BOLETÍN OFICIAL Nº 115 – 17/10/07

Icon_PDF_6RESOLUCION N° 334-E.-

EXPTE. N° 1055-1990-06.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 17 SET. 2007.-

EL MINISTRO DE EDUCACION

RESUELVE:

ARTICULO 1°.- Disponer que a los efectos de la clasificación para los siguientes espacios curriculares, por Junta de Clasificación se consideren:

* Par Ciencias del Lenguaje los mismos Títulos declarados Docentes Habilitantes y Supletorios en Anexo de Título vigente para la asignatura Castellano, Lengua y Literatura- Decreto N° 336-G/85.-

 

Lic. MIGUEL ALFONSO RIOJA

Ministro de Educación