BOLETÍN OFICIAL Nº 79 – 15/07/19

CONSEJO DE MEDICOS DE LA PROVINCIA DE JUJUY.- RESOLUCION Nº 073-19-2019 – San Salvador de Jujuy, 15 de Abril de 2019.- VISTO: La falta de pago de cuotas que adeuda el Profesional matriculado en este Consejo, Dr. CORNEJO COSTAS, ADRIAN CARLOS, M.P. Nº 3922; y CONSIDERANDO: Que el pago de las cuotas ordinarias constituye una obligación esencial de todo Profesional Médico conforme a la norma del Artículo 30º inc. g) de la Ley 4177/86.- Que es necesario por parte de este Consejo asegurar la igualdad de trato en el cumplimiento de las disposiciones vigentes.- Que corresponde aplicar en el caso de marras la suspensión en la Matrícula al Profesional Médico Matrícula Nº 3922, conforme lo estatuido en el Artículo 40º de la Ley 4177/86 y Artículo 164 del Decreto 4898-BS-86.- Que dicho Profesional se encuentra en Mora en el cumplimiento de sus obligaciones habiendo sido requerido para el pago de un modo fehaciente, que obra agregada a este Expediente.  Por ello: LA MESA DIRECTIVA DEL CONSEJO DE MEDICOS DE JUJUY  RESUELVE: 1º SUSPENDASE en el Ejercicio Profesional, al Dr. CORNEJO COSTAS, ADRIAN CARLOS, M.P. Nº 3922, hasta tanto regularice su deuda con este Consejo de Médicos.- 2º Déjase aclarado que dicha Suspensión importa la imposibilidad de ejercer la Profesión Médica en forma pública o privada, como el ejercicio de cargos que requieran la condición de Médico para ser desempeñados, en todo el territorio de la Provincia.- 3º Notifíquese por medio fehaciente al Profesional Suspendido, a la Secretaría de Estado de Salud Pública de la Provincia, al Colegio Médico de Jujuy, al Instituto de Seguros de Jujuy, y Obras Sociales que actúan en el ámbito del territorio de la Provincia.- 4º Las costas y costos que requieran el cumplimiento de la presente Resolución serán impuestas al Profesional Médico mencionado en el Artículo 1º, como único responsable del dictado de la presente.- 5º Archívese copia de estas actuaciones en el Legajo personal del Profesional involucrado a los fines de que quede constancia, como antecedente.- 6º Notifíquese en la forma prevista, regístrese y archívese copia de la misma.- Firmado: Dr. Francisco Picchetti-Secretario; Dr. Pablo Luis M. Cura-Tesorero; y Dr. Marcelo O. Cachizumba-Vocal Titular.- (10/07/19).- Dr. Sebastián Romero Arena-Presidente.-

 

15 JUL. LIQ. Nº 18193 $165,00.-