BOLETÍN OFICIAL Nº 64 – 06/06/16
RESOLUCIÓN Nº 065-DPGDFH/2016.-
EXPTE Nº 780-87/2016.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 27 MAY. 2016.-
VISTO:
Las presentes actuaciones por las que la Dirección Provincial de Gestión del Factor Humano solicita la cobertura para el Hospital “DR. WENCESLAO GALLARDO” de 1 (un) CARGO Categoría 13 (C-4) Agrupamiento Técnico, para cumplir función de Enfermera/o, mediante CONCURSO DE ANTECEDENTES Y OPOSICION, CLASE CERRADO y;
CONSIDERANDO:
Que, a fojas 01 obra Solicitud formal de la mencionada Dirección Provincial;
Que, a fojas 02 obra el Visto Bueno del Sr. Ministro de Salud;
Que, a fojas 04 obra Informe N° 495/2016 de la Coordinación de Gestión del Factor Humano que acredita la disponibilidad del cargo a cubrir;
Que, se utilizaran las Bases Reglamentarias de Concurso de Antecedentes y Oposición, aprobadas mediante Resolución Ministerial Nº 004207-S-15 para el ingreso a cargos de Enfermería para todos los niveles de formación.
Que, a los efectos de brindar al personal de Enfermería, igualdad de oportunidades para acceder a cargos de Enfermería en el Área Estatal, es necesario realizar un Concurso de Antecedentes y Oposición, CLASE CERRADO.
Por ello y en el uso de las facultades que le son propias:
LA DIRECTORA PROVINCIAL DE GESTION Y DESARROLLO DEL FACTOR HUMANO
RESUELVE
ARTÍCULO 1°.Convocar a CONCURSO DE ANTECEDENTES Y OPOSICION CLASE CERRADO para cumplir función de Enfermero/a, de acuerdo a lo dispuesto en las Bases Reglamentarias Aprobadas por Resolución Ministerial Nº 004207-S-2015, para el siguiente cargo:
Hospital “DR. WENCESLAO GALLARDO” De la Ciudad de Pálpala
CANTIDAD DE CARGOS | UN (1) ENFERMERO /A |
AGRUPAMIENTO | TECNICO -DECRETO ACUERDO N° 6077 |
CATEGORIA | 13 (c-4) |
ARTÍCULO 2°.- Podrán participar en el presente Concurso el personal de Enfermería contratado, reemplazantes habituales y de los programas sociales nacionales y provinciales que reúnan al momento de su inscripción los siguientes requisitos:
- Ser Enfermero.
- Fotocopia del Título y Certificado Analítico registrado en el Ministerio de Salud de la Provincia de Jujuy, autenticada por Escribano Publico Nacional.
- Fotocopia de la Matricula Profesional Provincial.
- Certificado de Trabajo emitido por el Jefe de Personal avalado por el Director de la Institución (tanto del Área estatal como privada si correspondiera), deberá constar indefectiblemente con los siguientes datos:
– Antigüedad en el ejercicio de la profesión, en forma detallada y resumida en años y días.
– Informe de todas las sanciones disciplinarias a los fines de aplicar si correspondiere el Artículo 17° de las presentes Bases Reglamentarias.
– Informe de asistencia del último año antes de la fecha de ejecución del Concurso.
- Constancia de no poseer sumario administrativo, expedido por la Dirección Provincial de Personal (validez 6 meses desde la fecha de emisión)
- Examen Psicofísico expedido y / o visado por el Centro Sanitario “Dr. Carlos Alvarado” del Ministerio de Salud (Validez seis (6) meses desde la fecha de emisión).
- Planilla Prontuarial.- (Validez un (1) año desde la fecha de emisión).
- Ser Argentina/o, Naturalizada/o o por Opción.
- Fotocopia de Documento Nacional de Identidad.
10.-Fotocopia de CUIL
11.-Certificado de residencia expedido por la Policía de la Provincia (Validez seis (6) meses desde la fecha de emisión)
12.-El personal de enfermería contratado, reemplazantes habituales y otras modalidades de prestación de servicio deben tener una antigüedad en el ejercicio de la profesión en la Institución a concursar como mínimo de 90 días realizados durante los dos últimos años antes de la fecha del llamado a Concurso.
13.-La Nota de Solicitud de Inscripción, dirigida a la Dirección del Establecimiento correspondiente, se acompañará al Curriculum con carácter de Declaración Jurada, la que será llenada de acuerdo al modelo adjunto al Anexo I, que forma parte del presente Reglamento.
ARTICULO 3º.-El presente concurso está destinado a personas que detenten el Titulo de Enfermero Profesional de acuerdo a DECRETO N° 6077.
ARTICULO 4º.-No podrán participar del Concurso:
- El personal que tenga una designación en trámite en un cargo de planta permanente en algunas de las Unidades de Organización dependientes de este Ministerio.
- El personal que hubiese sido designado en un cargo de planta permanente en algunas de las Unidades de Organización dependientes de este Ministerio y no haya prestado servicio en forma continua o permanente durante los 5 años posteriores a la fecha de designación.
- El personal que renuncia a un cargo y no hayan transcurrido los 5 años desde la fecha de designación.
- El personal que hubiera realizado impugnación en otro concurso y no esté resuelta en forma definitiva.
ARTÍCULO 5º.- Aprobar a los efectos de este concurso el siguiente cronograma:
Llamado a Concurso | 31 de Mayo de 2016. |
Apertura de inscripciones | 03 de Junio de 2016. |
Cierre de inscripciones | 27 de Junio de 2016. |
Publicación de Postulantes | 28 de Junio de 2016. |
Ejecución del concurso | 01 de Julio de 2016. |
ARTÍCULO 6º.-La inscripción de los postulantes se realizara en Dirección Provincial de Gestión y Desarrollo del Factor Humano del Ministerio de Salud, los Antecedentes deberán ser presentados en el horario de 08,00 a 13,00 Horas, según el Cronograma. La organización del Concurso estará a cargo del Departamento de Enfermería del Hospital Wenceslao Gallardo con el asesoramiento del Departamento Provincial de Enfermería del Ministerio de Salud.
ARTÍCULO 7º: El Tribunal evaluador estará constituido de acuerdo a lo establecido en el Artículo 5 º de las Bases Reglamentarias vigentes, con las siguientes personas:
- En representación del Departamento Provincial de Enfermería del Ministerio de Salud: TITULAR: LIC. EVA SUSANA SUELDO SUPLENTE: LIC. MONICA DONATO.
- En representación de la Dirección Provincial de Gestión y Desarrollo del Factor Humano. TITULAR: LIC. GLADES SEGOVIA SUPLENTE: LIC. FLAVIA SAIQUITA.
- En representación de la Dirección del Hospital Dr. Wenceslao Gallardo.TITULAR: LIC. ARTURO MARIO RAMOS .SUPLENTE: LIC. MARGARITA ESTHER GALIAN.
- En representación del Servicio de Enfermería del Hospital Dr. Wenceslao Gallardo TITULAR: LIC. LUISA YOLANDA NAVARRO SUPLENTE: LIC. LIDIA ELENA GUANTAY.
Miembros Veedores:
- En representación de Asociación de Trabajadores de la Sanidad (A.T.S.A). TITULAR: NORMA CHAILE SUPLENTE: MARTA RIVADENEIRA.
- En representación de la Unión del Personal Civil de la Nación (U.P.C.N). TITULAR: GABRIELA PATRICIA CORTEZ SUPLENTE: ISABEL ESPINOZA
- En representación de la Asociación de Enfermería. TITULAR: LIC. ALICIA JULIAN SUPLENTE: LIC. MARTA TERESA TERAN.
- En representación de la Asociación Trabajadores del Estado (A.T.E) TITULAR: ROLANDO VASQUEZ SUPLENTE: FRANCISCA RAMIREZ
- En representación de la Asociación (APUAP). TITULAR: LIC. ANAHU A. MENDOZA.
Habilitado como Asesor Legal de la Dirección Prov. De Gestión y Desarrollo del Factor Humano: TITULAR: DRA. MONICA BATALLANOS SUPLENTE: DRA. ALEJANDRA MORALES.
ARTICULO 8º:El orden de mérito resultante del Concurso de Antecedentes y Oposición, se tendrá como referente por un período de 1 (un) año desde la Publicación del Orden Mérito final del presente concurso, siempre y cuando el agente NO REGISTRE desde el momento del concurso hasta su posible designación Sanciones disciplinarias o informes correctamente documentados que demuestren su falta de predisposición con el sector y la institución como personal temporario.
ARTÍCULO 9º: Los/as seleccionados /as deberá desempeñar funciones:
- Inherentes a su formación y al cargo por el cual concursa.
- Asignadas por los jefes superior inmediato y horarios reglamentarios que fueran necesarios para el mejor funcionamiento de los servicios.
- Docentes y de capacitación interna y externa, necesarias en el área asignada para el cumplimiento de sus funciones.
- El ganador del concurso no podrá pedir traslado por el término mínimo de 5 (cinco) años ininterrumpidos de actividad en el Hospital.
ARTICULO 10º.- Los concursantes interesados de la conclusión a la que arribe el Tribunal Evaluador mediante Acta de Orden de Merito Final se darán por notificados mediante la publicación de la misma en la Dirección Prov. De Gestión y Desarrollo del Factor Humano, Departamento Provincial de Enfermería o en el nosocomio.
ARTICULO 11º.-Notifíquese a Asociación de Trabajadores de la Sanidad (ATSA), Asociación de Enfermería, Unión del Personal Civil de la Nación (UPCN), Asociación de Profesionales Universitarios de la Administración Pública (APUAP) y Asociación de Trabajadores del Estado (ATE).
ARTICULO 12º.-Comuníquese, regístrese en el Libro de Resoluciones, remítase las presentes actuaciones con copia para su publicación en el Boletín Oficial, a las Secretarías de Coordinación de Atención de la Salud y de Planificación en Políticas y Regulación Sanitaria, Direcciones Provinciales de Gestión y Desarrollo del Factor Humano y de Hospitales, Departamento Provincial de Enfermería, Hospital “DR. WENCESLAO GALLARDO”. Cumplido. Archívese.-
Dra. Elena Meyer
Directora Provincial de Gestión y Desarrollo del Factor Humano