BOLETÍN OFICIAL Nº 93 – 16/08/19
RESOLUCION Nº 12587-E/2019.-
EXPTE. Nº 1082-151-19.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 18 JUN. 2019.-
LA MINISTRA DE EDUCACION
RESUELVE:
ARTICULO 1º.- Déjese sin efecto las Resoluciones N° 451-DES/17, N° 0028-DES/18, N° 007-IES N° 6/17 y N° 157-IES N° 6/18 por los motivos expresados en el exordio.-
ARTÍCULO 2°.- Convalídese la modalidad de cursado de los espacios curriculares “Taller I: La Escuela y su contexto” y “Opción Alumno I” registrados en el orden 5 y 36 de la Estructura Curricular aprobada por Resolución N° 1028-G/04 dictados en el primer y segundo cuatrimestre respectivamente de la carrera Profesorado de Educación Física e implementado en el Instituto de Educación Superior N° 6 Sede Monterrico, durante la cohortes 2007 y hasta la cohorte 2014 inclusive.-
ARTÍCULO 3°.- Dispónese que a los efectos de la confección de los títulos, los espacios curriculares cursados y aprobados: Opción Alumno II y Opción Alumno III, serán consignados en el campo Observaciones de la planilla de título.-
ARTÍCULO 4°.- Dispónese que las calificaciones obtenidas en los espacios curriculares: Opción Alumno II y Opción Alumno III, no serán considerados para el cálculo del promedio general.-
ARTÍCULO 5°.- Dispónese que en los espacios curriculares de Deportes I, Deportes II y Deportes III se registrará sólo el promedio de las calificaciones obtenidas de las diferentes disciplinas deportivas que integran cada uno de estos espacios curriculares.-
ARTÍCULO 6°.- Dispónese que la emisión de títulos duplicados del Profesorado de Educación Física del Instituto de Educación Superior N° 6 – sede Monterrico, comprendidos entre las cohortes 2007-2014, se realizarán conforme a lo dispuesto en los artículos 2°,3°, 4° y 5° del presente Acto Resolutivo.-
ARTÍCULO 7°.- Convalídese los títulos emitidos por el Instituto de Educación Superior N° 6 durante las cohortes 2007-2014 de la carrera Profesor de Educación Física y que fueron legalizados por el Departamento Registros de Títulos, Legalizaciones, Certificaciones de Estudios y Equivalencias hasta la emisión del presente Acto Resolutivo en el marco de las Resoluciones mencionadas en el Artículo 1°.-
ARTÍCULO 8°.- Recuérdese a las autoridades del Instituto de Educación N° 6 que compete a sus funciones cumplir y hacer cumplir las normativas que regulan el sistema educativo y que, la inobservancia de ello traerá aparejado la no expedición de los títulos, sin perjuicio de la aplicación de las sanciones disciplinarias que correspondan y de responsabilizarlos por los daños y perjuicios ocasionados.-
ARTÍCULO 9º.- Procédase por Jefatura de Despacho a notificar con copia certificada los términos de la presente resolución a la Dirección de Educación Superior y al Departamento Registro de Títulos, Legalizaciones, Certificaciones de Estudio y Equivalencias.-
Isolda Calsina
Ministra de Educación