BOLETÍN OFICIAL Nº 83 – 24/07/19

RESOLUCION Nº 000345-G/2019.-

EXPTE Nº 400-3540-17.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 03 MAYO. 2019.-

EL MINISTRO DE GOBIERNO Y JUSTICIA

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Determinar que los valores de la asistencia económica establecidos en el artículo 4° de la Ley 4.311, para los procesos electorales del presente año 2019 y subsiguientes, serán los que a continuación se fijan:

  1. Los establecidos en el inciso 1° del Artículo 4° de la Ley 4311 (Afiliados): Pesos Once ($ 11,00.-)
  2. Los establecidos en el inciso 2° del Artículo 4° de la Ley 4.311 (Votos): Pesos Seis ($6,00.-)

ARTICULO 2°.- Deróguese toda otra disposición que se oponga a la presente.‑

 

Oscar Agustín Perassi

Ministro de Gobierno y Justicia