BOLETÍN OFICIAL Nº 69 ANEXO – 22/06/16
“2.016-Año del Bicentenario de la Declaración de la Independencia Nacional”
MUNICIPALIDAD DE PERICO-JUJUY
CONCEJO DELIBERANTE
ORDENANZA Nº 1.130/2016
REF: “pintado de murales culturales en esquinas y lugares estratégicos para el embellecimiento de Ciudad Perico”.- EXPTE. Nº 8204/2016. Inic. Cjales. Carattoni, Chein y Tarifa.-
VISTO:
La necesidad de cuidar el medio ambiente y evitar la contaminación visual provocada por publicidades y propagandas irresponsables que no buscan el bienestar social , sino el rédito económico o un interés egoísta, lejano a las demandas de la gente y al mejoramiento de su calidad de vida, y;
CONSIDERANDO:
Que, teniendo en cuenta los Artistas con los que cuentan nuestra ciudad, sería propicio aprovechar tal talentos volcandolo en murales urbanos para embellecer y mejorar aquellas partes que parecen olvidadas como así también para dar a conocer actividades y costumbres que caracterizan nuestra zona.
Que, la convocatoria de artistas para la creación de murales comunitarios tiene objeto la sensibilización de la comunidad estableciendo formas de comunicación, diálogo y movilización por los mensajes allí expresados.
Que, por medio de la Municipalidad de Perico se brinde a los artistas los elementos metodológicos sobre la elaboración de murales urbanos que posibilite generar procesos participativos, colectivos y creativos en el diseño y pintado de los mismos.
Que, viendo la contaminación visual presente en cada calle y esquina producto de campañas políticas como también publicidades comerciales las cuales afectan o perturban la visualización de determinadas zonas rompiendo la estética del paisaje urbanístico y/o rural.
Que, la realización de diferentes murales en lugares estratégicos no solo ayudaran a dar a conocer las aptitudes de los ciudadanos y artistas de Perico, sino también como el arte habla de nosotros, de nuestra cultura y tradición, y hacerlo público es buscar conciencia.
Que, lograr que la pintura salga de los lugares tradicionales y se centre en las calles donde todos podemos tener acceso, nos dá la posibilidad de crear una cultura más accesible, participativa, descentralizada y sostenible.
Que, las intervenciones artísticas en el espacio público buscan nuevos modos de construcción social. El espacio público es un espacio donde adquirimos información y conocimiento sobre la actualidad y sobre la vida misma; es un espacio de intercambio y movimiento continuo que se expresa en proyectos de índole comunitario participativo.
Por todo ello:
EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE CIUDAD PERICO
SANCIONA LA SIGUIENTE ORDENANZA:
ARTÍCULO 1º: Créase en ciudad Perico, el programa “PINTADO DE MURALES CULTURALES” con el objeto de sembrar en los niños y jóvenes la historia, actividades y costumbres que hacen a la identidad local.
ARTÍCULO 2º.– El municipio proveerá del material de trabajo necesario (pinceles, rodillos, pintura, lijas, aguarrás, etc.) y administrará los mismos.
ARTÍCULO 3º: El departamento Ejecutivo, invitara a participar en la realizacion de estos murales, a los artistas del medio y establecimientos educativos primarios, secundarios y terciarios.
ARTÍCULO 4º: Sin perjuicio de lo establecido en el art. 2º, los gastos que demanden la aplicación de la presente norma, serán de los Recursos Ordinarios y/o Extraordinarios del Tesoro Municipal.
ARTÍCULO 5º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo para su cumplimiento. A lo directivos de los Establecimientos Educativos primarios, secundarios y terciarios de nuestra Ciudad. Dese difusión. Cumplido. ARCHIVESE.-
SALA DE SESIONES, 03 DE MARZO DEL 2016.
Walter R. Cardozo
Presidente
22 JUN. LIQ. Nº 98380 $ 90,00.-