BOLETÍN OFICIAL Nº 76 – 11/07/07

Icon_PDF_6DIRECCIÓN PROVINCIAL DE RENTAS

RESOLUCIÓN GENERAL  Nº 1177 /2007.-

San Salvador de Jujuy,  06 Jul. 2007.-

VISTO Y CONSIDERANDO:

Que, los artículos 62º y 63º del Código Fiscal Ley 3.202/75 (T.O. 1.982) y sus modificatorias, facultan a la Dirección a fijar plazos generales para el pago de los tributos provinciales, así como a exigir el ingreso de anticipos o pagos a cuenta de las obligaciones imponibles del año fiscal en curso o del siguiente.

Que, el artículo 82º del Decreto Reglamentario Nº 1144-H-82, establece que las Resoluciones que resuelvan pedidos de exención tendrán efecto a partir del  día en que se efectúo la solicitud salvo disposición en contrario.

Y que la Resolución General Nº 1167/2007, establece las fechas de vencimiento para los distintos tributos provinciales por el año fiscal 2007, como así también las normas que deben ser observadas por los contribuyentes y responsables.

Por ello:

LA DIRECTORA PROVINCIAL DE RENTAS

RESUELVE

ARTICULO 1º: MODIFICAR el Anexo XI de la Resolución General Nº 1167/2006, el que quedará redactado de la siguiente manera:

“Renovación de Exenciones  de Impuestos y Tasas Retributivas de Servicios: La fecha de presentación de las solicitudes de renovación de exenciones será establecida por Resolución General especialmente dictada al efecto por esta Dirección.

Pedidos de declaración de exención efectuadas por primera vez: Las mismas deberán realizarse desde el momento en que se reúnan las condiciones establecidas por la norma en vigencia y tendrán efecto a partir del día en que se efectúo la solicitud, salvo expresa disposición en contrario”.-

ARTICULO 2º: DEJAR SIN EFECTO las fechas establecidas en el Anexo XI de la Resolución Nº 1167/2006.-

ARTICULO 3º: Comuníquese a Secretaria de Ingresos Públicos, Tribunal de Cuentas y Contaduría General de la Provincia. Municipalidades y Comisiones Municipales. Publíquese en el Boletín Oficial por el término de Ley. Tomen razón, Subdirección, Departamentos, Divisiones, Secciones, Delegaciones y Receptorías. Cumplido, archívese.-

 

C.P.N. MARIA TERESA AGOSTINI

DIRECTORA- Dirección Provincial de Rentas

11 JUL. S/C.-