos Mil Novecientos Cuarenta y Dos con 80/100 ($1.942,80) a favor de la Firma Carnicería Lizárraga – de Alba Marina Lizárraga -CUIT 27-28124787-0, por las consideraciones expuestas en el exordio.
ARTÍCULO 2º.- AUTORIZASE a la Secretaria de Hacienda y Recursos Tributarios -Contaduría Municipal- a efectuar la emisión del correspondiente Libramiento de Pago por la suma de Pesos Mil Novecientos Cuarenta y Dos con 80/100 ($1.942,80) a favor de la Firma Carnicería Lizárraga – de Alba Marina Lizárraga -CUIT 27-28124787-0, con domicilio Avda. San Martín Nº 49 -Barrio Belgrano -Palpalá-, en concepto de cancelación de la Factura Nro. B-0001-00021836 de fecha 12 JULIO 2017, por la provisión de carnes destinados al Centro Vecinal Cultural y Deportivo Isla Malvinas -Rio Blanco, por la conmemoración de un nuevo aniversario del barrio mencionado, todo de acuerdo a las actuaciones que se registran en el Expediente Nro. 1104-C-17.
ARTÍCULO 3º.- La erogación que demande el cumplimiento de lo establecido en el Artículo anterior, se afectará en su totalidad a la Partida: a- $ 1.942,80 -Transferencia P/Financiar Erog. Corr., con Rentas Generales -Otras Transferencia- correspondiente al Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos en vigencia.
Dr. PABLO F. PALOMARES
Intendente Municipal
Gobierno Municipal de Palpalá
Decreto Nro. 0942/17
Ciudad de Palpalá, 20 de Octubre de 2.017.-
EL INTENDENTE DEL GOBIERNO MUNICIPAL DE PALPALA
DECRETA
ARTÍCULO 1°.- Inscribir, en el Registro Municipal de Firmas, a la Arquitecta ANA GRACIELA GONZALEZ, D.N.I. N° 21.995.380, Matrícula del Colegio de Arquitectos de Jujuy Y-589, con domicilio en calle Díaz Vélez N° 1350, Barrio Coronel Arias, Ciudad de San Salvador de Jujuy, Provincia de Jujuy, como Proyectista, Director Técnico y Conductor Técnico de Primera Categoría bajo el número de Registro SEISCIENTOS TREINTA Y TRES (633)
ARTICULO 2°.- Dar a conocer a la interesada las disposiciones de la Ordenanza 744/02, Código de Edificación de la Ciudad de Palpalá, en general lo fijado en el aspecto edilicio y en particular lo inherente al desempeño de sus funciones.
Dr. PABLO F. PALOMARES
Intendente Municipal
Gobierno Municipal de Palpalá
Decreto Nro. 0943/17
Ciudad de Palpalá, 20 de Octubre de 2.017.-
EL INTENDENTE DEL GOBIERNO MUNICIPAL DE PALPALA
DECRETA
ARTICULO 1º.- APRUEBASE el Contrato de Comodato del Estadio Olímpico Municipal Gratuito sin Uso de Buffet, que con fecha 18 de Octubre de 2017, se celebrara entre el Sr. GENOVESE Marcelo Fernando -D.N.I. Nro. 23.946.351- y esta Municipalidad de Palpalá para utilización de la infraestructura municipal el día 20 de Octubre de 2017 donde se efectuará la presentación del espectáculo JUJUY PEGA FUERTE.
ARTICULO 2º.- Teniendo en cuenta la jerarquía del espectáculo y la amplitud del mismo, establécese según Cláusula Décimo Cuarta, abonar los impuestos por el Comodatario.
Dr. PABLO F. PALOMARES
Intendente Municipal
Gobierno Municipal de Palpalá
Decreto Nro. 0944/17
Ciudad de Palpalá, 23 de Octubre de 2.017.-
EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD DE PALPALA
DECRETA
ARTÍCULO 1°.- APRUEBASE el del Convenio Subsidio suscripto con la Empresa de Transporte de Pasajeros General Savio S.R.L. – DUIT. 33-65995802-9 -representada por el Sr. SOSA JUAN CARLOS – D.N.I. N° 23.058.356 – por lo que se establece el precio de Pasaje Palpalá -Rio Blanco o viceversa la suma de Pesos SIETE CON 50/100 ($ 7,50), a subsidiarse con el agregado de un adicional de pesos DOS con 50/100 ($ 2,50), por parte de esta Municipalidad, resultando el costo de un pasaje en su totalidad de Pesos DIEZ con 00/100 ($ 10,00).
ARTÍCULO 2°.- TENGASE a la Dirección de Rentas Municipal como órgano de aplicación del Convenio formalizado.
ARTÍCULO 3°.- la erogación demandada por el cumplimiento de actividades relacionadas al presente Decreto, se atenderá con afectación a las Partidas correspondientes del Presupuesto General de Cálculos y Recursos del ejercicio vigente.
Dr. PABLO F. PALOMARES
Intendente Municipal
Gobierno Municipal de Palpalá
Decreto Nro. 0945/17
Ciudad de Palpalá, 23 de Octubre de 2.017.-
EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD DE PALPALA
DECRETA
ARTÍCULO 1°.- APRUEBASE el del Convenio Subsidio suscripto con la Empresa de Cooperativa de Trabajo PAL-BUS 2000 Ltda. – CUIT. 33-70753573-9 -representada por el Sr. MAMANI ROBERTO HORACIO – D.N.I. N° 23.985.084 – por lo que se establece el precio de Pasaje Palpala -Rio Blanco o viceversa la suma de Pesos SIETE CON 50/100 ($ 7,50), a subsidiarse con el agregado de un adicional de pesos DOS con 50/100 ($ 2,50), por parte de esta Municipalidad, resultando el costo de un pasaje en su totalidad de Pesos DIEZ con 00/100 ($ 10,00).
ARTÍCULO 2°.- TENGASE a la Dirección de Rentas Municipal como órgano de aplicación del Convenio formalizado.
ARTÍCULO 3°.- la erogación demandada por el cumplimiento de actividades relacionadas al presente Decreto, se atenderá con afectación a las Partidas correspondientes del Presupuesto General de Cálculos y Recursos del ejercicio vigente.
Dr. PABLO F. PALOMARES
Intendente Municipal
Gobierno Municipal de Palpalá
Decreto Nro. 0947/17
24 de Octubre de 2.017.-
EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD DE PALPALA
DECRETA
ARTÍCULO 1°.- AUTORIZASE a Secretaria de Hacienda – Contaduría Municipal emitir el correspondiente Libramiento de Pago, a favor de la Sra. SALAZAR SILVIA -DNI N° 11.325.109, en concepto de SUBSIDIO por parte de la Municipalidad la suma de Pesos QUINIENTOS con 00/100 ($ 500,00) destinado a cubrir gastos de traslado a la Provincia de Santiago del Estero; donde participara en la Feria del Libro 2.017 y se presentara la Antología de la cual es parte la Sra. Salazar, siempre de acuerdo a actuaciones del Expediente N°1821-S-17.
ARTÍCULO 2°.- Respecto al Subsidio otorgado y a la brevedad posible, la beneficiada con la utilización de los recursos municipales, deberá preceder a la rendición de comprobante que justifiquen de los recursos afectados, todo ello según lo dispuesto por la Resolución N° 1700-R/G—2000 del Tribunal de Cuentas de la Provincia de Jujuy
ARTICULO 3°.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto, se atenderá con afectación a la Partida pertinente del Presupuesto General de Cálculos y Recursos en vigencia.
Dr. PABLO F. PALOMARES
Intendente Municipal
Gobierno Municipal de Palpalá
Decreto Nro. 0948/17
26 de Octubre de 2.017.-
INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE PALPALA
DECRETA
Artículo 1°. Inscribir, en el Registro Municipal de Firmas, al Maestro Mayor de Obras MARIO EDUARDO MEDRANO D.N.I 24.397.375, Matrícula del Colegio de Técnicos de Jujuy N° 1192, con domicilio en calle Almirante Brown N° 541, Loteo San Luis, Ciudad de El Carmen, Provincia de Jujuy, como Proyectista, Director Técnico y Conductor Técnico de Segunda Categoría, bajo el número de Registro Municipal SEISCIENTOS TREINTA Y CINCO (635).
Artículo 2°. Dar a conocer a la parte interesada las disposiciones de la Ordenanza 744/02, Código de Edificación de la Ciudad de Palpalá, en general lo fijado en el aspecto edilicio y en particular lo inherente al desempeño de sus funciones.
Dr. PABLO F. PALOMARES
Intendente Municipal
Gobierno Municipal de Palpalá
Decreto Nro. 0949/17
Ciudad de Palpalá, 26 de Octubre de 2.017.-
EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD DE PALPALA
DECRETA
ARTÍCULO 1º.- CONVALIDASE el Contrato de Obra que en fecha 30 SEP 2017, esta Municipalidad de Palpalá formalizara con la Empresa ECOIM S.R.L. -CUIT Nro. 33-71371090-9- (representada por el Sr. Bartolomé Francisco Héctor Pola -DNI Nro. 11.063.104- como Apoderado), para realización del trabajo “Bacheo en Pavimento Flexible en Avenidas de la Ciudad de Palpalá – 1ra. Etapa (1- Avda. Congreso desde acceso Ruta Pcial. 1 hasta Río Paraná, 2- Avda. Juan José paso entre Rotonda Acceso Barrio Santa Bárbara hasta Avda. Río de la Plata, 3- Avda. B. de Monteagudo entre JJ.Paso y Avda. Catalano y 4- Avda. Catalano entre B. de Monteagudo y Rotonda Ruta Pcial Nro. 1)” bajo un presupuesto de Pesos Un Millón Trescientos Ochenta y Seis Mil con 00/100 ($ 1.386.000,00) por reparación de los sectores nombrados y señalados en la Carpeta de Obra -Expediente Nro. 1910-S-2017-, todo dentro de un plazo de Sesenta (60) días a partir del Inicio de Obras formalizado el 06 SEP 2017 según Acta que forma parte del Expediente en cuestión.
ARTÍCULO 2º.- APRUEBASE el Acta de Medición de Obra Parcial por la suma de Pesos Setecientos Veintiocho Mil Ochocientos Ochenta y Tres con 88/100 ($ 728.883,88) que, dentro del contexto del Contrato de Obra aprobado en lo precedente y en fecha 10 OCT 2017, emitiera la Secretaría de Obras y Servicios Públicos en función de un Avance de Obra del Cincuenta y Ocho por Ciento (58%) ajustado a los parámetros contractuales y a lo establecido dentro de la Cláusula Décima Primera del referido acto contractual.
ARTÍCULO 3º.- AUTORIZASE a Contaduría Municipal -Secretaría de Hacienda y Recursos Tributarios- a disponer de un Libramiento de Pago por la suma de Pesos Setecientos Veintiocho Mil Ochocientos Ochenta y Tres con 88/100 ($ 728.883,88) favor de la Empresa Constructora “ECOIM S.R.L.” -CUIT Nro. 33-71371090-9-, en concepto de Cancelación de Factura Nro. B-0001-00000048 emitida el 18 OCT 2017 según pautas contractuales consecuentes del Acta de Medición de Obras (parcial) de aprobación anterior.
ARTÍCULO 4º.- AFECTESE la erogación resultante de las disposiciones anteriores, a las correspondientes Partidas del Presupuesto General de Gastos y Cálculos de Recursos del ejercicio en
Dr. PABLO F. PALOMARES
Intendente Municipal
Gobierno Municipal de Palpalá
Decreto Nro. 0950/17
Ciudad de Palpalá, 26 de Octubre de 2.017.-
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE PALPALA
DECRETA
ARTICULO 1º.- APRUEBASE el Convenio de Fortalecimiento de Instituciones de Microfinanzas que, con la Secretaría de Economía Popular del Ministerio de Desarrollo Económico y Producción del Gobierno Provincial, el Instituto Municipal de Desarrollo suscribiera para la aplicación del Plan Provincial de Fortalecimiento de la Economía Popular” dentro de la jurisdicción local, previéndose en ese marco la asistencia financiera de Pesos Trescientos Mil con 00/100 ($ 300.000,00) destinada a la operatividad del programa y a la constitución de fondos de microcréditos productivos, todo de acuerdo a actuaciones del Expediente Nro. 197-I-2017.
ARTICULO 2º.- de acuerdo a los principios y objetivo de lo anteriormente asumido, TÉNGASE al INSTITUTO MUNICIPAL DE DESARROLLO como organismo de aplicación de lo aprobado.
Dr. PABLO F. PALOMARES
Intendente Municipal
Gobierno Municipal de Palpalá
Decreto Nro. 0951/17
Ciudad de Palpalá, 26 de Octubre de 2.017.-
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE PALPALA
DECRETA
ARTICULO 1º.- PROMOCIONESE al Personal Municipal que conforma el Listado siguiente, a las Categorías que allí se consignan y que se harán efectivas a partir del 01 de Septiembre de 2017 en un todo de acuerdo a Nota Nro. 1730-DP/2017:
* – LEG. – APELLIDO Y NOMBRE – DNI – CATEG.: 1 – 575 – VARGAS DE ACHATA ADRIANA BEATRIZ – 18584061 – 15; 2 – 607 – SANTOS OSCAR NESTOR – 17261207 – 24; 3 – 634 – LIQUIN ALEJANDRO GABRIEL – 23053530 – 20; 4 – 931 – VILLCA FERNANDEZ MERY – 92434934 – 20; 5 – 1096 – CALISAYA SANDRA LILIANA – 24009737 – 15; 6 – 1108 – PAREDES LAURA HAYDEE – 22752090 – 15; 7 – 1260 – PAREDES HERMINIO CESAR – 18045056 – 20; 8 – 1315 – DIAZ JORGE GUSTAVO – 22461033 – 14; 9 – 1392 – FARFAN MABEL BEATRIZ – 23058351 – 15; 10 – 1411 – GALLARDO DIEGO WENCESLAO – 28804209 – 12; 11 – 1462 – VARGAS MARIA CRISTINA – 26130751 – 15; 12 – 1535 – ZERPA JUAN VENANCIO – 7379978 – 15; 13 – 1537 – CHUNGARA CRISTINA MARIA – 22813314 – 15; 14 – 1560 – TOLABA RAUL ERNESTO – 14550839 – 15; 15 – 1575 – CRUZ JUAN BAUTISTA – 18045083 – 15; 16 – 1580 – GALLARDO GUILLERMO GUSTAVO – 22583144 – 15; 17 – 1582 – MAMANI SCHIRATO HECTOR DARIO – 26729840 – C3; 18 – 1615 – NAJERA CARMEN INES – 12236528 – 16; 19 – 1635 – CASTILLO DIEGO RICARDO – 31077750 – 15; 20 – 3011 – SANCHEZ LIA PATRICIA DEL VALLE – 22713321 – 15; 21 – 3031 – PEREZ MARIA LUISA – 24041162 – 15; 22 – 3091 – VILLARROEL SERGIO DANIEL – 22713159 – 15; 23 – 3118 – ROBLES PABLO MARIO – 20799049 – 16; 24 – 3127 – ARMELLA HILDA MAGDALENA – 27875655 – 15; 25 – 3222 – SOLORSA TERESA MABEL – 23430133 – 12.; 26 – 3264 – VILTE ANGEL MARIO – 17261273 – 15; 27 – 3279 – GALLARDO ROSALINA CONCEPCION – 14930452 – 12; 28 – 3364 – MARTINEZ JOSE LUIS – 23943194 – 15; 29 – 3459 – FLORES OSCAR RAUL – 10998440 – 15; 30 – 3538 – SANCHEZ PEDRO RUBEN – 18256061 – 15; 31 – 3598 – SOTO ELINA NOELIA – 27506767 – 12; 32 – 3776 – CASTILLO JUANA MARIELA – 28124931 – 12; 33 – 3819 – FLORES ALCIRA ROSA – 26546046 – 12; 34 – 4290 – FARFAN RAUL RENE – 16971577 – 12; 35 – 4330 – CANCHI CRISTINA GLADYS – 27874391 – 10; 36 – 4356 – CAUCOTA JORGE FABIAN – 28804432 – 12; 37 – 4381 – KENNEDY SUSANA BEATRIZ – 22420626 – 10; 38 – 4406 – SOSA CARMEN – 10828171 – 15; 39 – 4574 – PONCE FABIOLA MARIA CRISTINA – 29132991 – 10; 40 – 4688 – CALIZAYA SUSANA MARIA – 25798182 – 10; 41 – 4717 – CASTRO SANDRA VALENTINA – 17822671 – 15; 42 – 4792 – CARRAZANA DARIO ALFREDO – 26983615 – 10; 43 – 4809 – ZAMUDIO EDUARDO JUAN – 21165847 – 10; 44 – 4818 – COCA GERMAN NICOLAS – 31961453 – 10; 45 – 4911 – CRUZ ADRIANA NOEMI – 28498617 – 10; 46 – 4912 – LOPEZ VIVIANA NOEMI – 27401521 – 10 ; 47 – 5068 – VILLARROEL GABRIELA FERNANDA – 24556224 – 10; 48 – 5124 – RIOS BEATRIZ ALCIRA – 18045163 – 15; 49 – 5128 – SANCHEZ ADRIAN ALEJANDRO – 26130896 – 10; 50 – 5151 – ALARCON LUIS RICARDO – 20177685 – 10; 51 – 5273 – DIAZ YOLANDA – 25279580 – 15; 52 – 5274 – MARTINEZ GLADIS GRACIELA – 23430259 – 12; 53 – 5728 – BARBITO JOSE MARIA – 32159649 – 10.
ARTICULO 2º.- La erogación que demande el cumplimiento de la disposición precedente, se atenderá con cargo a la Partida de Gastos en Personal del Presupuesto de Gastos y Cálculos de Recursos en vigencia.
Dr. PABLO F. PALOMARES
Intendente Municipal
Gobierno Municipal de Palpalá
Decreto Nro. 0952/17
Ciudad de Palpalá, 26 de Octubre de 2.017.-
EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD DE PALPALA
DECRETA
ARTICULO 1º.- AUTORIZASE el Pago de los Adicionales por Tareas Insalubres, consistente en el Diez por Ciento (10%) de la Categoría de Revista, para el Agente Municipal – RIVERO CESAR FABIAN – Legajo Nº 1890 a partir del 01 de Septiembre del 2.017 – a quien, por las tareas realizadas en el Corralón Municipal -Dirección de Servicios Públicos -Secretaria de Obras y Servicio Públicos -recolección de Residuos, le es correspondiente la aplicación de lo dispuesto por el Decreto Nº 958/93, todo de conformidad a los términos de la Nota Nro. 1765DP/17 de Dirección de Personal de esta Municipalidad.
ARTICULO 2º.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el Artículo precedente, se atenderá con cargo a la Partida “Gastos en Personal” del Presupuesto General de Gastos y Cálculos de Recursos en vigencia.
Dr. PABLO F. PALOMARES
Intendente Municipal
Gobierno Municipal de Palpalá
Decreto Nro. 0953/17
Ciudad de Palpalá, 26 de Octubre de 2.017.-
EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD DE PALPALA
DECRETA
ARTICULO 1º.- AUTORIZASE la Promoción a Categoría Interina Veintidós (22), que le fuera asignada a los Agentes Municipales -LIQUIN ALEJANDRO GABRIEL – Legajo N° 634 y VEQUIZ SERGIO EDUARDO – Legajo N° 1572, a partir del 1° de Septiembre del 2.017, tal cual fuera comunicada en Nota N° 1764DP/17 de fecha 11 de Octubre de 2.017 por Dirección de Personal Municipal.
ARTICULO 2°.- La afectación de las erogaciones que, atendida con cargo a la Partida Gastos en Personal del Presupuesto General de Gastos y Cálculos de Recursos correspondientes, demandara el cumplimiento de las disposiciones precedentes.
Dr. PABLO F. PALOMARES
Intendente Municipal
Gobierno Municipal de Palpalá
Decreto Nro. 0954/17
Ciudad de Palpalá, 26 de Octubre de 2.017.-
EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD DE PALPALA
DECRETA
ARTÍCULO 1º.- DECLARASE de INTERES MUNICIPAL al Taller de Manualidades de Arte Decorativo en Goma Espuma (cotillón) dictado por A.M.A.S. Asociación de Mujeres en Ayuda Solidarias en esta Ciudad de Palpalá.
ARTÍCULO 2º.- La disposición del presente instrumento, no implicará la afectación de gastos del erario público municipal.
Dr. PABLO F. PALOMARES
Intendente Municipal
Gobierno Municipal de Palpalá
Decreto Nro. 0955/17
Ciudad de Palpalá, 26 de Octubre de 2.017.-
EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD DE PALPALA
DECRETA
ARTICULO 1º.- AUTORIZASE a partir del 01 de Septiembre del 2.017 el Pago de los Adicionales por Tareas Insalubres, consistente en el Diez por Ciento (10%) de la Categoría de Revista, para los Agentes Municipales – ACOSTA HECTOR GUILLERMO -Legajo Nº 1587 – BARRIONUEVO PABLO GASTON -Legajo Nº 4570-CALIZAYA SERGIO EDUARDO (JORNALIZADO)-Legajo Nº 5746- FLORES ALEJANDRO GREGORIO (JORNALIZADO)-Legajo Nº 5796- NAVIA FRANCO JAIR(JORNALIZADO) -LEGAJO Nº 6117 y LAMAS LEANDRO MATIAS (JORNALIZADO)- Legajo Nº 6174 – a quien, por las tareas realizadas en la Dirección de Cultura -Secretaria de Gobierno -ESCULTORES, le es correspondiente la aplicación de lo dispuesto por el Decreto Nº 958/93, todo de conformidad a los términos del Expediente 900-S-17 y la Nota Nro. 1771DP/17 de Dirección de Personal de esta Municipalidad.
ARTICULO 2º.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el Artículo precedente, se atenderá con cargo a la Partida “Gastos en Personal” del Presupuesto General de Gastos y Cálculos de Recursos en vigencia.
Dr. PABLO F. PALOMARES
Intendente Municipal
Gobierno Municipal de Palpalá
Decreto Nro. 0956/17
Ciudad de Palpalá, 26 de Octubre de 2.017.-
EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD DE PALPALA
DECRETA
ARTICULO 1º.- AUTORIZASE a partir del 01 de Septiembre del 2.017 el Pago de los Adicionales por Tareas Riesgosas, consistente en el Diez por Ciento (10%) de la Categoría de Revista, para los Agentes Municipales – SANTOS JOSE LUIS -Legajo Nº 878 – TARIFA FAVIO RAUL -Legajo Nº 1463- PELOC BERNARDO RODOLFO (JORNALIZADO)-Legajo Nº 4124 – a quien, por las tareas realizadas en la Dirección de Cultura -Secretaria de Gobierno – pintura y trabajos en altura, le es correspondiente la aplicación de lo dispuesto por el Decreto Nº 958/93, todo de conformidad a los términos del Expediente 900-S-17 y la Nota Nro. 1771DP/17 de Dirección de Personal de esta Municipalidad.
ARTICULO 2º.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el Artículo precedente, se atenderá con cargo a la Partida “Gastos en Personal” del Presupuesto General de Gastos y Cálculos de Recursos en vigencia.
Dr. PABLO F. PALOMARES
Intendente Municipal
Gobierno Municipal de Palpalá
Decreto Nro. 0957/17
Ciudad de Palpalá, 26 de Octubre de 2.017.-
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE PALPALA
DECRETA
ARTÍCULO 1º.- AUTORIZASE a Dirección de Personal -Secretaría de Hacienda y Recursos Tributarios- y en el marco de las Ordenanzas Nros. 714/02 y 1135/14, disponer favorablemente del ingreso de Sandra Noemí RIOS -DNI Nro. 33.681.151- al ámbito laboral de la Municipalidad de Palpalá como personal de Contrato de Locación de Servicios -Categoría 1- conforme a reglamentación y siempre en un todo de acuerdo a las actuaciones registradas en el Expediente Nro. 442-R-2017.
ARTÍCULO 2º.- Hagase saber a Sandra Noemí RIOS que una eventual vinculación laboral con esta Municipalidad, se encontrará supeditada a las cuestiones psicofísicas que demuestren la aptitud requerida y al cumplimiento de los derechos y obligaciones que demanda la Ley Provincial Nro. 3161 -Estatuto del Empleado Público- y, particularmente y a lo determinado, en esa relación, a través del Decreto Municipal Nro. 367/91 identificado como “Reglamento Interno Municipal”.
ARTÍCULO 3º.- AFECTESE la erogación que resulte del cumplimiento de lo dispuesto, a la Partida “Gastos en Personal” del Presupuesto de Gastos y Cálculo de recursos en vigencia.
Dr. PABLO F. PALOMARES
Intendente Municipal
Gobierno Municipal de Palpalá
Decreto Nro. 0958/17
Ciudad de Palpalá, 26 de Octubre de 2.017.-
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE PALPALA
DECRETA
ARTICULO 1º.- AUTORIZASE a Dirección de Personal -Secretaría de Hacienda y Recursos Tributarios- y en el marco de las Ordenanzas Nros. 714/02 y 1135/14, disponer favorablemente del ingreso de Marcos Hugo LAMAS -DNI 29.419.076- al ámbito laboral de la Municipalidad de Palpalá como personal de Contrato de Locación de Servicios -Categoría 1- conforme a reglamentación vigente y siempre en un todo de acuerdo a las actuaciones registradas en los Expedientes Nros. 1118-C-2017 y 292-L-17.
ARTÍCULO 2º.- Hagase saber a Marcos Hugo LAMAS que una eventual vinculación laboral con esta Municipalidad, se encontrará supeditada a las cuestiones psicofísicas que demuestren la aptitud requerida y al cumplimiento de los derechos y obligaciones que demanda la Ley Provincial Nro. 3161 -Estatuto del Empleado Público- y, particularmente y a lo determinado, en esa relación, a través del Decreto Municipal Nro. 367/91 identificado como “Reglamento Interno Municipal”.
ARTÍCULO 3º.- AFECTESE la erogación que resulte del cumplimiento de lo dispuesto, a la Partida “Gastos en Personal” del Presupuesto de Gastos y Cálculo de recursos en vigencia.
Dr. PABLO F. PALOMARES
Intendente Municipal
Gobierno Municipal de Palpalá
Decreto Nro. 0959/17
Ciudad de Palpalá, 26 de Octubre de 2.017.-
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE PALPALA
DECRETA
ARTÍCULO 1º.- AUTORIZASE a Dirección de Personal -Secretaría de Hacienda y Recursos Tributarios- y en el marco de las Ordenanzas Nros. 714/02 y 1135/14, disponer favorablemente del ingreso de Carlos Gonzalo ROCHA -DNI 32.408.933- al ámbito laboral de la Municipalidad de Palpalá como personal de Contrato de Locación de Servicios -Categoría 1- conforme a reglamentación vigente y siempre en un todo de acuerdo a las actuaciones registradas en el Expediente Nro. 14-G-2017.
ARTÍCULO 2º.- Hagase saber a Carlos Gonzalo ROCHA -DNI 32.408.933- que una eventual vinculación laboral con esta Municipalidad, se encontrará supeditada a las cuestiones psicofísicas que demuestren la aptitud requerida y al cumplimiento de los derechos y obligaciones que demanda la Ley Provincial Nro. 3161 -Estatuto del Empleado Público- y, particularmente y a lo determinado, en esa relación, a través del Decreto Municipal Nro. 367/91 identificado como “Reglamento Interno Municipal”..
ARTÍCULO 3º.- AFECTESE la erogación que resulte del cumplimiento de lo dispuesto, a la Partida “Gastos en Personal” del Presupuesto de Gastos y Cálculo de recursos en vigencia.
Dr. PABLO F. PALOMARES
Intendente Municipal
Gobierno Municipal de Palpalá
Decreto Nro. 0960/17
Ciudad de Palpalá, 26 de Octubre de 2.017.-
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE PALPALA
DECRETA
ARTÍCULO 1º.- AUTORIZASE a Dirección de Personal -Secretaría de Hacienda y Recursos Tributarios- y en el marco de las Ordenanzas Nros. 714/02 y 1135/14, disponer favorablemente del ingreso de Susana Albina ORELLANA -DNI Nro. 25.798.361- al ámbito laboral de la Municipalidad de Palpalá como personal de Contrato de Locación de Servicios -Categoría 1- conforme a reglamentación vigente y siempre en un todo de acuerdo a las actuaciones registradas en el Expediente Nro. 224-O-2017.
ARTÍCULO 2º.- Hágase saber a Susana Albina ORELLANA que una eventual vinculación laboral con esta Municipalidad, se encontrará supeditada a las cuestiones psicofísicas que demuestren la aptitud requerida y al cumplimiento de los derechos y obligaciones que demanda la Ley Provincial Nro. 3161 -Estatuto del Empleado Público- y, particularmente y a lo determinado, en esa relación, a través del Decreto Municipal Nro. 367/91 identificado como “Reglamento Interno Municipal”.
ARTÍCULO 3º.- AFECTESE la erogación que resulte del cumplimiento de lo dispuesto, a la Partida “Gastos en Personal” del Presupuesto de Gastos y Cálculo de recursos en vigencia.
Dr. PABLO F. PALOMARES
Intendente Municipal
Gobierno Municipal de Palpalá
Decreto Nro. 0961/17
Ciudad de Palpalá, 26 de Octubre de 2.017.-
EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD DE PALPALA
DECRETA
ARTÍCULO 1º.- RECONOCESE como acción inherente a la asistencia Municipal a la Institución Centro Social, Cultural y Deportivo “La Academia “lo actuado por la Dra. Paulina Juárez a relación como Subsidio a la disposición de fondos particulares Pesos Seiscientos con 00/100 ($ 600,00) destinado a cubrir la necesidades manifestadas por la Institución del Barrio 2 de Abril de esta Ciudad de Palpalá de tratamientos a los Expedientes 187-C-17 y 487-D-17.
ARTÍCULO 2º.- AUTORIZASE a Contaduría Municipal- Secretaria y Recurso Tributario a disponer Libramiento de Pago por la suma de Pesos Seiscientos con 00/100 ($600,00) a favor de la Dra. Paulina Juárez, en concepto de reintegro de fondos aplicado como SUBSIDIO a favor de Centro Social Cultural y Deportivo “La Academia “según al reconocimiento anterior.
ARTÍCULO 3º.- TENGASE a la factura C Nº 0001-00001278 emitida el 29 de Septiembre de 2017 obrante a fs 3 del Expediente Nº 487-D-17, con objeto de rendición de Cuenta presentado por el Centro Social Cultural y Deportivo “La Academia”.
ARTÍCULO 4º.- La erogación que demande el cumplimiento de lo establecido en el Artículo anterior, se afectará a la Partida del Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos en vigencia.
Dr. PABLO F. PALOMARES
Intendente Municipal
Gobierno Municipal de Palpalá
Decreto Nro. 0962/17
Ciudad de Palpalá, 26 de Octubre de 2.017.-
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE PALPALA
DECRETA
ARTÍCULO 1º.- AUTORIZASE a Secretaria de Hacienda- Contaduría Municipal a efectuar la emisión del correspondiente Libramiento de Pago, a favor de la Sra. Adriana Vásquez DNI Nº 14.930.465 Presidenta de la Fundación Hospital Wenceslao Gallardo, en concepto de Donación por parte de la Municipalidad la suma de Pesos Mil con 00/100 ($1.000,00), que serán destinados para el traslado de talleristas ,de acuerdo a los antecedentes que corresponde el Expediente 414-F-17.
ARTÍCULO 2º.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto, se atenderá con afectación a la Partida pertinente del Presupuesto General de Gastos y Cálculos de Recursos en vigencia.
Dr. PABLO F. PALOMARES
Intendente Municipal
Gobierno Municipal de Palpalá
Decreto Nro. 0963/17
Ciudad de Palpalá, 26 de Octubre de 2.017.-
EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD DE PALPALA
DECRETA
ARTICULO 1°.- Aplicase “Fe de erratas” al Considerando y Artículo 1º del Decreto N° 901/17 dictado por el Ejecutivo Municipal, motivo por lo que la referencia errónea transcripta en el Apellido es: “ARROLLO HECTOR RAUL” debe corregirse a “ARROYO HECTOR RAUL”
ARTICULO 2°.- Salvo la transcripción errónea salvada en lo precedente, RATIFACASE el contenido del Decreto N° 901/17.
Dr. PABLO F. PALOMARES
Intendente Municipal
Gobierno Municipal de Palpalá
Decreto Nro. 0964/17
Ciudad de Palpalá, 26 de Octubre de 2.017.-
INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE PALPALA
DECRETA
Artículo 1°.- Inscribir, en el Registro Municipal de Firmas, al Arquitecto JULIO CESAR ABAN, D.N.I. N° 16.186.457, Matrícula del Colegio de Arquitectos de Jujuy Y-284, con domicilio en Cap. Tte. Castagnari N° 456 de las 76 Viviendas, Barrio Alto Comedero, Provincia de Jujuy, como Proyectista, Director Técnico y Conductor Técnico de Primera Categoría bajo el número de Registro SEISCIENTOS CUARENTA Y UNO (641)
Artículo 2°.- Dar a conocer a la interesada las disposiciones de la Ordenanza 744/02, Código de Edificación de la Ciudad de Palpalá, en general lo fijado en el aspecto edilicio y en particular lo inherente al desempeño de sus funciones.
Dr. PABLO F. PALOMARES
Intendente Municipal
Gobierno Municipal de Palpalá
Decreto Nro. 0965/17
Ciudad de Palpalá, 26 de Octubre de 2.017.-
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE PALPALA
DECRETA
ARTICULO 1º.- PROMOCIONESE al Personal Municipal que conforma el Listado siguiente, a las Categorías que allí se consignan y que se harán efectivas a partir del 01 de Agosto de 2017, en un todo de acuerdo a Nota Nro. 1599-DP/2017:
ORD. – LEG. Nº – Apellido y Nombre – CAT. – M.l. Nº: 01 – 512 – GODOY JUAN CARLOS – 23 – 14638836; 02 – 587 – CALISAYA MARIA ESTER – 20 – 22020011; 03 – 763 – VELASQUEZ WILFREDO HECTOR – 23 – 16421771; 04 – 769 – FERNANDEZ ERNESTO RAUL – 24 – 16788891; 05 – 1118 – PERALTA HECTOR EDUARDO – 24 – 16481453; 06 – 1194 – CACHAMBI CATALINA – 18 – 92947971; 07 – 1196 – CARDOZO HORTENCIA RAQUEL – 21 – 14924503; 08 – 1198 – CASAS JUAN IGNACIO – 24 – 23946981; 09 – 1218 – ZAPANA OLGA EVA – 17 – 18045035; 10 – 1219 – ROMERO EUSEBIA – 22 – 13367313; 11 – 1221 – LIQUES ALDO EFRAIN – 19 – 18540459; 12 – 1224 – MAMANI MIGUEL ALEJANDRO – 15 – 20177781; 13 – 1267 – AJAYA MARCELO EDUARDO – 17 – 23755633; 14 – 1463 – PICON CARLOS GERONIMO – 14 – 21576550; 15 – 1461 – CUEVAS EVANGELINA – 15 – 23034702; 16 – 1523 – ALCOCER ALBERTO GUSTAVO – 18 – 16637538; 17 – 1524 – JALDIN ANGELICA – 17 – 18247331; 18 – 1538 – ROMERO CARLOS – 16 – 18648587; 19 – 2193 – BEJARANO ROBERTO – 15 – 18247403; 20 – 2198 – CALAPIÑA PEDRO ALEJANDRO – 15 – 22094477; 21 – 2221 – CRUZ ESTELA DEL VALLE – 15 – 21752692; 22 – 2246 – FUENZALIDA RAUL CESAR – 18 – 7850606; 23 – 2343 – SANCHEZ LIDIA NOEMI – 17 – 14550948; 24 – 2368 – VALDIVIEZO JUAN MARCELO – 12 – 26451041; 25 – 2389 – ZUBIETA MARIA ALICIA – 17 – 16788736; 26 – 2495 – AYALA GUSTAVO JAVIER – 15 – 28124952; 27 – 2608 – MENDOZA JUAN ANTONIO – 15 – 26729848; 28 – 2616 – VILLAGRA ROMAN ALFREDO – 15 – 24556354; 29 – 2617 – MECHULAN MARCELO EDUARDO – 15 – 18247298; 30 – 3094 – CHAMBI MODESTA ALICIA – 17 – 12930556; 31 – 3097 – ARMELLA AURELIA – 17 – 12092208; 32 – 3098 – TITO CLAUDIA CRISTINA – 17 – 22521669; 33 – 3235 – SANDES RAMON BERNARDO – 12 – 31463313; 34 – 3237 – VIGABRIEL ARIEL GUSTAVO – 15 – 24153147; 35 – 3362 – OCARANZA CORNELIA – 24 – 10541970; 36 – 3370 – ARJONA JORGE RUBÉN – 12 – 24324283; 37 – 3372 – PANTOJA VICTOR FERNANDO – 15 – 17427048 ; 38 – 3411 – FLORES DANIEL FELIX – 15 – 18418714; 39 – 3558 – PEDRAZA ENRIQUE RICARDO – 18 – 20160956; 40 – 3561 – FLORES RAUL EDUARDO – 15 – 20799168; 41 – 3592 – FLORES JOSE RENE – 12 – 23303184; 42 – 3629 – FLORES CLAUDIO ENRIQUE – 14 – 14811437; 43 – 3760 – PANTOJA EZEQUIEL FERNANDO – 15 – 27886008; 44 – 3774 – MAMANI GABRIEL VICENTE EDUARDO – 12 – 27727354; 45 – 3785 – FERNANDEZ ISABEL – 12 – 20103672; 46 – 3839 – LIMA OLGA ESTER – 12 – 23986355; 47 – 3878 – CONTRERAS CANDELARIA – 17 – 11151691; 48 – 3941 – FIGUEROA BLANCA NOEMI – 17 – 18310660; 49 – 4046 – RAMOS GREGORIO – 15 – 17822792; 50 – 4076 – CANCHI BRUNO DANIEL – 12 – 31590077; 51 – 4243 – ALEJO LEONCIO – 17 – 8303379; 52 – 4389 – APAZA CANDIDA – 17 – 11628715; 53 – 4393 – FLORES MARTA – 12 – 17822725; 54 – 4395 – GOMEZ DIEGO ALEJANDRO – 12 – 25064055; 55 – 4413 – AYALA RICARDO – 15 – 12236796; 56 – 4484 – MARTINEZ MARIO LEOPOLDO – 12 – 29419073; 57 – 4568 – ROJAS ARIEL DAVID – 15 – 17822529; 58 – 4820 – ALGAÑARAZ RODRIGO EMANUEL – 10 – 33128009; 59 – 4843 – PONCE JAVIER CESAR EDUARDO – 12 – 31308364; 60 – 4844 – RASJIDO RENE ALFREDO – 10 – 24793942; 61 – 4846 – RODRIGUEZ PABLO VICTOR – 10 – 31320739; 62 – 4919 – TRONCOSO ADOLFO ISIDRO – 15 – 10998646; 63 – 4946 – DAVILA ANASTACIO – 10 – 20376270; 64 – 5008 – RETAMOZO MIRTA NOEMI – 10 – 23985059; 65 – 5031 – MAIDANA DELFINA – 15 – 10008447; 66 – 5048 – FLORES JUAN RAMON – 10 – 31935986; 67 – 5089 – SOTO MARIA LUISA – 10 – 27275338; 68 – 5132 – TITO SILVIA ELENA – 10 – 25780772; 69 – 5134 – RAMOS ENRIQUE ALFREDO – 10 – 26976458; 70 – 5354 – ALGAÑARAZ ADRIAN JORGE ALBERTO – 10 – 33764160; 71 – 5404 – FERNANDEZ IVAN EDGARDO – 10 – 30012148; 72 – 5459 – BENITEZ SERGIO DAVID – 10 – 32943005; 73 – 5470 – ENCINAS ELBIO EMANUEL ANGEL – 10 – 32930678; 74 – 5765 – BAUTISTA DARIO TITO – 12 – 28310678; 75 – 5804 – CUIZA RODOLFO OSCAR – 8 – 17053053.
ARTICULO 2º.- La erogación que demande el cumplimiento de la disposición precedente, se atenderá con cargo a la Partida de Gastos en Personal del Presupuesto de Gastos y Cálculos de Recursos en vigencia.
Dr. PABLO F. PALOMARES
Intendente Municipal
Gobierno Municipal de Palpalá
Decreto Nro. 0966/17
Ciudad de Palpalá, 26 de Octubre de 2.017.-
EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD DE PALPALÁ
DECRETA
ARTICULO 1°.- OTORGASE a partir del 16 de Octubre de 2.017, el CESE DEL SERVICIO ACTIVO del Agente Municipal -Sr. ORTEGA EVARISTO -D. U. N° 08.204.203-, en virtud del otorgamiento de los beneficios jubilatorios por la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES), registro con el N° 15-0-9733381-0-4, correspondiente al Expediente N° 024-20-08204203-3-004-1 según comunicación remitida a esta Municipalidad y obrante en el Expte N° 532-D-17 .
ARTICULO 2°.- AUTORÍZASE a Secretaria de Hacienda y Recursos Tributarios -Contaduría Municipal, previa intervención de los sectores relacionados al trámite expuesto, proceder a la liquidación final que le pudiera corresponder al Agente -Sr. ORTEGA EVARISTO – D. U. N° 08.204.203,hasta la fecha indicada en el Articulo procedente.
ARTICULO 3°.- Mediante copia de la presente disposición, agradézcase al Sr. ORTEGA EVARISTO – D. U. N° 08.204.203- diligente tarea cumplida en esta Municipalidad durante su extensa trayectoria laboral.
Dr. PABLO F. PALOMARES
Intendente Municipal
Gobierno Municipal de Palpalá
Decreto Nro. 0967/17
Ciudad de Palpalá, 26 de Octubre de 2.017.-
EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD DE PALPALÁ
DECRETA
ARTICULO 1°.- OTORGASE a partir del 16 de Octubre de 2.017, el CESE DEL SERVICIO ACTIVO del Agente Municipal -Sr. ARCE PEDRO – D. U. N° 08.205.063-, en virtud del otorgamiento de los beneficios jubilatorios por la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES), registro con el N° 15-0-9697875-0-0, correspondiente al Expediente N° 024-23-08205063-9-004-1, según comunicación remitida a esta Municipalidad y obrante en el Expte N° 527-D-17 .
ARTICULO 2º.- AUTORÍZASE a Secretaria de Hacienda y Recursos Tributarios – Contaduría Municipal, previa intervención de los sectores relacionados al tramite expuesto, proceder a la liquidación final que le pudiera corresponder al Agente -Sr. ARCE PEDRO -, hasta la fecha indicada en el Articulo procedente.
ARTICULO 3°.- Mediante copia de la presente disposición, agradézcase al Sr. ARCE PEDRO – D. U. N° 08.205.063 – agente diligente de tarea cumplida en esta Municipalidad durante su extensa trayectoria laboral.
Dr. PABLO F. PALOMARES
Intendente Municipal
Gobierno Municipal de Palpalá
Decreto Nro. 0968/17
Ciudad de Palpalá, 26 de Octubre de 2.017.-
EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD DE PALPALÁ
DECRETA
ARTICULO 1°.- OTORGASE a partir del 16 de Octubre de 2.017, el CESE DEL SERVICIO ACTIVO del Agente Municipal -Sr. VAZQUEZ GUILLERMO DAVID – D. U. N° 07.379.085-, en virtud del otorgamiento de los beneficios jubilatorios por la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES), registro con el N° 15-0-9706198-0-7, correspondiente al Expediente N° 024-23-07379085-9-004-1-según comunicación remitida a esta Municipalidad y obrante en el Expte N° 526-D-17 .
ARTICULO 2º.- AUTORÍZASE a Secretaria de Hacienda y Recursos Tributarios -Contaduría Municipal, previa intervención de los sectores relacionados al tramite expuesto, proceder a la liquidación final que le pudiera corresponder al Agente -Sr. VAZQUEZ GUILLERMO DAVID, hasta la fecha indicada en el Articulo procedente.
ARTICULO 3º.- Mediante copia de la presente disposición, agradézcase al Sr. VAZQUEZ GUILLERMO DAVID – D. U. N° 07.379.085 -diligente tarea cumplida en esta Municipalidad durante su extensa trayectoria laboral.
Dr. PABLO F. PALOMARES
Intendente Municipal
Gobierno Municipal de Palpalá
Decreto Nro. 0969/17
Ciudad de Palpalá, 26 de Octubre de 2.017.-
EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD DE PALPALÁ
DECRETA
ARTICULO 1°.- OTORGASE a partir del 16 de Octubre de 2.017, el CESE DEL SERVICIO ACTIVO del Agente Municipal -Sr. CALERMO FLORINDO LEONARDO – D. U. N° 08.459.375-, en virtud del otorgamiento de los beneficios jubilatorios por la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES), registro con el N° 15-0-9744461-0-5, correspondiente al Expediente N° 024-20-08459375-4-004-10-9744461-0-5 según comunicación remitida a esta Municipalidad y obrante en el Expte N° 528-D-17 .
ARTICULO 2°.- AUTORÍZASE a Secretaria de Hacienda y Recursos Tributarios – Contaduría Municipal, previa intervención de los sectores relacionados al trámite expuesto, proceder a la liquidación final que le pudiera corresponder al Agente -Sr. CALERMO FLORINDO LEONARDO, hasta la fecha indicada en el Articulo procedente.
ARTICULO 3º.- Mediante copia de la presente disposición, agradézcase al Sr. CALERMO FLORINDO LEONARDO – D. U. N° 08.459.375 -diligente tarea cumplida en esta Municipalidad durante su extensa trayectoria laboral.
Dr. PABLO F. PALOMARES
Intendente Municipal
Gobierno Municipal de Palpalá
Decreto Nro. 0970/17
Ciudad de Palpalá, 26 de Octubre de 2.017.-
EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD DE PALPALÁ
DECRETA
ARTICULO 1°.- OTORGASE a partir del 18 de Octubre de 2.017, el CESE DEL SERVICIO ACTIVO de la Agente Municipal – Sra. ALFARO TERESA LILA – D. U. N° 11.906.622-, en virtud del otorgamiento de los beneficios jubilatorios por la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES), registro con el N° 150971463001, correspondiente al Expediente N° 024-27-11906622-6-490-000001, según comunicación remitida a esta Municipalidad y obrante en el Expte N° 523-D-17 .
ARTICULO 2°.- AUTORÍZASE a Secretaria de Hacienda y Recursos Tributarios -Contaduría Municipal, previa intervención de los sectores relacionados al trámite expuesto, proceder a la liquidación final que le pudiera corresponder a la Agente -Sra. ALFARO TERESA LILA – D. U. N° 11.906.622,hasta la fecha indicada en el Articulo procedente.
ARTICULO 3°.- Mediante copia de la presente disposición, agradézcase a la Sra. T ALFARO ERESA LILA -diligente tarea cumplida en esta Municipalidad durante su extensa trayectoria laboral.
Dr. PABLO F. PALOMARES
Intendente Municipal
Gobierno Municipal de Palpalá
Decreto Nro. 0971/17
Ciudad de Palpalá, 26 de Octubre de 2.017.-
EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD DE PALPALÁ
DECRETA
ARTICULO 1°.- OTORGASE a partir del 16 de Octubre de 2.017, el CESE DEL SERVICIO ACTIVO del Agente Municipal -Sr. MARTINEZ LUCIO -D. U. N° 07.286.936-, en virtud del otorgamiento de los beneficios jubilatorios por la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES), registro con el N° 15-0-9703393-0-1, correspondiente al Expediente N° 024-20-07286936-3-004-1 según comunicación remitida a esta Municipalidad y obrante en el Expte N° 530-D-17.
ARTICULO 2°.- AUTORÍZASE a Secretaria de Hacienda y Recursos Tributarios -Contaduría Municipal, previa intervención de los sectores relacionados al tramite expuesto, proceder a la liquidación final que le pudiera corresponder al Agente -Sr. MARTINEZ LUCIO, hasta la fecha indicada en el Articulo procedente.
ARTICULO 3º.- Mediante copia de la presente disposición, agradézcase al Sr. MARTINEZ LUCIO – D. U. N° 07.286.936 -diligente tarea cumplida en esta Municipalidad durante su extensa trayectoria laboral.
Dr. PABLO F. PALOMARES
Intendente Municipal
Gobierno Municipal de Palpalá
Decreto Nro. 0972/17
Ciudad de Palpalá, 26 de Octubre de 2.017.-
EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD DE PALPALÁ
DECRETA
ARTICULO 1°.- OTORGASE a partir del 16 de Octubre de 2.017, el CESE DEL SERVICIO ACTIVO de la Agente Municipal – Sra. RODRIGUEZ LINA JULIA NARCISA – D. U. N° 13.828.044 -, en virtud del otorgamiento de los beneficios jubilatorios por la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES), registro con el N° 15-0-9722395-0-9, correspondiente al Expediente N° 024-27-13828044-1-004-1, según comunicación remitida a esta Municipalidad y obrante en el Expte N° 525-D-17 .
ARTICULO 2°.- AUTORÍZASE a Secretaria de Hacienda y Recursos Tributarios – Contaduría Municipal, previa intervención de los sectores relacionados al trámite expuesto, proceder a la liquidación final que le pudiera corresponder a la Agente -Sra. RODRIGUEZ LINA JULIA NARCISA – D. U. N° 13.828.044, hasta la fecha indicada en el Articulo procedente.
ARTICULO 3°.- Mediante copia de la presente disposición, agradézcase a la Sra. RODRIGUEZ LINA JULIA NARCISA -diligente tarea cumplida en esta Municipalidad durante su extensa trayectoria laboral.
Dr. PABLO F. PALOMARES
Intendente Municipal
Gobierno Municipal de Palpalá
Decreto Nro. 0973/17
Ciudad de Palpalá, 26 de Octubre de 2.017.-
EL INTENDENTE DEL GOBIERNO MUNICIPAL DE PALPALA
DECRETA
ARTÍCULO 1º.- OTORGASE a partir del 10 de Octubre de 2017, el Cese de Servicio Activo a la Agente Municipal Legajo N° 37 Sr. Alba Alicia Rosario D.U. Nº 06.236.690-, en virtud del otorgamiento de los beneficios jubilatorios previsto por la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES)-Nº 15-0-9714805-0 correspondiente al Expediente Nº 024-27-06236690-2-4-1, según comunicación remitida a esta Municipalidad y obrante en el Expediente Nº 499-D-17.
ARTÍCULO 2º.- AUTORIZASE a Secretaria de Hacienda y Recursos Tributarios- Contaduría Municipal-, previa intervención de los sectores relacionados al trámite expuesto, proceder a la liquidación final que le pudiera corresponder al Agente Municipal Legajo N° 37 – ALBA ALICIA ROSARIO D.U.Nº 06.236.690, hasta la fecha indicada en el artículo precedente.
ARTÍCULO 3º.- Mediante copia de la presente disposición, agradézcase a la Sr. Alba Alicia Rosario D.U.Nº 06.236.690 la diligente tarea cumplida en esta Municipalidad durante su extensa trayectoria laboral.
Dr. PABLO F. PALOMARES
Intendente Municipal
Gobierno Municipal de Palpalá
Decreto Nro. 0974/17
Ciudad de Palpalá, 26 de Octubre de 2.017.-
EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD DE PALPALÁ
DECRETA
ARTICULO 1°.- OTORGASE a partir del 16 de Octubre de 2.017, el CESE DEL SERVICIO ACTIVO de la Agente Municipal – Sra. ZARATE ROSA EVANGELINA – D. U. N° 06.559.805-, en virtud del otorgamiento de los beneficios jubilatorios por la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES), registro con el N° 15-0-9730839-0-, correspondiente al Expediente N° 024-27-06559805-7-974-1, según comunicación remitida a esta Municipalidad y obrante en el Expte N° 531-D-17.
ARTICULO 2°.- AUTORÍZASE a Secretaria de Hacienda y Recursos Tributarios -Contaduría Municipal, previa intervención de los sectores relacionados al trámite expuesto, proceder a la liquidación final que le pudiera corresponder a la Agente -Sra. ZARATE ROSA EVANGELINA, hasta la fecha indicada en el Articulo procedente.
ARTICULO 3°.- Mediante copia de la presente disposición, agradézcase a la Sra. ZARATE ROSA EVANGELINA – D. U. N° 06.559.805- -diligente tarea cumplida en esta Municipalidad durante su extensa trayectoria laboral.
Dr. PABLO F. PALOMARES
Intendente Municipal
Gobierno Municipal de Palpalá
Decreto Nro. 0975/17
Ciudad de Palpalá, 26 de Octubre de 2.017.-
EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD DE PALPALÁ
DECRETA
ARTICULO 1°.- OTORGASE a partir del 16 de Octubre de 2.017, el CESE DEL SERVICIO ACTIVO del Agente Municipal – Sr. QUISPE RENE SIMON -D. U. N° 07.809.483-, en virtud del otorgamiento de los beneficios jubilatorios por la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES), registro con el N° 15-0-9703458-0-1, correspondiente al Expediente N° 024-20-07809483-5-004-1, según comunicación remitida a esta Municipalidad y obrante en el Expte N° 524-D-17 .
ARTICULO 2°.- AUTORÍZASE a Secretaria de Hacienda y Recursos Tributarios – Contaduría Municipal, previa intervención de los sectores relacionados al trámite expuesto, proceder a la liquidación final que le pudiera corresponder al Agente -Sr. QUISPE RENE SIMON – D. U. N° 07.809.483,hasta la fecha indicada en el Articulo procedente.
ARTICULO 3°.- Mediante copia de la presente disposición, agradézcase al Sr. QUISPE RENE SIMON – D. U. N° 07.809.483 -diligente tarea cumplida en esta Municipalidad durante su extensa trayectoria laboral.
Dr. PABLO F. PALOMARES
Intendente Municipal
Gobierno Municipal de Palpalá
Decreto Nro. 0976/17
Ciudad de Palpalá, 26 de Octubre de 2.017.-
REF. A EXPTE. N° 844-M-17.-
LEGAJO N° 1999.-
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE PALPALA
DECRETA
ARTICULO 1°.- Dése de baja del Registro de Comercio e Industria de esta Comuna, al Comercio inscripto en los rubros: “KIOSCO-CABINAS TELEFONICAS”, propiedad de la Sra. MEALLA, EDDI CARMEN, D.N.I. N° 13.367.154, ubicado en calle Miraval N° 301, esq. Avda. San Martin N°309 (Lote: “06”; Manzana: “23”) del Barrio General Belgrano de esta Ciudad, a partir del día 04 de Septiembre de 2017.
ARTICULO 2°.- Téngase presente el pago de la suma de PESOS OCHENTA Y CINCO CON 00/100 ($ 85,00), en concepto de Tasa por CIERRE DE COMERCIO, efectuado el 04 de Septiembre de 2017, según Boleta de Liquidación N° 00241229.
Dr. PABLO F. PALOMARES
Intendente Municipal
Gobierno Municipal de Palpalá
Decreto Nro. 0977/17
Ciudad de Palpalá, 27 de Octubre de 2.017.-
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE PALPALA
DECRETA
ARTÍCULO 1º.- DECLARASE en el ámbito de la Municipalidad de Palpalá, jornada de Asueto Administrativo y de Servicios para el día Jueves 02 de Noviembre de 2017 en adhesión a la fecha conmemorativa del “Día de los Fieles Difuntos” y en acompañamiento a las medidas que dicta el Gobierno de la Provincia de Jujuy a través del Decreto Nro. 4971-G-17 que se dicta con el propósito de facilitar el acceso del Personal del Estado Provincial a las distintas actividades que se suelen cumplir durante la ocasión.
ARTÍCULO 2º.- Invitase al Concejo Deliberante adherirse a esta medida, otorgando franco laboral al personal de su dependencia.
ARTÍCULO 3º.- Sin perjuicio a la adhesión dispuesta, los Señores Jefes y Encargados de los sectores de la Municipalidad deberán arbitrar las medidas pertinentes a efectos de cubrir las prestaciones consideradas esenciales (Cementerios, Recolección de Residuos, etc.), remitiendo a la Dirección de Personal la nómina de los agentes y las tareas asignadas en cada caso.
Dr. PABLO F. PALOMARES
Intendente Municipal
Gobierno Municipal de Palpalá
Decreto Nro. 0978/17
Ciudad de Palpalá, 30 de Octubre de 2.017.-
INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE PALPALA
DECRETA:
ARTICULO 1º.- AUTORIZASE al personal municipal que se detalla en ANEXO I, y que forma parte de este Decreto, el pago de un Adicional Remunerativo No Bonificable, en razón de las tareas complementarias que se llevaran a cabo durante el mes de JUNIO de 2.017, por las consideraciones expuestas en el exordio.
ARTICULO 2º.- Los agentes beneficiados con Adicionales por distintos conceptos deberán cumplir con los requisitos que establece el Decreto N° 230/04.
ARTICULO 3º.- Las erogaciones que demanden el cumplimiento de lo dispuesto en el Artículo 1º), se atenderán con Cargo a Partida Presupuestaria de GASTOS EN PERSONAL – del Presupuesto General de Gastos vigente.
Dr. PABLO F. PALOMARES
Intendente Municipal
Gobierno Municipal de Palpalá
Decreto Nro. 0979/17
Ciudad de Palpalá, 30 de Octubre de 2.017.-
INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE PALPALA
DECRETA:
ARTICULO 1º.- AUTORIZASE al personal municipal que se detalla en ANEXO I, y que forma parte de este Decreto, el pago de un Adicional Remunerativo No Bonificable, en razón de las tareas complementarias que se llevaran a cabo durante el mes de JULIO del 2017, por las consideraciones expuestas en el exordio.
ARTICULO 2º.- Los agentes beneficiados con Adicionales por distintos conceptos deberán cumplir con los requisitos que establece el Decreto N° 230/04.
ARTICULO 3º.- Las erogaciones que demanden el cumplimiento de lo dispuesto en el Articulo 1°), se atenderán con Cargo a Partida Presupuestaria de GASTOS EN PERSONAL – del Presupuesto General de Gastos vigente.
Dr. PABLO F. PALOMARES
Intendente Municipal
Gobierno Municipal de Palpalá
Decreto Nro. 0980/17
Ciudad de Palpalá, 30 de Octubre de 2.017.-
INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE PALPALA
DECRETA:
ARTICULO 1º.- AUTORIZASE al personal municipal que se detalla en ANEXO I, y que forma parte de este Decreto, el pago de un Adicional Remunerativo No Bonificable, en razón de las tareas complementarias que se llevaran a cabo durante el mes de AGOSTO de 2.017, por las consideraciones expuestas en el exordio.
ARTICULO 2º.- Los agentes beneficiados con Adicionales por distintos conceptos deberán cumplir con los requisitos que establece el Decreto N° 230/04.
ARTICULO 3º.- Las erogaciones que demanden el cumplimiento de lo dispuesto en el Artículo 1º), se atenderán con Cargo a Partida Presupuestaria de GASTOS EN PERSONAL – del Presupuesto General de Gastos vigente.
Dr. PABLO F. PALOMARES
Intendente Municipal
Gobierno Municipal de Palpalá
Decreto Nro. 0981/17
Ciudad de Palpalá, 30 de Octubre de 2.017.-
INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE PALPALA
DECRETA:
ARTICULO 1º.- AUTORIZASE al personal municipal que se detalla en ANEXO I, y que forma parte de este Decreto, el pago de un Adicional Remunerativo No Bonificable, en razón de las tareas complementarias que se llevaran a cabo durante el mes de SETIEMBRE de 2.017, por las consideraciones expuestas en el exordio.
ARTICULO 2º.- Los agentes beneficiados con Adicionales por distintos conceptos deberán cumplir con los requisitos que establece el Decreto N° 230/04.
ARTICULO 3º.- Las erogaciones que demanden el cumplimiento de lo dispuesto en el Artículo Io), se atenderán con Cargo a Partida Presupuestaria de GASTOS EN PERSONAL – del Presupuesto General de Gastos vigente.
Dr. PABLO F. PALOMARES
Intendente Municipal
Gobierno Municipal de Palpalá
Decreto Nro. 0984/17
Ciudad de Palpalá, 30 de Octubre de 2.017.-
EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD DE PALPALA
DECRETA
ARTICULO 1º.- DECLARASE de INTERES MUNICIPAL el Evento “PALPALA DESIGN” feria de Diseño Independiente – organizado por el Departamento de Relaciones Institucionales del Instituto Municipal de Desarrollo, para el día 14 de Octubre del 2.017 en la Avda. Senador Pérez Nº 348 del Barrio Belgrano, a partir de las 19 Hs
ARTICULO 2º.- Para el evento objeto del Art. anterior, DISPONGASE la exención de los Tributos Municipales correspondientes a la utilización de espacios de dominio público municipal, siempre en un todo de acuerdo lo solicitado por el Departamento de Relaciones Institucionales a cargo de la Sra Casas Carolina – y en base a lo establecido en la Ord. Nº 923/08, titulo 2º, cap. VI, art. 55º, Inc. d), titulo 8º, cap. I, Art. 244º, Inc. d) y actuaciones del Expte Nº 537-D-17.
Dr. PABLO F. PALOMARES
Intendente Municipal
Gobierno Municipal de Palpalá
Decreto Nro. 0985/17
Ciudad de Palpalá, 30 de Octubre de 2.017.-
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE PALPALÁ
DECRETA
ARTICULO 1°.- TENGASE por finalizado el día 02 de Diciembre del 2.017, la Licencia Especial que, encuadra en el Artículo 61 de la Ley N° 3161/74, se otorgara al Agente Municipal – Legajo N° 292 – ARGAÑARAZ TELEFOR REINALDO -, siempre en un todo de acuerdo a lo que indica el Certificado expedido por la Junta Medica Provincial que forma parte del presente instrumento y parte, también de actuaciones que componen el Expediente N° 511 -D-17.
ARTICULO 2°.- INFORMESE al Agente Municipal – Legajo N° 292 – ARGAÑARAZ TELEFOR REINALDO que, de persistir la situación de salud que hasta la presente, su situación se encuadrara dentro de lo prescripto por el Articulo 59 (párrafo 2do) de la Ley N° 3161/74 que determina la concesión de una licencia Especial por (30) días con la liquidación de un 50% ( cincuenta por ciento), extendiéndose hasta el otorgamiento de una Licencia Especial de Resguardo Laboral, sin goce de Haberes con retención del cargo y crédito presupuestario por el termino de un (1) año, según lo indicado en la Nota N° 1743DP/2017 de la Dirección de Personal.
Dr. PABLO F. PALOMARES
Intendente Municipal
Gobierno Municipal de Palpalá
Decreto Nro. 0986/17
Ciudad de Palpalá, 30 de Octubre de 2.017.-
EXPTE. N° 320-CH-15.-
INTENDENTE MUNICIPAL DE PALPALA
DECRETA
ARTICULO 1°.- Inscríbase en el Registro de Comercio e Industria de la Municipalidad de Palpalá, al Sr. CHUQUIMIA SIÑANIS LUIS ANTONIO, D.N.I. N° 33.960.298, con un Comercio en el rubro: “MINIMERCADITO”, ubicado en Avda. Hipólito Irigoyen, N° 199 y 20 de Junio S/N (Lote “47” – Manzana “02”) del barrio Carolina de esta Ciudad, con la ocupación de una Sup. de 55,00 m2. Haciéndole saber que en caso de traslado, cambio de rubro, anexo o cierre y cualquier otra circunstancia del citado comercio, deberá comunicarlo de inmediato a la Municipalidad de Palpalá.
ARTICULO 2°.- El solicitante deberá ajustarse en un todo al cumplimiento de las disposiciones comunales que regulan las actividades que explotará y que manifiesta conocer íntegramente. Asimismo, deberá abonar las tasas correspondientes por los servicios de Inspección y Control de Comercios e Industrias para que se mantenga en vigencia el presente Decreto, según lo establecido en la Ordenanza Impositiva N° 1203/16, Capítulo IV, en su Artículo 7º, y/o sus modificatorias.
ARTICULO 3°.- Téngase presente el pago de la suma de PESOS TRESCIENTOS CINCUENTA Y OCHO CON 00/100 ($ 358,00), en concepto de Tasa por Habilitación de Locales de Comercio e Industria, efectuado el 02 de Octubre de año 2017, según Boleta de Liquidación N° 00243706.
Dr. PABLO F. PALOMARES
Intendente Municipal
Gobierno Municipal de Palpalá
Decreto Nro. 0987/17
Ciudad de Palpalá, 30 de Octubre de 2.017.-
EXPTES. Nros. 335-F-13; 12-F-14; 107-F-15.-
INTENDENTE MUNICIPAL DE PALPALA
DECRETA
ARTICULO 1°.- Inscríbase en el Registro de Comercio e Industria de la Municipalidad de Palpalá, al Sr. FARFAN MARCOS MARCELO, D.N.I. N° 37.918.428, con un Comercio en el rubro: “MINIMERCADITO”, ubicado en calle Puerto Argentino, N° 1718 (Lote “03” – Manzana “146”) del barrio Antártida Argentina de esta Ciudad, con la ocupación de una Sup. de 48,00 m2.’ Haciéndole saber que en caso de traslado, cambio de rubro, anexo o cierre y cualquier otra circunstancia del citado comercio, deberá comunicarlo de inmediato a la Municipalidad de Palpalá.
ARTICULO 2°.- El solicitante deberá ajustarse en un todo al cumplimiento de las disposiciones comunales que regulan las actividades que explotará y que manifiesta conocer íntegramente. Asimismo deberá abonar las tasas correspondientes por los servicios de Inspección y Control de Comercios e Industrias para que se mantenga en vigencia el presente Decreto, según lo establecido en la Ordenanza Impositiva N° 1203/16, Capítulo IV, en su Artículo 7°, y/o sus modificatorias.
ARTICULO 3°.- Téngase presente el pago de la suma de PESOS DOSCIENTOS CUARENTA Y CUATRO CON 00/100 ($ 244,00), en concepto de Tasa por Habilitación de Locales de Comercio e Industria, efectuado el 13 de Octubre de año 2017, según Boleta de Liquidación N° 00244832.
Dr. PABLO F. PALOMARES
Intendente Municipal
Gobierno Municipal de Palpalá
Decreto Nro. 0988/17
Ciudad de Palpalá, 30 de Octubre de 2.017.-
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE PALPALA
DECRETA
ARTICULO 1º.- APRUEBASE EL CONTRATO para la Prestación de Espacios Publicitarios y de Difusión de Actos de Gobierno Municipal suscripto en fecha 01 de Julio de 2017, entre CREAR PRODUCCIONES Y CONTENIDOS RADIO ECO representado por el Sr. Julio Raúl Carlín D.N.I. Nro. 17.909.088 y la Municipalidad de Palpalá para la Difusión de publicación de spots radiales y las coberturas periodísticas que la Secretaría de Comunicación y Gobierno Abierto Municipal, le remita a esos efectos dentro del período comprendido entre 01 de Julio hasta el 31 de Diciembre de 2017, para cancelación con el pago de Seis (6) cuotas mensuales y consecutivas de Pesos Un Mil Quinientos con 00/100 ($ 1.500,00) cada una, siempre de acuerdo a antecedentes obrantes en el Expediente Nro. 1296-S-17.
ARTICULO 2º.- Como Complemento del Acto contractual aprobado en lo precedente, ESTABLECESE que para el cobro de las Seis (6) cuotas mensuales referidas en lo anterior, la empresa Crear Producciones y Contenidos Radio Eco procederá, en cada caso, a la emisión de las Facturas convenientemente reguladas por el sistema AFIP, a lo cual se agregara la correspondiente Certificación de Servicios pertinentemente extendida por la Secretaría de Comunicación y Gobierno Abierto o de la estructura de control que esta misma Secretaría establezca.
Dr. PABLO F. PALOMARES
Intendente Municipal
Gobierno Municipal de Palpalá
Decreto Nro. 0989/17
Ciudad de Palpalá, 30 de Octubre de 2.017.-
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE PALPALA
DECRETA
ARTICULO 1º.- APRUEBASE EL CONTRATO para la Prestación de Espacios Publicitarios y de Difusión de Actos de Gobierno Municipal suscripto en fecha 01 de Julio de 2017, entre Diario Digital “AQUÍ JUJUY” representado por el Sr. Enzo René Velázquez D.N.I. Nro. 36.378.842 y la Municipalidad de Palpalá para la Difusión de publicación de banner, spots y las coberturas periodísticas que la Secretaría de Comunicación y Gobierno Abierto Municipal, le remita a esos efectos dentro del período comprendido entre 01 de Julio hasta el 31 de Diciembre de 2017, para cancelación con el pago de Seis (6) cuotas mensuales y consecutivas de Pesos Un Mil con 00/100 ($ 1.000,00) cada una, siempre de acuerdo a antecedentes obrantes en el Expediente Nro. 1297-S-17.
ARTICULO 2º.- Como Complemento del Acto contractual aprobado en lo precedente, ESTABLECESE que para el cobro de las Seis (6) cuotas mensuales referidas en lo anterior, la empresa Diario Digital “AQUÍ JUJUY” procederá, en cada caso, a la emisión de las Facturas convenientemente reguladas por el sistema AFIP, a lo cual se agregara la correspondiente Certificación de Servicios pertinentemente extendida por la Secretaría de Comunicación y Gobierno Abierto o de la estructura de control que esta misma Secretaría establezca.
Dr. PABLO F. PALOMARES
Intendente Municipal
Gobierno Municipal de Palpalá
Decreto Nro. 0990/17
Ciudad de Palpalá, 30 de Octubre de 2.017.-
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE PALPALA
DECRETA
ARTÍCULO 1º.- CONVALIDASE las ACTUACIONES que forma parte del presente instrumento y del Expediente Nº 1769-S-17, entre la firma “El Tribuno de Jujuy Editora S.A.” – CUIT 30-63016424-5 – la Municipalidad de Palpalá, que se refiere a Pago de Orden de Provisión Nº 01115/17 por la suma de PESOS CUATRO MIL CUATROCIENTOS SESENTA Y CUATRO CON 30/100 ($ 4.464,30), por las consideraciones expuestas en el exordio.
ARTÍCULO 2º.- APRUEBASE la Certificación de Servicios que, por el día 23 de Agosto del 2.017 como parte de las actuaciones del Expedientes de cita precedente, extendiera la Secretaria de Comunicación y Gobierno Abierto; a los propósitos de dar respaldo la actividad cumplida del acto contractual convalidado por aplicación del artículo anterior.
ARTÍCULO 3º.- AUTORIZASE la emisión del Libramiento de Pago por la suma de PESOS CUATRO MIL CUATROCIENTOS SESENTA Y CUATRO CON 30/100 ($ 4.464,30) a favor de la firma “El Tribuno de Jujuy Editora S.A.” – CUIT 30-63016424-5- en concepto de cancelación de la Factura B-0015-00019360- en un todo de acuerdo a lo obrado en el Expediente Nº 1769-S-17.
ARTÍCULO 4º.- La erogación que demande el cumplimiento de lo establecido en el Artículo precedente, se efectuara al Presupuesto General de Gastos y Cálculos de Recursos en vigencia.
Dr. PABLO F. PALOMARES
Intendente Municipal
Gobierno Municipal de Palpalá
Decreto Nro. 0991/17
Ciudad de Palpalá, 30 de Octubre de 2.017.-
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE PALPALA
DECRETA
ARTÍCULO 1º.- CONVALIDASE las ACTUACIONES que forma parte del presente instrumento y del Expediente Nº 1770-S-17, entre la firma “El Tribuno de Jujuy Editora S.A.” -CUIT 30-63016424-5 – la Municipalidad de Palpala, que se refiere a Pago de Orden de Provisión Nº 01116/17 por la suma de PESOS DIECISEIS MIL TRESCIENTOS SESENTA Y NUEVE CON 06/100 ($ 16.369,06), por las consideraciones expuestas en el exordio.
ARTÍCULO 2º.- APRUEBASE la Certificación de Servicios que, por el día 07 de Agosto del 2.017 como parte de las actuaciones del Expedientes de cita precedente, extendiera la Secretaria de Comunicación y Gobierno Abierto; a los propósitos de dar respaldo la actividad cumplida del acto contractual convalidado por aplicación del artículo anterior.
ARTÍCULO 3º.- AUTORIZASE la emisión del Libramiento de Pago por la suma de PESOS DIECISEIS MIL TRESCIENTOS SESENTA Y NUEVE CON 06/100 ($ 16.369,06) a favor de la firma “El Tribuno de Jujuy Editora S.A.” – CUIT 30-63016424-5- en concepto de cancelación de la Factura B-0015-00018974- en un todo de acuerdo a lo obrado en el Expediente Nº 1770-S-17.
ARTÍCULO 4º.- La erogación que demande el cumplimiento de lo establecido en el Artículo precedente, se efectuara al Presupuesto General de Gastos y Cálculos de Recursos en vigencia.
Dr. PABLO F. PALOMARES
Intendente Municipal
Gobierno Municipal de Palpalá
Decreto Nro. 0992/17
Ciudad de Palpalá, 30 de Octubre de 2.017.-
EL INTENDENTE de la MUNICIPALIDAD DE PALPALA
DECRETA
ARTICULO 1º.- CONVALIDASE el Convenio de Locación de Estadio Olímpico que forma parte del Expediente Nro. 624-G-2017 (de relación a Expte. Nro. 660-G-2017) y que fuera suscripto el 04 de Octubre de 2017 entre la Sra. GOMEZ Lucrecia Carolina -DNI 39.200.948- y esta Municipalidad, para ocupación del complejo deportivo ubicado en el barrio Canal de Beagle en fecha 14 de Octubre de 2017 por la suma de Pesos Veinte Mil con 00/100 (20.000,00) en concepto de alquiler, no incluyéndose en esto los tributos municipales, provinciales y todo otro aporte que pudiese haber correspondido para el desarrollo del Festival Folclorico Caporal “Cascabeles de Acero”.
ARTICULO 2º.- TENGASE a la Dirección de Rentas Municipal como organismo de aplicación del Contrato aprobado en lo precedente.
Dr. PABLO F. PALOMARES
Intendente Municipal
Gobierno Municipal de Palpalá
Decreto Nro. 0993/17
Ciudad de Palpalá, 31 de Octubre de 2.017.-
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE PALPALA
DECRETA
ARTÍCULO 1º.- APRUEBASE en todos sus términos el Contrato de Servicios Artísticos suscripto en fecha 02 de octubre de 2017 y que forma parte del Expediente Nro. 1934-S-17, donde se acuerda entre el Grupo musical “INTI MARKA”, representado por el Sr Jesús Rosario Charcas-D.N.I. N2 29.269.180 y la MUNICIPALIDAD DE PALPALA, representado por el Dr. Pablo Palomares -D.N.I. N2 27.520.946-, para la participación artística y musical en el marco de la realización de la Edición 2017 del Festival del Acero y el Folclore a realizarse el día 15 de Octubre de 2017 en Av. Martijena esquina Pedro Castañeda del Barrio Constitución, aprobado mediante Decreto Municipal Nro. 620/17.
ARTÍCULO 2º.- APRUEBASE la certificación de servicios que obran en fs.2 forma parte del Expte Nro. 1934-S-17 por la presentación realizada, con una duración de veinte (20) minutos ajustados a las pautas de contratación acordados en el contrato de servicios artísticos en el marco de la realización de la Edición 2017 del Festival del Acero y el Folclore realizado el día 15 de Octubre de 2017.
ARTICULO 3º.- AUTORIZASE a Contaduría Municipal -Secretaría de Hacienda y Recursos Tributarios- a disponer de la emisión de un Libramiento de Pago por la suma de Pesos CINCO MIL 00/100 ($ 5.000,00), a favor del Sr. Jesús Rosario Charcas -D.N.I. N2 29.269.180- por la participación del Grupo Musical ” INTI MARKA” en el Festival del Acero y el Folclore -Edición 2017-, en razón de cancelar la Factura C-Nro. , 0001-00000073 emitida el 15 de Octubre de 2017, todo de acuerdo y según lo pautado en las cláusulas contractuales aprobadas.
ARTICULO 4º.- AFECTESE la erogación que resulte del cumplimiento de lo establecido en todo lo precedente, a las partidas correspondientes del Presupuesto General de Cálculos y Recursos del ejercicio vigente.
Dr. PABLO F. PALOMARES
Intendente Municipal
Gobierno Municipal de Palpalá
Decreto Nro. 0994/17
Ciudad de Palpalá, 31 de Octubre de 2.017.-
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE PALPALA
DECRETA
ARTÍCULO 1º.- APRUEBASE en todos sus términos el Contrato de Servicios Artísticos suscripto en fecha 21 de Septiembre de 2017 y que forma parte del Expediente Nro. 1932-S-17, donde se acuerda entre el grupo musical Folclórico “LOS NORTEÑOS”, representado por el Sr Ernesto Marcos Antonio Homes -D.N.I. Nº 20.177.559 y la MUNICIPALIDAD DE PALPALA, representado por el Dr. Pablo Palomares -D.N.I. Nº 27.520.946-, para la participación artística y musical en el marco de la realización de la Edición 2017 del Festival del Acero y el Folclore a realizarse el día 15 de Octubre de 2017 en Av. Martijena esquina Pedro Castañeda del Barrio Constitución, aprobado mediante Decreto Municipal Nro. 620/17.
ARTÍCULO 2º.- APRUEBASE la certificación de servicios que obran en fs.2 forma parte del Expte Nro. 1932-S-17 por la presentación realizada, con una duración de cuarenta y cinco (45) minutos ajustados a las pautas de contratación acordados en el contrato de servicios artísticos en el marco de la realización de la Edición 2017 del Festival del Acero y el Folclore realizado el día 15 de Octubre de 2017.
ARTÍCULO 3º.- AUTORIZASE a Contaduría Municipal -Secretaría de Hacienda y Recursos Tributarios- a disponer de la emisión de un Libramiento de Pago por la suma de Pesos Treinta y cinco Mil 00/100 ($ 35.000,00), a favor del Sr. Ernesto Marcos Antonio Homes D.N.I. Nº 20.177.559- por la participación del Grupo musical” LOS NRORTEÑOS” en el Festival del Acero y el Folclore -Edición 2017-, en razón de cancelar la Factura C-Nro. 0001-00000001 emitida el 15 de Octubre de 2017, todo de acuerdo y según lo pautado en las cláusulas contractuales aprobadas.
ARTICULO 4.- AFECTESE la erogación que resulte del cumplimiento de lo establecido en todo lo precedente, a las partidas correspondientes del Presupuesto General de Cálculos y Recursos del ejercicio vigente.
Dr. PABLO F. PALOMARES
Intendente Municipal
Gobierno Municipal de Palpalá
Decreto Nro. 0995/17
Ciudad de Palpalá, 31 de Octubre de 2.017.-
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE PALPALA
DECRETA
ARTÍCULO 1º.- APRUEBASE en todos sus términos el Contrato de Servicios Artísticos suscripto en fecha 21 de septiembre de 2017 y que forma parte del Expediente Nro. 1933-S-17, donde se acuerda entre el Artista musical “JUAN VALDEZ “, representado por el Sr Juan Manuel Valdez-D.N.I. Nº 36.579.790 y la MUNICIPALIDAD DE PALPALA, representado por el Dr. Pablo Palomares -D.N.I. Nº 27.520.946-, para la participación artística y musical en el marco de la realización de la Edición 2017 del Festival del Acero y el Folclore a realizarse el día 15 de Octubre de 2017 en Av. Martijena esquina Pedro Castañeda del Barrio Constitución, aprobado mediante Decreto Municipal Nro. 620/17.
ARTÍCULO 2º.- APRUEBASE la certificación de servicios que obran en fs.2 forma parte del Expte. Nro. 1933-S-17 por la presentación realizada, con una duración de veinte (20) minutos ajustados a las pautas de contratación acordados en el contrato de servicios artísticos en el marco de la realización de la Edición 2017 del Festival del Acero y el Folclore realizado el día 15 de Octubre de 2017.
ARTÍCULO 3º.- AUTORIZASE a Contaduría Municipal -Secretaría de Hacienda y Recursos Tributarios- a disponer de la emisión de un Libramiento de Pago por la suma de Pesos CINCO MIL 00/100 ($ 5.000,00), a favor del Sr. Juan Manuel Valdez -D.N.I. Nº 36.579.790- por la participación del Artista ” JUAN VALDEZ” en el Festival del Acero y el Folclore -Edición 2017-, en razón de cancelar la Factura C-Nro. 0001-00000021 emitida el 13 de Octubre de 2017, todo de acuerdo y según lo pautado en las cláusulas contractuales aprobadas.
ARTICULO 4.- AFECTESE la erogación que resulte del cumplimiento de lo establecido en todo lo precedente, a las partidas correspondientes del Presupuesto General de Cálculos y Recursos del ejercicio vigente.
Dr. PABLO F. PALOMARES
Intendente Municipal
Gobierno Municipal de Palpalá
Decreto Nro. 0996/17
Ciudad de Palpalá, 31 de Octubre de 2.017.-
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE PALPALA
DECRETA
ARTÍCULO 1º.- APRUEBASE en todos sus términos el Contrato de Servicios Artísticos suscripto en fecha 10 de octubre de 2017 y que forma parte del Expediente Nro. 1936-S-17, donde se acuerda entre el Artista musical “DANIEL CISNERO”, representado por el Sr Daniel Enrique Cisnero -D.N.I. Nº 23.303.223 y la MUNICIPALIADA DE PALPALA, representado por el Dr. Pablo Palomares -D.N.I. Nº 27.520.946-, para la participación artística y musical en el marco de la realización de la Edición 2017 del Festival del Acero y el Folclore a realizarse el día 15 de Octubre de 2017 en Av. Martljena esquina Pedro Castañeda del Barrio Constitución, aprobado mediante Decreto Municipal Nro. 620/17.
ARTÍCULO 2º.- APRUEBASE la certificación de servicios que obran en fs.2 forma parte del Expte Nro. 1936-S-17 por la presentación realizada, con una duración de veinte (20) minutos ajustados a las pautas de contratación acordados en el contrato de servicios artísticos en el marco de la realización de la Edición 2017 del Festival del Acero y el Folclore realizado el día 15 de Octubre de 2017.
ARTÍCULO 3º.- AUTORIZASE a Contaduría Municipal -Secretaría de Hacienda y Recursos Tributarlos- a disponer de la emisión de un Libramiento de Pago por la suma de Pesos OCHO MIL 00/100 ($ 8.000,00), a favor del Sr. Daniel Enrique Cisnero -D.N.I. Nº 23.303.223- por la participación del Artista ” DANIEL CISNERO” en el Festival del Acero y el Folclore -Edición 2017-, en razón de cancelar la Factura C-Nro. 0001-00000055 emitida el 15 de Octubre de 2017, todo de acuerdo y según lo pautado en las cláusulas contractuales aprobadas.
ARTICULO 4.- AFECTESE la erogación que resulte del cumplimiento de lo establecido en todo lo precedente, a las partidas correspondientes del Presupuesto General de Cálculos y Recursos del ejercicio vigente.
Dr. PABLO F. PALOMARES
Intendente Municipal
Gobierno Municipal de Palpalá
Decreto Nro. 0997/17
Ciudad de Palpalá, 31 de Octubre de 2.017.-
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE PALPALA
DECRETA
ARTÍCULO 1º.- APRUEBASE en todos sus términos el Contrato de Servicios Artísticos suscripto en fecha 21 de septiembre de 2017 y que forma parte del Expediente Nro. 1935-S-17, donde se acuerda entre el Grupo musical “Las Voces del Rio “, representado por el Sr Javier Sebastián Álvarez -D.N.I. Nº 28.998.145 y la MUNICIPALIDAD DE PALPALA, representado por el Dr. Pablo Palomares -D.N.I. Nº 27.520.946-, para la participación artística y musical en el marco de la realización de la Edición 2017 del Festival del Acero y el Folclore a realizarse el día 15 de Octubre de 2017 en Av. Martijena esquina Pedro Castañeda del Barrio Constitución, aprobado mediante Decreto Municipal Nro. 620/17.
ARTÍCULO 2º.- APRUEBASE la certificación de servicios que obran en fs.2 forma parte del Expte Nro. 1935-S-17 por la presentación realizada, con una duración de cuarenta y cinco (45) minutos ajustados a las pautas de contratación acordados en el contrato de servicios artísticos en el marco de la realización de la Edición 2017 del Festival del Acero y el Folclore realizado el día 15 de Octubre de 2017.
ARTÍCULO 3º.- AUTORIZASE a Contaduría Municipal -Secretaría de Hacienda y Recursos Tributarios- a disponer de la emisión de un Libramiento de Pago por la suma de Pesos CINCO MIL 00/100 ($ 5.000,00), a favor del Sr. Javier Sebastián Álvarez -D.N.I. Nº 28.998.145- por la participación del Grupo Musical ” Las Voces del Rio” en el Festival del Acero y el Folclore -Edición 2017-, en razón de cancelar la Factura C-Nro. 0001-00001063 emitida el 15 de Octubre de 2017, todo de acuerdo y según lo pautado en las cláusulas contractuales aprobadas.
ARTICULO 4.- AFECTESE la erogación que resulte del cumplimiento de lo establecido en todo lo precedente, a las partidas correspondientes del Presupuesto General de Cálculos y Recursos del ejercicio vigente.
Dr. PABLO F. PALOMARES
Intendente Municipal
Gobierno Municipal de Palpalá
Decreto Nro. 0998/17
Ciudad de Palpalá, 31 de Octubre de 2.017.-
EL INTENDENTE A/C DEL GOBIERNO MUNICIPAL DE PALPALA
DECRETA
ARTÍCULO 1º.- AUTORIZASE la habilitación por el termino de seis (6) meses a partir de la fecha del presente instrumento ,para prestar el servicio especializado de Transporte a personas con discapacidad Motriz y/o movilidad restringida, abarcando a toda personas que padezcan una discapacidad físico o mental o una insuficiencia que por diferentes motivos provoque un estado de discapacidad permanente o temporal, en la jurisdicción de la Municipalidad de la ciudad de Palpalá, a la Sra. Lujan Roxana Alejandra D.N.I. 22.984.503 titular del Vehículo automotor identificado según cédula como Renault Kangoo Authplus , tipo sedan 5 ptas. Dominio MHW 555, Chasis 8A1KC1305DL642013, Motor K4MJ730Q113589 que será utilizado como unidad para el servicio.
ARTÍCULO 2º.- Autorizase al Sr. Balmaceda Héctor Rubén D.N.I. 17.909.406 como el personal designado para conducir el vehículo identificado a fin de cumplir el servicio especializado para transportar personas con discapacidad, el cual deberá cumplir los mismos requisitos que establece el art. 16 de la ordenanza Nro. 1180/16 que regula el Servicio alternativo de transporte Automotor de pasajeros de taxi radio llamada
ARTÍCULO 3º.- Durante el periodo de vigencia autorizado, el permisionario deberá dar fiel cumplimiento a la Ordenanza Nro. 1180/16 como marco normativo subsidiario de la actividad autorizada en el art. 1 del presente instrumento, no obstante al cumplimiento de la norma se deberá acondicionar la unidad de acuerdo a las necesidades del servicio especializado de transporte para personas discapacitadas.
ARTICULO 4.- El permisionario periódicamente y en las fechas que se dispongan deberá realizar la revisión técnica y desinfección de la unidad, más el pago en tiempo y forma de las tasas y cánones. Que gravan el servicio establecido en la Ord. 1180/16. El incumplimiento dará lugar a la revocación automática de la habilitación otorgada por el presente decreto.
ARTICULO 5º.- Asignase a la Dirección de Transporte – Secretaria de Control y Protección de la Seguridad Ciudadana- la aplicación y el cumplimiento de lo establecido para esta actividad especialmente autorizada, verificando el cumplimiento de todo lo dispuesto en el presente instrumento y en las normas subsidiarias citadas el respecto.
Dr. PABLO F. PALOMARES
Intendente Municipal
Gobierno Municipal de Palpalá
Decreto Nro. 0999/17
Ciudad de Palpalá, 31 de Octubre de 2.017.-
EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD DE PALPALA
DECRETA
ARTICULO 1º.- ENCUADRESE dentro de lo establecido mediante Decreto Nº 886/17, los eventos específicos que el Departamento de Relaciones Institucionales – Instituto Municipal de Desarrollo – prevé realizar eventualmente en la Plaza central Altos Hornos Zapla en I horario de 08 a 15 Hs, siempre identificando los mismos como parte del Programa Nacional “El Mercado en tu Barrio”.
ARTICULO 2º.- En consecuencia del encuadre antedicho, APLÍQUESE lo determinado en el Art. 3º del Decreto referido que permite la exención de los Tributos Municipales por ocupación de Dominio Público a los Emprendedores que se adhieren a estas realizaciones.
Dr. PABLO F. PALOMARES
Intendente Municipal
Gobierno Municipal de Palpalá
Decreto Nro. 1000/17
Ciudad de Palpalá, 31 de Octubre de 2.017.-
INTENDENTE MUNICIPAL DE PALPALA
DECRETA
ARTICULO 1º.- RATIFICASE el Decreto Nro. 580/17 emitido para aprobación del Contrato de Locación de Obra que, para vigencia a partir del 01 de Febrero al 31 de Julio 2017, se celebrara entre esta Municipalidad y la Empresa Transporte D’Cura de Romina Judith Torrejon -CUIT 27-32368147-4- para la afectación de un camión marca Mercedes Benz L1114/48 Dominio RXL148 cumpliendo tareas relacionadas a obras y servicios públicos con reconocimiento de pesos Ciento Setenta y Cinco con 00/100 ($ 175,00) por hora de operatividad vehicular más provisión de combustible por parte municipal, promoviéndose en el mismo instrumento los pagos correspondientes a los meses de Febrero y Marzo 2017 con respaldo en actuaciones que, para el caso, se registraran en el Expediente Nro. 243-T-17.
ARTICULO 2º.- APRUEBASE, en el contexto del Contrato de Obra de mención precedente, las Certificaciones de Servicios que Secretaría de Obras y Servicios Públicos, emitiera dando constancia del cumplimiento, en el Período Abril a Julio 2017, de los servicios contratados con la empresa, resultando de ello la siguiente prestación: Abril 2017 (fs.105): Horas trabajadas 256:00, 2- Mayo 2017 (fs.145): Horas Trabajadas 264:00,3- Junio 2017 (fs.168): Horas trabajadas 274:30 y 4- Julio 2017 (fs.203): Horas Trabajadas 282:00.
ARTICULO 3º.- CONVALIDASE la Afectación de Combustible que, en base a lo determinado en la Cláusula Octava del Contrato de Locación de Obra tratado y en el periodo comprendido entre los meses Abril y Julio 2017, se suministrara al vehículo afectado, no registrándose otro gasto de mantenimiento por su utilización, según se cita en lo siguiente: 1- Abril 2017 (fs.132): Litros Gas Oil Cuatrocientos Cincuenta y Cinco con 01/100 (455,01), Importe Ocho Mil Ciento Treinta y Seis con 99/100 ( $ 8.136,99), 1- Mayo 2017 (fs. 161): Litros Gas Oil Seiscientos Cuarenta y Cinco con 00/100 (645,00), Importe Once Mil Cuatrocientos Sesenta y Ocho con 10/100 ($ 11.468,10), 3-Junio 2017 (fs.195): Litros Gas Oil Seiscientos Cincuenta y Tres con 84/100 (653,84), Importe Once Mil Seiscientos Veinticinco con 19/100 ($ 11.625,19) y 4- Julio 2017 (fs.219): Litros Gas Oil Quinientos Noventa y Siete con 00/100 (597,00), Importe Once Mil Doscientos Cincuenta y Tres con 45/100 ($ 11.253,45).
ARTICULO 4º.- CONVALIDASE la emisión de los Libramientos de pago que, en el contexto de lo que antecede a lo presente, Contaduría Municipal -Secretaría de Hacienda y Servicios públicos- emitiera en concepto de cancelación de las respectivas facturas según detalle siguiente:
1- L.P. Nro. 1566/2017 (fs.142) Abril 2017: Pesos Cuarenta y Cuatro Mil Ochocientos con 00/100 ($ 44.800,00) – Factura C-0001-0000066 (02 JUN 2017), 2- L.P. Nro. 01682/2017 (fs.165) Mayo 2017: Importe Cuarenta y Seis Mil Doscientos con 00/100 ($ 46.200,00) – Factura C-0001-00000069 (14 JUL 2017), 3- L.P.-Nro. 02033/2017 (fs.199) Junio 2017: Importe Cuarenta y Ocho Mil Treinta y Siete con 50/100 ($ 48.037,50) -Factura C-0001-00000070 (15 AGO 2017) y 4- L.P. Nro. 02452/2017 (fs.224) Julio 2017: Importe Cuarenta y Nueve Mil Trescientos Cincuenta con 00/100 ($ 49.350,00) – Factura C-0001-00000101 (27 SEP 2017).
ARTICULO 5º.- AFECTESE la erogación que resulte del cumplimiento de lo establecido en todo lo precedente, a las partidas correspondientes del Presupuesto General de Cálculos y Recursos del ejercicio vigente.
Dr. PABLO F. PALOMARES
Intendente Municipal
Gobierno Municipal de Palpalá
Decreto Nro. 1001/17
31 de Octubre de 2.017.-
EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD DE PALPALA
DECRETA
ARTICULO 1º.- AUTORIZASE la BAJA DE BIENES PATRIMONIALES formulado en las Solicitudes que forman parte del Expte. Nro. 447-D-17 para la prescindencia definitiva del material utilizado en Secretaria de Control y Prevención de Seguridad Ciudadana de esta Municipalidad de acuerdo al detalle siguiente:
[CODIGO * DETALLE * SECTOR]; [1, 145,101,11 * 1 Cámara Fotográfica – marca SAMSUNG -12 MEGAPIXELES Z.0P5X Modelo ES-28 – Color gris * Div. Operaciones de Transito]; [6,145,1,139 1 * Abrochadora marca MIT Nº 10 – tipo pinza 21/6 – plateada con bordo *Dirección Gral. de Policía Municipal]; [1,145 * 2 Sillas Plásticas Color blancas con apoya brazos * Div. Operaciones de Transito]; [6,144,1,137 * 1 Abrochadora marca GRAP – tipo pinza – Color verde * Dirección Gral. de Policía Municipal]; [1,145,656, (1/10) * 10 Handies marca ICOM – modelo IC-V85 – con antena – Transformador -con base para cargar – Color negro – serie de los aparatos Nº 1037034 / 1037083 /1037059 / 2037058 / 1037086 /1035034 /1037030 /1037071 / 1037081 /1037038 – Serie de las Baterías Nº 045426 / 045514 / 045492 / 045437 / 045475 / 045482 / 045477 / 045001 / 045478 / 045512 * Div. Operaciones de Transito]; [3,112,13,1 * 1 Camión marca Mercedes Benz año 1989- L1114-42- Motor Diesel 6 cilindros en línea 145 HP – diferencia de alta y baja producción de serie de Mercedes Benz Argentina, caja metálica volcadora marca Bianchi Reforzada -capacidad de carga 6 metros cúbicos con el correspondiente equipo hidráulico de volcado -Cubre Cabina- barandas laterales fijas Cajón de Herramientas instaladas en CHASIS de la Unidad – Motor Nº 34191210122225- CHASIS Nº 341-03412084376 DOMINIO Nº Y-041944 -CHASIS Nº 341-03412034376 * Transito y Seguridad Vial]; [1,10, 65,1511 * C.P.U marca HVA – Color blanca con gris con lectora de CD – Disketera 3 1/2 – dos puertos USB delanteros – plug audlo y video – micro celeron D 2,8 GHZ BOX – Disco Rígido 80 * Sec. de Control y Prev. de la Seg. Ciudadana]; [1, 145 * 3 Sillas de estructura metálica asiento y respaldo en madera Color marrón * Div. Operaciones de Transito]; [1, 145 * 1 Silla de estructura metálica – con asiento y respaldo en plástico Color naranja * Div. Operaciones de Transito]; [1, 145 * 3 Estructuras metálicas de sillas sin asiento y respaldos * Div. Operaciones de Transito]; [1,91 * 1 Escritorio de Cartón Prensado Color marrón – tres cajones lado derecho – medidas 1,20 X 0,70 X 0,60 MTS * Seguridad y Vigilancia]; [1,91 * 1 Silla de Plástico – Color blanca – con apoya brazos * Seguridad y Vigilancia]; [3, 145, 9, 12 * 1 Motocicleta marca MOTOMEL CUSTOM – CM100L C.C. – Motor Nº HD-150 – FM 99027198 – Chasis Nº LAYPCG397XJAD0463 * Flota Vehicular Municipalidad de Palpalá]; [3,145, 9,17 * 1 Motocicleta marca MOTOMEL CUSTOM – CM100L CC. – Motor Nº HD-150 – FM 99027199 4T – Chasis Nº LAYPCG302XJA00302 * Flota Vehicular Municipalidad de Palpalá]; [3, 29, 9,1 * 1 Motocicleta marca GILLERA de 200 c.c. Modelo 1977 – Motor Nº 04-3130 – Cuadrado Nº 043130 – Chapa Nº 00394 * Flota Vehicular Municipalidad de Palpalá]; [3, 29, 9,1 * 1 Motocicleta marca GILLERA de 200 c.c. Modelo 1977 – Motor Nº 04-3123 – Cuadrado Nº 043132 – Chapa Nº 00392 * Flota Vehicular Municipalidad de Palpalá]; [3,171,12, 2 * 1 Camioneta RENAULT TRAFIC – Modelo 1998 – Corto tipo FURGON 1,4 -Dos puertas en cabina – Dos puertas en Furgón – Motor a NAFTA Nº AB69209 – Chasis Nº 8A1T310ZZWS013637 – Dominio CFG-371 – montado sobre Cuatro Ruedas de 185,R.15- * Flota Vehicular Municipalidad de Palpalá]; [1,172, 204,65 * 1 Monitor marca PC BOX -18,5″ – LEO – Modelo MO185 – Serie Nº PCB185M003166112 * Dpto. de Bromatología]; [1,146, 65,162 * 1 C.P.U marca NOVA Informática – Serie Nº 10931 – Carcaza Color negra con gris – Micro AMD SEMP LE-11000- Grabadora de DVD marca SONY -Disketera de 21/2 – teclado marca BISWAL – Color gris con negro (Elemento correspondiente a sector emisión Licencia de Conducir) * Dpto. de Operaciones de Seguridad]; [1,145,198,113 * 1 Impresora marca – HP DESKJET F480 – Modelo CB5804 – Color negro -Serie Nº BR79CGNOBQ- con transformador * Dpto. de Operaciones de Seguridad]; [1, 94, 65, 262 * C.P.U marca EXO READY CLN – PRO INTEL ASROCK P4UM800G – COD. de barra Nº 0532398 A047 – Lectora de CD marca LG Color negra- Disketera 2 1/2 – Monitor marca BENQ-Modelo V551 – Serie Nº 33001614T522GC -Color blanco- Teclado marca SOL TECH – Color gris con celeste – Mouse marca GENIUS Color negro – Serie Nº X4K89385404863 * Dpto. Bromatología y Desinfección]; [1.218 * 1 Monitor marca TVM – Serie Nº 6204401187 – Color blanco * Dpto. Bromatología y Desinfección]; [1,218 * 1 Teclado marca HVA – Color negro con gris * Dpto. Bromatología y Desinfección]; [1,137 * 1 Teclado marca EUROCASE – Color negro – Modelo EUKM-193 * Dpto. Bromatología y Desinfección]; [1.218 * 1 Teclado marca HVA – Color negro * Dpto. Bromatología y Desinfección]; [1, 94, 343, 5 * 1 Mochila capacidad de 10 Lts. marca EFAC * Desinfección]; [1, 94, 359,134 * 1 Sello aclaratorio de madera con leyenda Jorge Roberto Mamani – ENC. Sección Desinfección * Desinfección]; [2, 94, 39, 2/5 * 4 Pulverizador de plástico – Capacidad de Litros * Desinfección]; [2, 94,103,1/3 * 2 Maquinas Pulverizadora marca MORRIS – a Presión – CAP. de 5 Litros * Desinfección]; [2, 94, 39, 6 * 1 Pulverizador marca EFAC Capacidad de 5 Litros * Desinfección]; [2, 94,103,4 * 1 Maquina Pulverizadora marca EFAC Capacidad 5,5 Litros * Desinfección]; [2, 94,103,5 * 1 Maquina Pulverizadora Capacidad 5,5 Lts. marca EFAC – Color blanco con naranja * Desinfección]; [2, 94,103, 9 * 1 Maquina Pulverizadora Capacidad 5,5 Litros * Desinfección]; [2,94,39,12 * Pulverizador con Capacidad 9 Litros – GIBER * Desinfección]; [2,94,103,10 * 1 Maquina Pulverizadora marca EFAC – 5,5 Litros * Desinfección]; [2, 94, 39,10/11 * 2 Pulverizador con Capacidad de 5,5 Litros Previa * Desinfección]; [2, 94, 39,13/14 * 2 Pulverizador marca AEFAR – Capacidad de 7 Lts. Color blanca con naranja- otra Color amarilla con azul- Capacidad de 9 Lts. * Desinfección]; [2, 94, 39,15/16 * 2 Pulverizador con Capacidad de Lts. marca EFAC * Desinfección]; [2, 94, 39, 34/36 * 3 Pulverizador Color naranja – Capacidad de 8 Litros * Desinfección]; [3,94, 29,1/2 * 2 Bicicletas todo terreno sin cambio – Medida 26 X180 Cuadros Nº 002430 y Nº 002431 * Desinfección]; [3, 94, 29,16/17 * 2 Bicicleta todo terreno sin cambio- marca REMINGTON – Color gris- serie Nº 175412/ Color rojo – Serie Nº 175377 – Guardabarro – porta paquete sport * Desinfección]; [6,94,135. 4/19 * 16 Cámara para Bicicleta rodado 26 X 1,95 * Desinfección]; [6, 94, 95, 9/10 * 2 Mascaras para Fumigación – Dos trompas completas * Desinfección]; [6, 94,185,1/2 * 2 Pistola para fumigar * Desinfección]; [6, 94, 88,42 * 1 Trincheta * Desinfección]; [6,94,5, 87 * 1 Almohadilla Nº 3 marca STA * Desinfección]; [6, 94,135, 22/31 * 10 Cámara 26 X 1,90 * Desinfección]; [6, 94,190,4/5 * 2 Majadedos * Desinfección]; [2,94 * 1 Maquina Fumigadora marca GUARANY-tamaño Grande con motor-Color naranja * Desinfección]; [1,144,198,117 * 1 Impresora multifunción marca HP DESKJET 4480 – Color negra – serie Nº BR01DGC18J * Ucencias de Conducir]; [1.91 * 1 Perforadora tamaño pequeño – marca MAPED – Color gris plata * Seguridad y Vigilancia – Código 1,91]; [6,144,1,137 * 1 Abrochadora tipo pinza – marca MAPED – tamaño pequeño – Color gris * Transporte y Control Interno -Código 1,144]; [2,112, 59,4 * 1 Mecha Aº Rº 06,25 * Señalización y Pintura Transito]; [2,112, 59, 6 * 1 Mecha Aº Rº 0 4,25 * Señalización y Pintura Transito]; [6, 112 * 1 Ruleta por 10 metros de largo * Señalización y Pintura Transito]; [1, 112 * 1 Arco Metálico Comp. * Señalización y Pintura Transito]; [6, 112, 161, (9/11) * 3 Espátula Nº 200 – Nº 7 – Nº 6 * Señalización y Pintura Transito]; [6, 112 * 2 Cepillos de acero * Señalización y Pintura Transito]; [2, 112,6, (71/72) * 2 Palas cuadradas, marca Bellota * Señalización y Pintura Transito]; [2, 112,6, (73/74) * 2 Palas poceras marca Tramontina * Señalización y Pintura Transito]; [2, 112,88, 7 * 1 Nivel de madera mediano * Señalización y Pintura Transito]; [2,112, 27,13 * 1 Llave francesa marca BAHCO 8071 * Señalización y Pintura Transito]; [2,112, 30,15 * 1 Pinza universal de 185 MM * Señalización y Pintura Transito]; [2,112,89, (7/8) * 2 Plomadas de 400 Gramos * Señalización y Pintura Transito]; [2,112,76,18 * 1 Tenaza mango largo * Señalización y Pintura Transito]; [2,112 * 3 Mechas 0 4,25 * Señalización y Pintura Transito]; [2,112, 26,12 * 1 Destornillador marca BAHCO 3145 -100 * Señalización y Pintura Transito]; [2,112, 26,13 * 1 Destornillador marca BAHCO 3345 – 805 * Señalización y Pintura Transito]; [2,112,27,(14/15) * 2 Llave de 11 MM – marca BAHCO * Señalización y Pintura Transito]; [2,112, 30,16 * 1 Pinza de soldar – 300 AMP * Señalización y Pintura Transito]; [2,112,12, (12/13) * 2 Cuchara para Albañil medianas * Señalización y Pintura Transito]; [6,112, 73, (13/16) * 4 Mechas de acero rápido medidas Nº 6″, 8″, 4,25″, 5″ * Señalización y Pintura Transito]; [1.139 * 1 Teclado KEYBOARD ALFANUMERICO marca TECNOFRIEND – Color negro * Dpto. de Gestión Ambiental]; [1, 91, 31, 28 * 1 Anafe Color blanco de Dos Hornadas * Seguridad y Vigilancia]
ARTICULO 2º.- La disponibilidad enunciada se propone dentro del marco normativo de Art. 65º de la Ley Contable – Art. 18º y 21º de Decreto Reglamentario Nº 45-H-63 y Decreto acuerdo Nº 1029-H-67 y en compatibilidad a los procedimientos establecidos en el Decreto Nº 180/88 referida al movimiento de Bienes Pertinentes en la Municipalidad de Palpalá.
ARTICULO 3º.- Comuníquese al Concejo Deliberante de la disposición adoptada en el Articulo precedente, para la aplicación de lo establecido en el Art. 50º- Apartado b, incisos 4, 5 y 14- de la Carta Orgánica Municipal.
Dr. PABLO F. PALOMARES
Intendente Municipal
Gobierno Municipal de Palpalá
Decreto Nro. 1002/17
Ciudad de Palpalá, 31 de Octubre de 2.017.-
EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD DE PALPALA
DECRETA
ARTICULO 1°.- AUTORIZA la BAJA DE BIENES PATRIMONIALES formulado en las Solicitudes que forman parte del Expediente N° 448-D-17 para la prescindencia definitiva del material utilizado en la Secretaria de Comunicación y Gobierno Abierto de acuerdo al detalle siguiente:
[Código * Detalle * Sector]; [1.45.8.(923/924) * 2 Sillas de estructura metálica-respaldo tipo parrilla-asiento tapizado en cuerina estampada. * Prensa y Difusión.]; [1.45 * 1 Sillas de estructura metálica-respaldo tipo parrilla -asiento de madera * Prensa y Difusión.]; [1.45 * 1 Monitor marea TV. Low Radiation de 14″- color Blanco -Modelo LR4DP- Serie N° 6110901657 * Prensa y Difusión]; [1.45 * 1 Teclado Marca Snshine- color Blanco-Serie N° 000624826 * Prensa y Difusión]; [1.45 * 1 Mouse Marca Genius – color gris con negro – Serie N° 125060108936 * Prensa y Difusión]; [1.45.347.(7/11) * 1 Parlantes con plaquetas individuales * Prensa y Difusión]; [1.45.198.41 * 1 Impresora Epson Stylus color 440 * Prensa y Difusión]; [1,45,16,9 * 1 Sillón giratorio rodante de cuatro ruedas con asiento y respaldo en tela de color bordo * Prensa y Difusión]; [1,45,198,98 * 1 Impresora multifunción -marca HP deskjel F300-Serie N° BGRCIGGDYX-D-8130′-con adaptador * Prensa y Difusión]; [1.45,428.10 * Cooler de 12 volt. * Prensa y Difusión]; [1.45 * 1 Sillón Giratorio de estructura de plástico- asiento y respaldo tapizado en cuerina de color negra-con apoya brazos-5 patas con ruedas * Prensa y Difusión]; [1,45,198,177 * 1 impresora multifunción -marca Epson- Modelo XP-211-color negra – serie nº 56BK257919 * Prensa y Difusión]; [1.306,198,189 * 1 Impresora marca LEXMARK MI 1-003-Laser con pantallas y comandos de botones – color negro con gris-serie Nº 000GL39105N * Sec. Comunicación y Gob. Abierto]; [1.306 * 1 Router marca Edimax – 5Bocas – color gris-modelo E W-7209APG * Sec. Comunicación y Gob. Abierto]; [1.306 * 2 Soportes de TV LED-base de vidrio templado-medidas aprox. 0.50 x 0.25 metros color negro. * Sec. Comunicación y Gob. Abierto]; [1.45 * 1 C.P.U. marca HVA carczacolor blanca- sin serie ni modelo * Prensa y Difusión]; [1.45 * 1 C.P.U. marca V8 Noga Net – color negra- dos puertos USB delanteros-sin serie ni modelo * Prensa y Difusión]; [1,253,463.3 * 1 Teléfono fax marca Panasonic- Modelo KX-FHD333AG-con Pantalla visor-serie N° ABBA007565-color blanco. * Sec. Comunicación y Gob. Abierto]
ARTICULO 2°.- La disponibilidad enunciada se propone dentro del marco normativo del Art. 65° de la Ley Contable-Art. 18º y 21° del Decreto Reglamentario ° 4571-H-63 y Decreto Acuerdo º 1029-H-67 y en compatibilidad a los procedimientos establecidos en el Decreto N° 180/88 referida al movimiento de Bienes Patrimoniales en la Municipalidad de Palpala.
ARTICULO 3°.- Comuníquese al Concejo Deliberante de la disposición adoptada en el Articulo precedente, para aplicación de lo establecido en el Art. 50° – Apartado b. incisos 4, 5 y 14 de la Carta Orgánica Municipal.
Dr. PABLO F. PALOMARES
Intendente Municipal
Gobierno Municipal de Palpalá
Decreto Nro. 1003/17
Ciudad de Palpalá, 31 de Octubre de 2.017.-
EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD DE PALPALÁ
DECRETA
ARTÍCULO 1º.- AUTORIZASE la BAJA DE BIENES PATRIMONIALES formulado en las Solicitudes que forman parte del Expte. Nro. 449-D-17 para la prescindencia definitiva del material utilizado en el Concejo Deliberante de acuerdo al detalle siguiente:
[CODIGO * DETALLE * SECTOR]; [1,123,21,6 * 1 Central telefónica, marca Dglvox. 2X6 Internos- Serie Nº C2536624, color blanco. * Concejo Deliberante-Código 1,123]; [1,123 * 1 Monitor, marca Compaq – Color blanco- Modelo 473 B . Serie Nº 537AF05BA507 * Concejo Deliberante.]; [1,123 * 1 Teclado, marca Magnum Tech- color negro con gris * Concejo Deliberante.]; [1,123 * 1 Teclado, marca Verbatim – Color negro – Serie Nº 2015112041444 * Concejo Deliberante.]; [1,123 * 1 Teclado, marca Genetsys DK – Serie Nº 989030232 * Concejo Deliberante.]; [1,123 * 1 Impresora multifunción, marca HP Deskjet F4480- Color negra. * Concejo Deliberante.]; [1,123 * 1 Mouse, marca Sunshine, modelo M-720. * Concejo Deliberante.]; [1,123 * 1 Adaptador- Color negro. * Concejo Deliberante.]; [1,123 * 4 Enchufes de computadoras. * Concejo Deliberante.]; [1,123 * 3 Cables de computadoras- Color negro. * Concejo Deliberante.]; [1,123 * 1 Pava eléctrica. * Concejo Deliberante.]; [1,123 * 1 Mesita para teléfono – con ruedas. * Concejo Deliberante.]; [1,123 * 1 Telefono, marca Siemens – Color negro SET211 * Concejo Deliberante.]; [1.123 * 1 Monitor, marca Samsung- color balnco – Modelo 551VS – Serie Nº AN15HXBW721038V. * Concejo Deliberante]; [1,123 * 1 Impresora Multifunción, marca HPDeskjet F4280, color blanca – Serie Nº BR924M05Y * Concejo Deliberante.]; [1,123 * 1 Ventilador de pie, marca Buenayre, color negro con paletas de plástico, color celeste. * Concejo Deliberante.]; [1,123 * 1 Ventilador de pie, marca Eleven, color negro con paletas de plástico color gris. * Concejo Deliberante.]; [1,123 * 1 Ventilador de pie, color blanco con paletas de plástico, sin marca ni parrilla. * Concejo Deliberante.]; [1,123 * 2 sillas de estructura metálica de caño, asiento y respaldo tapizado en cuerina color marrón claro * Concejo Deliberante.]; [1,123 * 1 Impresora Láser, marca Samsung- Modelo ML-1610- color blanco – Serie Nº BKEY08289B * Concejo Deliberante.].
ARTÍCULO 2º.- La disponibilidad enunciada se propone dentro del marco normativo del Art.65º de la Ley Contable – Art. 18º y 21º de Decreto Reglamentario Nº 45-H-63 y Decreto acuerdo Nº 1029-H-67 y en compatibilidad a los procedimientos establecidos en el decreto Nº 180/88 referida al movimiento de Bienes Patrimoniales en la Municipalidad de Palpalá.
ARTÍCULO 3º.- Comuníquese al Concejo Deliberante de la disposición adoptada en el Articulo precedente, para la aplicación de lo establecido en el Art. 50º- Apartado b, incisos 4, 5 y 14- de la Carta Orgánica Municipal.
Dr. PABLO F. PALOMARES
Intendente Municipal
Gobierno Municipal de Palpalá
Decreto Nro. 1004/17
Ciudad de Palpalá, 31 de Octubre de 2.017.-
EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD DE PALPALÁ
DECRETA
ARTÍCULO 1º.- AUTORIZASE la BAJA DE BIENES PATRIMONIALES formulado en las Solicitudes que forman parte del Expte. Nro. 450-D-17 para la prescindencia definitiva del material utilizado en la Secretaria de Gobierno de acuerdo al detalle siguiente:
[CODIGO * DETALLE * SECTOR]; [1.260 * 1 Anafe de dos hornallas – Color blanco. * Centro de Integración y Rehabilitación “Oscar López”]; [1.260 * 1 Garrafa de 10 Kg. Color verde * Centro de Integración y Rehabilitación “Oscar López”]; [1,234,568,14 * 1 Router Linksys -E4200 – 802.11 A/B/B/N – Máximum Dualband. * Dpto. Promoción y Prevención para la Salud.]; [1,234,198,120 * 1 Impresora, marca Epson Stylus – Modelo TX210- con Scanner, color negro-Serie Nº L9WK016058 * Dpto. Promoción y Prevención para la Salud]; [6,52,244,(70/109) * 10 Lámparas Par 64 – Marca Philips – 1000W 230V. * Dpto. Cultura.]; [2,52,50,3 * 1 Maquina de soldar, marca Europa -175 AMP -230X2004 Vol- Carcaza color roja – 50HZ. * Dpto. Cultura.]; [1,194,198,94 * 1 Impresora – Marca Kyosera Ecosys – Láser – Modelo FS-720- Color Gris con negro – Serie Nº XQM5500357. * Dpto. de la Mujer y la Ancianidad.]; [1,273,8(1421/1439) * 19 Sillas Plásticas – Marca Mascardi – Apilables – Color blancas. * Centro de Día – Bº Canal Beagle.]; [1,273,8,(1406/1420) * 15 Sillas plásticas apilables – Marca Mascardi, color blancas. * Centro de Día – Bº Canal Beagle]; [1,75 * 1 Sillón de tres cuerpos – Tapizado en cuerina, color marrón con apoya brazos – Medidas 0.70 X 1.7S MTS. * Dpto. Ceremonial y Protocolo.]; [1.280 * 1 Ventilador de techo, marca Axel – 4 paletas metálicas – con llave de tensión de 5 velocidades – Coloor blanco. * Dirección de Políticas Públicas.]; [1,69,24,38 * 1 Ventilador de techo, tres paletas metálicas – llave de tensión de 5 velocidades – Color blanco. * Secretaria de Gobierno.]; [1.69 * 3 Plafones eléctricos con tubos Fluorescentes – metálicos con soporte. Color blanco. * Secretaria de Gobierno.]; [1.303 * 1 Mouse, marca HVA, color blanco. * Secretaria de Gobierno.]; [1,239 * 2 Monitor tipo modelo CDR monocromático t tipo LCD- color negro. * C.I.C. Bº San José]; [1,239 * 4 Sillas de plástico, con apoya brazos- color blancas. * C.I.C. Bº San José]; [1.239 * 1 Aparato telefónico, marca Intelbras -TC500 – Serie Nº TF0606220038. Color gris oscuro. * C.I.C. Bº San José]; [1,234 * 1 Silla de estructura metálica – Asiento tapizado en cuerina- respaldo tipo parrilla. * Dpto. de Desarrollo Humano y Social]; [1,53 * 1 Máquina de escribir, marca Olympia carro largo, color blanco- Código Matricula Nº 06210005 * Dpto. de Desarrollo Humano y Social]; [1,53 * 1 Impresora a carro, marca Epson, modelo LX-810, color blanco – Serie Nº44BE 055976 * Dpto. de Desarrollo Humano y Social]; [1,53 * 1 Abrochadora, tipo pinza, color negra – Marca Grap. * Dpto. de Desarrollo Humano y Social]; [1,79 * 1Monitor de 14″, marca Panasonic- Color Blanco. * Organizaciones Comunitarias]; [1,79 * 1 Armario de metal – medidas 1.80 X 0.90 Mts. * Organizaciones Comunitarias]; [1,79 * 1 Sillón giratorio de estructura metálica – Tapizado en cuerina * Organizaciones Comunitarias]; [1,79 * 1 Sillón de caño. * Organizaciones Comunitarias]; [1,79,366.(68/70) * 3 Sillas de estrutura metálica – Tapizado en cuerina, respaldo tipo parrilla. * Organizaciones Comunitarias]; [1,46 * 2 Monitor sin marca de 14″- color blanco. * Dpto. de Acción Juvenil -Deporte y Recreación.]; [1,76 * 1 Silla de palstico, color blanca, con apoya brazos. * Dpto. Huertas Comunitarias.]; [2,76,14,(61/90) * 30 Metros de Manguera – medidas % de goma. * Dpto. Huertas Comunitarias.]; [2,76,21(5/9) * 5 Picos punta y pala, marca Gherardi. * Dpto. Huertas Comunitarias.]; [2,76,17(12/19) * 8 Machetes, marca Collins. * Dpto. Huertas Comunitarias.]; [1,76,65,18 * 1 Tijera, marca Tramontina. * Dpto. Huertas Comunitarias.]; [1,76,201,2 * 1 Regla de 0.50 Mts. marca Pizzini. * Dpto. Huertas Comunitarias.]; [1,76,168,43 * 1 Cucharon enlozado Supermalt. * Dpto. Huertas Comunitarias.]; [1,76,157,(967/970) * 4 Cucharas de mesa, mango negro – Marca Disolle. * Dpto. Huertas Comunitarias.]; [1,76,94(468/469) * 2 Tenedores, marca Tramontina. * Dpto. Huertas Comunitarias.]; [1,76,169,31 * 1 Espumadera enlozada, marca Supermalt. * Dpto. Huertas Comunitarias.]; [1,76,161,33 * 1 Colador de pasta. Bordeaux * Dpto. Huertas Comunitarias.]; [1,76,160,11 * 1 Cacerola con asas charolada, marca Fiamaj Nº 26. * Dpto. Huertas Comunitarias.]; [1,76,170,8 * 1 Sartén con mango Nº25 * Dpto. Huertas Comunitarias.]; [1,76,180,9 * 1 Sartén con mango charolado Nº 26. * Dpto. Huertas Comunitarias.]; [1,76,205,14 * 1 Hervidor de aluminio con asas, charolado Nº 16. * Dpto. Huertas Comunitarias.]; [6,76,253(2/3) * 2 Picos forzados, punta y pala 75 mm, con cabo Biassoni. * Dpto. Huertas Comunitarias.]; [2,76,6(20/21) * 2 Palas de punta y pala cuadrada. * Dpto. Huertas Comunitarias.]; [2,76,17,50 * 1 Machete mediano. * Dpto. Huertas Comunitarias.]; [2,76,17,158 * 1 Machete, marca Ciriri – 31B – CONOLB – 500 – Incolina. * Dpto. Huertas Comunitarias.]; [2,76,21,85 * 1 Pico y pal, marca Tramontina. * Dpto. Huertas Comunitarias.]; [2,76,21,14 * 1 Pico y pala con cabo de madera. * Dpto. Huertas Comunitarias.]; [2,76 * 3 Palas cuadradas sin cabo. * Dpto. Huertas Comunitarias.]; [2,76 * 2 Machetes. * Dpto. Huertas Comunitarias.]; [1,173 * 1 Monitor sin marca de 14″, color blanco. * Dpto. de Juventud.]; [1,301 * 1 Monitor color de 15″, modelo NH-570, color balnco – Serie Nº MN53041203185. * Dpto. Ayuda Urgente y Asist. Alimentaria.]; [4,52,23,4 * 1 Busto del Ex Presidente “Néstor Kirchner”, tallado en yeso y pintura dorada-Ubicado sobre base de madera, color marrón. * Dpto. de Cultura.]; [6,46,24,97 * 1 Candado, tamaño grande Nº 50, marca Papaiz. * Dpto. de Deporte.]; [1.46 * 1 Candado tamaño grande N°50. * Dpto. de Deporte.]; [1.46 * 1 Jarra de medición. * Dpto. de Deporte.]; [1.46 * 1 Candado Nº 31. * Dpto. de Deporte.]; [1.46 * 3 Candado Nº 40. * Dpto. de Deporte.]; [1.46 * 2 Machetes, marca Ciriri. * Dpto. de Deporte.]; [1.46 * 3 Regaderas por 5 Litros de PVC. * Dpto. de Deporte.]; [1.46 * 2 Palas poceras, marca Gherardi. * Dpto. de Deporte.]; [1.46 * 2 Candado N°50, marca Bulit. * Dpto. de Deporte.]; [1.46 * 2 Candados N°606. * Dpto. de Deporte.]; [1.46 * 5 Pinceles Nº 20. * Dpto. de Deporte.]; [1.46 * 1 Cinta métrica por 50 metros. * Dpto. de Deporte.]; [1.46 * 3 Pares de botas de goma. * Dpto. de Deporte.]; [1.46 * 2 Machetes, marca Ciriri. * Dpto. de Deporte.]; [1.46 * 1 Candado doble traba. * Dpto. de Deporte.]; [1.46 * 2 Cucharas de Albañil. * Dpto. de Deporte.]; [1.46 * 2 Fratacho de madera. * Dpto. de Deporte.]; [1.46 * 2 Llana lisa. * Dpto. de Deporte.]; [1.46 * 1 Rociador para riego. * Dpto. de Deporte.]; [1.46 * 2 Candado Nº 50. * Dpto. de Deporte.]; [1.46 * 1 Pulverizador por 5 litros. * Dpto. de Deporte.]; [1.46 * 1 Mecha de Widia Nº 8. * Dpto. de Deporte.]; [1.46 * 2 Candado Nº 40. * Dpto. de Deporte.]; [1.46 * 1 Ficha macho de 10 amperes. * Dpto. de Deporte.]; [1.46 * 1 Ficha hembra. * Dpto. de Deporte.]; [1.46 * 1 Fratacho de madera. * Dpto. de Deporte.]; [1.46 * 1 Pala cuadrada. * Dpto. de Deporte.]; [1.46 * 2 Candados Nº 50. * Dpto. de Deporte.]; [1.46 * 3 Candados N° 40. * Dpto. de Deporte.]; [1.46 * 1 Pala punta corazón. * Dpto. de Deporte.]; [1.46 * 1 Pala cuadrada. * Dpto. de Deporte.]; [1.46 * 1 Pala pocera. * Dpto. de Deporte.]; [1.46 * 2 Machetes Ciriri. * Dpto. de Deporte.]; [1.46 * 1 Pico con cabo. * Dpto. de Deporte.]; [1.46 * 1 regadera de chapa. * Dpto. de Deporte.]; [1.46 * 1 Pala cuadrada, marca Gherardi. * Dpto. de Deporte.]; [1.46 * 1 Pala pocera, marca Gherardi. * Dpto. de Deporte.]; [1.46 * 50 Metros de soga de 1/2″. * Dpto. de Deporte.]; [1.46 * 4 Candados Nº 40-50 * Dpto. de Deporte.]; [1.46 * 1 Barrehojas. * Dpto. de Deporte.]; [1.46 * 1 Barrefondo. * Dpto. de Deporte.]; [1.46 * 1 Mango telescopio. * Dpto. de Deporte.]; [1.46 * 1 Candado Nº 50. * Dpto. de Deporte.]; [1.46 * 1 Candado Nº 40. * Dpto. de Deporte.]; [2,46,9,15 * 1 Maza de 1 1/2 Kg. * Dpto. de Deporte.]; [2,46,128,1 * 1 Tarraja para PVC de 1/2 y 1″. * Dpto. de Deporte.]; [6,46,73,34 * 1 Mecha Nº 8 * Dpto. de Deporte.]; [6,46,39,32 * 1 Cuchara de albañil Nº8,EI Roble. * Dpto. de Deporte.]; [2,46,17,156/157 * 2 Machetes, marca Ciriri. * Dpto. de Deporte.]; [2,46,5,18 * 1 Rastrillo con arco -16 dientes. * Dpto. de Deporte.]; [2,46,6,139 * 1 Pala forjada pocera con cabo, marca Biassoni. * Dpto. de Deporte.]; [6, 46, 65,15/16. * 2 Barrehojas. * Dpto. de Deporte.]; [1.46 * 1 Soga por 20 metros. * Dpto. de Deporte.]; [1.46 * 2 Limpia fondos, tamaño grande. * Dpto. de Deporte.]; [1.46 * 1 Candado Nº 40. * Dpto. de Deporte.]; [1.46 * 2 Machetes Ciriri. * Dpto. de Deporte.]; [1.46 * 50 Metros de manguera – Diámetro de 1/2″. * Dpto. de Deporte.]; [1.46 * 1 Pala cuadrada con mango. * Dpto. de Deporte.]; [1.46 * 1 Pico pinta ancha. * Dpto. de Deporte.]; [1.46 * 2 Machetes, marca Ciriri. * Dpto. de Deporte.]; [1.46 * 2 Barrehojas. * Dpto. de Deporte.]; [1.46 * 1 Pala punta corazón. * Depto. De Deporte.]; [1.46 * 1 Mecha A1 Rº14. * Dpto. de Deporte.]; [1.46 * 1 Candado Nº 60 PROLL. * Dpto. de Deporte.]; [1.46 * 2 Tenazas, marca Apache Nº 12. * Dpto. de Deporte.]; [1.46 * 1 Maza de 2 Kg. * Dpto. de Deporte.]; [1.46 * 1 Tenaza armador Nº12. * Dpto. de Deporte.]; [1.46 * 1 Pinza pico y lorro. * Dpto. de Deporte.]; [1.46 * 1 Llave Francesa 8″. * Dpto. de Deporte.]; [1.46 * 1 Llave ajustable Metz 10″. * Dpto. de Deporte.]; [1.46 * 1 Llave combinada Nº 8. * Dpto. de Deporte.]; [1.46 * 1 Llave combinada Nº 10. * Dpto. de Deporte.]; [2,226,50,8 * 1 Maquina de soldar monofásica, marca Temet 3200 de 260 amperes con tubo ventilador. * Construcción y mantenimientos de Monumentos y Esculturas]; [2,226,10,43/45 * 2 Canasto de Albañil. * Construcción y mantenimientos de Monumentos y Esculturas]; [2,226,20,3 * 1 Careta de soldar completa. * Construcción y mantenimientos de Monumentos y Esculturas]; [2,226,50,7 * 1 Maquina de soldar, marca Gama Turbo 220, color celeste, completa. * . Construcción y mantenimientos de Monumentos y Esculturas]; [2,226,6,94 * 1 Pala cuadrada, marca Aapache. * Construcción y mantenimientos de Monumentos y Esculturas]; [6,226,33,(33/34) * 2 Baldes de albañil de PVC. * Construcción y mantenimientos de Monumentos y Esculturas]; [1,69 * 2 Coladores para fideos gastronómicos. * Responsable: Miguel Lino-]; [1,70 * 20 Cuchillos para cocina. * Responsable: Miguel Lino- Legajo Nº 1440.]; [1,71 * 20 Tablas para picar. * Responsable: Miguel Lino- Legajo Nº 1440.]; [1,72 * 4 Cucharon gastronómicos. * Responsable: Miguel Lino- Legajo Nº 1440.]; [1,73 * 4 Espumaderas. * Responsable: Miguel Lino- Legajo Nº 1440..]; [1,74 * 4 Cucharones. * Responsable: Miguel Lino- Legajo Nº 1440.]; [1,75 * 4 Espumaderas gastronómicas. * Responsable: Miguel Lino- Legajo Nº 1440.]; [1,76 * 8 Chapa de Zinc X 4 metros usados. * Responsable: Miguel Lino- Legajo Nº 1440.]
[ARTÍCULO 2º.- La disponibilidad enunciada se propone dentro del marco normativo del Art.65º de la Ley Contable – Art. 18º y 21º de Decreto Reglamentario Nº 45-H-63 y Decreto acuerdo Nº 1029-H-67 y en compatibilidad a los procedimientos establecidos en el decreto Nº 180/88 referida al movimiento de Bienes Patrimoniales en la Municipalidad de Palpalá.
ARTÍCULO 3º.- Comuníquese al Concejo Deliberante de la disposición adoptada en el Articulo precedente, para la aplicación de lo establecido en el Art. 50º- Apartado b, incisos 4, 5 y 14- de la Carta Orgánica Municipal.
Dr. PABLO F. PALOMARES
Intendente Municipal
Gobierno Municipal de Palpalá
Decreto Nro. 1005/17
Ciudad de Palpalá, 31 de Octubre de 2.017.-
EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD DE PALPALA
DECRETA
ARTICULO 1º.- AUTORIZASE la BAJA DE BIENES PATRIMONIALES formulado en las Solicitudes que forman parte del Expte. Nro. 451-D-17 para la prescindencia definitiva del material utilizado en Intendencia de esta Municipalidad de acuerdo al detalle siguiente:
[CODIGO * DETALLE * SECTOR]; [1,67, 30, 513 * 1 Libro Titulo: Plaza y Entornos Urbanos de 180 Paginas Editorial Links * Intendencia]; [6, 11, 13,40 * 1 Perforadora marca Maped – tamaño mediano – color plateado * Procuración Gral. Asesoría Legal]; [1,11 * 1 Calculadora mediana marca Cedar – Modelo CD – 310ML – Color azul * Procuración Gral. Asesoría Legal]; [1,11 * 1 Calculadora tamaño pequeño – marca Kenko – Modelo KK-837B- Color negro * Procuración Gral. Asesoría Legal]; [1, 67, 442,18 * 1 Celular marca SAMSUNG S4 táctil – Color negro (Linea Nº 3884070469) * Intendencia]; [1, 244 * 1 Escritorio de Cartón Prensado – medidas 3,00 x 1,50 Mts. – Color marrón * Coord. De O. P. D.]; [1.71 * 1 Calculadora Eléctrica marca OLYMPIA – modelo CPD 3112S – serie Nº 496003709 – Color blanca * Despacho General]; [ * 1 Calculadora Eléctrica marca OLIVETII Logos 442 – Serie Nº 7552299 -Color gris * ]; [1,11,19,107 * 1 Impresora marca HP DESKJET Multifunción – F4180 – CB580A- Serie Nº BR828GM0B6 – Color negra * Asesoría Legal]; [1,67, 62, (19/20) * 1 Estabilizador marca LYONN – Color blanco – cuatro tomas – Modelo TCA-1200N – serie Nº 40036411102 * Intendencia – Código 1,67]; [1, 75,198,174 * 1 Impresora marca EPSON STYLUS XP-211 – Multifunción – WIFI – Modelo C462M – Serie Nº S6BK346479 – Color negra * Ceremonial y Protocolo]; [1.280 * 4 Teclados Color blanco * Dirección de Políticas Publicas]; [1.280 * 1 Teclado Color negro * Dirección de Políticas Publicas]; [1.280 * 1 C.P.U Color blanca – con lectora de CD – dos puertos USB delanteros * Dirección de Políticas Publicas]; [1.28Ó * 1 Monitor 18″ marca LG – Color gris * Dirección de Políticas Publicas]; [1, 223,55,100 * Mouse Óptico marca NEO – Modelo NV-M611 – Color negro * Dir. Hábitat, Tierra y Vivienda]; [1, 223,450,45 * Teclado marca TECNOFRIEND – Color negro * Dir. Hábitat, Tierra y Vivienda].
ARTICULO 2º.- La disponibilidad enunciada se propone dentro del marco normativo de Art. 65º de la Ley Contable – Art. 18º y 21º de Decreto Reglamentario Nº 45-H-63 y Decreto acuerdo Nº 1029-H-67 y en compatibilidad a los procedimientos establecidos en el Decreto Nº 180/88 referida al movimiento de Bienes Pertinentes en la Municipalidad de Palpalá.
ARTICULO 3º.- Comuníquese al Concejo Deliberante de la disposición adoptada en el Articulo precedente, para la aplicación de lo establecido en el Art. 50º- Apartado b, incisos 4, 5 y 14- de la Carta Orgánica Municipal.
Dr. PABLO F. PALOMARES
Intendente Municipal
Gobierno Municipal de Palpalá
Decreto Nro. 1006/17
Ciudad de Palpalá, 31 de Octubre de 2.017.-
EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD DE PALPALA
DECRETA
ARTÍCULO 1º.- Ad Referéndum del Concejo Deliberante, DISPONESE la BAJA DEFINITIVA del REGISTRO PATRIMONIAL MUNICIPAL los BIENES PATRIMONIALES a que refieren las Solicitudes de Baja, correspondiente a los años 2014,2015, 2016 y 2017 -Parcial- que obran como parte del Expediente Nro. 452-D-17 y que, en ese marco, fueran formulados por los Responsables del Área de Secretaría de Obras y Servicios Públicos (fs. 01 a 80).
ARTÍCULO 2º.- La medida dispuesta en el artículo precedente que se enuncia por considerar el material en cuestión como inutilizable por causas diversas, se propone dentro del marco normativo del art. 65 de la Ley de Contabilidad, de los Arts. 18 y 21 del Decreto Reglamentario Nro. 4571-H-63 y Decreto Acuerdo Nro. 1029-H-67 y en compatibilidad a los procedimientos establecidos mediante Decreto Nro. 180/88, referida al movimiento de Bienes Patrimoniales en la Municipalidad de Palpalá.
Dr. PABLO F. PALOMARES
Intendente Municipal
Gobierno Municipal de Palpalá
Decreto Nro. 1007/17
31 de Octubre de 2.017.-
EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD DE PALPALA
DECRETA
ARTICULO 1º.- Ad Referéndum del Concejo Deliberante, DISPONESE la BAJA DEFINITIVA del REGISTRO PATRIMONIAL MUNICIPAL los BIENES PATRIMONIALES a que refieren las Solicitudes de Baja, correspondiente a los años 2014, 2015,2016 y 2017 -Parcial- que obran como parte del Expediente Nro. 453-D-17 y que, en ese marco, fueran formulados por los Responsables del Área de Secretaría de Hacienda y Recursos Tributarios (fs. 01 a 71).
ARTICULO 2º.- La medida dispuesta en el artículo precedente que se enuncia por considerar el material en cuestión como inutilizable por causas diversas, se propone dentro del marco normativo del art. 65 de la Ley de Contabilidad, de los Arts. 18 y 21 del Decreto Reglamentario Nro. 4571-H-63 y Decreto Acuerdo Nro. 1029-H-67 y en compatibilidad a los procedimientos establecidos mediante Decreto Nro. 180/88, referida al movimiento de Bienes Patrimoniales en la Municipalidad de Palpalá.
Dr. PABLO F. PALOMARES
Intendente Municipal
Gobierno Municipal de Palpalá
Decreto Nro. 1008/17
Ciudad de Palpalá, 31 de Octubre de 2.017.-
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE PALPALA
DECRETA
ARTÍCULO 1º.- APRUEBASE el Contrato de Obra Pública que, en fecha 30 de Octubre de 2017 y planteado dentro de parámetros que se establecen como montos para la ejecución de obra pública como contratación directa, -según Decreto Acuerdo Nro. 878-HF-16 dictado por el Poder Ejecutivo de la Provincia de Jujuy al cual se adhiere esta Municipalidad mediante Decreto Nro. 155/16-, esta Municipalidad de Palpalá formalizara con la Cooperativa de Trabajo “Palpalá Trabajar Ltda.” -CUIT 30-71013720-6-, para realización de los trabajos “Cerramiento Perimetral con Mampostería de Bloques de Hº” y “Construcción de Depósito y Baños” en el Cementerio de la Localidad de Río Blanco, fijándose para ello un Monto de Contratación de Pesos Un Millón Doscientos Cincuenta y Seis Mil Setecientos Ochenta y Cinco con 126/100 ($ 1.256.785,16) y un plazo de finalización de sesenta (60) días corridos a partir de la Iniciación de Obra, todo de acuerdo a antecedentes que forman parte del Expediente Nro. 2006-S-17.
Dr. PABLO F. PALOMARES
Intendente Municipal
Gobierno Municipal de Palpalá
Decreto Nro. 1009/17
Ciudad de Palpalá, 06 de Noviembre de 2.017.-
INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE PALPALA
DECRETA
ARTÍCULO 1°.- Inscribir, en el Registro Municipal de Firmas, al Maestro Mayor de Obras De la Barra Daniel Ángel, D.N.I. N° 29.071.863, Matrícula del Colegio de Técnicos de Jujuy, con domicilio en calle La Pauta N° 164, Barrio Sector II Los Molinos, Provincia de Jujuy, como Instalador Eléctrico de Tercera Categoría bajo el número de Registro SEISCIENTOS CUARENTA Y DOS (642)
ARTÍCULO 2°.- Dar a conocer a la interesada las disposiciones de la Ordenanza 744/02, Código de Edificación de la Ciudad de Palpalá, en general lo fijado en el aspecto edilicio y en particular lo inherente al desempeño de sus funciones.
Dr. PABLO F. PALOMARES
Intendente Municipal
Gobierno Municipal de Palpalá
Decreto Nro. 1010/17
Ciudad de Palpalá, 06 de Noviembre de 2.017.-
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE PALPALA
DECRETA
ARTICULO 1º.- CONVALIDASE el uso de la Licencia por Razones Electorales Legislativas realizada el 22 de Octubre de 2017, a los Agentes Municipales quienes solicitaron para su uso entre los meses Septiembre y Octubre de 2017, siempre en conformidad a las disposiciones que al respecto sugiere Dirección de Personal de esta Municipalidad de Palpalá a través de la Nota Nro. 1838 DP/2017 y que se mencionan a continuación:
Ord.Nº – Leg. Nº – Apellidos y Nombres – Cantidad Días; 01 – 575 – VARGAS Adriana Beatriz – 38 días; 02 – 784 – QUISPE GUZMAN Pablo Marcelo – 36 días; 03 – 878 – SANTOS José Luis – 37 días; 04 – 1255 – ACOSTA Juan Carlos – 31 días; 05 – 1409 – DANIELO Enrique Marcos – 36 días; 06 – 1438 – SOTO Manuel Alejandro – 33 días; 07 – 1444 – CACHAMBI Elizabeth Judith – 33 días; 08 – 3333 – SAIQUITA Graciela Roxana – 31 días; 09 – 5051 – FLORES Laura Mabel – 29 días; 10 – 5905 – DOMINGUEZ Sonia Graciela – 32 días; 11 – 5473 – FLORES Héctor David – 31 días; 12 – 4776 – TOLABA Raquel Soledad – 25 días; 13 – 4851 – CRUZ Laura Norma – 27 días; 14 – 5446 – PAREDES Gladis Norma – 27 días
Dr. PABLO F. PALOMARES
Intendente Municipal
Gobierno Municipal de Palpalá
Decreto Nro. 1011/17
Ciudad de Palpalá, 06 de Noviembre de 2.017.-
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE PALPALA
DECRETA
ARTICULO 1º.- CONSIDERESE como “Fe de Erratas del Decreto Nro. 846/17” a la salvedad que mediante el presente instrumento, corrige la mención equivoca de lo siguiente:
En el Artículo 3ro.-:
Donde Dice: “… A los comerciantes que tienen cancelados sus Tributos Municipales hasta Septiembre 2017, y sufrieron los mismos daños, se procederá a la exención de los tributos enumerados anteriormente partir de Octubre del año 2017 por el término de Un (1) año corrido…”
Debe decir: “… A los comerciantes que hayan cancelado sus obligaciones tributarias hasta fecha posterior a la catástrofe, tomar un año de exención, a partir de la cancelación de las mismas …”,
Siempre en referencia a la Exención de los Tributos Municipales concernientes a los comerciantes de la Ciudad de Palpalá, que hubieran sufrido daños por los acontecimientos naturales acontecidos el pasado 02 de Abril del año 2016, en referencia al Expediente Nro. 306-C-17.
ARTICULO 2º.- La salvedad producida en lo precedente, se realiza en virtud de errores de transcripción cometidos involuntariamente durante la elaboración de los antecedentes del instrumento mencionado.
ARTICULO 3º.- Salvo lo observado y corregido en lo que precede, RATIFICASE el contenido y propósitos del Decreto Nro. 846/17.
Dr. PABLO F. PALOMARES
Intendente Municipal
Gobierno Municipal de Palpalá
Decreto Nro. 1012/17
Ciudad de Palpalá, 06 de Noviembre de 2.017.-
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE PALPALA
DECRETA
ARTICULO 1º.- RECONOZCASE como SUBSIDIO entregado por parte de la Municipalidad de Palpalá, la suma de Pesos Ochocientos Setenta con 00/100 ($ 870,00) que con fondos particulares de Pablo F. Palomares -Intendente Municipal-, en fecha 17 OCT 2017, le fuera entregado a la Srta. SALVATIERRA Ana Valeria -DNI 28804467- para la compra de implementos deportivos, según petición efectuada y respectiva recepción de fondos que forman parte del Expediente Nro. 1899-S-2017.
ARTÍCULO 2º.- AUTORIZASE a Secretaría de Hacienda y Recursos Tributarios -Contaduría Municipal- a disponer la emisión de un Libramiento de Pago por la suma de Pesos Ochocientos Setenta con 00/100 ($ 870,00) a favor de PALOMARES PABLO F. -Intendente Municipal- en concepto de Reintegro de acuerdo a lo determinado por el Artículo precedente. ARTÍCULO 3º.- TENGASE a la Factura Nro. B-0003-00001252 que obra a fs. 03 dentro del expediente en cuestión y que fuera emitida por la firma “Daniel Deportes” de Rivera Gustavo Marcelo -CUIT 20176511029- por la suma de Pesos Ochocientos Setenta con 00/100 ($ 870,00), como Rendición de Cuentas de la Srta. SALVATIERRA Ana Valeria -DNI 28804467- respecto del Subsidio otorgado de acuerdo a los artículos precedentes.
ARTÍCULO 4º.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto, se atenderá con afectación a la partida pertinente del Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos en vigencia.
Dr. PABLO F. PALOMARES
Intendente Municipal
Gobierno Municipal de Palpalá
Decreto Nro. 1013/17
Ciudad de Palpalá, 06 de Noviembre de 2.017.-
EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD DE PALPALA
DECRETA
ARTICULO 1º.- CONVALIDASE el CONTRATO DE LOCACION DE OBRA que forma parte del Expediente Nº 545-D-17 y que fuera suscripto con fecha 31 de Agosto del 2.017 con vigencia del 01 al 30 de Septiembre 2017, entre la Dra. ANDREA VIRGINIA SORUCO -CUIT 23-28856622-4 y la MUNICIPALIDAD DE PALPALA para afectación en las funciones de Asesoramiento Legal Interno y para la comunidad, trámites Legales del Municipio, bajo la supervisión de Procuración General – Dirección General de Intendencia, todo en conformidad a las disposiciones de la Nota Nº 1852/17 de la Dirección de Personal de esta Municipalidad.
ARTICULO 2º.- APRUEBASE la Certificación de Servicios que Procuración General Municipal extendiera a los efectos de constatar el cumplimiento, en el mes de SEPTIEMBRE del 2017, de las funciones encargadas a la Dra. ANDREA VIRGINIA SORUCO de acuerdo a los parámetros contractuales aprobado mediante el articulo precedente.
ARTICULO 3º.- AUTORIZASE a Secretaría de Hacienda -Contaduría Municipal- a efectuar la emisión del correspondiente Libramiento de Pago por la suma de PESOS NUEVE MIL con 00/100 ($ 9.000,00) a favor de la Dra. ANDREA VIRGINIA SORUCO -D.N.I. Nº 28.856.622-, en concepto de Cancelación de la Factura Nº C-0001-00000003 extendido el 9 de Octubre de 2017, por el cumplimiento de las disposiciones contractuales contenidas en la convalidación efectuada en el Artículo 1º) y en un todo de acuerdo a las actuaciones obrantes en la documentación relacionada al tema expuesto.
ARTICULO 4º.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto, se atenderá con afectación a la Partida pertinente del Presupuesto General de Cálculos y Recursos en vigencia.
Dr. PABLO F. PALOMARES
Intendente Municipal
Gobierno Municipal de Palpalá
Decreto Nro. 1014/17
Ciudad de Palpalá, 06 de Noviembre de 2.017.-
EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD DE PALPALA
DECRETA
ARTICULO 1º.- CONVALIDASE el CONTRATO DE LOCACION DE OBRA que forma parte del Expediente Nº 546-D-17, que fuera suscripto el 31 de Agosto de 2017 con vigencia del 01 al 30 de Septiembre de 2017, entre el Dr. GUTIERREZ VALLADARES SERGIO DARIO ISAAC -CUIT. 20-22370370-5- y la MUNICIPALIDAD DE PALPALÁ, para las tareas de suministro de asistencia Odontológica preventiva, curativa y correctiva en general a la comunidad en el Departamento Odontología del Centro de Integración Comunitaria del Barrio Canal de Beagle, bajo la supervisión de la Dirección de Desarrollo Humano y Social – Secretaria de Gobierno, durante el mes de SEPTIEMBRE de 2017, todo en conformidad a las disposiciones de la Nota de Dirección de Personal Nº 1848/17 de esta Municipalidad de Palpalá.
ARTICULO 2º.- APRUEBASE la Certificación de Servicios correspondiente al mes de SEPTIEMBRE y que forma parte de la presente documentación y, que se extendiera por autoridad competente a los propósitos de dar cumplimiento a lo dispuesto en la Cláusula Tercera del Acto contractual convalidado por aplicación del Artículo precedente.
ARTICULO 3º.- AUTORIZASE a Secretaría de Hacienda -Contaduría Municipal- a efectuar la emisión del correspondiente Libramiento de Pago por la suma de PESOS SIETE MIL DOSCIENTOS CON 00/100 ($7.200,00) a favor del Dr. GUTIERREZ VALLADARES SERGIO DARIO ISAAC -CUIT. 20-22370370-5-, en concepto de Cancelación de la Factura Nº C-0001-00000106 extendida el 02 de Octubre de 2017, por el cumplimiento de las disposiciones contractuales contenidas en la convalidación efectuada en el Artículo 1º) y en un todo de acuerdo a las actuaciones obrantes en el Expediente Nº 546-D-17.
ARTICULO 4º.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto, se atenderá con afectación a la Partida pertinente del Presupuesto General de Gastos y Cálculos de Recursos en vigencia.
Dr. PABLO F. PALOMARES
Intendente Municipal
Gobierno Municipal de Palpalá
Decreto Nro. 1015/17
Ciudad de Palpalá, 06 de Noviembre de 2.017.-
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE PALPALA
DECRETA
ARTICULO 1º.- APRUEBASE la ADENDA que forma parte del presente instrumento y que, como complemento correctivo al “Contrato para la Prestación de Espacios Publicitarios y de Difusión de Actos del Gobierno Municipal” se suscribiera entre esta Municipalidad y la Empresa RADIO ESTELAR representada por el Sr. FELIX ACOSTA -DNI 11.325.151-, estableciéndose lo siguiente: Primero – Adoptar como Avda. Río de la Plata Nro. 383 como domicilio administrativo de la Municipalidad de Palpalá, Segundo – La no obligación de compensación impositiva y Tercero -Suscripción del Contrato en fecha 28 de Abril de 2017; todo en el mencionado instrumento aprobado mediante Decreto Nro. 266/16 expedido sobre el tratamiento del Expediente Nro. 821-S-2016 del cual es parte integrante.
ARTICULO 2º.- PRODUZCASE en el Decreto Nro. 266/16 los siguientes ajustes que derivan de la aplicación de la Adenda aprobada en lo anterior:
a- MODIFICASE toda cita referente a la firma del Contrato de Servicios Publicitarios, situación que corresponderá a “28 de Abril de 2016” en vez de “1 de Mayo de 2016” según expresiones de erróneas transcripciones en el propio instrumento.
b- SUPRIMASE el texto final del Artículo 1ro. que se cita en lo siguiente: “a ser compensadas por un importe similar a la Dirección General de rentas Municipal en concepto de canon publicitario” que refiere a montos a percibir por la Empresa RADIO ESTELAR representada por el Sr. FELIX ACOSTA -DNI 11.325.151por servicios de difusión, en un todo de acuerdo a los términos de la ADENDA respectivamente aprobada en lo anterior.
ARTICULO 3º.- Salvo las correcciones efectuadas a propósito de la ADENDA aprobada y señaladas en lo precedente, RATIFICASE en su totalidad el Decreto Nro. 266/16 dictado para la aprobación del acto contractual ahora modificado parcialmente.
Dr. PABLO F. PALOMARES
Intendente Municipal